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El librador del pagaré es la persona o entidad que lo firma y, por ende, deberá pagar la suma allí contenida en el momento que corresponda según lo que se establezca en el mismo.

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PAGARÉ a la VISTA en PESOS

$________.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ________


A la vista pagaré sin protesto (artículo 50 del Decreto-Ley N° 5.965/63 del Poder Ejecutivo nacional y modificatorias) a ________ (DNI ________) o a su orden la suma de ________ ($________) por igual valor recibido a mi entera satisfacción. En este pagaré las palabras "Pesos" y "centavos", ya sea en plural o singular, y el símbolo "$" refieren a la moneda de curso legal en la República Argentina creada por el Decreto N° 2.128/91 del Poder Ejecutivo nacional y a toda otra moneda que sustituyere a aquella en el futuro. Este pagaré devengará intereses compensatorios desde, e incluyendo, la fecha de su emisión hasta, pero excluyendo, la fecha de su cancelación íntegra y definitiva a la tasa del ________ por ciento (________%) nominal anual. Si este pagaré no fuere abonado en la fecha de su presentación al cobro entonces este pagaré devengará, adicionalmente, intereses moratorios desde, e incluyendo, dicha fecha hasta, pero excluyendo, la fecha de su cancelación íntegra y definitiva a la tasa del ________ por ciento (________%) nominal anual. De acuerdo con lo establecido por el artículo 85 528 8285222-222 8° 2.852/58 528 22525 522852882 25882258 2 22582885225858, amplío el plazo de presentación de este pagaré a cinco (5) años. El lugar de pago de este pagaré es el siguiente domicilio en la República Argentina: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.






_________________________

________
(DNI ________)
CUIT: ________.
Domicilio especial en la República Argentina: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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PAGARÉ a la VISTA en PESOS

$________.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ________


A la vista pagaré sin protesto (artículo 50 del Decreto-Ley N° 5.965/63 del Poder Ejecutivo nacional y modificatorias) a ________ (DNI ________) o a su orden la suma de ________ ($________) por igual valor recibido a mi entera satisfacción. En este pagaré las palabras "Pesos" y "centavos", ya sea en plural o singular, y el símbolo "$" refieren a la moneda de curso legal en la República Argentina creada por el Decreto N° 2.128/91 del Poder Ejecutivo nacional y a toda otra moneda que sustituyere a aquella en el futuro. Este pagaré devengará intereses compensatorios desde, e incluyendo, la fecha de su emisión hasta, pero excluyendo, la fecha de su cancelación íntegra y definitiva a la tasa del ________ por ciento (________%) nominal anual. Si este pagaré no fuere abonado en la fecha de su presentación al cobro entonces este pagaré devengará, adicionalmente, intereses moratorios desde, e incluyendo, dicha fecha hasta, pero excluyendo, la fecha de su cancelación íntegra y definitiva a la tasa del ________ por ciento (________%) nominal anual. De acuerdo con lo establecido por el artículo 85 528 8285222-222 8° 2.852/58 528 22525 522852882 25882258 2 22582885225858, amplío el plazo de presentación de este pagaré a cinco (5) años. El lugar de pago de este pagaré es el siguiente domicilio en la República Argentina: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.






_________________________

________
(DNI ________)
CUIT: ________.
Domicilio especial en la República Argentina: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.