Contrato de auspicio

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CONTRATO DE AUSPICIO

En la ciudad de ________, Chile, a ________, comparece, por una parte, y en calidad de AUSPICIADOR, ________, Cédula nacional de identidad________, estado civil: soltera, de ocupación: ________, con domicilio en ________, comuna de ______________, región ______________; y por la otra, en calidad de AUSPICIADO, ________, Cédula nacional de identidad________, estado civil: soltera, de ocupación ________, con domicilio en ________, comuna de ______________, región ______________;

El AUSPICIADOR y el AUSPICIADO que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente como la parte y conjuntamente como las Partes, reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse recíprocamente y siendo responsables de la veracidad de sus declaraciones,

EXPONEN

I.- Que, el AUSPICIADOR es dueño de la siguiente marca, producto o servicio: ________

II.- Que, el AUSPICIADO se dedica a participar habitualmente en eventos benéficos.

III.- Que, el AUSPICIADOR se encuentra interesado en incrementar la publicidad y difusión de su marca a través de una colaboración con el AUSPICIADO.

IV.- Que, ambas Partes reconocen que la relación contractual es meramente mercantil y no laboral.

V.- Que, en virtud de estas consideraciones, las Partes, libre y voluntariamente, otorgan el presente Contrato de Auspicio (en adelante, el Contrato), y que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS


PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
Por medio del presente contrato, el AUSPICIADO se obliga a exhibir e incluir el nombre, marca y/o demás signos distintivos del AUSPICIADOR en los eventos y actividades benéficas de los que sea parte, especialmente a través de los siguientes medios:

________

Del mismo modo, el AUSPICIADO se comprometerá a seguir los siguientes lineamientos publicitarios, con el fin de cumplir con el propósito establecido en este Contrato:

________


SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL AUSPICIADOR.
El AUSPICIADO se compromete a lo siguiente:

a) Retribuir al AUSPICIADO en los términos descritos en la cláusula CUARTA de este Contrato.

b) Conceder al AUSPICIADO el derecho de utilizar el logotipo y otros elementos distintivos de la marca del AUSPICIADOR con el propósito de promoción y publicidad, que puede incluir, aunque no se limita a, la difusión, exhibición y promoción de la marca del AUSPICIADOR.

c) Proporcionar al AUSPICIADO los materiales publicitarios, logotipos, gráficos y demás recursos esenciales para su integración en los elementos y objetos involucrados en las actividades que realiza y que están sujetas a este Contrato.

d) Mantener las medidas necesarias para conservar la confidencialidad de las comunicaciones que se lleven a cabo durante el Contrato.


TERCERA.- OBLIGACIONES DEL AUSPICIADO.
El AUSPICIADO se compromete a lo siguiente:

a) Publicitar y difundir la marca, producto o servicio del AUSPICIADOR a través de los medios establecidos en el presente Contrato.

b) Utilizar todos los implementos y accesorios proporcionados por el AUSPICIADOR que sean necesarios para la promoción y difusión que es objeto de este Contrato. Esta obligación incluye, pero no se limita a, prendas de vestir, productos promocionales y cualquier otro material necesario para cumplir con los objetivos de promoción acordados entre las Partes.

c) No realizar ninguna alteración, modificación o cambio en los documentos o materiales proporcionados por el AUSPICIADOR.

d) Mantener la representación de la marca conforme a la visión y los estándares establecidos por el AUSPICIADOR.

e) No conceder a otra empresa o individuo, que compita con el AUSPICIADOR, el derecho de utilizar su nombre, imagen, marca u otros símbolos o identificaciones relacionadas.

f) Mantener las medidas necesarias para conservar la confidencialidad de las comunicaciones que se lleven a cabo durante el Contrato.

g) Participar en eventos o actividades promocionales organizadas por el AUSPICIADOR, incluyendo, pero no limitándose a, ferias comerciales, presentaciones de productos y otros eventos similares.


CUARTA.- CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA.
En concepto de remuneración por los servicios objeto de este Contrato, el AUSPICIADOR pagará de la siguiente manera:

Una remuneración semanal consistente en $________ (________ chilenos) -sin IVA incluido-, (en adelante, "remuneración").

Tal como se deja evidenciado en esta cláusula, el valor al cual asciende el monto pagadero no incluye el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Las remuneraciones precedentemente señaladas podrán ser pagadas por medio de pago en efectivo, el cual se realizará en el lugar convenido por las partes.

El pago de la remuneración se realizará dentro de los últimos 10 días del mes en que se prestaron los servicios.

El AUSPICIADO deberá emitir su boleta de honorarios por los servicios prestados, y será el AUSPICIADO quien estará encargado de enterar el porcentaje correspondiente por concepto de impuestos.


QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato entrará en vigor el día ________ y tendrá un plazo máximo de duración de ________ días.

Este contrato se renovará de manera automática, tácita y por una sola vez por un período igual al del contrato, bajo las mismas condiciones aquí descritas, si llega la fecha de término de este contrato, y ninguna de las partes ha notificado a la otra de manera escrita, con al menos: ________ de anticipación, su voluntad de terminarlo.


SEXTA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.
Cualquiera de las Partes podrá poner término a este contrato con ________ días de anticipación.


SÉPTIMA.- INEXISTENCIA DE VÍNCULO LABORAL, SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA
. El presente Contrato no constituye un contrato de trabajo. Las Partes declaran que el presente Contrato en ningún caso constituye ni da origen a una relación jurídica regida por la legislación laboral entre ambos, por no existir un vínculo de dependencia y subordinación entre ellos.


OCTAVA.- NO COMPETENCIA.
Las Partes se obligan a las siguientes restricciones con respecto a sus actividades futuras relacionadas con el objeto del Contrato:

a) El AUSPICIADO se obliga a abstenerse de ser auspiciado o patrocinado por marcas de terceros similares al AUSPICIADOR del presente Contrato. Esta restricción se aplica durante la duración del auspicio, y por el siguiente plazo: ________, contado desde la terminación del Contrato, dentro del siguiente territorio: ________.


NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD.
Las Partes se obligan a tomar todas las medidas necesarias para mantener el carácter de confidencial y reservada de la información que entre ellas se comunican en virtud de la celebración del Contrato y cualquiera que puedan llegar a conocer durante la realización del objeto del contrato.

Se considera Información Confidencial toda la información transmitida entre las Partes en virtud del Contrato, incluyendo, pero no limitada a datos comerciales, financieros y administrativos, secretos empresariales, prácticas comerciales, planes de negocios, presupuestos, marcas comerciales, derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, bases de datos, informes, publicaciones, ilustraciones, software, planes de productos, productos, servicios, listas de clientes, y cualquier otra información sensible y propietaria que pueda ser revelada durante la ejecución del contrato.

Las Partes se obligan a usar esta información con el único fin de la ejecución del contrato.

Se excluye de la obligación de confidencialidad y reserva toda aquella información que es de dominio público, y aquella que las partes conocían legítimamente con anterioridad a la celebración del contrato.

Una vez finalizada la vigencia del Contrato, tanto el AUSPICIADOR como el AUSPICIADO se obligan a devolver cualquier documento que contenga información de carácter confidencial que haya obtenido de parte de la otra parte, y se obliga a destruir todas las copias que pueda haber obtenido de ella.

La obligación de confidencialidad durará toda la vigencia del contrato y lo sobrevivirá por el siguiente plazo: ________, contado desde la pérdida de vigencia del mismo.


DÉCIMA.- 85858885 85 528258. 58 8552585888 8252 58 85525858888 828 52528528 52 825222 852 8252 2282855828 2555 85 252228822 2 58258822 52 85 25585, 25255822 2 82588882 852 822 282222 52 2822 82225522. 52552 5288825528 828 225828 2 82225228 228228228828 58822288828 22 85 5825588555. 58228 225828 82885222, 2252 22 82 8828252 5, 22525228 28858228, 5558288855828 2 282825228828, 8288522252 52225222. 582 2285522, 28258 5288825882228 52822

855885825 582 558882258 52 85 825222 528 8552585888 225 28 85525858888, 58828222 58 582 28258828852 22 2822 82225522, 528525855 28 82282228282222 252882 2 225 2885822 528 8552585888. 8822525 52 858 255228 25252 2552822585 2 82525 828 52528528 52 825222 882 28 82282228282222 2525282 52 85 2255 25522. 25 25858255 52 52888255 85 825222 528 8552585888 5282 52822255 28 5252852 5 85 2588588555 528 8552585888 2 22 85822555 85 8855 2588555.


DECIMOPRIMERA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
Las Partes reconocen y declaran que cualquier derecho de propiedad intelectual, incluyendo derechos de autor, marcas registradas, patentes y otros derechos de propiedad intelectual, existentes en relación con la publicidad y difusión realizada por el AUSPICIADO o con cualquier otro material, creación o propiedad intelectual utilizada en el marco de este Contrato, pertenecen a las respectivas partes. Bajo este contrato, ninguna de las Partes transfiere ni otorga derechos de propiedad intelectual sobre sus marcas, patentes u otras creaciones de propiedad exclusiva a la otra parte.

En caso de que alguna de las Partes identifique alguna infracción o uso no autorizado de propiedad intelectual durante la ejecución de este Contrato, se compromete a notificarlo inmediatamente a la otra parte, y ambas Partes colaborarán de buena fe para tomar las acciones legales y medidas necesarias para proteger sus respectivos derechos de propiedad intelectual.


DECIMOSEGUNDA.- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.
Las Partes se verán eximidas de cumplir con sus obligaciones en el caso de que se produzca un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. En tales situaciones, la parte que ha sufrido de un imprevisto de tales características deberá notificar a la otra, en un plazo no mayor a 5 días desde el acaecimiento, e informarle sobre la ocurrencia del caso fortuito o fuerza mayor, las implicancias para la ejecución de los servicios y si va a poder continuar con la prestación de los mismos. Si la fuerza mayor o el caso fortuito son de una magnitud tal que impiden el correcto desarrollo de los servicios contratados, se producirá la terminación del mismo.

En caso de terminación del contrato por caso fortuito o fuerza mayor, el AUSPICIADOR se obliga a pagar al AUSPICIADO por aquella fracción de tiempo en que efectivamente se prestaron los servicios.


DECIMOTERCERA.- LEY APLICABLE.
El presente se regirá por las leyes aplicables de la República de Chile, y bajo ningún caso se regirá por el Código del Trabajo, por no consistir en una relación laboral de subordinación y dependencia.


DECIMOCUARTA.- NULIDAD DE UNA CLÁUSULA.
En caso de una nulidad que sobrevenga a cualquiera de las disposiciones del presente Contrato, la disposición afectada se tendrá por no escrita, y en todo lo demás, el contrato seguirá produciendo sus efectos.

Si la nulidad de la disposición afectase de tal manera el contrato que se desfigura en su sentido y propósito inicial, las Partes acuerdan amigablemente negociar otros términos que se asemejen lo más posible al sentido de la disposición declarada nula. En caso de que no fuere posible, y el contrato a parecer de las Partes se ha desfigurado en cuando a su sentido y propósito inicial, se producirá la terminación del mismo.


DECIMOQUINTA.- DATOS PARA COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.
Para efectos de comunicaciones y notificaciones más eficientes y eficaces, las Partes manifiestan sus datos de contacto.

Datos del AUSPICIADOR:

Correo electrónico: ________

Número de teléfono: ________

Datos del AUSPICIADO:

Correo electrónico: ________

Número de teléfono: ________

Las Partes acuerdan que los medios de comunicación señalados son válidos para las comunicaciones y notificaciones derivados del presente Contrato. En caso de cambio de alguno de ellos, deberá notificarlo a más tardar a los 3 días de producido el cambio a la otra parte, bajo pena de tener por realizada cualquier comunicación o notificación realizada a los datos que aparecen en el Contrato.


DECIMOSEXTA.
- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. Las partes fijan como domicilio aquel indicado en la comparecencia, y acuerdan someter la resolución de cualquier asunto o conflicto derivado de la aplicación, interpretación, duración, validez o ejecución del presente Contrato al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la República de Chile.







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AUSPICIADOR
________







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AUSPICIADO
________

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estás creando

CONTRATO DE AUSPICIO

En la ciudad de ________, Chile, a ________, comparece, por una parte, y en calidad de AUSPICIADOR, ________, Cédula nacional de identidad________, estado civil: soltera, de ocupación: ________, con domicilio en ________, comuna de ______________, región ______________; y por la otra, en calidad de AUSPICIADO, ________, Cédula nacional de identidad________, estado civil: soltera, de ocupación ________, con domicilio en ________, comuna de ______________, región ______________;

El AUSPICIADOR y el AUSPICIADO que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente como la parte y conjuntamente como las Partes, reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse recíprocamente y siendo responsables de la veracidad de sus declaraciones,

EXPONEN

I.- Que, el AUSPICIADOR es dueño de la siguiente marca, producto o servicio: ________

II.- Que, el AUSPICIADO se dedica a participar habitualmente en eventos benéficos.

III.- Que, el AUSPICIADOR se encuentra interesado en incrementar la publicidad y difusión de su marca a través de una colaboración con el AUSPICIADO.

IV.- Que, ambas Partes reconocen que la relación contractual es meramente mercantil y no laboral.

V.- Que, en virtud de estas consideraciones, las Partes, libre y voluntariamente, otorgan el presente Contrato de Auspicio (en adelante, el Contrato), y que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS


PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
Por medio del presente contrato, el AUSPICIADO se obliga a exhibir e incluir el nombre, marca y/o demás signos distintivos del AUSPICIADOR en los eventos y actividades benéficas de los que sea parte, especialmente a través de los siguientes medios:

________

Del mismo modo, el AUSPICIADO se comprometerá a seguir los siguientes lineamientos publicitarios, con el fin de cumplir con el propósito establecido en este Contrato:

________


SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL AUSPICIADOR.
El AUSPICIADO se compromete a lo siguiente:

a) Retribuir al AUSPICIADO en los términos descritos en la cláusula CUARTA de este Contrato.

b) Conceder al AUSPICIADO el derecho de utilizar el logotipo y otros elementos distintivos de la marca del AUSPICIADOR con el propósito de promoción y publicidad, que puede incluir, aunque no se limita a, la difusión, exhibición y promoción de la marca del AUSPICIADOR.

c) Proporcionar al AUSPICIADO los materiales publicitarios, logotipos, gráficos y demás recursos esenciales para su integración en los elementos y objetos involucrados en las actividades que realiza y que están sujetas a este Contrato.

d) Mantener las medidas necesarias para conservar la confidencialidad de las comunicaciones que se lleven a cabo durante el Contrato.


TERCERA.- OBLIGACIONES DEL AUSPICIADO.
El AUSPICIADO se compromete a lo siguiente:

a) Publicitar y difundir la marca, producto o servicio del AUSPICIADOR a través de los medios establecidos en el presente Contrato.

b) Utilizar todos los implementos y accesorios proporcionados por el AUSPICIADOR que sean necesarios para la promoción y difusión que es objeto de este Contrato. Esta obligación incluye, pero no se limita a, prendas de vestir, productos promocionales y cualquier otro material necesario para cumplir con los objetivos de promoción acordados entre las Partes.

c) No realizar ninguna alteración, modificación o cambio en los documentos o materiales proporcionados por el AUSPICIADOR.

d) Mantener la representación de la marca conforme a la visión y los estándares establecidos por el AUSPICIADOR.

e) No conceder a otra empresa o individuo, que compita con el AUSPICIADOR, el derecho de utilizar su nombre, imagen, marca u otros símbolos o identificaciones relacionadas.

f) Mantener las medidas necesarias para conservar la confidencialidad de las comunicaciones que se lleven a cabo durante el Contrato.

g) Participar en eventos o actividades promocionales organizadas por el AUSPICIADOR, incluyendo, pero no limitándose a, ferias comerciales, presentaciones de productos y otros eventos similares.


CUARTA.- CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA.
En concepto de remuneración por los servicios objeto de este Contrato, el AUSPICIADOR pagará de la siguiente manera:

Una remuneración semanal consistente en $________ (________ chilenos) -sin IVA incluido-, (en adelante, "remuneración").

Tal como se deja evidenciado en esta cláusula, el valor al cual asciende el monto pagadero no incluye el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Las remuneraciones precedentemente señaladas podrán ser pagadas por medio de pago en efectivo, el cual se realizará en el lugar convenido por las partes.

El pago de la remuneración se realizará dentro de los últimos 10 días del mes en que se prestaron los servicios.

El AUSPICIADO deberá emitir su boleta de honorarios por los servicios prestados, y será el AUSPICIADO quien estará encargado de enterar el porcentaje correspondiente por concepto de impuestos.


QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato entrará en vigor el día ________ y tendrá un plazo máximo de duración de ________ días.

Este contrato se renovará de manera automática, tácita y por una sola vez por un período igual al del contrato, bajo las mismas condiciones aquí descritas, si llega la fecha de término de este contrato, y ninguna de las partes ha notificado a la otra de manera escrita, con al menos: ________ de anticipación, su voluntad de terminarlo.


SEXTA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.
Cualquiera de las Partes podrá poner término a este contrato con ________ días de anticipación.


SÉPTIMA.- INEXISTENCIA DE VÍNCULO LABORAL, SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA
. El presente Contrato no constituye un contrato de trabajo. Las Partes declaran que el presente Contrato en ningún caso constituye ni da origen a una relación jurídica regida por la legislación laboral entre ambos, por no existir un vínculo de dependencia y subordinación entre ellos.


OCTAVA.- NO COMPETENCIA.
Las Partes se obligan a las siguientes restricciones con respecto a sus actividades futuras relacionadas con el objeto del Contrato:

a) El AUSPICIADO se obliga a abstenerse de ser auspiciado o patrocinado por marcas de terceros similares al AUSPICIADOR del presente Contrato. Esta restricción se aplica durante la duración del auspicio, y por el siguiente plazo: ________, contado desde la terminación del Contrato, dentro del siguiente territorio: ________.


NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD.
Las Partes se obligan a tomar todas las medidas necesarias para mantener el carácter de confidencial y reservada de la información que entre ellas se comunican en virtud de la celebración del Contrato y cualquiera que puedan llegar a conocer durante la realización del objeto del contrato.

Se considera Información Confidencial toda la información transmitida entre las Partes en virtud del Contrato, incluyendo, pero no limitada a datos comerciales, financieros y administrativos, secretos empresariales, prácticas comerciales, planes de negocios, presupuestos, marcas comerciales, derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, bases de datos, informes, publicaciones, ilustraciones, software, planes de productos, productos, servicios, listas de clientes, y cualquier otra información sensible y propietaria que pueda ser revelada durante la ejecución del contrato.

Las Partes se obligan a usar esta información con el único fin de la ejecución del contrato.

Se excluye de la obligación de confidencialidad y reserva toda aquella información que es de dominio público, y aquella que las partes conocían legítimamente con anterioridad a la celebración del contrato.

Una vez finalizada la vigencia del Contrato, tanto el AUSPICIADOR como el AUSPICIADO se obligan a devolver cualquier documento que contenga información de carácter confidencial que haya obtenido de parte de la otra parte, y se obliga a destruir todas las copias que pueda haber obtenido de ella.

La obligación de confidencialidad durará toda la vigencia del contrato y lo sobrevivirá por el siguiente plazo: ________, contado desde la pérdida de vigencia del mismo.


DÉCIMA.- 85858885 85 528258. 58 8552585888 8252 58 85525858888 828 52528528 52 825222 852 8252 2282855828 2555 85 252228822 2 58258822 52 85 25585, 25255822 2 82588882 852 822 282222 52 2822 82225522. 52552 5288825528 828 225828 2 82225228 228228228828 58822288828 22 85 5825588555. 58228 225828 82885222, 2252 22 82 8828252 5, 22525228 28858228, 5558288855828 2 282825228828, 8288522252 52225222. 582 2285522, 28258 5288825882228 52822

855885825 582 558882258 52 85 825222 528 8552585888 225 28 85525858888, 58828222 58 582 28258828852 22 2822 82225522, 528525855 28 82282228282222 252882 2 225 2885822 528 8552585888. 8822525 52 858 255228 25252 2552822585 2 82525 828 52528528 52 825222 882 28 82282228282222 2525282 52 85 2255 25522. 25 25858255 52 52888255 85 825222 528 8552585888 5282 52822255 28 5252852 5 85 2588588555 528 8552585888 2 22 85822555 85 8855 2588555.


DECIMOPRIMERA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
Las Partes reconocen y declaran que cualquier derecho de propiedad intelectual, incluyendo derechos de autor, marcas registradas, patentes y otros derechos de propiedad intelectual, existentes en relación con la publicidad y difusión realizada por el AUSPICIADO o con cualquier otro material, creación o propiedad intelectual utilizada en el marco de este Contrato, pertenecen a las respectivas partes. Bajo este contrato, ninguna de las Partes transfiere ni otorga derechos de propiedad intelectual sobre sus marcas, patentes u otras creaciones de propiedad exclusiva a la otra parte.

En caso de que alguna de las Partes identifique alguna infracción o uso no autorizado de propiedad intelectual durante la ejecución de este Contrato, se compromete a notificarlo inmediatamente a la otra parte, y ambas Partes colaborarán de buena fe para tomar las acciones legales y medidas necesarias para proteger sus respectivos derechos de propiedad intelectual.


DECIMOSEGUNDA.- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.
Las Partes se verán eximidas de cumplir con sus obligaciones en el caso de que se produzca un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. En tales situaciones, la parte que ha sufrido de un imprevisto de tales características deberá notificar a la otra, en un plazo no mayor a 5 días desde el acaecimiento, e informarle sobre la ocurrencia del caso fortuito o fuerza mayor, las implicancias para la ejecución de los servicios y si va a poder continuar con la prestación de los mismos. Si la fuerza mayor o el caso fortuito son de una magnitud tal que impiden el correcto desarrollo de los servicios contratados, se producirá la terminación del mismo.

En caso de terminación del contrato por caso fortuito o fuerza mayor, el AUSPICIADOR se obliga a pagar al AUSPICIADO por aquella fracción de tiempo en que efectivamente se prestaron los servicios.


DECIMOTERCERA.- LEY APLICABLE.
El presente se regirá por las leyes aplicables de la República de Chile, y bajo ningún caso se regirá por el Código del Trabajo, por no consistir en una relación laboral de subordinación y dependencia.


DECIMOCUARTA.- NULIDAD DE UNA CLÁUSULA.
En caso de una nulidad que sobrevenga a cualquiera de las disposiciones del presente Contrato, la disposición afectada se tendrá por no escrita, y en todo lo demás, el contrato seguirá produciendo sus efectos.

Si la nulidad de la disposición afectase de tal manera el contrato que se desfigura en su sentido y propósito inicial, las Partes acuerdan amigablemente negociar otros términos que se asemejen lo más posible al sentido de la disposición declarada nula. En caso de que no fuere posible, y el contrato a parecer de las Partes se ha desfigurado en cuando a su sentido y propósito inicial, se producirá la terminación del mismo.


DECIMOQUINTA.- DATOS PARA COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.
Para efectos de comunicaciones y notificaciones más eficientes y eficaces, las Partes manifiestan sus datos de contacto.

Datos del AUSPICIADOR:

Correo electrónico: ________

Número de teléfono: ________

Datos del AUSPICIADO:

Correo electrónico: ________

Número de teléfono: ________

Las Partes acuerdan que los medios de comunicación señalados son válidos para las comunicaciones y notificaciones derivados del presente Contrato. En caso de cambio de alguno de ellos, deberá notificarlo a más tardar a los 3 días de producido el cambio a la otra parte, bajo pena de tener por realizada cualquier comunicación o notificación realizada a los datos que aparecen en el Contrato.


DECIMOSEXTA.
- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. Las partes fijan como domicilio aquel indicado en la comparecencia, y acuerdan someter la resolución de cualquier asunto o conflicto derivado de la aplicación, interpretación, duración, validez o ejecución del presente Contrato al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la República de Chile.







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AUSPICIADOR
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AUSPICIADO
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