Contrato de Licencia de Uso de Obra

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CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE OBRA


En ________, a ________, comparecen, por una parte: ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, de estado civil soltero/a, de profesión u ocupación ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE LICENCIANTE"; y, por la otra: ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, de estado civil soltero/a, de profesión u ocupación ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE LICENCIATARIA";

La PARTE LICENCIANTE y la PARTE LICENCIATARIA que, en adelante, podrán ser denominadas, individualmente como la parte y conjuntamente como las partes, reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse recíprocamente y siendo responsables de la veracidad de sus declaraciones,


EXPONEN

I. Que la PARTE LICENCIANTE es la autora y única titular de los derechos patrimoniales de autor, también conocidos como derechos de explotación, de la siguiente obra:

________

II. Que, en adelante, dicha obra será denominada la "Obra".

III. Y que, la PARTE LICENCIATARIA está interesada en hacer uso de la Obra y la PARTE LICENCIANTE, a su vez, está interesada en otorgar dicha autorización, por lo que, habiendo llegado las partes, libre y espontáneamente, a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente Contrato de licencia de uso de obra, en adelante, el "Contrato", con el objeto de constituir y regular su acuerdo, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS


PRIMERO.- OBJETO

En su condición de titular de los derechos patrimoniales de autor de la Obra, la PARTE LICENCIANTE autoriza de forma exclusiva a la PARTE LICENCIATARIA para hacer uso de la Obra en los términos que serán a continuación estipulados, la cual acepta expresamente.

En concreto, la PARTE LICENCIATARIA quedará facultada para publicar, reproducir, adaptar, ejecutar públicamente y distribuir la Obra.

En consecuencia, la PARTE LICENCIATARIA recibe la facultad de explotar la Obra con exclusión de otra persona, con excepción de la PARTE LICENCIANTE, la que conserva la titularidad de sus derechos de autor, dentro del ámbito geográfico y del plazo de duración establecidos en el presente contrato. Asimismo, estará legitimada para perseguir las conductas que afecten a las facultades que le son concedidas en esta licencia.

Se prohíbe expresamente la explotación de la Obra de cualquier manera distinta de la prevista en la presente estipulación.

Ambas partes otorgan su conformidad a la licencia bajo las condiciones por ellas pactadas y así recogidas en este mismo contrato.


SEGUNDO.- MODALIDADES DE EXPLOTACIÓN PREVISTAS

La PARTE LICENCIATARIA podrá explotar la Obra únicamente en las siguientes modalidades de explotación, usos o finalidades existentes y conocidas a la fecha de firma de este contrato, señalada en el en encabezamiento:

________

Las partes reconocen que estas modalidades de explotación de la Obra son indispensables para cumplir la finalidad del presente contrato.

Se prohíbe expresamente la explotación de la Obra de cualquier manera distinta de la prevista en la presente estipulación.


TERCERO.- DURACIÓN DE LA CESIÓN

El presente contrato entrará en vigor el día de su firma, señalado en el encabezamiento del mismo.

La PARTE LICENCIANTE autoriza a la PARTE LICENCIATARIA para hacer uso de la Obra, en las condiciones estipuladas en este contrato, por un plazo de ________, contado a partir de la firma de este documento.

No obstante, este plazo de duración no podrá superar, en caso alguno, el plazo máximo de duración de los derechos de autor previsto en la ley. Es decir, la presente licencia dejará de ser válida, en todo caso, cuando los derechos de autor sobre los que recae pasen al dominio público.


CUARTO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO DE LA CESIÓN

La licencia de los derechos de explotación prevista en el presente contrato no tienen un límite geográfico determinado, por lo que la PARTE LICENCIATARIA podrá explotar la Obra en los términos previstos en este contrato, en todos los países del mundo sin limitación geográfica de ninguna clase.


QUINTO.- CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA (REMUNERACIÓN)

Las partes acuerdan que la remuneración que la PARTE LICENCIATARIA debe pagar a la PARTE LICENCIANTE como contraprestación por la licencia conferida a la PARTE LICENCIATARIA será de un ________% (________ por ciento) por ciento de los ingresos obtenidos por la explotación de la misma.

La PARTE LICENCIATARIA se compromete a pagar a la PARTE LICENCIANTE la remuneración pactada de la siguiente manera:

________


SEXTO.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

1. Obligaciones de la PARTE LICENCIANTE

a. Exonerar, como garante de la autoría de la Obra, a la PARTE LICENCIATARIA de toda responsabilidad frente a terceras personas, asumiendo todas las reclamaciones, incluidas las indemnizaciones por daños y perjuicios que pudieran ejercitarse contra la PARTE LICENCIATARIA por terceras personas que pudieran entender infringidos sus derechos de propiedad intelectual sobre la Obra.

b. Poner en conocimiento de la PARTE LICENCIATARIA, en el más breve plazo posible, toda infracción de los derechos de propiedad intelectual que terceras personas hayan realizado o abiertamente prepare y de los que haya tenido conocimiento.

c. Respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente contrato le atribuyen y que no han sido expresamente previstas en esta estipulación.

2. Obligaciones de la PARTE LICENCIATARIA

a. Pagar a la PARTE LICENCIANTE la remuneración pactada, de acuerdo con las modalidades convenidas en el presente contrato.

b. Poner todos los medios necesarios para la efectividad de la explotación concedida en el presente contrato, según la naturaleza de la Obra y los usos vigentes en la actividad profesional, industrial o comercial de que se trate.

c. Poner en conocimiento de la PARTE LICENCIANTE, en el más breve plazo posible, toda infracción de los derechos de propiedad intelectual que terceras personas realicen o abiertamente preparen y de los que haya tenido conocimiento, así como prestar a la otra parte toda su colaboración en la defensa de estos derechos.

d. Respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente contrato le atribuyen y que no han sido expresamente previstas en esta estipulación.


SÉPTIMO.- RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD

Las partes se comprometen a tomar todas las medidas necesarias para mantener en secreto y confidencialidad todas las informaciones que les hayan sido comunicadas con ese carácter por la otra parte durante la ejecución de este contrato, o de las que hayan tomado conocimiento en el curso de su ejecución.

Las partes se comprometen a utilizar estas informaciones únicamente para la ejecución del presente contrato. Del mismo modo, se comprometen a no explotar, por cuenta propia o de una tercera persona, directa o indirectamente, toda o parte de estas informaciones.

De esta forma, ambas partes se obligan a no revelar ninguna información relativa a este contrato, ya sea en lo relacionado con las negociaciones, transacciones o cualquier asunto de las partes, ni el contenido ni existencia del contrato aquí suscrito, ni sobre las actividades que se van a desarrollar con respecto a los derechos objeto de este contrato.

Esta obligación de confidencialidad deberá respetarse durante toda la vigencia de este contrato.

Las obligaciones contenidas en esta cláusula no se aplicarán a:

1. Toda aquella información que sea del dominio público.

2. Toda aquella información de que las partes dispongan antes de haberle sido facilitada por la otra parte.

3. Toda aquella información legalmente adquirida por las partes de fuentes distintas a la otra parte.

Toda violación o incumplimiento por una u otra parte de las obligaciones que impone esta cláusula conlleva la obligación, para aquella parte que cometió dicho incumplimiento, de pagar a la otra parte una indemnización compensatoria, sin perjuicio del derecho de la parte afectada a ejercer o iniciar todas las acciones que estime pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


OCTAVO.- 8558258588 852 88858858

58 25282222 82225522 22555 825 52852822 225 28 25252 5852552 52 858 255228, 822 828 2228228 852 28858 5222528222.

582 225258882 52 82 52225825, 28 82852288282222 52 858 288825882228 8225828 2 8222558255828 5555 5252852 5 85 2255 25522 5 52828825 28 82225522 882 58882 252882, 552852 528255 222828855 5 85 2255 25522 85 85585 52 252828822 252528522222 2 225 2885822.

52 2252 8582, 22 28 85252822 52 852 582525 52 858 255228 82852288255 582525 52 858 288825882228 528 82225522, 2 858 852288255 52 22525 5222825285, 2 2822 82852288282222 2 852288282222 5222825282 25255 8588525882, 85 25522 852 5 85 822 88 5525 85228852 822 858 85258 22555, 25288522222 58 222588882 52 85 5252852 52 52828825 28 82225522, 22255 225 258285 252528522222 2 225 2885822 58852 852288282222 2 85885258822 5 85 2255 25522.

525 852 288225 258285 28 852288282222 2 85 5282858822 528 82225522, 85 25522 588822222, 552258, 222555 5252852 5 825 82522282555 225 828 2252588828 852 82 8252 28588225528 225 28 82852288282222.

58 52852 52 852 85 25522 52282555 528855 22 52828825 28 82225522 22 8255 82288525552 8222 525 52252885 5 858 52528528 525885528 528 82852288282222 82225582558 52 85 822255585, 28 88282555 52 22525 582525 858 52528528 2555 5582582 8522885 858 288825882228 525885558 528 25282222 82225522.


NOVENO.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y ANULABILIDAD

Este contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las partes.

Las partes reconocen que, en caso de existir documentos anexos y/o adjuntos al presente contrato, estos forman parte o integran el mismo para todos los efectos legales.

Si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del contrato toda su fuerza vinculante entre las partes. Llegado este caso, las partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y de buena fe un nuevo texto para aquellas partes o cláusulas del contrato afectadas.


DÉCIMO.- NOTIFICACIONES

Para realizar cualquier notificación entre las partes que tenga como origen el presente contrato, éstas acuerdan que su domicilio para tales efectos sean las direcciones indicadas al principio de este contrato. Para que una notificación entre las partes sea efectuada en forma válida deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio proporcionado por una de las partes a la otra, se deberá comunicar esta nueva información lo más pronto posible a la otra parte, siguiendo el procedimiento acá establecido.

No obstante, siempre y cuando sea posible garantizar la autenticidad de la persona emisora, de la destinataria y del contenido del mensaje, y con el objetivo de mantener una comunicación fluida entre las partes, se facilitan las siguientes direcciones de correo electrónico:

LICENCIANTE: ________

LICENCIATARIA: ________


DECIMOPRIMERO.- CESIÓN A TERCERAS PERSONAS

Las partes no se encuentran facultadas para ceder los derechos que surgen de este contrato.


DECIMOSEGUNDO.- NORMATIVA APLICABLE

Este contrato se rige por la normativa chilena vigente, especialmente por la Ley de Propiedad Intelectual.


DECIMOTERCERO.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


DECIMOCUARTO.- EJEMPLARES

El presente contrato se firma en dos ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando uno en poder de la PARTE LICENCIANTE y otro en poder de la PARTE LICENCIATARIA.


DECIMOQUINTO. FACULTAD AL PORTADOR

Se faculta al portador de copia autorizada del presente contrato para requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes.


DECIMOSEXTO.- GASTOS

Todos los gastos que se originen con motivo de la celebración del presente contrato serán de cargo de la PARTE LICENCIANTE.


Previa lectura, y en señal de aceptación, se ratifica y firman las partes.




________________________

(Firma Licenciante)

________

Cédula Nacional de Identidad________




________________________

(Firma Licenciataria)

________

Cédula Nacional de Identidad________

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CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE OBRA


En ________, a ________, comparecen, por una parte: ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, de estado civil soltero/a, de profesión u ocupación ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE LICENCIANTE"; y, por la otra: ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, de estado civil soltero/a, de profesión u ocupación ________, Cédula Nacional de Identidad________, con domicilio en ________, en adelante la "PARTE LICENCIATARIA";

La PARTE LICENCIANTE y la PARTE LICENCIATARIA que, en adelante, podrán ser denominadas, individualmente como la parte y conjuntamente como las partes, reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse recíprocamente y siendo responsables de la veracidad de sus declaraciones,


EXPONEN

I. Que la PARTE LICENCIANTE es la autora y única titular de los derechos patrimoniales de autor, también conocidos como derechos de explotación, de la siguiente obra:

________

II. Que, en adelante, dicha obra será denominada la "Obra".

III. Y que, la PARTE LICENCIATARIA está interesada en hacer uso de la Obra y la PARTE LICENCIANTE, a su vez, está interesada en otorgar dicha autorización, por lo que, habiendo llegado las partes, libre y espontáneamente, a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente Contrato de licencia de uso de obra, en adelante, el "Contrato", con el objeto de constituir y regular su acuerdo, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS


PRIMERO.- OBJETO

En su condición de titular de los derechos patrimoniales de autor de la Obra, la PARTE LICENCIANTE autoriza de forma exclusiva a la PARTE LICENCIATARIA para hacer uso de la Obra en los términos que serán a continuación estipulados, la cual acepta expresamente.

En concreto, la PARTE LICENCIATARIA quedará facultada para publicar, reproducir, adaptar, ejecutar públicamente y distribuir la Obra.

En consecuencia, la PARTE LICENCIATARIA recibe la facultad de explotar la Obra con exclusión de otra persona, con excepción de la PARTE LICENCIANTE, la que conserva la titularidad de sus derechos de autor, dentro del ámbito geográfico y del plazo de duración establecidos en el presente contrato. Asimismo, estará legitimada para perseguir las conductas que afecten a las facultades que le son concedidas en esta licencia.

Se prohíbe expresamente la explotación de la Obra de cualquier manera distinta de la prevista en la presente estipulación.

Ambas partes otorgan su conformidad a la licencia bajo las condiciones por ellas pactadas y así recogidas en este mismo contrato.


SEGUNDO.- MODALIDADES DE EXPLOTACIÓN PREVISTAS

La PARTE LICENCIATARIA podrá explotar la Obra únicamente en las siguientes modalidades de explotación, usos o finalidades existentes y conocidas a la fecha de firma de este contrato, señalada en el en encabezamiento:

________

Las partes reconocen que estas modalidades de explotación de la Obra son indispensables para cumplir la finalidad del presente contrato.

Se prohíbe expresamente la explotación de la Obra de cualquier manera distinta de la prevista en la presente estipulación.


TERCERO.- DURACIÓN DE LA CESIÓN

El presente contrato entrará en vigor el día de su firma, señalado en el encabezamiento del mismo.

La PARTE LICENCIANTE autoriza a la PARTE LICENCIATARIA para hacer uso de la Obra, en las condiciones estipuladas en este contrato, por un plazo de ________, contado a partir de la firma de este documento.

No obstante, este plazo de duración no podrá superar, en caso alguno, el plazo máximo de duración de los derechos de autor previsto en la ley. Es decir, la presente licencia dejará de ser válida, en todo caso, cuando los derechos de autor sobre los que recae pasen al dominio público.


CUARTO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO DE LA CESIÓN

La licencia de los derechos de explotación prevista en el presente contrato no tienen un límite geográfico determinado, por lo que la PARTE LICENCIATARIA podrá explotar la Obra en los términos previstos en este contrato, en todos los países del mundo sin limitación geográfica de ninguna clase.


QUINTO.- CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA (REMUNERACIÓN)

Las partes acuerdan que la remuneración que la PARTE LICENCIATARIA debe pagar a la PARTE LICENCIANTE como contraprestación por la licencia conferida a la PARTE LICENCIATARIA será de un ________% (________ por ciento) por ciento de los ingresos obtenidos por la explotación de la misma.

La PARTE LICENCIATARIA se compromete a pagar a la PARTE LICENCIANTE la remuneración pactada de la siguiente manera:

________


SEXTO.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

1. Obligaciones de la PARTE LICENCIANTE

a. Exonerar, como garante de la autoría de la Obra, a la PARTE LICENCIATARIA de toda responsabilidad frente a terceras personas, asumiendo todas las reclamaciones, incluidas las indemnizaciones por daños y perjuicios que pudieran ejercitarse contra la PARTE LICENCIATARIA por terceras personas que pudieran entender infringidos sus derechos de propiedad intelectual sobre la Obra.

b. Poner en conocimiento de la PARTE LICENCIATARIA, en el más breve plazo posible, toda infracción de los derechos de propiedad intelectual que terceras personas hayan realizado o abiertamente prepare y de los que haya tenido conocimiento.

c. Respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente contrato le atribuyen y que no han sido expresamente previstas en esta estipulación.

2. Obligaciones de la PARTE LICENCIATARIA

a. Pagar a la PARTE LICENCIANTE la remuneración pactada, de acuerdo con las modalidades convenidas en el presente contrato.

b. Poner todos los medios necesarios para la efectividad de la explotación concedida en el presente contrato, según la naturaleza de la Obra y los usos vigentes en la actividad profesional, industrial o comercial de que se trate.

c. Poner en conocimiento de la PARTE LICENCIANTE, en el más breve plazo posible, toda infracción de los derechos de propiedad intelectual que terceras personas realicen o abiertamente preparen y de los que haya tenido conocimiento, así como prestar a la otra parte toda su colaboración en la defensa de estos derechos.

d. Respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente contrato le atribuyen y que no han sido expresamente previstas en esta estipulación.


SÉPTIMO.- RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD

Las partes se comprometen a tomar todas las medidas necesarias para mantener en secreto y confidencialidad todas las informaciones que les hayan sido comunicadas con ese carácter por la otra parte durante la ejecución de este contrato, o de las que hayan tomado conocimiento en el curso de su ejecución.

Las partes se comprometen a utilizar estas informaciones únicamente para la ejecución del presente contrato. Del mismo modo, se comprometen a no explotar, por cuenta propia o de una tercera persona, directa o indirectamente, toda o parte de estas informaciones.

De esta forma, ambas partes se obligan a no revelar ninguna información relativa a este contrato, ya sea en lo relacionado con las negociaciones, transacciones o cualquier asunto de las partes, ni el contenido ni existencia del contrato aquí suscrito, ni sobre las actividades que se van a desarrollar con respecto a los derechos objeto de este contrato.

Esta obligación de confidencialidad deberá respetarse durante toda la vigencia de este contrato.

Las obligaciones contenidas en esta cláusula no se aplicarán a:

1. Toda aquella información que sea del dominio público.

2. Toda aquella información de que las partes dispongan antes de haberle sido facilitada por la otra parte.

3. Toda aquella información legalmente adquirida por las partes de fuentes distintas a la otra parte.

Toda violación o incumplimiento por una u otra parte de las obligaciones que impone esta cláusula conlleva la obligación, para aquella parte que cometió dicho incumplimiento, de pagar a la otra parte una indemnización compensatoria, sin perjuicio del derecho de la parte afectada a ejercer o iniciar todas las acciones que estime pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


OCTAVO.- 8558258588 852 88858858

58 25282222 82225522 22555 825 52852822 225 28 25252 5852552 52 858 255228, 822 828 2228228 852 28858 5222528222.

582 225258882 52 82 52225825, 28 82852288282222 52 858 288825882228 8225828 2 8222558255828 5555 5252852 5 85 2255 25522 5 52828825 28 82225522 882 58882 252882, 552852 528255 222828855 5 85 2255 25522 85 85585 52 252828822 252528522222 2 225 2885822.

52 2252 8582, 22 28 85252822 52 852 582525 52 858 255228 82852288255 582525 52 858 288825882228 528 82225522, 2 858 852288255 52 22525 5222825285, 2 2822 82852288282222 2 852288282222 5222825282 25255 8588525882, 85 25522 852 5 85 822 88 5525 85228852 822 858 85258 22555, 25288522222 58 222588882 52 85 5252852 52 52828825 28 82225522, 22255 225 258285 252528522222 2 225 2885822 58852 852288282222 2 85885258822 5 85 2255 25522.

525 852 288225 258285 28 852288282222 2 85 5282858822 528 82225522, 85 25522 588822222, 552258, 222555 5252852 5 825 82522282555 225 828 2252588828 852 82 8252 28588225528 225 28 82852288282222.

58 52852 52 852 85 25522 52282555 528855 22 52828825 28 82225522 22 8255 82288525552 8222 525 52252885 5 858 52528528 525885528 528 82852288282222 82225582558 52 85 822255585, 28 88282555 52 22525 582525 858 52528528 2555 5582582 8522885 858 288825882228 525885558 528 25282222 82225522.


NOVENO.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y ANULABILIDAD

Este contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las partes.

Las partes reconocen que, en caso de existir documentos anexos y/o adjuntos al presente contrato, estos forman parte o integran el mismo para todos los efectos legales.

Si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del contrato toda su fuerza vinculante entre las partes. Llegado este caso, las partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y de buena fe un nuevo texto para aquellas partes o cláusulas del contrato afectadas.


DÉCIMO.- NOTIFICACIONES

Para realizar cualquier notificación entre las partes que tenga como origen el presente contrato, éstas acuerdan que su domicilio para tales efectos sean las direcciones indicadas al principio de este contrato. Para que una notificación entre las partes sea efectuada en forma válida deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio proporcionado por una de las partes a la otra, se deberá comunicar esta nueva información lo más pronto posible a la otra parte, siguiendo el procedimiento acá establecido.

No obstante, siempre y cuando sea posible garantizar la autenticidad de la persona emisora, de la destinataria y del contenido del mensaje, y con el objetivo de mantener una comunicación fluida entre las partes, se facilitan las siguientes direcciones de correo electrónico:

LICENCIANTE: ________

LICENCIATARIA: ________


DECIMOPRIMERO.- CESIÓN A TERCERAS PERSONAS

Las partes no se encuentran facultadas para ceder los derechos que surgen de este contrato.


DECIMOSEGUNDO.- NORMATIVA APLICABLE

Este contrato se rige por la normativa chilena vigente, especialmente por la Ley de Propiedad Intelectual.


DECIMOTERCERO.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


DECIMOCUARTO.- EJEMPLARES

El presente contrato se firma en dos ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando uno en poder de la PARTE LICENCIANTE y otro en poder de la PARTE LICENCIATARIA.


DECIMOQUINTO. FACULTAD AL PORTADOR

Se faculta al portador de copia autorizada del presente contrato para requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes.


DECIMOSEXTO.- GASTOS

Todos los gastos que se originen con motivo de la celebración del presente contrato serán de cargo de la PARTE LICENCIANTE.


Previa lectura, y en señal de aceptación, se ratifica y firman las partes.




________________________

(Firma Licenciante)

________

Cédula Nacional de Identidad________




________________________

(Firma Licenciataria)

________

Cédula Nacional de Identidad________