Contrato de cuentas en participación

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CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN



Entre los suscritos a continuación referenciados, que en conjunto serán LOS PARTÍCIPES, hemos decidido celebrar el presente contrato de CUENTAS EN PARTICIPACIÓN que se regirá por las presentes cláusulas:

Primer partícipe: ________
Cédula de ciudadanía: ________
Ciudad de domicilio: ________

Segundo partícipe: ________
Cédula de ciudadanía: ________
Ciudad de domicilio: ________

1. Objeto. El presente contrato tiene por objeto el desarrollo de las actividades comerciales o negocios que se especifican a continuación mediante la dirección y ejecución del partícipe gestor:

________

2. Lugar de ejecución. El negocio o actividad comercial de que trata la cláusula anterior se desarrollará en todo el territorio nacional.

3. Partícipe gestor. El partícipe gestor (________) será quien asuma la dirección y ejecución del negocio o actividades comerciales de que trata la cláusula primera de este contrato. Sólo el gestor podrá actuar ante terceros con ocasión del desarrollo del objeto contractual.

4. Responsabilidad de partícipes no gestores. Los partícipes no gestores responderán sólo hasta por el monto de sus aportes, a menos que revelen sus condición de partícipes a terceros, evento en el cual responderán de manera solidaria con el socio gestor en todos los negocios y actos suscritos con ocasión del desarrollo del presente contrato.

5. Aportes al fondo común. Para el desarrollo del negocio o actividad comercial de que trata la cláusula primera de este contrato los partícipes han constituido un fondo común con los aportes de cada uno de la siguiente forma:

________
Aporte: $________
Porcentaje: ________%

________
Aporte: $________
Porcentaje: ________%

Total: $________ (________)

6. Plazo del pago de los aportes al fondo común. Los aportes al fondo común de que trata la cláusula anterior se realizan al momento de la firma del presente contrato, quedando el mismo perfeccionado sin montos o sumas pendientes para iniciar su ejecución.

7. Utilidades y pérdidas. Las utlidades o pérdidas que resultaren del desarrollo del negocio o actividade económica de que trata la cláusula primera de este contrato serán asumidas de manera proporcional a los porcentajes de participación indicados en la cláusula anterior.

8. Toma de decisiones. Las decisiones relativas a la ejecución y desarrollo del negocio o actividad económica con ocasión de la cual se celebra este contrato se tomarán mediante votación de los partícipes, teniendo cada uno derechos de voto en proporción a su porcentaje de participación. Para la toma de decisiones de que trata este artículo el PARTÍCIPE deberá solicitar la reunión con al menos ________ días de antelación a la fecha de realización de la misma, la cual podrá hacerse de manera presencial o virtual.

9. Rendición de cuentas y balance del ejercicio. Cada ________ días el socio gestor deberá rendir cuentas a los demás partícipes del contrato. Adicionalmente los partícipes no gestores podrán solicitar por unanimidad que en la rendición de cuentas se presente un balance del ejercicio siempre y cuando se solicite con ________ días de antelación a la fecha de la reunión.

10. Obligaciones de las partes.

a. Del partícipe gestor:

I. Actuar de manera diligente en el desarrollo de los negocios de que trata la cláusula primera de este contrato, poniendo en ello el mismo empeño que en la ejecución de sus negocios ordinarios.

II. Rendir cuentas de sus actuaciones a los socios no gestores cuando estos lo soliciten y proporcionar los documentos o informes que le sean requeridos para tales efectos.

III. No revelar la identidad de los socios no gestores a personas externas con las que celebre negocios con ocasión del presente contrato.

IV. Las demás que se deriven del presente contrato o la ley.

b. De todos los partícipes:

I. Realizar los aportes al fondo común en las cantidades señaladas en el contrato.

II. Asistir a las reuniones que se citen para rendición de cuentas y toma de decisiones sobre los negocios o actividades comerciales del contrato.

III. Mantener confidencial su calidad de partícipes no gestores.

IV. No establecer contacto o comunicación con personas externas con ocasión de los negocios de que trata la cláusula primera de este contrato.

V. Abstenerse de vender, ceder o enajenar a cualquier título su posición en el presente contrato sin autorización de los demás partícipes.

11. Gastos. Los gastos personales en que incurra el partícipe gestor con ocasión del desarrollo del negocio o actividad comercial de que trata la cláusula primera podrán ser pagados del fondo común sin perjuicio de la participación a que tenga derecho de conformidad con sus aportes. Los partícipes no gestores podrán solicitar soportes de los gastos en las reuniones de rendición de cuentas.

12. 8222852288588555. 258 255228 82 2888252 5 25222225 22 8285222 2255 82225258822 822285228858 5 85 852 222252 588282 822 2858822 528 25282222 82225522. 2555 2228228 52 2822 82225522 82 22282252 225 822285228858 2255 82225258822 52888855 225 8558858255 52 858 255228 852 852285 822 582525 52 858 8825822228 82258882228:

________. 552 22 825 52 822288282222 2588882 28 52 25888 282228822 5 255828 52 225828 822828228 2 852 825 5222282555 8222 258 225 28 2825855 52 85 82225258822.

________. 552 858 88585282528858 52 85 2225225, 828 225828 52 58258225282222 2 858 2258558 52 822558555 2225558 225 28 2825855 2555 85 85822585 52 85 82225258822 82588522 28 85558225 822285228858 52 85 28825.

________. 52 82288525555 82225258822 822285228858 2255 82225258822 52 2525558225 82225882, 2825288255 2 822258858 852 22 825 52 822288282222 2588882 28 282552 22 85828 52 55228 52 588282 5882522 2 88852, 25828 8222 82225228 822258828, 285228 52 2222882, 822255228 2 58525528 52 2525558225 2588555, 2228-528, 2528828, 88822228, 25282252528, 22252 22558. 5825 88825 28222 252228822 22528852882 2 22 8228885 85 22 8222852288588555 52 22528 28228 52 82225258822 22 22288225528 22 2885.

13. Terminación. El presente contrato terminará por cualquiera de las siguientes causas:

a. Por decisión unánime de los partícipes.

b. Por retiro, insolvencia, muerte o liquidación de cualquiera de los partícipes.

c. Por agotamiento del fondo común sin que se resuelva la realización de nuevos aportes por parte de los partícipes.

d. Por imposibilidad de realizar el negocio o actividades comerciales de que trata la cláusula primera.

e. Por orden de autoridad competente.

f. De manera unilateral por comunicación escrita enviada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de ________ días a la fecha en que se desee terminar el contrato.

14. Duración. El presente contrato tendrá una duración indefinida, extinguiéndose por la culminación del negocio o actividad económica de que trata la cláusula primera, el agotamiento del fondo común, decisión libre de los partícipes y las demás que se establezcan en este contrato.

15. Legislación aplicable. El presente contrato se rige por la legislación colombiana, particularmente por lo establecido en el Código de Comercio, artículos 507 a 514.

16. Notificaciones. A los correos electrónicos que se indican a continuación:

________: ________

________: ________

Para constancia de las partes se firman 2 ejemplares del mismo tenor el ________.



DE LOS PARTÍCIPES





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CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN



Entre los suscritos a continuación referenciados, que en conjunto serán LOS PARTÍCIPES, hemos decidido celebrar el presente contrato de CUENTAS EN PARTICIPACIÓN que se regirá por las presentes cláusulas:

Primer partícipe: ________
Cédula de ciudadanía: ________
Ciudad de domicilio: ________

Segundo partícipe: ________
Cédula de ciudadanía: ________
Ciudad de domicilio: ________

1. Objeto. El presente contrato tiene por objeto el desarrollo de las actividades comerciales o negocios que se especifican a continuación mediante la dirección y ejecución del partícipe gestor:

________

2. Lugar de ejecución. El negocio o actividad comercial de que trata la cláusula anterior se desarrollará en todo el territorio nacional.

3. Partícipe gestor. El partícipe gestor (________) será quien asuma la dirección y ejecución del negocio o actividades comerciales de que trata la cláusula primera de este contrato. Sólo el gestor podrá actuar ante terceros con ocasión del desarrollo del objeto contractual.

4. Responsabilidad de partícipes no gestores. Los partícipes no gestores responderán sólo hasta por el monto de sus aportes, a menos que revelen sus condición de partícipes a terceros, evento en el cual responderán de manera solidaria con el socio gestor en todos los negocios y actos suscritos con ocasión del desarrollo del presente contrato.

5. Aportes al fondo común. Para el desarrollo del negocio o actividad comercial de que trata la cláusula primera de este contrato los partícipes han constituido un fondo común con los aportes de cada uno de la siguiente forma:

________
Aporte: $________
Porcentaje: ________%

________
Aporte: $________
Porcentaje: ________%

Total: $________ (________)

6. Plazo del pago de los aportes al fondo común. Los aportes al fondo común de que trata la cláusula anterior se realizan al momento de la firma del presente contrato, quedando el mismo perfeccionado sin montos o sumas pendientes para iniciar su ejecución.

7. Utilidades y pérdidas. Las utlidades o pérdidas que resultaren del desarrollo del negocio o actividade económica de que trata la cláusula primera de este contrato serán asumidas de manera proporcional a los porcentajes de participación indicados en la cláusula anterior.

8. Toma de decisiones. Las decisiones relativas a la ejecución y desarrollo del negocio o actividad económica con ocasión de la cual se celebra este contrato se tomarán mediante votación de los partícipes, teniendo cada uno derechos de voto en proporción a su porcentaje de participación. Para la toma de decisiones de que trata este artículo el PARTÍCIPE deberá solicitar la reunión con al menos ________ días de antelación a la fecha de realización de la misma, la cual podrá hacerse de manera presencial o virtual.

9. Rendición de cuentas y balance del ejercicio. Cada ________ días el socio gestor deberá rendir cuentas a los demás partícipes del contrato. Adicionalmente los partícipes no gestores podrán solicitar por unanimidad que en la rendición de cuentas se presente un balance del ejercicio siempre y cuando se solicite con ________ días de antelación a la fecha de la reunión.

10. Obligaciones de las partes.

a. Del partícipe gestor:

I. Actuar de manera diligente en el desarrollo de los negocios de que trata la cláusula primera de este contrato, poniendo en ello el mismo empeño que en la ejecución de sus negocios ordinarios.

II. Rendir cuentas de sus actuaciones a los socios no gestores cuando estos lo soliciten y proporcionar los documentos o informes que le sean requeridos para tales efectos.

III. No revelar la identidad de los socios no gestores a personas externas con las que celebre negocios con ocasión del presente contrato.

IV. Las demás que se deriven del presente contrato o la ley.

b. De todos los partícipes:

I. Realizar los aportes al fondo común en las cantidades señaladas en el contrato.

II. Asistir a las reuniones que se citen para rendición de cuentas y toma de decisiones sobre los negocios o actividades comerciales del contrato.

III. Mantener confidencial su calidad de partícipes no gestores.

IV. No establecer contacto o comunicación con personas externas con ocasión de los negocios de que trata la cláusula primera de este contrato.

V. Abstenerse de vender, ceder o enajenar a cualquier título su posición en el presente contrato sin autorización de los demás partícipes.

11. Gastos. Los gastos personales en que incurra el partícipe gestor con ocasión del desarrollo del negocio o actividad comercial de que trata la cláusula primera podrán ser pagados del fondo común sin perjuicio de la participación a que tenga derecho de conformidad con sus aportes. Los partícipes no gestores podrán solicitar soportes de los gastos en las reuniones de rendición de cuentas.

12. 8222852288588555. 258 255228 82 2888252 5 25222225 22 8285222 2255 82225258822 822285228858 5 85 852 222252 588282 822 2858822 528 25282222 82225522. 2555 2228228 52 2822 82225522 82 22282252 225 822285228858 2255 82225258822 52888855 225 8558858255 52 858 255228 852 852285 822 582525 52 858 8825822228 82258882228:

________. 552 22 825 52 822288282222 2588882 28 52 25888 282228822 5 255828 52 225828 822828228 2 852 825 5222282555 8222 258 225 28 2825855 52 85 82225258822.

________. 552 858 88585282528858 52 85 2225225, 828 225828 52 58258225282222 2 858 2258558 52 822558555 2225558 225 28 2825855 2555 85 85822585 52 85 82225258822 82588522 28 85558225 822285228858 52 85 28825.

________. 52 82288525555 82225258822 822285228858 2255 82225258822 52 2525558225 82225882, 2825288255 2 822258858 852 22 825 52 822288282222 2588882 28 282552 22 85828 52 55228 52 588282 5882522 2 88852, 25828 8222 82225228 822258828, 285228 52 2222882, 822255228 2 58525528 52 2525558225 2588555, 2228-528, 2528828, 88822228, 25282252528, 22252 22558. 5825 88825 28222 252228822 22528852882 2 22 8228885 85 22 8222852288588555 52 22528 28228 52 82225258822 22 22288225528 22 2885.

13. Terminación. El presente contrato terminará por cualquiera de las siguientes causas:

a. Por decisión unánime de los partícipes.

b. Por retiro, insolvencia, muerte o liquidación de cualquiera de los partícipes.

c. Por agotamiento del fondo común sin que se resuelva la realización de nuevos aportes por parte de los partícipes.

d. Por imposibilidad de realizar el negocio o actividades comerciales de que trata la cláusula primera.

e. Por orden de autoridad competente.

f. De manera unilateral por comunicación escrita enviada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de ________ días a la fecha en que se desee terminar el contrato.

14. Duración. El presente contrato tendrá una duración indefinida, extinguiéndose por la culminación del negocio o actividad económica de que trata la cláusula primera, el agotamiento del fondo común, decisión libre de los partícipes y las demás que se establezcan en este contrato.

15. Legislación aplicable. El presente contrato se rige por la legislación colombiana, particularmente por lo establecido en el Código de Comercio, artículos 507 a 514.

16. Notificaciones. A los correos electrónicos que se indican a continuación:

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Para constancia de las partes se firman 2 ejemplares del mismo tenor el ________.



DE LOS PARTÍCIPES





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