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Carta de intenciones

Última revisión Última revisión 29/12/2023
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño7 a 10 páginas
4,5 - 7 votos
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Última revisiónÚltima revisión: 29/12/2023

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La carta de intenciones (también llamada acuerdo de intenciones, letter of intent o memorandum of understanding) permite establecer las bases o directrices de la futura negociación de un contrato o de un proyecto de colaboración. Dada la importancia para las partes de los resultados de la negociación o proyecto, el objetivo de este documento es tratar de garantizar que la negociación o proyecto se realizará de buena fe, sin que ello implique que las partes queden obligadas a llegar a un acuerdo (las partes podrán decidir libremente llegar a un acuerdo, salvo que se pacte lo contrario).

Las partes deberán firmar un term sheet o carta de intenciones de inversores en el caso de que se deseen establecer las bases para la negociación de la entrada de inversores en una startup o empresa.

Este documento permite la firma de una carta de intenciones bilateral (acuerdo entre las partes para negociar o llevar a cabo un proyecto) o unilateral (oferta para negociar o iniciar un proyecto dirigida a una parte).

Asimismo, el documento puede ser vinculante (se puede exigir su cumplimiento por vía judicial) o no vinculante (únicamente se establecen las bases de la negociación a la que las partes se comprometen de buena fe, pero su cumplimiento no es obligatorio).

La firma de este documento aporta una mayor seguridad jurídica a las partes dentro de la fase inicial de negociación de un contrato, garantizando que las mismas actuarán de buena fe, dentro de unos límites establecidos por las partes y de acuerdo con sus propios intereses objetivos.

 

  • Tipo de negociaciones

A través de este documento se pueden establecer las bases de negociación de muy diversos tipos de negocios o de contratos, entre los que destacarían:

En todo caso, este documento permite sentar las bases de un proyecto de colaboración o de trabajo conjunto entre dos o más partes.

Por último, en el caso de que se desee únicamente regular una oferta para la firma de un contrato de prestación de servicios se podrá acudir a la firma de una propuesta de servicios, que carece de carácter vinculante.

 

  • Clases de cartas de intenciones

Este documento se encuentra adaptado para incluir acuerdos de intenciones de carácter bilateral, es decir, acuerdos en los que las partes negocian de mutuo acuerdo las bases de la futura negociación o proyecto y así lo plasman en el documento; como de carácter unilateral, en donde una parte desea invitar a negociar a otra parte y para ello le remite una carta en la que se recogen las condiciones de la futura negociación. En este caso, la negociación o proyecto se iniciará una vez que la parte invitada (la parte que recibe la carta) firme la misma.

Por otro lado, este documento permite que la carta de intenciones pueda ser vinculante para las partes que la firman, lo cual implicaría que sea de obligado cumplimiento para las partes, o bien, que no sea vinculante y, por tanto, su contenido solo actuaría como principios que deben informar el futuro proyecto o negociación, pero no podría reclamarse su cumplimiento por vía judicial. En todo caso, sí serían vinculante algunas cláusulas relevantes, las cuales solo tienen utilidad si vinculan a la otra parte, como son las cláusulas de confidencialidad, exclusividad y no competencia o sobre la ley aplicable y el fuero.

 

La carta de intenciones vs el precontrato

La carta de intenciones no debe confundirse con la firma de un precontrato (como puede ser un precontrato de trabajo), o con un contrato de arras penitenciales o un contrato promesa de compraventa de bien.

La carta de intenciones es el primer documento que supone el inicio de una relación entre dos o más partes, donde simplemente se fijan las bases para iniciar una negociación según las condiciones acordadas por las partes. Esta negociación podrá dar sus frutos y, por tanto, dar lugar a un futuro contrato, o bien, su resultado podrá ser negativo y podrá rechazarse la firma de contrato alguno (p. ej. en el caso de la compraventa de una empresa, la carta de intenciones supone que las partes se obligan al inicio de la negociación, pero puede ser que tras llevar a cabo la valoración de la empresa, el comprador rechace seguir adelante con la operación. En este caso no existirá incumplimiento contractual alguno).

En contraposición a lo anterior, la firma del precontrato supone que las partes han llegado a un acuerdo y, por tanto, tienen intención de concluir la negociación con la firma de un contrato. En el caso de la firma de un contrato de arras penitenciales o de promesa de compraventa de un bien, las partes acuerdan la intención de comprar un bien inmueble o mueble. De esta forma, el objeto del contrato y sus condiciones generales se encuentran definidos en todos los casos, quedando únicamente pendiente la firma posterior del contrato definitivo (p. ej. si se firma un contrato de arras penitenciales donde se acuerda la compra de la empresa, la decisión posterior del comprador de no proceder a su adquisición supondrá un incumplimiento contractual y, por tanto, dará lugar al pago de una penalidad por su incumplimiento).

 

¿Cómo utilizar este documento?

Una vez rellenado y descargado, este documento deberá ser firmado por la parte a la que se dirige la carta en el caso de que sea de carácter unilateral (oferta de negociación o de inicio de proyecto). En el caso de que se trate de un acuerdo bilateral, el documento deberá ser firmado por ambas partes interesadas en la negociación o proyecto.

Además, el documento podrá ser firmado por una persona física (persona natural), ya sea en su propio nombre o a través de un representante, o por una persona jurídica (como puede ser una empresa, una asociación, etc.) a través de su representante persona física (p. ej. administrador).

 

Contenido de la carta de intenciones

Este documento incluye el siguiente contenido mínimo para garantizar la eficacia del documento:

  • la fecha de inicio y duración estimada de la negociación o proyecto;
  • la información sobre las partes que se van a obligar a llevar a cabo la negociación o proyecto;
  • los objetivos concretos de la negociación o proyecto para los que se redacta la presente carta;
  • la distribución de los costes o gastos de la negociación o proyecto;
  • las actividades que se comprometen a realizar cada una de las partes; y,
  • el carácter vinculante o no de las cláusulas recogidas en el documento.

Además de los aspectos arriba indicados, en el propio documento se podrán incluir otras cláusulas relevantes, como las cláusulas de confidencialidad, de exclusividad y no competencia o de protección de la propiedad industrial o intelectual compartida entre las partes que se comentarán a continuación.

 

Cláusula de confidencialidad

Dada la relevancia de la información que puede ser revelada durante la negociación o proyecto, este documento establece la posibilidad de incluir una cláusula de confidencialidad para impedir que la misma pueda utilizarse para fines distintos a los recogidos en la carta.

En todo caso, cabe la posibilidad de que las partes firmen un acuerdo de confidencialidad (NDA) en aquellas negociaciones o proyectos en los que se vaya a divulgar numerosa información confidencial que las partes puedan considerar relevante. De esta forma, se regulará más en detalle todas las limitaciones en el uso de esta información y las consecuencias en el caso de que la misma sea utilizada de forma inapropiada por alguna de las partes.

 

Cláusula de exclusividad y no competencia

La carta de intenciones podrá incluir una cláusula de exclusividad y no competencia por la cual una de las partes o ambas se comprometen a no llevar a cabo actividades de negociación o proyectos similares con terceros durante la vigencia de la carta de intenciones, así como durante un periodo posterior a su conclusión. De esta forma, se otorga una mayor seguridad a las partes, sobre todo en el caso de que se inviertan notables cantidades de tiempo y dinero para llevar a cabo la negociación (p. ej. la realización de un proceso de due diligence en la compraventa de una empresa) asegurando que la otra parte no aprovechará para llevar a cabo proyectos o negociaciones similares con terceras partes durante la duración de la carta de intenciones.

 

Cláusula de protección de la propiedad industrial o intelectual

Por último, este documento permite incluir una cláusula de protección de los derechos de propiedad industrial (como pueden ser patentes o modelos de utilidad) o intelectual (como pueden ser creaciones de software o escritos literarios) que se puedan generar durante el proyecto o negociación iniciado entre las partes. De esta forma, se trata de garantizar que la parte que elabora este tipo de obras sea la propietaria de los derechos sobre las mismas, y que, en el caso de elaboración conjunta, las partes sean propietarias de estos derechos en el porcentaje correspondiente a su participación en su creación.

 

Derecho aplicable

Este documento no se encuentra regulado de forma expresa en la legislación española, por lo que quedará sujeto a la autonomía de la voluntad en virtud de lo dispuesto en el artículo 1255 del Código Civil español. Este acuerdo deberá en todo caso respetar la legislación general de los contratos recogida en el Código Civil, en concreto, en lo que se refiere a la validez de los contratos (artículos 1261 a 1277).

 

Ayuda de un abogado

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