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Contrato de arrendamiento de local de negocio

Última revisión Última revisión 29/12/2023
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño12 a 19 páginas
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Última revisiónÚltima revisión: 29/12/2023

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El contrato de arrendamiento de local de negocio (arrendamiento para uso distinto de vivienda) es un contrato o acuerdo entre las partes signatarias mediante el cual, una de las partes intervinientes (denominada parte arrendadora) que es la propietaria del bien inmueble, o simplemente local, se obliga a poner a disposición o ceder el uso y disfrute de dicho local a la otra parte interviniente (denominada parte arrendataria).

La parte arrendataria podrá destinar el local para el ejercicio de una actividad económica, por ejemplo: actividades industriales, comerciales, artesanales, profesionales, recreativas, asistenciales, culturales, docentes, etc., y lo hará por un periodo temporal concreto y, a cambio, se compromete a satisfacer una serie de pagos conocidos como renta o de forma más común, alquiler.

Si se tienen dudas sobre el arrendamiento de local de negocio, se recomienda la lectura de las siguientes guías: Consejos para alquilar un local de negocio y ¿Cuáles son las diferencias entre el contrato de arrendamiento de industria y de arrendamiento de local de negocio?

Si lo que se desea es alquilar una vivienda, entonces el siguiente documento se encuentra mejor adaptado: contrato de arrendamiento de vivienda habitual.

En todo caso, si lo que se desea es alquilar una vivienda para uso vacacional, de ocio o turismo, durante un tiempo limitado, se debe celebrar un Contrato de arrendamiento de vivienda por temporada vacacional. No obstante, si lo que se busca es alquilar una habitación ubicada en el interior de una vivienda (casa o piso), así como el derecho a utilizar de forma compartida con otras personas las zonas comunes de la vivienda (cocina, salón y cuarto de baño), por un tiempo determinado, se debe celebrar un Contrato de arrendamiento de habitación.


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento contiene, de forma general, un conjunto de cláusulas que regularán las condiciones en las que se produce la oferta del bien en arrendamiento y la aceptación de la misma, además de los derechos, obligaciones y responsabilidades que emanarán de la misma para cada una de las partes, el propietario, y el inquilino.

En el momento de la celebración de este contrato es necesario que el propietario o parte arrendadora facilite o exhiba el Certificado de Eficiencia Energética del inmueble regulado en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

El modelo permite prever aspectos clave dentro de un contrato de arrendamiento de local de negocio como: la descripción del local mismo, el uso que se le va a dar al local, a qué parte serán atribuibles qué gastos, el importe de la renta y su forma de pago, las obras que conciernan al inmueble, el derecho o no de adquisición preferente, la introducción o no de la figura del fiador (o avalista), el derecho o no de subarriendo del local por el inquilino y/o la cesión del contrato mismo, entre otras.

El contrato de arrendamiento debe ser firmado por las partes o, en su caso, por sus representantes, que deberán exhibir la autorización, o en su caso poder notarial, que les habilita a ello en el momento de la firma. Para dotarlo de un mayor nivel de seguridad, las firmas han de figurar no sólo en la sección final del documento, sino también en el borde izquierdo de cada página que compone el documento, incluyendo, en su caso, las páginas de los anexos en los que se pudiera adjuntar todo otro documento suplementario que también formaría parte del contrato.

En este sentido, por ejemplo, sería recomendable anexar o adjuntar un anexo que detalle el mobiliario que el propietario pudiera haber dejado (o incluido) dentro del local y que el inquilino podrá hacer uso del mismo, así como su estado de uso y conservación.

Este contrato estará vigente durante el tiempo o periodo que las partes decidan. No obstante, las partes pueden acordar, por ejemplo, que el inquilino tenga derecho a terminar el contrato de forma anticipada o que tras la terminación del periodo de duración inicialmente previsto, entren en vigor una serie de periodos de prórroga sucesivos.


Legislación aplicable

El contrato se entenderá regulado en primer lugar por los pactos o acuerdos convenidos entre las partes en el mismo. A continuación, le será de aplicación:

La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

De forma general las disposiciones del Código Civil.


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