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Contrato de mantenimiento y jardinería

Última revisión Última revisión 18/12/2023
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Última revisiónÚltima revisión: 18/12/2023

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Mediante este documento se podrá firmar un contrato de mantenimiento y/o cuidado de jardines, ya sea entre particulares (p. ej. para el cuidado de una vivienda particular), como entre profesionales (el mantenimiento se relaciona con la actividad, p. ej. el mantenimiento de una nave industrial).

De esta forma, el profesional o empresa de mantenimiento se compromete frente a la otra parte, el cliente que lo contrata, a prestar servicios de mantenimiento y/o cuidado de jardín a cambio de un precio o de forma gratuita. En este último caso, se pueden acordar los servicios de mantenimiento sin que el cliente deba realizar nada a cambio, o bien se puede hacer de forma gratuita a cambio de que el cliente realice alguna actividad o acción impuesta por el prestador del servicio (es decir, a cambio de una condición). A modo de ejemplo, esta actividad o acción podría incluir la obligación del cliente de realizar una donación económica en favor de una ONG, de asesorar al profesional de forma gratuita sobre un tema legal, etc.

En el caso de que se desee acordar la realización de otras actividades (p. ej. la realización de labores de restauración o reparación), se deberá firmar el correspondiente contrato de prestación de servicios. Por otro lado, si únicamente se desea contratar al prestador del servicio para llevar a cabo una actividad de limpieza, ya sea puntual o de forma continuada, se deberá firmar un contrato de servicios de limpieza.

 

El contrato de mantenimiento y/o cuidado de jardines como prestación de servicios

El prestador del servicio de mantenimiento no garantizará al cliente la obtención del resultado deseado o esperado (p. ej. el profesional no garantiza que puedan surgir averías en una determinada instalación de un jardín o que varias plantas del jardín puedan morir). El profesional solo se compromete con el cliente a prestar su servicio de mantenimiento con la debida diligencia, en consonancia con lo establecido en el contrato y conforme a las reglas y usos del sector. En el caso de que el profesional se desee comprometer a garantizar el resultado deseado o esperado (p. ej. se compromete a que el jardín permanezca de una determinada forma durante un período de tiempo), se deberá acudir al denominado contrato de arrendamiento de obra.

Por último, en el caso de que se desee terminar este contrato antes de su fecha de terminación, y se desee fijar por escrito las consecuencias de dicha terminación, las partes podrán recoger dicha terminación por escrito mediante la firma del correspondiente convenio de terminación de un contrato de prestación de servicios.

 

Objeto del contrato de mantenimiento y/o cuidado de jardines como prestación de servicios

Este contrato de mantenimiento se podrá acordar tanto para el mantenimiento continuado o recurrente durante un período de tiempo (p. ej. el mantenimiento diario de una oficina), como la prestación del servicio de mantenimiento durante un determinado período de tiempo (p. ej. el mantenimiento de un jardín durante un verano, el mantenimiento de una feria temporal, etc.).

Por otro lado, este contrato se podrá acordar para el mantenimiento de todo tipo de inmuebles, ya sea una vivienda u hogar, como oficinas, locales comerciales, garajes o instalaciones industriales, entre otros. También se podrá firmar este contrato para el mantenimiento de ciertas instalaciones concretas que no se puedan separar de un inmueble (p. ej. mantenimiento del sistema de calefacción, mantenimiento de una piscina o de fuentes de un jardín, etc.).

 

¿Cómo utilizar este documento?

A través de este contrato, el profesional prestará sus servicios manteniendo su independencia con respecto al cliente, es decir, trabajará por cuenta propia, con sus medios y su propia organización (trabaja de forma autónoma), asumiendo los riesgos que conlleve su actividad (p. ej. asume el riesgo de que el cliente no pague a tiempo su servicio, los costes de los materiales, los retrasos derivados de fallos en el suministro de materiales o piezas necesarias, etc.). En el caso de que se quiera contratar a una persona para que trabaje de acuerdo con las instrucciones y con dependencia del empleador, se deberá firmar un contrato de trabajo (p. ej. un profesional que trabaja directamente como empleado en una oficina). En todo caso, en nuestra guía sobre las diferencias entre un contrato de prestación de servicios y un contrato de trabajo se recoge mayor información sobre este punto.

Por otro lado, este contrato podrá ser firmado por uno o varios profesionales autónomos persona física que se ofrecen a prestar sus servicios a la vez, como por empresas de mantenimiento que se encuentran organizadas en torno a una persona jurídica (p. ej. una sociedad, una asociación, etc.).

 

Contenido del contrato

Este documento incluye el contenido mínimo para asegurar su plena eficacia. En concreto, en este contrato se recoge:

  • El objeto del contrato de mantenimiento, debiéndose indicar con precisión, es decir, que se deberá especificar de la forma más detallada posible, el contenido y características del servicio que se deberá prestar.
  • La información de las partes (cliente(s) y profesional(es)).
  • El precio por el que se presta el servicio (o su gratuidad en su caso).
  • Los bienes que serán objeto del servicio de mantenimiento. Si por sus características y/o complejidad se requiere, se puede añadir un anexo al contrato que amplíe y desglose el objeto del mismo.
  • Las instrucciones y directrices del cliente para llevar a cabo el mantenimiento.
  • El horario en el que se deberá prestar el servicio de mantenimiento.
  • La duración del contrato, es decir, el período de tiempo durante el cual se deberá realizar la actividad para la que se contrata.

Además, el presente contrato permite incluir (a) una cláusula de confidencialidad (las partes mantendrán el secreto de la información que obtienen durante la ejecución del contrato), (b) una cláusula de no competencia (por la que se podrá limitar al profesional que participe en el futuro en otros negocios o proyectos similares), o (c) una cláusula de contratación de seguro de responsabilidad civil (por la que se obliga al profesional a contratar un seguro de responsabilidad civil por si se produce algún desperfecto durante el desarrollo de su actividad).

 

Formalización del contrato

Una vez rellenado y descargado el documento, se deberán adjuntar el anexo (o anexos) que se estimen oportunos y firmar el contrato no solo al final del mismo, si no también en el margen de cada página para otorgarle una mayor seguridad. El mismo deberá ser firmado por el/los profesional(es) y el/los cliente(s) o por sus correspondientes representantes.


Derecho aplicable

De forma general, este contrato se rige por los artículos 1.542 al 1.545 y 1.583 del Código Civil, y por lo establecido en su caso en el Código de Comercio.

De forma específica para aquellos casos en los que se contrate con un consumidor, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.


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