Contrato de arrendamiento para estacionamiento de vehículo

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULO


En ____________________ a ________.


CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN EN CALIDAD DE ARRENDADOR:

I. ________.


Y EN CALIDAD DE ARRENDATARIO:

I. ________.


QUIENES SE RECONOCEN EXPRESA Y RECÍPROCAMENTE CON CAPACIDAD PLENA PARA OBLIGARSE, Y PARA TAL EFECTO, LA PRIMERA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA "PARTE ARRENDADORA" Y LA SEGUNDA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA "PARTE ARRENDATARIA"; ADEMÁS SE HARÁ REFERENCIA A ELLAS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES"; EN ESTE SENTIDO, LAS PARTES MANIFIESTAN EN PRIMER LUGAR LAS SIGUIENTES:


DECLARACIONES

I. ________ señala como domicilio, el ubicado en:

________

II. ________ señala como domicilio, el ubicado en:

________

III. La PARTE ARRENDADORA declara ser propietaria del lugar de estacionamiento que está ubicado en:

________

IV. La PARTE ARRENDATARIA declara que conoce las características, límites y superficie del lugar de estacionamiento así como del inmueble en el que este se encuentra y es su deseo arrendar dicho espacio o lugar de estacionamiento para su uso y disfrute en sus condiciones actuales.


ESTANDO LAS PARTES DE ACUERDO CON LO MANIFESTADO, ACUERDAN LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE OBLIGARSE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS SIGUIENTES:


CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

El presente contrato tiene por objeto el arrendamiento del lugar o espacio de estacionamiento descrito en las declaraciones de este contrato, obligándose la PARTE ARRENDATARIA a destinar el uso de dicho espacio única y exclusivamente para el alojamiento de vehículos y/o motocicletas, quedando por tanto prohibido el almacenamiento de cualquier otra clase de bienes u objetos.

La PARTE ARRENDATARIA se obliga además a utilizar el estacionamiento de los vehículos dentro de los límites en los que se encuentra el espacio o lugar de estacionamiento, de acuerdo a lo manifestando en las declaraciones, sin obstruir y/o bloquear las áreas comunes, los espacios o lugares de estacionamiento colindantes y los accesos al inmueble.


SEGUNDA. DURACIÓN.

LAS PARTES acuerdan que la duración del presente contrato será de un mes, periodo que comenzará a partir del día ________, y que podrá ser prorrogado por acuerdo de LAS PARTES.

A más tardar el día ________, la PARTE ARRENDADORA deberá hacer entrega a la PARTE ARRENDATARIA de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso que sean necesarios para que esta pueda hacer uso del lugar de estacionamiento.

A su vez, una vez terminado el contrato y de ser el caso, la PARTE ARRENDATARIA deberá hacer entrega a la PARTE ARRENDADORA de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento.


TERCERA. RESERVA DE DERECHOS.

La PARTE ARRENDADORA se reserva para sí el derecho de paso sobre las zonas comunes del inmueble en donde se encuentra el lugar de estacionamiento y además podrá hacer uso de los accesos a dicho lugar de estacionamiento.


CUARTA. RENTA.

LAS PARTES de común acuerdo establecen que la PARTE ARRENDATARIA pagará a la PARTE ARRENDADORA por el uso del lugar de estacionamiento objeto del contrato, una renta mensual por la cantidad de $ ________ (________), cantidad que deberá ser pagada mensualmente por adelantado dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes.

Llegado el caso, a partir del momento en que el contrato sobrepase un año de duración, la renta podrá ser actualizada. La renta actualizada será exigible a la PARTE ARRENDATARIA a partir de que la PARTE ARRENDADORA le notifique de dicha actualización por escrito con al menos 20 días de anticipación, al mes en el que se pretenda comenzar a cobrar la renta actualizada.


QUINTA. FORMAS DE REALIZAR EL PAGO.

El pago de la renta se podrá realizar en efectivo, en el domicilio señalado por la PARTE ARRENDATARIA en las declaraciones de este contrato.

En todo caso la PARTE ARRENDADORA se encuentra obligada a emitir los recibos por los pagos efectivamente realizados por la PARTE ARRENDATARIA.


SEXTA. CONSERVACIÓN DEL LUGAR.

La PARTE ARRENDATARIA se obliga a hacer entrega del lugar de estacionamiento en las condiciones en las que esta lo recibe, salvo el desgaste normal y natural por el alojamiento de vehículos que se realice, por lo cual, no podrá realizar sin el consentimiento de la PARTE ARRENDADORA, ningún tipo de obra, particularmente, aquellas que modifiquen la estructura del lugar de estacionamiento, o de sus áreas colindantes; tampoco podrá hacer agujeros en las paredes, techos y/o en el suelo del espacio de estacionamiento, ni podrá cambiar la pintura del lugar.

Sin perjuicio de poder exigir una indemnización por daños y perjuicios, la PARTE ARRENDADORA podrá exigir además, que la PARTE ARRENDATARIA reponga las cosas al estado previo a las modificaciones efectuadas sin autorización, sin que la PARTE ARRENDATARIA pueda reclamar pago alguno.

En todo caso, las obras que sí fueran autorizadas tal y como se señala en esta cláusula quedarán en beneficio del lugar de estacionamiento, no pudiendo reclamar la PARTE ARRENDATARIA pago alguno, sin perjuicio de que LAS PARTES puedan convenir algo distinto al momento de otorgar la autorización.

Aún existiendo autorización por la PARTE ARRENDADORA, la PARTE ARRENDATARIA será exclusivamente responsable de los daños que puedan llegar a ocasionarse con las obras que se realicen.

La PARTE ARRENDADORA se encuentra obligada a realizar, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el lugar de estacionamiento en buen estado y servir así adecuadamente al uso convenido en el presente contrato, salvo cuando el deterioro sea imputable a la PARTE ARRENDATARIA, en cuyo caso esta deberá realizar las reparaciones correspondientes.

La PARTE ARRENDATARIA está obligada únicamente a realizar todas aquellas tareas que exijan la limpieza del lugar de estacionamiento, particularmente en lo que se refiere a la limpieza de manchas de aceite u otros residuos que hubiera podido producir el o los vehículos que se estacionen en el lugar.


SÉPTIMA. ADQUISICIÓN NO PREFERENTE POR PARTE DEL ARRENDATARIO.

En el momento en que la PARTE ARRENDADORA manifieste su deseo de vender el lugar de estacionamiento objeto del presente contrato, la PARTE ARRENDATARIA no gozará del derecho de preferencia por el tanto, por lo cual, la PARTE ARRENDADORA únicamente se encuentra obligada a comunicar a la PARTE ARRENDATARIA que procederá a vender el lugar de estacionamiento con al menos treinta días de antelación a la fecha de formalización del contrato de compraventa.

En concordancia con lo anterior, la PARTE ARRENDATARIA renuncia desde este momento al beneficio concedido de forma genérica en el artículo 2448-J del Código Civil Federal y de forma específica en el correlativo aplicable del Código Estatal (derecho de preferencia por el tanto).


OCTAVA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES.

La PARTE ARRENDATARIA se compromete a:

I. Facilitar una convivencia pacífica, dando un uso correcto al lugar de estacionamiento así como al inmueble donde se encuentre el mismo, y utilizar mobiliario y equipamiento de manera normal y de acuerdo a su naturaleza.

II. Mantener el espacio de estacionamiento limpio, especialmente de manchas de aceite o residuos que puedan dañar o contaminar el lugar.

III. Tener especial cuidado de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento y en caso de pérdida de alguno de estos, deberá comunicarlo inmediatamente a la PARTE ARRENDADORA, y pagará todos los gastos que se deriven de tal pérdida.

IV. Dar aviso de manera inmediata a la PARTE ARRENDADORA cuando se produzcan desperfectos o incidentes en el lugar de estacionamiento durante el periodo de arrendamiento.

V. No realizar copias de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento, sin el consentimiento previo y expreso de la PARTE ARRENDADORA.


Por otro lado, la PARTE ARRENDADORA se compromete a:

I. Poner el lugar de estacionamiento a disposición de la PARTE ARRENDATARIA en condiciones que permitan su uso de manera normal, sin interrupciones y respetando en todo tiempo los derechos de la PARTE ARRENDATARIA que se configuran a partir de la firma del presente contrato.

II. Reparar, en el menor tiempo posible, cualquier posible avería o mal funcionamiento del equipamiento del bien arrendado, siempre que este se encuentre relacionado con el objeto del presente contrato.

III. Informar a la PARTE ARRENDATARIA de la presencia o ausencia de vigilancia (privada) en el lugar de estacionamiento y cualquier cambio de esta circunstancia durante la vigencia del contrato.

IV. Facilitar lo más rápido posible, y sin costo alguno, las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento, cuando estos fueran cambiados por causas ajenas a la PARTE ARRENDATARIA.


NOVENA. RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

En caso de que la PARTE ARRENDATARIA no esté en condiciones de realizar el pago de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta de este contrato, deberá dar aviso a la PARTE ARRENDADORA de manera inmediata.


DÉCIMA. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

LAS PARTES estipulan, que si la PARTE ARRENDATARIA no desocupa voluntariamente el lugar de estacionamiento arrendado al término de la vigencia del presente instrumento legal, o no lo devuelve en las condiciones en las que lo recibió, dará motivo al pago de los daños y perjuicios generados, además del precio establecido como renta.

Aunado a lo anterior, en caso de que la PARTE ARRENDADORA demande judicialmente la desocupación y entrega del inmueble a la PARTE ARRENDATARIA, y esta resulte condenada, pagará los honorarios y gastos que origine el juicio correspondiente, constituyéndose deudor solidario de esta obligación y renunciando ambos a los beneficios de orden y excusión.


DÉCIMO PRIMERA. CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

El incumplimiento, de cualquiera de las partes de las obligaciones que emanan de este contrato, dará derecho a la otra, a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la rescisión del contrato de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2489 y 2490 del Código Civil Federal.

Serán además causas de rescisión del presente contrato a favor de la PARTE ARRENDADORA, las siguientes:

I. Que la PARTE ARRENDATARIA de en subarrendamiento, ceda o traspase, total o parcialmente los derechos que se deriven del presente contrato.

II. Variar o modificar el lugar de estacionamiento arrendado, sean estas modificaciones útiles o de ornato.

III. Dedicar el lugar de estacionamiento a un fin diferente al estipulado en el presente contrato.

IV. El retraso reiterado en el pago de la renta sin dar el aviso correspondiente, así como el no pago de la misma.

V. Causar daños al lugar de estacionamiento arrendado.

VI. Manejar substancias peligrosas, o ilegales en el lugar de estacionamiento arrendado.

VII. Molestar o impedir de alguna manera el uso o disfrute de los espacios colindantes y/o de las zonas comunes o de acceso a vecinos o empleados del inmueble en el que se encuentre el lugar de estacionamiento arrendado.


DÉCIMO SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONTRATO.

El presente contrato solo puede ser modificado mediante convenio por escrito suscrito por LAS PARTES.


DÉCIMO TERCERA. PRIVACIDAD DEL CONTRATO.

LAS PARTES convienen que el presente Contrato es de carácter privado y, por lo tanto, se abstendrán de comunicar a un tercero su contenido o hacerlo público, así como tampoco podrán divulgar, compartir o hacer un mal uso de los datos aportados por LAS PARTES para celebrar el contrato, no obstante, prevalecerán todos los derechos y obligaciones de LAS PARTES, y por tanto podrán ejercitarse todas las acciones legales que se deriven del mismo conforme a la Ley.


DÉCIMO CUARTA. CESIÓN DE DERECHOS.

Ninguna de LAS PARTES podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de este contrato a un tercero.


DÉCIMO QUINTA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.

Todo aviso o notificación entre LAS PARTES respecto al objeto del presente contrato deberá ser por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas.

En caso de que alguna de LAS PARTES cambie su domicilio deberá comunicarlo a la otra, a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos. Así mismo, deberá de indemnizar a la otra por los gastos extraordinarios que se lleguen a realizar para obtener o realizar el pago de la renta.


DÉCIMO SEXTA. 8888288588 85 88558885 8855858855.

285 288555 528222822 2 5822252 852 2822 82225522 2 858 558882228 82282825222 52 5852552 22258 22252 28858, 225 82 852 52852 28 2222222 52 85 28525 52252 882 222822 855885825 5852552 2 22228858822 252885, 2528582882252 82 588252822 22 2822 82825522222 52822822 52 855885825 2252 82225522 2 82282282.


DÉCIMO SÉPTIMA. JURISDICCIÓN.

Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que conforme a derecho deban conocer el asunto en razón del lugar en el que es firmado el acuerdo, con renuncia a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente.

En señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente contrato, y enteradas LAS PARTES de su contenido y alcances, lo firman por duplicado, en el lugar y fecha indicados al comienzo de este contrato.




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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULO


En ____________________ a ________.


CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN EN CALIDAD DE ARRENDADOR:

I. ________.


Y EN CALIDAD DE ARRENDATARIO:

I. ________.


QUIENES SE RECONOCEN EXPRESA Y RECÍPROCAMENTE CON CAPACIDAD PLENA PARA OBLIGARSE, Y PARA TAL EFECTO, LA PRIMERA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA "PARTE ARRENDADORA" Y LA SEGUNDA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA "PARTE ARRENDATARIA"; ADEMÁS SE HARÁ REFERENCIA A ELLAS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES"; EN ESTE SENTIDO, LAS PARTES MANIFIESTAN EN PRIMER LUGAR LAS SIGUIENTES:


DECLARACIONES

I. ________ señala como domicilio, el ubicado en:

________

II. ________ señala como domicilio, el ubicado en:

________

III. La PARTE ARRENDADORA declara ser propietaria del lugar de estacionamiento que está ubicado en:

________

IV. La PARTE ARRENDATARIA declara que conoce las características, límites y superficie del lugar de estacionamiento así como del inmueble en el que este se encuentra y es su deseo arrendar dicho espacio o lugar de estacionamiento para su uso y disfrute en sus condiciones actuales.


ESTANDO LAS PARTES DE ACUERDO CON LO MANIFESTADO, ACUERDAN LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE OBLIGARSE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS SIGUIENTES:


CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

El presente contrato tiene por objeto el arrendamiento del lugar o espacio de estacionamiento descrito en las declaraciones de este contrato, obligándose la PARTE ARRENDATARIA a destinar el uso de dicho espacio única y exclusivamente para el alojamiento de vehículos y/o motocicletas, quedando por tanto prohibido el almacenamiento de cualquier otra clase de bienes u objetos.

La PARTE ARRENDATARIA se obliga además a utilizar el estacionamiento de los vehículos dentro de los límites en los que se encuentra el espacio o lugar de estacionamiento, de acuerdo a lo manifestando en las declaraciones, sin obstruir y/o bloquear las áreas comunes, los espacios o lugares de estacionamiento colindantes y los accesos al inmueble.


SEGUNDA. DURACIÓN.

LAS PARTES acuerdan que la duración del presente contrato será de un mes, periodo que comenzará a partir del día ________, y que podrá ser prorrogado por acuerdo de LAS PARTES.

A más tardar el día ________, la PARTE ARRENDADORA deberá hacer entrega a la PARTE ARRENDATARIA de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso que sean necesarios para que esta pueda hacer uso del lugar de estacionamiento.

A su vez, una vez terminado el contrato y de ser el caso, la PARTE ARRENDATARIA deberá hacer entrega a la PARTE ARRENDADORA de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento.


TERCERA. RESERVA DE DERECHOS.

La PARTE ARRENDADORA se reserva para sí el derecho de paso sobre las zonas comunes del inmueble en donde se encuentra el lugar de estacionamiento y además podrá hacer uso de los accesos a dicho lugar de estacionamiento.


CUARTA. RENTA.

LAS PARTES de común acuerdo establecen que la PARTE ARRENDATARIA pagará a la PARTE ARRENDADORA por el uso del lugar de estacionamiento objeto del contrato, una renta mensual por la cantidad de $ ________ (________), cantidad que deberá ser pagada mensualmente por adelantado dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes.

Llegado el caso, a partir del momento en que el contrato sobrepase un año de duración, la renta podrá ser actualizada. La renta actualizada será exigible a la PARTE ARRENDATARIA a partir de que la PARTE ARRENDADORA le notifique de dicha actualización por escrito con al menos 20 días de anticipación, al mes en el que se pretenda comenzar a cobrar la renta actualizada.


QUINTA. FORMAS DE REALIZAR EL PAGO.

El pago de la renta se podrá realizar en efectivo, en el domicilio señalado por la PARTE ARRENDATARIA en las declaraciones de este contrato.

En todo caso la PARTE ARRENDADORA se encuentra obligada a emitir los recibos por los pagos efectivamente realizados por la PARTE ARRENDATARIA.


SEXTA. CONSERVACIÓN DEL LUGAR.

La PARTE ARRENDATARIA se obliga a hacer entrega del lugar de estacionamiento en las condiciones en las que esta lo recibe, salvo el desgaste normal y natural por el alojamiento de vehículos que se realice, por lo cual, no podrá realizar sin el consentimiento de la PARTE ARRENDADORA, ningún tipo de obra, particularmente, aquellas que modifiquen la estructura del lugar de estacionamiento, o de sus áreas colindantes; tampoco podrá hacer agujeros en las paredes, techos y/o en el suelo del espacio de estacionamiento, ni podrá cambiar la pintura del lugar.

Sin perjuicio de poder exigir una indemnización por daños y perjuicios, la PARTE ARRENDADORA podrá exigir además, que la PARTE ARRENDATARIA reponga las cosas al estado previo a las modificaciones efectuadas sin autorización, sin que la PARTE ARRENDATARIA pueda reclamar pago alguno.

En todo caso, las obras que sí fueran autorizadas tal y como se señala en esta cláusula quedarán en beneficio del lugar de estacionamiento, no pudiendo reclamar la PARTE ARRENDATARIA pago alguno, sin perjuicio de que LAS PARTES puedan convenir algo distinto al momento de otorgar la autorización.

Aún existiendo autorización por la PARTE ARRENDADORA, la PARTE ARRENDATARIA será exclusivamente responsable de los daños que puedan llegar a ocasionarse con las obras que se realicen.

La PARTE ARRENDADORA se encuentra obligada a realizar, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el lugar de estacionamiento en buen estado y servir así adecuadamente al uso convenido en el presente contrato, salvo cuando el deterioro sea imputable a la PARTE ARRENDATARIA, en cuyo caso esta deberá realizar las reparaciones correspondientes.

La PARTE ARRENDATARIA está obligada únicamente a realizar todas aquellas tareas que exijan la limpieza del lugar de estacionamiento, particularmente en lo que se refiere a la limpieza de manchas de aceite u otros residuos que hubiera podido producir el o los vehículos que se estacionen en el lugar.


SÉPTIMA. ADQUISICIÓN NO PREFERENTE POR PARTE DEL ARRENDATARIO.

En el momento en que la PARTE ARRENDADORA manifieste su deseo de vender el lugar de estacionamiento objeto del presente contrato, la PARTE ARRENDATARIA no gozará del derecho de preferencia por el tanto, por lo cual, la PARTE ARRENDADORA únicamente se encuentra obligada a comunicar a la PARTE ARRENDATARIA que procederá a vender el lugar de estacionamiento con al menos treinta días de antelación a la fecha de formalización del contrato de compraventa.

En concordancia con lo anterior, la PARTE ARRENDATARIA renuncia desde este momento al beneficio concedido de forma genérica en el artículo 2448-J del Código Civil Federal y de forma específica en el correlativo aplicable del Código Estatal (derecho de preferencia por el tanto).


OCTAVA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES.

La PARTE ARRENDATARIA se compromete a:

I. Facilitar una convivencia pacífica, dando un uso correcto al lugar de estacionamiento así como al inmueble donde se encuentre el mismo, y utilizar mobiliario y equipamiento de manera normal y de acuerdo a su naturaleza.

II. Mantener el espacio de estacionamiento limpio, especialmente de manchas de aceite o residuos que puedan dañar o contaminar el lugar.

III. Tener especial cuidado de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento y en caso de pérdida de alguno de estos, deberá comunicarlo inmediatamente a la PARTE ARRENDADORA, y pagará todos los gastos que se deriven de tal pérdida.

IV. Dar aviso de manera inmediata a la PARTE ARRENDADORA cuando se produzcan desperfectos o incidentes en el lugar de estacionamiento durante el periodo de arrendamiento.

V. No realizar copias de las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento, sin el consentimiento previo y expreso de la PARTE ARRENDADORA.


Por otro lado, la PARTE ARRENDADORA se compromete a:

I. Poner el lugar de estacionamiento a disposición de la PARTE ARRENDATARIA en condiciones que permitan su uso de manera normal, sin interrupciones y respetando en todo tiempo los derechos de la PARTE ARRENDATARIA que se configuran a partir de la firma del presente contrato.

II. Reparar, en el menor tiempo posible, cualquier posible avería o mal funcionamiento del equipamiento del bien arrendado, siempre que este se encuentre relacionado con el objeto del presente contrato.

III. Informar a la PARTE ARRENDATARIA de la presencia o ausencia de vigilancia (privada) en el lugar de estacionamiento y cualquier cambio de esta circunstancia durante la vigencia del contrato.

IV. Facilitar lo más rápido posible, y sin costo alguno, las llaves, pases y/o controles o dispositivos de acceso al lugar de estacionamiento, cuando estos fueran cambiados por causas ajenas a la PARTE ARRENDATARIA.


NOVENA. RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

En caso de que la PARTE ARRENDATARIA no esté en condiciones de realizar el pago de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta de este contrato, deberá dar aviso a la PARTE ARRENDADORA de manera inmediata.


DÉCIMA. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

LAS PARTES estipulan, que si la PARTE ARRENDATARIA no desocupa voluntariamente el lugar de estacionamiento arrendado al término de la vigencia del presente instrumento legal, o no lo devuelve en las condiciones en las que lo recibió, dará motivo al pago de los daños y perjuicios generados, además del precio establecido como renta.

Aunado a lo anterior, en caso de que la PARTE ARRENDADORA demande judicialmente la desocupación y entrega del inmueble a la PARTE ARRENDATARIA, y esta resulte condenada, pagará los honorarios y gastos que origine el juicio correspondiente, constituyéndose deudor solidario de esta obligación y renunciando ambos a los beneficios de orden y excusión.


DÉCIMO PRIMERA. CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

El incumplimiento, de cualquiera de las partes de las obligaciones que emanan de este contrato, dará derecho a la otra, a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la rescisión del contrato de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2489 y 2490 del Código Civil Federal.

Serán además causas de rescisión del presente contrato a favor de la PARTE ARRENDADORA, las siguientes:

I. Que la PARTE ARRENDATARIA de en subarrendamiento, ceda o traspase, total o parcialmente los derechos que se deriven del presente contrato.

II. Variar o modificar el lugar de estacionamiento arrendado, sean estas modificaciones útiles o de ornato.

III. Dedicar el lugar de estacionamiento a un fin diferente al estipulado en el presente contrato.

IV. El retraso reiterado en el pago de la renta sin dar el aviso correspondiente, así como el no pago de la misma.

V. Causar daños al lugar de estacionamiento arrendado.

VI. Manejar substancias peligrosas, o ilegales en el lugar de estacionamiento arrendado.

VII. Molestar o impedir de alguna manera el uso o disfrute de los espacios colindantes y/o de las zonas comunes o de acceso a vecinos o empleados del inmueble en el que se encuentre el lugar de estacionamiento arrendado.


DÉCIMO SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONTRATO.

El presente contrato solo puede ser modificado mediante convenio por escrito suscrito por LAS PARTES.


DÉCIMO TERCERA. PRIVACIDAD DEL CONTRATO.

LAS PARTES convienen que el presente Contrato es de carácter privado y, por lo tanto, se abstendrán de comunicar a un tercero su contenido o hacerlo público, así como tampoco podrán divulgar, compartir o hacer un mal uso de los datos aportados por LAS PARTES para celebrar el contrato, no obstante, prevalecerán todos los derechos y obligaciones de LAS PARTES, y por tanto podrán ejercitarse todas las acciones legales que se deriven del mismo conforme a la Ley.


DÉCIMO CUARTA. CESIÓN DE DERECHOS.

Ninguna de LAS PARTES podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de este contrato a un tercero.


DÉCIMO QUINTA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.

Todo aviso o notificación entre LAS PARTES respecto al objeto del presente contrato deberá ser por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas.

En caso de que alguna de LAS PARTES cambie su domicilio deberá comunicarlo a la otra, a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos. Así mismo, deberá de indemnizar a la otra por los gastos extraordinarios que se lleguen a realizar para obtener o realizar el pago de la renta.


DÉCIMO SEXTA. 8888288588 85 88558885 8855858855.

285 288555 528222822 2 5822252 852 2822 82225522 2 858 558882228 82282825222 52 5852552 22258 22252 28858, 225 82 852 52852 28 2222222 52 85 28525 52252 882 222822 855885825 5852552 2 22228858822 252885, 2528582882252 82 588252822 22 2822 82825522222 52822822 52 855885825 2252 82225522 2 82282282.


DÉCIMO SÉPTIMA. JURISDICCIÓN.

Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que conforme a derecho deban conocer el asunto en razón del lugar en el que es firmado el acuerdo, con renuncia a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente.

En señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente contrato, y enteradas LAS PARTES de su contenido y alcances, lo firman por duplicado, en el lugar y fecha indicados al comienzo de este contrato.




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