En ________ a ________
Contrato de Compraventa de Bien Inmueble
Que celebran, por una parte ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Vendedor" y por la otra ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Comprador". Al conjunto de el Vendedor y el Comprador se les denominará "Las Partes", quienes realizan las siguientes:
Declaraciones
I.- Declara el Vendedor:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Ser legítimo propietario del bien inmueble ubicado en: ________, con folio real: ________, propiedad que se encuentra reconocida en la escritura pública número ________, de fecha ________, pasada ante la fe del licenciado ________ notario público titular de la Notaría Pública Número ________ de la demarcación notarial de ________.
f) Desear transmitir la propiedad del bien inmueble anteriormente mencionado, en favor del Comprador.
II.- Declara el Comprador:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Desear adquirir el bien inmueble descrito en las declaraciones del Vendedor, en el estado en que se encuentra.
III.- Declaran Las Partes de manera conjunta:
a) Que se reconocen mutuamente con capacidad jurídica suficiente para obligarse recíprocamente, en virtud de lo anterior se someten a lo establecido en las siguientes:
Cláusulas
PRIMERA.- Objeto: En virtud del presente acuerdo, el Vendedor transmite al Comprador el bien inmueble identificado en las declaraciones del presente acuerdo, el cual se describe detalladamente a continuación:
________
SEGUNDA.- Precio y Forma de Pago: El Comprador se obliga a pagar en favor del Vendedor, por la compraventa del inmueble anteriormente descrito, la cantidad de $________ (________). Dicha cantidad será pagada mediante transferencia interbancaria a la cuenta que se describe a continuación:
La cantidad antes mencionada será pagada, al momento de la firma del presente acuerdo, sirviendo el mismo como el recibo de pago más amplio que en derecho corresponda.
TERCERA.- Entrega del Bien Inmueble: Las Partes acuerdan que la entrega de la posesión del inmueble se efectuará en un plazo no mayor a treinta días hábiles contados a partir de la firma de la escritura otorgada ante notario público, salvo cuando Las Partes acuerden término distinto que en ningún caso será mayor a 30 (treinta) días hábiles a partir de la fecha de suscripción de la escritura, siempre y cuando haya sido cubierto el total del precio del inmueble.
Para el caso de incumplimiento en la entrega del inmueble, el Vendedor cubrirá como pena convencional el equivalente del monto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) anualizada calculada sobre el valor de la vivienda de manera proporcional a los días en que se retrase la entrega del inmueble, cuando el retraso sea hasta un máximo de treinta días hábiles. En el supuesto de que el retraso sea mayor a ese plazo se cubrirá como pena convencional el equivalente del monto que resulte de aplicar la tasa TIIE anualizada más 4 (cuatro) puntos, calculada sobre el valor de la vivienda de manera proporcional a los días en que se retrase la entrega del inmueble. En caso de que por cualquier causa el Banco de México dejará de publicar la TIIE se utilizara aquella que la sustituya.
El cálculo de la pena convencional se hará utilizando el procedimiento de días efectivamente transcurridos en mora con divisor de 360 (trescientos sesenta) días.
Al momento de la entrega del inmueble, el Vendedor conjuntamente con el Comprador realizarán una revisión ocular de las condiciones, acabados, servicios y demás características del inmueble. Las Partes firmarán un acta de entrega y recepción, en la cual señalen la conformidad sobre las condiciones del inmueble.
Si por cualquier circunstancia, el Comprador no acudiera a recibir el inmueble, deberá de fijarse una nueva fecha de entrega dentro de los siguientes 30 (treinta) días naturales, y en caso de que el Comprador no acudiera de nuevo, se levantará una constancia respecto de dicha situación y se entenderá que el Comprador recibió el inmueble a su entera satisfacción para todos los efectos a que haya lugar.
CUARTA.- De la Aceptación y Conformidad con las Condiciones del Inmueble: El Comprador acepta que por tratarse de un bien inmueble completamente nuevo, lo adquiere en el estado de uso en el que se encuentra, y se le ha facilitado el acceso para su revisión general y ha manifestado su conformidad con las condiciones del mismo.
Las Partes acuerdan y aceptan que el inmueble cuenta con acceso a los servicios básicos para su adecuado uso, disfrute y funcionamiento, así como con la infraestructura necesaria para recibir los servicios adicionales que el Comprador decida contratar.
Las Partes acuerdan y aceptan que el inmueble contará con factibilidad para recibir los servicios básicos para su adecuado uso, disfrute y funcionamiento, así como con la infraestructura necesaria para recibir los servicios adicionales que el Comprador decida contratar.
QUINTA.- De la Garantía: El Vendedor, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor, otorgará al Comprador una Póliza de Garantía sobre el inmueble objeto del presente contrato, con una vigencia que no podrá ser menor a cinco años para cuestiones estructurales, ni menor a tres años para impermeabilización, y para los demás elementos del inmueble no podrá ser menor a un año. Dichos plazos se contarán a partir de la recepción del inmueble. En todo caso la póliza será pagada por el Vendedor sin ningún costo para el Comprador.
En los casos en los que la garantía resulte hacerse efectiva, el tiempo que duren las reparaciones efectuadas al inmueble al amparo de la garantía no será computable dentro del plazo de la misma; y una vez que el inmueble haya sido reparado se iniciará de nueva cuenta la garantía respecto de las reparaciones realizadas, así como con relación a las piezas u objetos que hubieren sido repuestos, y continuará en los términos originales respecto al resto del inmueble.
Si habiéndose hecho valer la garantía y efectuadas las reparaciones, persisten los defectos o fallas, y estas sean imputables al Vendedor, éste se obliga de nueva cuenta a realizar todas las reparaciones necesarias para corregirlas de inmediato, así como a otorgarle al Comprador una bonificación por los gastos que este hubiere tenido que realizar con motivo de las reparaciones, incluyendo si es el caso, la renta u hospedaje que este hubiere pagado por la desocupación temporal del inmueble.
Las Partes acuerdan que se entenderá por defectos o fallas graves, aquellos que afecten la estructura o las instalaciones del inmueble y comprometan el uso pleno o la seguridad del mismo, o bien, impidan al Comprador su use, goce o disfrute, de acuerdo con la naturaleza del inmueble, por otro lado, se entenderá por defectos o fallas leves, todos aquellos que no sean graves.
SEXTA.- 828 2522 52 82528528 2 522528228: 58 2522 52 22528 828 822528228, 52528528, 5222555828 2 258228 852 222252 85 288582555 52 82225582225 2825552 5 85522 528 822255525. 225 85 25522 28 52252525 528255 25255 828 822528228 2/2 5525528 852 22 85 8582 2588252 82852 28 82252882 2 828 825888828 822 828 852 2822 852222. 28 52252525 528255 52 858585 552258 28 2522 528 82252822 82852 85 52225 225 828 82252828 852 82 28222252 822 222882 52 85 82225582225.
SÉPTIMA.- De la Cancelación del Contrato: Las Partes no podrán cancelar este contrato sin responsabilidad alguna, sin embargo, en caso de que esto ocurra, Las Partes se obligan a reintegrar todas las cantidades, bienes o valores que se hubieren recibido.
Si cualquiera de Las Partes quisiera cancelar el presente contrato hasta antes de la firma de la escritura pública, o inscripción del contrato en el registro público, se generará una pena convencional del 5% (cinco por ciento) sobre el valor total de la operación, misma que deberá ser cubierta por quien haya solicitado la cancelación del contrato.
OCTAVA.- De las Obligaciones de Las Partes: El Comprador se obliga a:
Por su parte el Vendedor se obliga a:
NOVENA.- De la Información y Documentación del Inmueble: Las Partes acuerdan que toda la información y documentación del inmueble ha sido sometida a revisión y aprobación por parte de la autoridad correspondiente y se encontrará a disposición del Comprador, dicha información podrá referirse de manera enunciativa mas no limitativa, de lo siguiente:
DÉCIMA.- Saneamiento en Caso de Evicción y Vicios Ocultos: El Vendedor se obliga a prestar el saneamiento para el caso de evicción y al pago de compensaciones por vicios ocultos en términos de la legislación aplicable.
No obstante lo anterior, una vez que el Comprador se encuentre en pleno uso y goce del inmueble, si éste se percata de la existencia de defectos o fallas en el mismo, que no fueran apreciables a simple vista o sin la ayuda de conocimientos técnicos, deberá notificar de dicha situación por escrito al Vendedor, especificando los defectos o fallas que requieran ser reparados o corregidos. En estos casos, el Vendedor se obliga a efectuar las adecuaciones y/o reparaciones necesarias en un plazo que no excederá de quince días naturales a partir de la recepción de dicha notificación.
Lo anterior, únicamente será válido, siempre y cuando el Comprador se percate y notifique por escrito de dichos defectos o fallos, en un plazo no mayor a quince días naturales inmediatos posteriores a la fecha en que tenga verificativo la entrega física y formal del inmueble por parte Del Comprador.
DECIMOPRIMERA.- Incumplimiento de Obligaciones: Las Partes convienen que por el incumplimiento de cualesquiera de sus obligaciones contenidas en el presente contrato, la otra parte podrá exigir además de la restitución del inmueble o dinero que haya entregado, el pago de los daños y perjuicios que se generen.
DECIMOSEGUNDA.- Causales de Rescisión: Además de lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Comprador tendrá derecho a solicitar la rescisión del presente contrato en los siguientes casos:
Asimismo, Las Partes acuerdan que el Vendedor tendrá derecho a solicitar la rescisión del presente contrato sin necesidad de declaración judicial en los siguientes casos:
DECIMOTERCERA.- Modificaciones al Contrato: El presente contrato sólo podrá ser modificado mediante convenio escrito firmado por Las Partes, siempre y cuando dichas modificaciones se realicen previo a la entrega de la posesión física y formal del inmueble al Comprador.
DECIMOCUARTA.- Inscripción en el Registro Público de la Propiedad: Una vez que el presente acuerdo cumpla con todas las formalidades establecidas por la ley, deberá ser Inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, de la demarcación terrirorial donde se encuentra el inmueble, para su validez y publicidad ante terceros.
Las partes establecen que dicha inscripción deberá hacerse a más tardar 15 días después de que el contrato cumpla con las formalidades establecidas por la ley, como puede ser su protocolización ante Notario Público.
La obligación de inscribir la compraventa ante el Registo Público correrá a cargo y por cuenta del Comprador.
DECIMOQUINTA.- Legislación y Jurisdicción: Las Partes establecen que para la interpretación del presente acuerdo se someten a lo establecido por el Código Civil de la entidad federativa en la que se encuentra el inmueble.
Asi mismo se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en ________, renunciando así al fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES Y ALCANCE, LO FIRMAN Y SE COMPROMETEN A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.
__________________________________
________
Vendedor
___________________________________
________
Comprador
En ________ a ________
Contrato de Compraventa de Bien Inmueble
Que celebran, por una parte ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Vendedor" y por la otra ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Comprador". Al conjunto de el Vendedor y el Comprador se les denominará "Las Partes", quienes realizan las siguientes:
Declaraciones
I.- Declara el Vendedor:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Ser legítimo propietario del bien inmueble ubicado en: ________, con folio real: ________, propiedad que se encuentra reconocida en la escritura pública número ________, de fecha ________, pasada ante la fe del licenciado ________ notario público titular de la Notaría Pública Número ________ de la demarcación notarial de ________.
f) Desear transmitir la propiedad del bien inmueble anteriormente mencionado, en favor del Comprador.
II.- Declara el Comprador:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Desear adquirir el bien inmueble descrito en las declaraciones del Vendedor, en el estado en que se encuentra.
III.- Declaran Las Partes de manera conjunta:
a) Que se reconocen mutuamente con capacidad jurídica suficiente para obligarse recíprocamente, en virtud de lo anterior se someten a lo establecido en las siguientes:
Cláusulas
PRIMERA.- Objeto: En virtud del presente acuerdo, el Vendedor transmite al Comprador el bien inmueble identificado en las declaraciones del presente acuerdo, el cual se describe detalladamente a continuación:
________
SEGUNDA.- Precio y Forma de Pago: El Comprador se obliga a pagar en favor del Vendedor, por la compraventa del inmueble anteriormente descrito, la cantidad de $________ (________). Dicha cantidad será pagada mediante transferencia interbancaria a la cuenta que se describe a continuación:
La cantidad antes mencionada será pagada, al momento de la firma del presente acuerdo, sirviendo el mismo como el recibo de pago más amplio que en derecho corresponda.
TERCERA.- Entrega del Bien Inmueble: Las Partes acuerdan que la entrega de la posesión del inmueble se efectuará en un plazo no mayor a treinta días hábiles contados a partir de la firma de la escritura otorgada ante notario público, salvo cuando Las Partes acuerden término distinto que en ningún caso será mayor a 30 (treinta) días hábiles a partir de la fecha de suscripción de la escritura, siempre y cuando haya sido cubierto el total del precio del inmueble.
Para el caso de incumplimiento en la entrega del inmueble, el Vendedor cubrirá como pena convencional el equivalente del monto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) anualizada calculada sobre el valor de la vivienda de manera proporcional a los días en que se retrase la entrega del inmueble, cuando el retraso sea hasta un máximo de treinta días hábiles. En el supuesto de que el retraso sea mayor a ese plazo se cubrirá como pena convencional el equivalente del monto que resulte de aplicar la tasa TIIE anualizada más 4 (cuatro) puntos, calculada sobre el valor de la vivienda de manera proporcional a los días en que se retrase la entrega del inmueble. En caso de que por cualquier causa el Banco de México dejará de publicar la TIIE se utilizara aquella que la sustituya.
El cálculo de la pena convencional se hará utilizando el procedimiento de días efectivamente transcurridos en mora con divisor de 360 (trescientos sesenta) días.
Al momento de la entrega del inmueble, el Vendedor conjuntamente con el Comprador realizarán una revisión ocular de las condiciones, acabados, servicios y demás características del inmueble. Las Partes firmarán un acta de entrega y recepción, en la cual señalen la conformidad sobre las condiciones del inmueble.
Si por cualquier circunstancia, el Comprador no acudiera a recibir el inmueble, deberá de fijarse una nueva fecha de entrega dentro de los siguientes 30 (treinta) días naturales, y en caso de que el Comprador no acudiera de nuevo, se levantará una constancia respecto de dicha situación y se entenderá que el Comprador recibió el inmueble a su entera satisfacción para todos los efectos a que haya lugar.
CUARTA.- De la Aceptación y Conformidad con las Condiciones del Inmueble: El Comprador acepta que por tratarse de un bien inmueble completamente nuevo, lo adquiere en el estado de uso en el que se encuentra, y se le ha facilitado el acceso para su revisión general y ha manifestado su conformidad con las condiciones del mismo.
Las Partes acuerdan y aceptan que el inmueble cuenta con acceso a los servicios básicos para su adecuado uso, disfrute y funcionamiento, así como con la infraestructura necesaria para recibir los servicios adicionales que el Comprador decida contratar.
Las Partes acuerdan y aceptan que el inmueble contará con factibilidad para recibir los servicios básicos para su adecuado uso, disfrute y funcionamiento, así como con la infraestructura necesaria para recibir los servicios adicionales que el Comprador decida contratar.
QUINTA.- De la Garantía: El Vendedor, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor, otorgará al Comprador una Póliza de Garantía sobre el inmueble objeto del presente contrato, con una vigencia que no podrá ser menor a cinco años para cuestiones estructurales, ni menor a tres años para impermeabilización, y para los demás elementos del inmueble no podrá ser menor a un año. Dichos plazos se contarán a partir de la recepción del inmueble. En todo caso la póliza será pagada por el Vendedor sin ningún costo para el Comprador.
En los casos en los que la garantía resulte hacerse efectiva, el tiempo que duren las reparaciones efectuadas al inmueble al amparo de la garantía no será computable dentro del plazo de la misma; y una vez que el inmueble haya sido reparado se iniciará de nueva cuenta la garantía respecto de las reparaciones realizadas, así como con relación a las piezas u objetos que hubieren sido repuestos, y continuará en los términos originales respecto al resto del inmueble.
Si habiéndose hecho valer la garantía y efectuadas las reparaciones, persisten los defectos o fallas, y estas sean imputables al Vendedor, éste se obliga de nueva cuenta a realizar todas las reparaciones necesarias para corregirlas de inmediato, así como a otorgarle al Comprador una bonificación por los gastos que este hubiere tenido que realizar con motivo de las reparaciones, incluyendo si es el caso, la renta u hospedaje que este hubiere pagado por la desocupación temporal del inmueble.
Las Partes acuerdan que se entenderá por defectos o fallas graves, aquellos que afecten la estructura o las instalaciones del inmueble y comprometan el uso pleno o la seguridad del mismo, o bien, impidan al Comprador su use, goce o disfrute, de acuerdo con la naturaleza del inmueble, por otro lado, se entenderá por defectos o fallas leves, todos aquellos que no sean graves.
SEXTA.- 828 2522 52 82528528 2 522528228: 58 2522 52 22528 828 822528228, 52528528, 5222555828 2 258228 852 222252 85 288582555 52 82225582225 2825552 5 85522 528 822255525. 225 85 25522 28 52252525 528255 25255 828 822528228 2/2 5525528 852 22 85 8582 2588252 82852 28 82252882 2 828 825888828 822 828 852 2822 852222. 28 52252525 528255 52 858585 552258 28 2522 528 82252822 82852 85 52225 225 828 82252828 852 82 28222252 822 222882 52 85 82225582225.
SÉPTIMA.- De la Cancelación del Contrato: Las Partes no podrán cancelar este contrato sin responsabilidad alguna, sin embargo, en caso de que esto ocurra, Las Partes se obligan a reintegrar todas las cantidades, bienes o valores que se hubieren recibido.
Si cualquiera de Las Partes quisiera cancelar el presente contrato hasta antes de la firma de la escritura pública, o inscripción del contrato en el registro público, se generará una pena convencional del 5% (cinco por ciento) sobre el valor total de la operación, misma que deberá ser cubierta por quien haya solicitado la cancelación del contrato.
OCTAVA.- De las Obligaciones de Las Partes: El Comprador se obliga a:
Por su parte el Vendedor se obliga a:
NOVENA.- De la Información y Documentación del Inmueble: Las Partes acuerdan que toda la información y documentación del inmueble ha sido sometida a revisión y aprobación por parte de la autoridad correspondiente y se encontrará a disposición del Comprador, dicha información podrá referirse de manera enunciativa mas no limitativa, de lo siguiente:
DÉCIMA.- Saneamiento en Caso de Evicción y Vicios Ocultos: El Vendedor se obliga a prestar el saneamiento para el caso de evicción y al pago de compensaciones por vicios ocultos en términos de la legislación aplicable.
No obstante lo anterior, una vez que el Comprador se encuentre en pleno uso y goce del inmueble, si éste se percata de la existencia de defectos o fallas en el mismo, que no fueran apreciables a simple vista o sin la ayuda de conocimientos técnicos, deberá notificar de dicha situación por escrito al Vendedor, especificando los defectos o fallas que requieran ser reparados o corregidos. En estos casos, el Vendedor se obliga a efectuar las adecuaciones y/o reparaciones necesarias en un plazo que no excederá de quince días naturales a partir de la recepción de dicha notificación.
Lo anterior, únicamente será válido, siempre y cuando el Comprador se percate y notifique por escrito de dichos defectos o fallos, en un plazo no mayor a quince días naturales inmediatos posteriores a la fecha en que tenga verificativo la entrega física y formal del inmueble por parte Del Comprador.
DECIMOPRIMERA.- Incumplimiento de Obligaciones: Las Partes convienen que por el incumplimiento de cualesquiera de sus obligaciones contenidas en el presente contrato, la otra parte podrá exigir además de la restitución del inmueble o dinero que haya entregado, el pago de los daños y perjuicios que se generen.
DECIMOSEGUNDA.- Causales de Rescisión: Además de lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Comprador tendrá derecho a solicitar la rescisión del presente contrato en los siguientes casos:
Asimismo, Las Partes acuerdan que el Vendedor tendrá derecho a solicitar la rescisión del presente contrato sin necesidad de declaración judicial en los siguientes casos:
DECIMOTERCERA.- Modificaciones al Contrato: El presente contrato sólo podrá ser modificado mediante convenio escrito firmado por Las Partes, siempre y cuando dichas modificaciones se realicen previo a la entrega de la posesión física y formal del inmueble al Comprador.
DECIMOCUARTA.- Inscripción en el Registro Público de la Propiedad: Una vez que el presente acuerdo cumpla con todas las formalidades establecidas por la ley, deberá ser Inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, de la demarcación terrirorial donde se encuentra el inmueble, para su validez y publicidad ante terceros.
Las partes establecen que dicha inscripción deberá hacerse a más tardar 15 días después de que el contrato cumpla con las formalidades establecidas por la ley, como puede ser su protocolización ante Notario Público.
La obligación de inscribir la compraventa ante el Registo Público correrá a cargo y por cuenta del Comprador.
DECIMOQUINTA.- Legislación y Jurisdicción: Las Partes establecen que para la interpretación del presente acuerdo se someten a lo establecido por el Código Civil de la entidad federativa en la que se encuentra el inmueble.
Asi mismo se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en ________, renunciando así al fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES Y ALCANCE, LO FIRMAN Y SE COMPROMETEN A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.
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Vendedor
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Comprador
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