Contrato de consultoría

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CONTRATO DE CONSULTORÍA


CONTRATO DE CONSULTORÍA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ________; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "LA PARTE CONTRATANTE" ; Y POR LA OTRA ________; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "LA PARTE CONSULTORA" ; AMBOS CONTRATANTES DENOMINADOS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES", QUIENES SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:


DECLARACIONES:

DECLARA "LA PARTE CONTRATANTE":

I.- Que "LA PARTE CONTRATANTE" está plenamente facultada para la celebración del presente contrato y para asumir y dar cumplimiento a las obligaciones que en el mismo se establecen.

II.- Que para efectos del presente contrato:

________ no presentó documento de identificación al momento de firmar el presente contrato.

III.- Que "LA PARTE CONTRATANTE" necesita de una persona que sea experto en la materia de la consultoría del presente contrato.

IV.- Que los recursos con los que pagará el precio de la consultoría materia del presente contrato tienen procedencia lícita.

V.- Tener su domicilio en ________, en la siguiente ciudad: ________, _____________________, el cual en este acto señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos.

VI.- Que es su deseo contratar a la "LA PARTE CONSULTORA" para que realice los estudios y recomendaciones materia del presente contrato.



DECLARA "LA PARTE CONSULTORA":

I.- Que "LA PARTE CONSULTORA" está plenamente facultada para la celebración del presente contrato y para asumir y dar cumplimiento a las obligaciones que en el mismo se establecen.

II.- Que para efectos del presente contrato:

________ no presentó documento de identificación al momento de firmar el presente contrato.

III.- Que cuenta con el pleno conocimiento para realizar una pertinente y acertada consultoría a "LA PARTE CONTRATANTE".

IV.- Que no existe ninguna acción, judicial o extrajudicial, o algún efecto que le perjudique o impida firmar el presente contrato de consultoría.

V.- Que cuenta con los recursos suficientes para hacer frente a las obligaciones que mediante el presente contrato contrae.

VI.- Que "LA PARTE CONSULTORA" cuenta con todas las facultades para la celebración del presente contrato y no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna que afecte la validez del presente contrato.

VII.- Tener su domicilio en ________, en la siguiente ciudad: ________, ____________, el cual en este acto señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos.

VII.- Que es su deseo realizar una responsable y pertinente consultoría a "LA PARTE CONTRATANTE".



DECLARAN "LAS PARTES":

I.- Que se reconocen mutua y recíprocamente, la personalidad y capacidad legal necesaria para obligarse a las cláusulas del presente contrato.

II.- Que en virtud de las consideraciones precedentes es su libre y espontánea voluntad obligarse a las cláusulas del presente contrato.




En virtud de los antecedentes y declaraciones manifestadas anteriormente y con la intención de que "LAS PARTES" queden obligadas jurídicamente, se obligan conforme a los términos y condiciones contenidos en las siguientes:

CLÁUSULAS



CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

"LA PARTE CONTRATANTE" encomienda a "LA PARTE CONSULTORA", y ésta se obliga a prestar los servicios de consultoría profesional en el siguiente asunto:

- ________

Los cuales consisten concretamente en:

- ________

Además de la consultoría anteriormente mencionada se entregarán los estudios que ayudaron a la emisión de la consultoría materia del presente contrato.

La consultoría apoyará a "LA PARTE CONTRATANTE" en sentar unas bases firmes y con conocimiento especializado que le ayude a lograr sus objetivos concretos.



CLÁUSULA SEGUNDA.- ALCANCE

Con la consultoría y servicios especificados en la cláusula anterior se pretenden lograr los siguientes objetivos:

________



CLÁUSULA TERCERA.- VIGENCIA DEL CONTRATO

"LA PARTE CONSULTORA" se obliga a desempeñar la consultoría objeto del presente contrato en forma personal e independiente, por el lapso comprendido del día ________ al día ________.

"LA PARTE CONSULTORA" será la única responsable de la ejecución de la consultoría por lo que "LA PARTE CONTRATANTE" no tendrá obligación de proporcionar ningún tipo de herramienta o personal para la ejecución de la misma.



CLÁUSULA CUARTA.- LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA

El lugar donde se prestará la consultoría será en el domicilio siguiente:

- ________

Los gastos del traslado al lugar donde se realice la consultoría correrán a cargo de "LA PARTE CONSULTORA".



CLÁUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE "LAS PARTES"

"LA PARTE CONSULTORA" se obliga a aplicar su capacidad y conocimientos especializados para cumplir satisfactoriamente con las actividades que le encomiende "LA PARTE CONTRATANTE", así como responder a la calidad de la consultoría y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren a "LA PARTE CONTRATANTE". Asimismo se obliga a rendir los informes de las actividades desarrolladas, en los términos y condiciones que se lo requiera "LA PARTE CONTRATANTE".



CLÁUSULA SEXTA.- INFORMES

"LAS PARTES" acuerdan que "LA PARTE CONSULTORA" deberá de entregar reportes parciales previo a la conclusión del presente contrato. Los reportes parciales deberán de ser entregados cada ________% (________ por ciento) por ciento de avance en el proyecto o de avance en el tiempo de vencimiento del contrato.



CLÁUSULA SÉPTIMA.- HONORARIOS

"LA PARTE CONTRATANTE" se compromete a pagar a "LA PARTE CONSULTORA" mensualmente, por la consultoría a que se refiere el presente contrato, la cantidad de $________ (________) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), menos retenciones que por ley deban realizarse.



CLÁUSULA OCTAVA.- FORMA DE PAGO

"LA PARTE CONTRATANTE" se compromete a pagar los honorarios de "LA PARTE CONSULTORA" en efectivo, en el domicilio ubicado en: ________. Lo anterior se realizará en la fecha que "LA PARTE CONTRATANTE" acuerde con "LA PARTE CONSULTORA", previa entrega de los recibos o comprobantes respectivos, los cuales deberán reunir los requisitos fiscales que marca la legislación vigente en la materia.



CLÁUSULA NOVENA.- ÚNICO PAGO

"LAS PARTES" convienen que los honorarios establecidos en la cláusula denominada HONORARIOS de este contrato serán la única remuneración que "LA PARTE CONSULTORA" recibirá como pago por la consultoría materia del mismo.



CLÁUSULA DÉCIMA.- 85288588 88 2888882

"285 288555" 52885552 852 22 552 52858822 8582558 582525 22252 28858, 225 82 852 22 82 852555 8582558258822 52 2822525 2822882 822 85 25522 2252825. 885282252 85 528222858888555 82258 822 52858822 5 22582528 852 822255222, 225 82 852 22 282252 85252822 2225555 85 282555 25585885 52 252522, 252522 828855582 2 858282522, 52882252 85 25522 852 82225522 58 2558525525 52 852 82 25522, 8882555 52 2255 528222858888555 5 85 2255 22 8582 52 8222888228 858255828 2528285528 225 22582258 52 85 2582255.

"28 28855 88858858855" 22 55858252 28 52822282 2888258822 582525 52 85558225 8582558, 5 25825 52 "28 28855 8885525888" 22 885255 52 22 825 5288858828 5 85 52858822 82225582558 852 822825 22 2822 82825522222, 828 552885828 2 2 2 52 85 222 2252558 528 5558522, 225 82 852 "28 28855 8885525888" 22 8255 82288525555 8222 2558525525 2555 282252 222822 82258.



CLÁUSULA DECIMOPRIMERA.- 8222588588 852 88858858

58 58 2252822 52 85 88222885 528 82225522 "28 28855 88858858855" 52858252 52 85 25225282 52 "28 28855 8885525888", 82 2582555 85 82828558822 52 52 25282 82225522, 822 858 225258855528 8255282225822228.



CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA.- DAÑOS Y PERJUICIOS

Queda expresamente convenido que la falta de cumplimiento a cualquiera de las obligaciones que aquí se contraen, y aquellas otras que dimanan de las leyes vigentes, será motivo de rescisión del presente contrato, con el pago de daños y perjuicios que el incumplimiento cause a la contraparte que cumple.



CLÁUSULA
DECIMOTERCERA.- PENA CONVENCIONAL

"LAS PARTES" acuerdan que si cualquier de ellas incumple con las obligaciones contraídas en el presente contrato se hará acreedor a la siguiente pena convencional:

- ________

La pena estipulada en el párrafo anterior no libera de responsabilidad a la parte infractora y la parte afectada podrá elegir libremente entre el cumplimiento forzoso del presente contrato o la rescisión del mismo, además podrá exigir el pago de gastos y costas que sean generadas al exigir el cumplimiento forzoso de este contrato.



CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- RESPONSABILIDAD CIVIL, PENAL, LABORAL Y CUALQUIER DAÑO GENERADO POR CUALQUIERA DE "LAS PARTES"

"LAS PARTES" acuerdan que si derivado de cualquier acción o consecuencia generada por el incumplimiento o el mal acutar de cualquiera de "LAS PARTES" la parte afectada podrá demandar el pago de daños y perjuicios, además de las compesaciones legales a las que pudiera ser suceptible.



CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- DEL SEGURO O FIANZA

"LAS PARTES" acuerdan que para asegurar un correcto cumplimiento del presente contrato y para evitar que la "PARTE CONTRATANTE" sufra un menoscabo en su patrimonio y en sus negocios, "LA PARTE CONSULTORA" deberá de contratar un seguro o fianza.

El seguro o fianza mencionado anteriormente deberá de ser pagado en su totalidad por "LA PARTE CONSULTORA" y deberá de presentar la póliza para la aprobación de "LA PARTE CONTRATANTE".



CLÁUSULA
DECIMOSEXTA.- CONFIDENCIALIDAD

"LAS PARTES" estipulan en el presente contrato de consultoría que, a partir de la fecha de celebración del presente contrato, cualquier "información confidencial" generado por el cumplimiento del presente contrato no podrá ser enajenada, arrendada, prestada, grabada, negociada, revelada, publicada, enseñada, dada a conocer, transmitida o de alguna forma divulgada o proporcionada a cualquier persona física o jurídica por cualquier medio, aun cuando se trate de incluirla o entregarla en otros documentos como estudios, reportes, propuestas, ofertas, ni todo ni en parte, por ningún motivo a terceras personas, al no contar con la autorización de "LAS PARTES" en referencia para realizar dicha acción.

Así mismo, "LAS PARTES" convienen expresamente en que no podrán aprovechar o utilizar, en ningún caso, la "información confidencial", para si mismo o para fines que no son propios. De igual manera, asumen la obligación de no revelar la "información confidencial" por el plazo de 5 años contado a partir de la celebración del presente contrato de consultoría.

Si cualquiera de "LAS PARTES" se encuentra obligada en un procedimiento administrativo o judicial a entregar "información confidencial", este deberá de dar aviso a la contraparte para que estos protejan sus intereses.

Para efectos de este contrato, la "información confidencial" es definida como:

  • Información incorporada en software de computadoras o incluida en medios de almacenamiento electrónico.
  • Información contenida en documentos, medios magnéticos, discos ópticos, microfilmes, vídeos, conversaciones y otros medios similares.
  • Información revelada en forma oral o escrita relativa a la consultoría.
  • Toda información, trabajos, informes, programas, estudios, entre otros, que se generó con motivo de los trabajos que realizó en relación con el cumplimiento del presente contrato, así como negociaciones que se relacionen con este.



CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA.- NO COMPETENCIA.

Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, "LAS PARTES" establecen que durante el plazo 2 años desde la finalización del contrato, se abstendrán de realizar cualquier tipo de actividad, ya sea por cuenta propia o ajena que sea concurrente, de forma directa o indirecta con cualquiera de los socios comerciales de "LAS PARTES".

En cualquier caso, la parte afectada podrá renunciar a esta cláusula de no competencia, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o en los siete días siguientes la finalización del mismo, lo que notificará por escrito la contraparte.



CLÁUSULA DECIMOCTAVA.- NO CAPTACIÓN.

Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, "LAS PARTES" establecen que durante el plazo 2 años desde la finalización del contrato, se abstenga de realizar cualquier tipo de contacto con fin de realizar actividad comercial con cualquier trabajador, proveedor o cliente de cualquiera de "LAS PARTES".

En cualquier caso, la parte afectada podrá renunciar a esta cláusula de no captación, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o en los siete días siguientes la finalización del mismo, lo que notificará por escrito la contraparte.

Si cualquiera de "LAS PARTES" incumple con lo establecido en la presente clausula, la parte afectada podrá solicitar una compensación hasta por un monto igual a la cantidad de dinero que se estime se deje de percibir por dicha farsa.



CLÁUSULA
DECIMONOVENA.- AUSENCIA DE VICIOS DE VALIDEZ

"LAS PARTES" reconocen que la contratación ha sido resultado de su libre y espontánea voluntad. En consecuencia, declaran que no existe dolo, mala fe o cualquier otro vicio que pudiera invalidarla.

En caso de que cualquier cláusula del presente contrato se considere inválida o no aplicable por autoridad competente, la invalidez o imposibilidad de aplicación de dicha cláusula no afectará las demás cláusulas del mismo.

"LAS PARTES" manifiestan que el presente contrato y sus anexos contienen el acuerdo total alcanzado por "LAS PARTES", por lo que deja sin efectos acuerdos previos, ya sea que hayan constado por escrito o se hayan adquirido de manera verbal.



CLÁUSULA VIGÉSIMA.- ENCABEZADOS

Los encabezados de las cláusulas utilizados en el presente contrato son meramente demostrativos, sirven para guiar sobre el contenido de las mismas. Bajo ninguna circunstancia se tomarán dichos encabezados como un texto explicativo, y mucho menos limitativo.



CLÁUSULA
VIGESIMOPRIMERA.- EROGACIONES FISCALES

"LAS PARTES" se obligan cada una a cubrir cualquier contribución o erogación fiscal que estuviere a su cargo con motivo del presente contrato de conformidad con la legislación fiscal aplicable.



CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

"LA PARTE CONTRATANTE" podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de juicio, por cualquiera de las siguientes causas, imputables a "LA PARTE CONSULTORA":

a) Por prestar la consultoría, de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato;

b) Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso, como consecuencia de la consultoría encomendada;

c) Por suspender injustificadamente la consultoría o por negarse a corregir lo rechazado por "LA PARTE CONTRATANTE";

d) Por negarse a informar a "LA PARTE CONTRATANTE" sobre la prestación y/o el resultado de la consultoría;

e) Cuando exista imposibilidad física o mental de parte de "LA PARTE CONSULTORA" para prestar consultoría; y

g) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato.

Para los efectos a que se refiere esta cláusula, "LA PARTE CONTRATANTE" comunicará por escrito a "LA PARTE CONSULTORA", el incumplimiento en que este haya incurrido, para que en un término de diez días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas correspondientes.

Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior "LA PARTE CONTRATANTE", tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por "LA PARTE CONSULTORA", determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato, y comunicará por escrito a "LA PARTE CONSULTORA" dicha determinación.



CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y JURISDICCIÓN

"LAS PARTES" acuerdan que en caso de presentarse diferencias o disputas por virtud de la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Convenio, tratarán razonablemente de resolverlas en forma amistosa, a través de un proceso de mediación y/o conciliación que será voluntario y tendrá un carácter previo a cualquier otro. De continuar la controversia, "LAS PARTES" se someten voluntaria y expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales que conforme a derecho deban conocer el asunto en razón del lugar en el que es firmado el acuerdo, con renuncia a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente por razón de domicilio, vecindad, o por cualquier otra naturaleza.



Leído que fue el presente contrato por "LAS PARTES", una vez enteradas de su alcance y fuerza legal, no existiendo vicio de la voluntad que pudiera invalidarlo lo firman "LAS PARTES", por duplicado al margen y al calce, en la Ciudad de ________, ____________ el ________, recibiendo cada una de las partes en este acto copia del mismo.



"LA PARTE CONTRATANTE"




_______________________________

________






"LA PARTE CONSULTORA"




_______________________________

________

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CONTRATO DE CONSULTORÍA


CONTRATO DE CONSULTORÍA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ________; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "LA PARTE CONTRATANTE" ; Y POR LA OTRA ________; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "LA PARTE CONSULTORA" ; AMBOS CONTRATANTES DENOMINADOS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES", QUIENES SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:


DECLARACIONES:

DECLARA "LA PARTE CONTRATANTE":

I.- Que "LA PARTE CONTRATANTE" está plenamente facultada para la celebración del presente contrato y para asumir y dar cumplimiento a las obligaciones que en el mismo se establecen.

II.- Que para efectos del presente contrato:

________ no presentó documento de identificación al momento de firmar el presente contrato.

III.- Que "LA PARTE CONTRATANTE" necesita de una persona que sea experto en la materia de la consultoría del presente contrato.

IV.- Que los recursos con los que pagará el precio de la consultoría materia del presente contrato tienen procedencia lícita.

V.- Tener su domicilio en ________, en la siguiente ciudad: ________, _____________________, el cual en este acto señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos.

VI.- Que es su deseo contratar a la "LA PARTE CONSULTORA" para que realice los estudios y recomendaciones materia del presente contrato.



DECLARA "LA PARTE CONSULTORA":

I.- Que "LA PARTE CONSULTORA" está plenamente facultada para la celebración del presente contrato y para asumir y dar cumplimiento a las obligaciones que en el mismo se establecen.

II.- Que para efectos del presente contrato:

________ no presentó documento de identificación al momento de firmar el presente contrato.

III.- Que cuenta con el pleno conocimiento para realizar una pertinente y acertada consultoría a "LA PARTE CONTRATANTE".

IV.- Que no existe ninguna acción, judicial o extrajudicial, o algún efecto que le perjudique o impida firmar el presente contrato de consultoría.

V.- Que cuenta con los recursos suficientes para hacer frente a las obligaciones que mediante el presente contrato contrae.

VI.- Que "LA PARTE CONSULTORA" cuenta con todas las facultades para la celebración del presente contrato y no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna que afecte la validez del presente contrato.

VII.- Tener su domicilio en ________, en la siguiente ciudad: ________, ____________, el cual en este acto señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos.

VII.- Que es su deseo realizar una responsable y pertinente consultoría a "LA PARTE CONTRATANTE".



DECLARAN "LAS PARTES":

I.- Que se reconocen mutua y recíprocamente, la personalidad y capacidad legal necesaria para obligarse a las cláusulas del presente contrato.

II.- Que en virtud de las consideraciones precedentes es su libre y espontánea voluntad obligarse a las cláusulas del presente contrato.




En virtud de los antecedentes y declaraciones manifestadas anteriormente y con la intención de que "LAS PARTES" queden obligadas jurídicamente, se obligan conforme a los términos y condiciones contenidos en las siguientes:

CLÁUSULAS



CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

"LA PARTE CONTRATANTE" encomienda a "LA PARTE CONSULTORA", y ésta se obliga a prestar los servicios de consultoría profesional en el siguiente asunto:

- ________

Los cuales consisten concretamente en:

- ________

Además de la consultoría anteriormente mencionada se entregarán los estudios que ayudaron a la emisión de la consultoría materia del presente contrato.

La consultoría apoyará a "LA PARTE CONTRATANTE" en sentar unas bases firmes y con conocimiento especializado que le ayude a lograr sus objetivos concretos.



CLÁUSULA SEGUNDA.- ALCANCE

Con la consultoría y servicios especificados en la cláusula anterior se pretenden lograr los siguientes objetivos:

________



CLÁUSULA TERCERA.- VIGENCIA DEL CONTRATO

"LA PARTE CONSULTORA" se obliga a desempeñar la consultoría objeto del presente contrato en forma personal e independiente, por el lapso comprendido del día ________ al día ________.

"LA PARTE CONSULTORA" será la única responsable de la ejecución de la consultoría por lo que "LA PARTE CONTRATANTE" no tendrá obligación de proporcionar ningún tipo de herramienta o personal para la ejecución de la misma.



CLÁUSULA CUARTA.- LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA

El lugar donde se prestará la consultoría será en el domicilio siguiente:

- ________

Los gastos del traslado al lugar donde se realice la consultoría correrán a cargo de "LA PARTE CONSULTORA".



CLÁUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE "LAS PARTES"

"LA PARTE CONSULTORA" se obliga a aplicar su capacidad y conocimientos especializados para cumplir satisfactoriamente con las actividades que le encomiende "LA PARTE CONTRATANTE", así como responder a la calidad de la consultoría y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren a "LA PARTE CONTRATANTE". Asimismo se obliga a rendir los informes de las actividades desarrolladas, en los términos y condiciones que se lo requiera "LA PARTE CONTRATANTE".



CLÁUSULA SEXTA.- INFORMES

"LAS PARTES" acuerdan que "LA PARTE CONSULTORA" deberá de entregar reportes parciales previo a la conclusión del presente contrato. Los reportes parciales deberán de ser entregados cada ________% (________ por ciento) por ciento de avance en el proyecto o de avance en el tiempo de vencimiento del contrato.



CLÁUSULA SÉPTIMA.- HONORARIOS

"LA PARTE CONTRATANTE" se compromete a pagar a "LA PARTE CONSULTORA" mensualmente, por la consultoría a que se refiere el presente contrato, la cantidad de $________ (________) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), menos retenciones que por ley deban realizarse.



CLÁUSULA OCTAVA.- FORMA DE PAGO

"LA PARTE CONTRATANTE" se compromete a pagar los honorarios de "LA PARTE CONSULTORA" en efectivo, en el domicilio ubicado en: ________. Lo anterior se realizará en la fecha que "LA PARTE CONTRATANTE" acuerde con "LA PARTE CONSULTORA", previa entrega de los recibos o comprobantes respectivos, los cuales deberán reunir los requisitos fiscales que marca la legislación vigente en la materia.



CLÁUSULA NOVENA.- ÚNICO PAGO

"LAS PARTES" convienen que los honorarios establecidos en la cláusula denominada HONORARIOS de este contrato serán la única remuneración que "LA PARTE CONSULTORA" recibirá como pago por la consultoría materia del mismo.



CLÁUSULA DÉCIMA.- 85288588 88 2888882

"285 288555" 52885552 852 22 552 52858822 8582558 582525 22252 28858, 225 82 852 22 82 852555 8582558258822 52 2822525 2822882 822 85 25522 2252825. 885282252 85 528222858888555 82258 822 52858822 5 22582528 852 822255222, 225 82 852 22 282252 85252822 2225555 85 282555 25585885 52 252522, 252522 828855582 2 858282522, 52882252 85 25522 852 82225522 58 2558525525 52 852 82 25522, 8882555 52 2255 528222858888555 5 85 2255 22 8582 52 8222888228 858255828 2528285528 225 22582258 52 85 2582255.

"28 28855 88858858855" 22 55858252 28 52822282 2888258822 582525 52 85558225 8582558, 5 25825 52 "28 28855 8885525888" 22 885255 52 22 825 5288858828 5 85 52858822 82225582558 852 822825 22 2822 82825522222, 828 552885828 2 2 2 52 85 222 2252558 528 5558522, 225 82 852 "28 28855 8885525888" 22 8255 82288525555 8222 2558525525 2555 282252 222822 82258.



CLÁUSULA DECIMOPRIMERA.- 8222588588 852 88858858

58 58 2252822 52 85 88222885 528 82225522 "28 28855 88858858855" 52858252 52 85 25225282 52 "28 28855 8885525888", 82 2582555 85 82828558822 52 52 25282 82225522, 822 858 225258855528 8255282225822228.



CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA.- DAÑOS Y PERJUICIOS

Queda expresamente convenido que la falta de cumplimiento a cualquiera de las obligaciones que aquí se contraen, y aquellas otras que dimanan de las leyes vigentes, será motivo de rescisión del presente contrato, con el pago de daños y perjuicios que el incumplimiento cause a la contraparte que cumple.



CLÁUSULA
DECIMOTERCERA.- PENA CONVENCIONAL

"LAS PARTES" acuerdan que si cualquier de ellas incumple con las obligaciones contraídas en el presente contrato se hará acreedor a la siguiente pena convencional:

- ________

La pena estipulada en el párrafo anterior no libera de responsabilidad a la parte infractora y la parte afectada podrá elegir libremente entre el cumplimiento forzoso del presente contrato o la rescisión del mismo, además podrá exigir el pago de gastos y costas que sean generadas al exigir el cumplimiento forzoso de este contrato.



CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- RESPONSABILIDAD CIVIL, PENAL, LABORAL Y CUALQUIER DAÑO GENERADO POR CUALQUIERA DE "LAS PARTES"

"LAS PARTES" acuerdan que si derivado de cualquier acción o consecuencia generada por el incumplimiento o el mal acutar de cualquiera de "LAS PARTES" la parte afectada podrá demandar el pago de daños y perjuicios, además de las compesaciones legales a las que pudiera ser suceptible.



CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- DEL SEGURO O FIANZA

"LAS PARTES" acuerdan que para asegurar un correcto cumplimiento del presente contrato y para evitar que la "PARTE CONTRATANTE" sufra un menoscabo en su patrimonio y en sus negocios, "LA PARTE CONSULTORA" deberá de contratar un seguro o fianza.

El seguro o fianza mencionado anteriormente deberá de ser pagado en su totalidad por "LA PARTE CONSULTORA" y deberá de presentar la póliza para la aprobación de "LA PARTE CONTRATANTE".



CLÁUSULA
DECIMOSEXTA.- CONFIDENCIALIDAD

"LAS PARTES" estipulan en el presente contrato de consultoría que, a partir de la fecha de celebración del presente contrato, cualquier "información confidencial" generado por el cumplimiento del presente contrato no podrá ser enajenada, arrendada, prestada, grabada, negociada, revelada, publicada, enseñada, dada a conocer, transmitida o de alguna forma divulgada o proporcionada a cualquier persona física o jurídica por cualquier medio, aun cuando se trate de incluirla o entregarla en otros documentos como estudios, reportes, propuestas, ofertas, ni todo ni en parte, por ningún motivo a terceras personas, al no contar con la autorización de "LAS PARTES" en referencia para realizar dicha acción.

Así mismo, "LAS PARTES" convienen expresamente en que no podrán aprovechar o utilizar, en ningún caso, la "información confidencial", para si mismo o para fines que no son propios. De igual manera, asumen la obligación de no revelar la "información confidencial" por el plazo de 5 años contado a partir de la celebración del presente contrato de consultoría.

Si cualquiera de "LAS PARTES" se encuentra obligada en un procedimiento administrativo o judicial a entregar "información confidencial", este deberá de dar aviso a la contraparte para que estos protejan sus intereses.

Para efectos de este contrato, la "información confidencial" es definida como:

  • Información incorporada en software de computadoras o incluida en medios de almacenamiento electrónico.
  • Información contenida en documentos, medios magnéticos, discos ópticos, microfilmes, vídeos, conversaciones y otros medios similares.
  • Información revelada en forma oral o escrita relativa a la consultoría.
  • Toda información, trabajos, informes, programas, estudios, entre otros, que se generó con motivo de los trabajos que realizó en relación con el cumplimiento del presente contrato, así como negociaciones que se relacionen con este.



CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA.- NO COMPETENCIA.

Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, "LAS PARTES" establecen que durante el plazo 2 años desde la finalización del contrato, se abstendrán de realizar cualquier tipo de actividad, ya sea por cuenta propia o ajena que sea concurrente, de forma directa o indirecta con cualquiera de los socios comerciales de "LAS PARTES".

En cualquier caso, la parte afectada podrá renunciar a esta cláusula de no competencia, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o en los siete días siguientes la finalización del mismo, lo que notificará por escrito la contraparte.



CLÁUSULA DECIMOCTAVA.- NO CAPTACIÓN.

Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, "LAS PARTES" establecen que durante el plazo 2 años desde la finalización del contrato, se abstenga de realizar cualquier tipo de contacto con fin de realizar actividad comercial con cualquier trabajador, proveedor o cliente de cualquiera de "LAS PARTES".

En cualquier caso, la parte afectada podrá renunciar a esta cláusula de no captación, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o en los siete días siguientes la finalización del mismo, lo que notificará por escrito la contraparte.

Si cualquiera de "LAS PARTES" incumple con lo establecido en la presente clausula, la parte afectada podrá solicitar una compensación hasta por un monto igual a la cantidad de dinero que se estime se deje de percibir por dicha farsa.



CLÁUSULA
DECIMONOVENA.- AUSENCIA DE VICIOS DE VALIDEZ

"LAS PARTES" reconocen que la contratación ha sido resultado de su libre y espontánea voluntad. En consecuencia, declaran que no existe dolo, mala fe o cualquier otro vicio que pudiera invalidarla.

En caso de que cualquier cláusula del presente contrato se considere inválida o no aplicable por autoridad competente, la invalidez o imposibilidad de aplicación de dicha cláusula no afectará las demás cláusulas del mismo.

"LAS PARTES" manifiestan que el presente contrato y sus anexos contienen el acuerdo total alcanzado por "LAS PARTES", por lo que deja sin efectos acuerdos previos, ya sea que hayan constado por escrito o se hayan adquirido de manera verbal.



CLÁUSULA VIGÉSIMA.- ENCABEZADOS

Los encabezados de las cláusulas utilizados en el presente contrato son meramente demostrativos, sirven para guiar sobre el contenido de las mismas. Bajo ninguna circunstancia se tomarán dichos encabezados como un texto explicativo, y mucho menos limitativo.



CLÁUSULA
VIGESIMOPRIMERA.- EROGACIONES FISCALES

"LAS PARTES" se obligan cada una a cubrir cualquier contribución o erogación fiscal que estuviere a su cargo con motivo del presente contrato de conformidad con la legislación fiscal aplicable.



CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

"LA PARTE CONTRATANTE" podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de juicio, por cualquiera de las siguientes causas, imputables a "LA PARTE CONSULTORA":

a) Por prestar la consultoría, de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato;

b) Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso, como consecuencia de la consultoría encomendada;

c) Por suspender injustificadamente la consultoría o por negarse a corregir lo rechazado por "LA PARTE CONTRATANTE";

d) Por negarse a informar a "LA PARTE CONTRATANTE" sobre la prestación y/o el resultado de la consultoría;

e) Cuando exista imposibilidad física o mental de parte de "LA PARTE CONSULTORA" para prestar consultoría; y

g) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato.

Para los efectos a que se refiere esta cláusula, "LA PARTE CONTRATANTE" comunicará por escrito a "LA PARTE CONSULTORA", el incumplimiento en que este haya incurrido, para que en un término de diez días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas correspondientes.

Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior "LA PARTE CONTRATANTE", tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por "LA PARTE CONSULTORA", determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato, y comunicará por escrito a "LA PARTE CONSULTORA" dicha determinación.



CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y JURISDICCIÓN

"LAS PARTES" acuerdan que en caso de presentarse diferencias o disputas por virtud de la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Convenio, tratarán razonablemente de resolverlas en forma amistosa, a través de un proceso de mediación y/o conciliación que será voluntario y tendrá un carácter previo a cualquier otro. De continuar la controversia, "LAS PARTES" se someten voluntaria y expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales que conforme a derecho deban conocer el asunto en razón del lugar en el que es firmado el acuerdo, con renuncia a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente por razón de domicilio, vecindad, o por cualquier otra naturaleza.



Leído que fue el presente contrato por "LAS PARTES", una vez enteradas de su alcance y fuerza legal, no existiendo vicio de la voluntad que pudiera invalidarlo lo firman "LAS PARTES", por duplicado al margen y al calce, en la Ciudad de ________, ____________ el ________, recibiendo cada una de las partes en este acto copia del mismo.



"LA PARTE CONTRATANTE"




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"LA PARTE CONSULTORA"




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