Contrato de depósito

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CONTRATO DE DEPÓSITO

En ___________________ a ________.


CONTRATO DE DEPÓSITO QUE CELEBRAN EN CALIDAD DE DEPOSITARIO:

________, con domicilio ubicado en:

________


Y EN CALIDAD DE DEPOSITANTE:

________, con domicilio ubicado en:

________


QUIENES SE RECONOCEN EXPRESA Y RECÍPROCAMENTE CON CAPACIDAD PLENA PARA OBLIGARSE, Y PARA TAL EFECTO, LA PRIMERA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA PARTE DEPOSITARIA O BIEN COMO EL DEPOSITARIO Y LA SEGUNDA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA PARTE DEPOSITANTE O BIEN COMO EL DEPOSITANTE; ADEMÁS SE HARÁ REFERENCIA A ELLAS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES"; EN ESTE SENTIDO, LAS PARTES MANIFIESTAN EN PRIMER LUGAR LAS SIGUIENTES:


DECLARACIONES

I. LA PARTE DEPOSITARIA declara que realiza el depósito de forma excepcional, no siendo su principal actividad económica.

II. No obstante lo anterior, LA PARTE DEPOSITARIA manifiesta que cuenta con un espacio adecuado para llevar a cabo el depósito.

III. LA PARTE DEPOSITANTE declara que el bien (objeto del presente contrato de depósito) cuenta con las siguientes características:

Tipo: ________.

Descripción general:

________

IV. LA PARTE DEPOSITANTE declara ser la legítima propietaria del bien mueble objeto del presente contrato, lo que acredita a través de la factura número: ________, de fecha ________, expedida por ________.

V. LA PARTE DEPOSITANTE declara que el bien objeto de este contrato tiene un valor que asciende a $________ (________).

VI. LAS PARTES declaran su intención de celebrar el presente contrato de depósito sobre el bien previamente descrito, sujetándose por ello a los términos y condiciones del presente contrato.


Estando LAS PARTES de acuerdo en lo anteriormente descrito, y conociendo el contenido de las declaraciones vertidas con anterioridad, las cuales ratifican por contener la verdad, y sin existir error, dolo, violencia, mala fe o vicio alguno en el consentimiento que pudieran invalidar al mismo, y estando de acuerdo en lo descrito y manifestando por ambas, sirven en someterse a las siguientes:


CLÁUSULAS


PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.

En virtud de este acuerdo de voluntades, EL DEPOSITANTE hace entrega de manera formal y física AL DEPOSITARIO del bien descrito en el apartado de declaraciones del presente contrato, con la finalidad de que EL DEPOSITARIO lo resguarde bajo su más entera responsabilidad, y posteriormente lo entregue AL DEPOSITANTE o la persona autorizada para tales efectos, en la fecha establecida en el presente contrato.

EL DEPOSITARIO se obliga a conservar el bien, en forma personal, directa e independiente, por lo que será el único responsable por los posibles daños y/o perjuicios ocasionados por acción, omisión o negligencia, cometido por sí o por interpósita persona, al bien objeto de este contrato y se compromete a resguardarlo en el domicilio que ha señalado en el apartado correspondiente a las declaraciones del presente contrato.


SEGUNDA. VIGENCIA.

LAS PARTES acuerdan que por la naturaleza del servicio encomendado, la prestación y duración del presente contrato será únicamente a partir de la firma de este contrato y hasta el ________.

Este Contrato podrá prorrogarse tácitamente de forma mensual si ninguna de LAS PARTES solicita su terminación con quince (15) días de antelación a la fecha de conclusión del Contrato o de terminación de cada una de sus renovaciones.


TERCERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.

LAS PARTES convienen que por concepto de contraprestación por la realización del servicio de depósito objeto del presente contrato, se pagarán $________ (________).

Asimismo, LAS PARTES señalan que en este mismo acto, EL DEPOSITANTE liquida totalmente el precio establecido en una sola exhibición.


CUARTA. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN.

LAS PARTES acuerdan que con el afán de conservar un control sobre el bien objeto de este contrato, y a fin de evitar posibles confusiones, el mismo deberá ser identificado a través de una etiqueta en la que se señalen al menos, los siguientes datos:

a.- Nombre completo DEL DEPOSITANTE o de su representante legal;

b.- Tipo de bien del que se trate;

c.- Características; y

d.- Fecha en que se realiza el depósito.


QUINTA. VICIOS DE ORIGEN DEL BIEN.

EL DEPOSITANTE será el único responsable de cualquier situación legal relacionada con el bien objeto de este contrato, por lo que libera AL DEPOSITARIO de cualquier responsabilidad que pudiese surgir con relación al origen, propiedad, posesión o cualquier otro derecho inherente al bien, partes o componentes del mismo.


SEXTA. CONSERVACIÓN DEL BIEN.

EL DEPOSITARIO se compromete a conservar el bien en las condiciones en que le fue entregado por parte DEL DEPOSITANTE bajo su más estricta responsabilidad.

EL DEPOSITARIO estará obligado a poner toda diligencia en la conservación del bien, y será responsable de todo deterioro que este sufra por su culpa o negligencia.

En caso de que para la conservación del bien se requiera efectuar algún acto que genere una carga o costo para EL DEPOSITARIO, EL DEPOSITANTE deberá cubrir las cantidades que resulten de dichos actos dentro de los treinta días hábiles inmediatos posteriores a la fecha en que se lleven a cabo, al tenor de las siguientes condiciones:

a.- EL DEPOSITARIO deberá informar AL DEPOSITANTE sobre los posibles daños para su conocimiento, adjuntando la evidencia necesaria por la cual se puedan verificar.

b.- EL DEPOSITARIO deberá realizar a la brevedad las diligencias necesarias para la conservación o en su caso, reparación del bien objeto de este contrato.

c.- Una vez realizadas las diligencias referidas, EL DEPOSITARIO deberá entregar AL DEPOSITANTE la evidencia que acredite tales diligencias y en su caso, el costo erogado por las mismas.

d.- Hecho lo anterior, EL DEPOSITANTE deberá cubrir el monto erogado por la realización de las diligencias anteriores.

Si de la evidencia referida anteriormente, se constata que los daños ocasionados sobre el bien objeto de este contrato son producto de la culpa o negligencia DEL DEPOSITARIO, por sí o por interpósita persona, EL DEPOSITANTE se reserva el derecho de cubrir los gastos erogados con motivo de las diligencias de conservación, mantenimiento y/o reparación.


SÉPTIMA. COMUNICACIÓN DE POSIBLES DAÑOS AL BIEN.

EL DEPOSITARIO comunicará AL DEPOSITANTE a la brevedad posible, sobre cualquier daño o menoscabo que llegue a sufrir el bien objeto de este contrato, sea este producto de la negligencia, mal uso, mala fe, o descuido por parte DEL DEPOSITARIO, o bien, por el transcurso natural del tiempo, y/o caso fortuito o fuerza mayor. Lo anterior, para efectos de su conocimiento.

En caso de incumplimiento de la obligación anteriormente señalada, EL DEPOSITARIO responderá sobre los daños y/o perjuicios que se generen.

No obstante lo anterior, EL DEPOSITARIO responderá en todo caso por los daños y/o perjuicios generados AL DEPOSITANTE en caso de que se se acredite fehacientemente que los daños o menoscabos al bien sean resultado de alguna omisión por parte DEL DEPOSITARIO o sus colaboradores.


OCTAVA. ALMACENAMIENTO Y DEVOLUCIÓN.

Así mismo, LAS PARTES acuerdan que el bien objeto de este contrato, será devuelto para su posesión física y formal AL DEPOSITANTE en el domicilio señalado por EL DEPOSITARIO en el apartado correspondiente a las declaraciones del presente contrato para su almacenamiento.

LAS PARTES convienen que en caso de que resulte necesario, EL DEPOSITARIO absorberá los gastos relativos a la entrega del bien objeto de este contrato.


NOVENA. OBLIGACIONES DEL DEPOSITARIO.

Derivado de este contrato, EL DEPOSITARIO tendrá las siguientes obligaciones:

a.- Recibir y custodiar el bien objeto de este contrato durante la vigencia del mismo y hasta el momento en que sea devuelto AL DEPOSITANTE.

b.- Conservar el bien en las condiciones en que lo reciba y devolverlo en el mismo estado en el momento en que se tenga por concluida la vigencia del presente contrato.

c.- Responder por los daños o menoscabos ocasionados al bien objeto de este contrato por negligencia, culpa, malicia, dolo o mala fe, por sí o por persona autorizada para la realización del depósito encomendado.

d.- Responder por la pérdida total o parcial del bien, o sus accesorios.

e.- Realizar las diligencias necesarias a fin de conservar las condiciones en las que fue recibido el bien por parte DEL DEPOSITANTE.

f.- Abstenerse de utilizar o disponer por sí, o para un tercero el bien objeto de este contrato.

g.- Devolver el bien AL DEPOSITANTE una vez que el presente contrato haya concluido su vigencia.

h.- No retener por ninguna causa el bien objeto de este contrato.

i.- Respetar el conjunto de obligaciones que la legislación vigente y este contrato le atribuyen y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


DÉCIMA. OBLIGACIONES DEL DEPOSITANTE.

EL DEPOSITANTE tendrá las siguientes obligaciones:

a.- Pagar en tiempo y forma las cantidades pactadas en el presente contrato por concepto de contraprestación a favor DEL DEPOSITARIO.

b.- En su caso, cubrir en tiempo y forma, las cantidades que EL DEPOSITARIO erogue derivado de las posibles diligencias realizadas o contratadas por este, con motivo de la conservación y/o reparación del bien objeto de este contrato.

c.- Informar AL DEPOSITARIO sobre los daños y/o vicios que presente el bien objeto de este contrato, y en su caso, las medidas o cuidados necesarios para su conservación.

d.- Una vez concluido el contrato, recibir el bien objeto de este contrato, y si las partes lo consideran necesario, firmar por escrito la liberación DEL DEPOSITARIO de sus obligaciones.

e.- Respetar el conjunto de obligaciones que la legislación vigente y este contrato le atribuyen y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


DECIMOPRIMERA. COLABORADORES O EMPLEADOS DEL DEPOSITARIO.

El personal que coadyuve con EL DEPOSITARIO actuará bajo su más estricta responsabilidad, debiendo procurar siempre la calidad para la realización exacta DEL DEPÓSITO encomendado.

LAS PARTES convienen que el personal con el que cuente EL DEPOSITARIO no tendrá ninguna relación de carácter laboral con EL DEPOSITANTE por lo que todo pago por concepto de contraprestación, derechos u obligaciones, estarán a cargo DEL DEPOSITARIO.

EL DEPOSITARIO responderá civil, laboral, administrativa y penalmente por los posibles daños o menoscabos ocasionados al bien objeto de este contrato y que resulten de las acciones y/u omisiones por parte del personal que colabore con EL DEPOSITARIO.


DECIMOSEGUNDA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.

EL DEPOSITARIO se obliga a realizar directamente el servicio materia del presente contrato y no podrá ceder en ningún caso, ya sea en todo o en parte, los derechos y obligaciones del mismo.


DECIMOTERCERA. RESCISIÓN DEL CONTRATO.

LAS PARTES acuerdan que podrán dar por terminado el presente contrato sin necesidad de declaración judicial, por el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones pactadas.

Además, EL DEPOSITARIO tendrá derecho a rescindir el contrato sin ninguna responsabilidad en los siguientes casos:

a.- Si el bien objeto de este contrato presentara vicios ocultos que no le hayan sido informados por parte DEL DEPOSITANTE.

b.- En caso de que EL DEPOSITANTE se niegue a recibir el bien una vez concluida la vigencia del presente contrato.

c.- Porque EL DEPOSITANTE proporcione información confidencial DEL DEPOSITARIO a terceras personas sin la autorización correspondiente.

Asimismo, EL DEPOSITANTE tendrá derecho a ejercer la rescisión del presente contrato, y a solicitar la devolución inmediata del bien, cuando EL DEPOSITARIO proporcione información confidencial DEL DEPOSITANTE o del bien objeto de este contrato a terceras personas sin la autorización correspondiente.


DECIMOCUARTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.

El presente contrato sólo puede ser modificado mediante convenio escrito firmado por las partes contratantes.


DECIMOQUINTA. 2882825588588 8855 8858858.

5822 82225522 8255 5528288552 5222 2225582 2588882 5 22288822 52 8558858255 52 285 288555. 52 822828522885, 285 288555 82 82225222222 5 285255 28 82825522222 2588882 855252 2555 2882 252552 5285258558. 52 2822 8582, 828 258228 852 82 2222522 82552552 225 852225 52 28 28855 852 5258882 28 5285258282222.


DECIMOSEXTA. 2855885888 852 88858858.

285 288555 822882222 852 28 25282222 82225522 28 52 85558225 2588552 2, 225 82 25222, 82 5882225552 52 822528855 5 52 2258252 85 822222852 2 5582582 2588882, 588 8222 2522282 225552 58858255, 822255285 2 55825 52 258 582 52 828 55228 522525528 225 285 288555 2555 82828555 28 82225522, 22 28825222, 252858282552 22528 828 52528528 2 288825882228 52 285 288555, 2 225 25222 225552 22258825582 22558 858 58882228 8225828 852 82 5258822 528 28822 82222522 5 85 222.


DECIMOSÉPTIMA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.

Todo aviso, notificación, requerimiento o comunicación entre LAS PARTES respecto al objeto del presente contrato deberá realizarse por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas.

En caso de que alguna de LAS PARTES cambie su domicilio deberá comunicarlo a la otra, a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos. Así mismo, deberá de indemnizar a la otra por los gastos extraordinarios que se lleguen a realizar para obtener o realizar el pago, o bien, para realizar la entrega del bien.


DECIMOCTAVA. ABROGACIÓN DE ACUERDOS ANTERIORES.

LAS PARTES reconocen y aceptan que este contrato y sus adiciones constituyen un acuerdo total entre ellas, por lo que desde el momento de su firma dejan sin efecto cualquier acuerdo o negociación previa, prevaleciendo lo dispuesto en este instrumento respecto de cualquier otro contrato o convenio.


DECIMONOVENA. BUENA FE.

LAS PARTES manifiestan que en la celebración del presente contrato no existe error, dolo, violencia o mala fe que pudiera invalidarlo.


VIGÉSIMA. JURISDICCIÓN.

Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales que conforme a derecho deban conocer el asunto en razón del lugar en el que es firmado el acuerdo, con renuncia a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente por razón de domicilio, vecindad, o por cualquier otra naturaleza.


En señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente contrato, y enteradas LAS PARTES de su contenido y alcances, lo firman de común acuerdo por duplicado, en ____________________ a ________.




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CONTRATO DE DEPÓSITO

En ___________________ a ________.


CONTRATO DE DEPÓSITO QUE CELEBRAN EN CALIDAD DE DEPOSITARIO:

________, con domicilio ubicado en:

________


Y EN CALIDAD DE DEPOSITANTE:

________, con domicilio ubicado en:

________


QUIENES SE RECONOCEN EXPRESA Y RECÍPROCAMENTE CON CAPACIDAD PLENA PARA OBLIGARSE, Y PARA TAL EFECTO, LA PRIMERA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA PARTE DEPOSITARIA O BIEN COMO EL DEPOSITARIO Y LA SEGUNDA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA PARTE DEPOSITANTE O BIEN COMO EL DEPOSITANTE; ADEMÁS SE HARÁ REFERENCIA A ELLAS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES"; EN ESTE SENTIDO, LAS PARTES MANIFIESTAN EN PRIMER LUGAR LAS SIGUIENTES:


DECLARACIONES

I. LA PARTE DEPOSITARIA declara que realiza el depósito de forma excepcional, no siendo su principal actividad económica.

II. No obstante lo anterior, LA PARTE DEPOSITARIA manifiesta que cuenta con un espacio adecuado para llevar a cabo el depósito.

III. LA PARTE DEPOSITANTE declara que el bien (objeto del presente contrato de depósito) cuenta con las siguientes características:

Tipo: ________.

Descripción general:

________

IV. LA PARTE DEPOSITANTE declara ser la legítima propietaria del bien mueble objeto del presente contrato, lo que acredita a través de la factura número: ________, de fecha ________, expedida por ________.

V. LA PARTE DEPOSITANTE declara que el bien objeto de este contrato tiene un valor que asciende a $________ (________).

VI. LAS PARTES declaran su intención de celebrar el presente contrato de depósito sobre el bien previamente descrito, sujetándose por ello a los términos y condiciones del presente contrato.


Estando LAS PARTES de acuerdo en lo anteriormente descrito, y conociendo el contenido de las declaraciones vertidas con anterioridad, las cuales ratifican por contener la verdad, y sin existir error, dolo, violencia, mala fe o vicio alguno en el consentimiento que pudieran invalidar al mismo, y estando de acuerdo en lo descrito y manifestando por ambas, sirven en someterse a las siguientes:


CLÁUSULAS


PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.

En virtud de este acuerdo de voluntades, EL DEPOSITANTE hace entrega de manera formal y física AL DEPOSITARIO del bien descrito en el apartado de declaraciones del presente contrato, con la finalidad de que EL DEPOSITARIO lo resguarde bajo su más entera responsabilidad, y posteriormente lo entregue AL DEPOSITANTE o la persona autorizada para tales efectos, en la fecha establecida en el presente contrato.

EL DEPOSITARIO se obliga a conservar el bien, en forma personal, directa e independiente, por lo que será el único responsable por los posibles daños y/o perjuicios ocasionados por acción, omisión o negligencia, cometido por sí o por interpósita persona, al bien objeto de este contrato y se compromete a resguardarlo en el domicilio que ha señalado en el apartado correspondiente a las declaraciones del presente contrato.


SEGUNDA. VIGENCIA.

LAS PARTES acuerdan que por la naturaleza del servicio encomendado, la prestación y duración del presente contrato será únicamente a partir de la firma de este contrato y hasta el ________.

Este Contrato podrá prorrogarse tácitamente de forma mensual si ninguna de LAS PARTES solicita su terminación con quince (15) días de antelación a la fecha de conclusión del Contrato o de terminación de cada una de sus renovaciones.


TERCERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.

LAS PARTES convienen que por concepto de contraprestación por la realización del servicio de depósito objeto del presente contrato, se pagarán $________ (________).

Asimismo, LAS PARTES señalan que en este mismo acto, EL DEPOSITANTE liquida totalmente el precio establecido en una sola exhibición.


CUARTA. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN.

LAS PARTES acuerdan que con el afán de conservar un control sobre el bien objeto de este contrato, y a fin de evitar posibles confusiones, el mismo deberá ser identificado a través de una etiqueta en la que se señalen al menos, los siguientes datos:

a.- Nombre completo DEL DEPOSITANTE o de su representante legal;

b.- Tipo de bien del que se trate;

c.- Características; y

d.- Fecha en que se realiza el depósito.


QUINTA. VICIOS DE ORIGEN DEL BIEN.

EL DEPOSITANTE será el único responsable de cualquier situación legal relacionada con el bien objeto de este contrato, por lo que libera AL DEPOSITARIO de cualquier responsabilidad que pudiese surgir con relación al origen, propiedad, posesión o cualquier otro derecho inherente al bien, partes o componentes del mismo.


SEXTA. CONSERVACIÓN DEL BIEN.

EL DEPOSITARIO se compromete a conservar el bien en las condiciones en que le fue entregado por parte DEL DEPOSITANTE bajo su más estricta responsabilidad.

EL DEPOSITARIO estará obligado a poner toda diligencia en la conservación del bien, y será responsable de todo deterioro que este sufra por su culpa o negligencia.

En caso de que para la conservación del bien se requiera efectuar algún acto que genere una carga o costo para EL DEPOSITARIO, EL DEPOSITANTE deberá cubrir las cantidades que resulten de dichos actos dentro de los treinta días hábiles inmediatos posteriores a la fecha en que se lleven a cabo, al tenor de las siguientes condiciones:

a.- EL DEPOSITARIO deberá informar AL DEPOSITANTE sobre los posibles daños para su conocimiento, adjuntando la evidencia necesaria por la cual se puedan verificar.

b.- EL DEPOSITARIO deberá realizar a la brevedad las diligencias necesarias para la conservación o en su caso, reparación del bien objeto de este contrato.

c.- Una vez realizadas las diligencias referidas, EL DEPOSITARIO deberá entregar AL DEPOSITANTE la evidencia que acredite tales diligencias y en su caso, el costo erogado por las mismas.

d.- Hecho lo anterior, EL DEPOSITANTE deberá cubrir el monto erogado por la realización de las diligencias anteriores.

Si de la evidencia referida anteriormente, se constata que los daños ocasionados sobre el bien objeto de este contrato son producto de la culpa o negligencia DEL DEPOSITARIO, por sí o por interpósita persona, EL DEPOSITANTE se reserva el derecho de cubrir los gastos erogados con motivo de las diligencias de conservación, mantenimiento y/o reparación.


SÉPTIMA. COMUNICACIÓN DE POSIBLES DAÑOS AL BIEN.

EL DEPOSITARIO comunicará AL DEPOSITANTE a la brevedad posible, sobre cualquier daño o menoscabo que llegue a sufrir el bien objeto de este contrato, sea este producto de la negligencia, mal uso, mala fe, o descuido por parte DEL DEPOSITARIO, o bien, por el transcurso natural del tiempo, y/o caso fortuito o fuerza mayor. Lo anterior, para efectos de su conocimiento.

En caso de incumplimiento de la obligación anteriormente señalada, EL DEPOSITARIO responderá sobre los daños y/o perjuicios que se generen.

No obstante lo anterior, EL DEPOSITARIO responderá en todo caso por los daños y/o perjuicios generados AL DEPOSITANTE en caso de que se se acredite fehacientemente que los daños o menoscabos al bien sean resultado de alguna omisión por parte DEL DEPOSITARIO o sus colaboradores.


OCTAVA. ALMACENAMIENTO Y DEVOLUCIÓN.

Así mismo, LAS PARTES acuerdan que el bien objeto de este contrato, será devuelto para su posesión física y formal AL DEPOSITANTE en el domicilio señalado por EL DEPOSITARIO en el apartado correspondiente a las declaraciones del presente contrato para su almacenamiento.

LAS PARTES convienen que en caso de que resulte necesario, EL DEPOSITARIO absorberá los gastos relativos a la entrega del bien objeto de este contrato.


NOVENA. OBLIGACIONES DEL DEPOSITARIO.

Derivado de este contrato, EL DEPOSITARIO tendrá las siguientes obligaciones:

a.- Recibir y custodiar el bien objeto de este contrato durante la vigencia del mismo y hasta el momento en que sea devuelto AL DEPOSITANTE.

b.- Conservar el bien en las condiciones en que lo reciba y devolverlo en el mismo estado en el momento en que se tenga por concluida la vigencia del presente contrato.

c.- Responder por los daños o menoscabos ocasionados al bien objeto de este contrato por negligencia, culpa, malicia, dolo o mala fe, por sí o por persona autorizada para la realización del depósito encomendado.

d.- Responder por la pérdida total o parcial del bien, o sus accesorios.

e.- Realizar las diligencias necesarias a fin de conservar las condiciones en las que fue recibido el bien por parte DEL DEPOSITANTE.

f.- Abstenerse de utilizar o disponer por sí, o para un tercero el bien objeto de este contrato.

g.- Devolver el bien AL DEPOSITANTE una vez que el presente contrato haya concluido su vigencia.

h.- No retener por ninguna causa el bien objeto de este contrato.

i.- Respetar el conjunto de obligaciones que la legislación vigente y este contrato le atribuyen y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


DÉCIMA. OBLIGACIONES DEL DEPOSITANTE.

EL DEPOSITANTE tendrá las siguientes obligaciones:

a.- Pagar en tiempo y forma las cantidades pactadas en el presente contrato por concepto de contraprestación a favor DEL DEPOSITARIO.

b.- En su caso, cubrir en tiempo y forma, las cantidades que EL DEPOSITARIO erogue derivado de las posibles diligencias realizadas o contratadas por este, con motivo de la conservación y/o reparación del bien objeto de este contrato.

c.- Informar AL DEPOSITARIO sobre los daños y/o vicios que presente el bien objeto de este contrato, y en su caso, las medidas o cuidados necesarios para su conservación.

d.- Una vez concluido el contrato, recibir el bien objeto de este contrato, y si las partes lo consideran necesario, firmar por escrito la liberación DEL DEPOSITARIO de sus obligaciones.

e.- Respetar el conjunto de obligaciones que la legislación vigente y este contrato le atribuyen y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


DECIMOPRIMERA. COLABORADORES O EMPLEADOS DEL DEPOSITARIO.

El personal que coadyuve con EL DEPOSITARIO actuará bajo su más estricta responsabilidad, debiendo procurar siempre la calidad para la realización exacta DEL DEPÓSITO encomendado.

LAS PARTES convienen que el personal con el que cuente EL DEPOSITARIO no tendrá ninguna relación de carácter laboral con EL DEPOSITANTE por lo que todo pago por concepto de contraprestación, derechos u obligaciones, estarán a cargo DEL DEPOSITARIO.

EL DEPOSITARIO responderá civil, laboral, administrativa y penalmente por los posibles daños o menoscabos ocasionados al bien objeto de este contrato y que resulten de las acciones y/u omisiones por parte del personal que colabore con EL DEPOSITARIO.


DECIMOSEGUNDA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.

EL DEPOSITARIO se obliga a realizar directamente el servicio materia del presente contrato y no podrá ceder en ningún caso, ya sea en todo o en parte, los derechos y obligaciones del mismo.


DECIMOTERCERA. RESCISIÓN DEL CONTRATO.

LAS PARTES acuerdan que podrán dar por terminado el presente contrato sin necesidad de declaración judicial, por el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones pactadas.

Además, EL DEPOSITARIO tendrá derecho a rescindir el contrato sin ninguna responsabilidad en los siguientes casos:

a.- Si el bien objeto de este contrato presentara vicios ocultos que no le hayan sido informados por parte DEL DEPOSITANTE.

b.- En caso de que EL DEPOSITANTE se niegue a recibir el bien una vez concluida la vigencia del presente contrato.

c.- Porque EL DEPOSITANTE proporcione información confidencial DEL DEPOSITARIO a terceras personas sin la autorización correspondiente.

Asimismo, EL DEPOSITANTE tendrá derecho a ejercer la rescisión del presente contrato, y a solicitar la devolución inmediata del bien, cuando EL DEPOSITARIO proporcione información confidencial DEL DEPOSITANTE o del bien objeto de este contrato a terceras personas sin la autorización correspondiente.


DECIMOCUARTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.

El presente contrato sólo puede ser modificado mediante convenio escrito firmado por las partes contratantes.


DECIMOQUINTA. 2882825588588 8855 8858858.

5822 82225522 8255 5528288552 5222 2225582 2588882 5 22288822 52 8558858255 52 285 288555. 52 822828522885, 285 288555 82 82225222222 5 285255 28 82825522222 2588882 855252 2555 2882 252552 5285258558. 52 2822 8582, 828 258228 852 82 2222522 82552552 225 852225 52 28 28855 852 5258882 28 5285258282222.


DECIMOSEXTA. 2855885888 852 88858858.

285 288555 822882222 852 28 25282222 82225522 28 52 85558225 2588552 2, 225 82 25222, 82 5882225552 52 822528855 5 52 2258252 85 822222852 2 5582582 2588882, 588 8222 2522282 225552 58858255, 822255285 2 55825 52 258 582 52 828 55228 522525528 225 285 288555 2555 82828555 28 82225522, 22 28825222, 252858282552 22528 828 52528528 2 288825882228 52 285 288555, 2 225 25222 225552 22258825582 22558 858 58882228 8225828 852 82 5258822 528 28822 82222522 5 85 222.


DECIMOSÉPTIMA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.

Todo aviso, notificación, requerimiento o comunicación entre LAS PARTES respecto al objeto del presente contrato deberá realizarse por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas.

En caso de que alguna de LAS PARTES cambie su domicilio deberá comunicarlo a la otra, a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos. Así mismo, deberá de indemnizar a la otra por los gastos extraordinarios que se lleguen a realizar para obtener o realizar el pago, o bien, para realizar la entrega del bien.


DECIMOCTAVA. ABROGACIÓN DE ACUERDOS ANTERIORES.

LAS PARTES reconocen y aceptan que este contrato y sus adiciones constituyen un acuerdo total entre ellas, por lo que desde el momento de su firma dejan sin efecto cualquier acuerdo o negociación previa, prevaleciendo lo dispuesto en este instrumento respecto de cualquier otro contrato o convenio.


DECIMONOVENA. BUENA FE.

LAS PARTES manifiestan que en la celebración del presente contrato no existe error, dolo, violencia o mala fe que pudiera invalidarlo.


VIGÉSIMA. JURISDICCIÓN.

Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales que conforme a derecho deban conocer el asunto en razón del lugar en el que es firmado el acuerdo, con renuncia a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente por razón de domicilio, vecindad, o por cualquier otra naturaleza.


En señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente contrato, y enteradas LAS PARTES de su contenido y alcances, lo firman de común acuerdo por duplicado, en ____________________ a ________.




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