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Contrato de franquicia

Última revisión Última revisión 18/02/2024
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El contrato de franquicia es un documento mediante el cual una empresa (persona física o moral que recibe el nombre de franquiciante) cede a otra persona (física o moral que recibe el nombre de franquiciatario) el derecho a explotar un negocio acreditado y con experiencia. Dicho negocio comprende un sistema de comercialización de productos y/o servicios, así como un conjunto de marcas, patentes u otros derechos de propiedad industrial.

El franquiciante es la persona que desarrolla el sistema de negocio y la red de franquicia, tiene la titularidad de la marca o marcas de la red de franquicia y además ofrece su experiencia y conocimiento para el éxito de la futura franquicia. El franquiciatario es la persona que se integra a la red de franquicia y se le permite usar tanto la marca o marcas de la franquicia como su sistema de comercialización, a cambio de una compensación económica inicial (o de entrada) y una compensación económica periódica.

De este modo, a través del contrato de franquicia se ceden los derechos de uso de la marca o marcas de la franquicia las cuales pueden comprender entre otras cosas: la denominación o nombre del negocio (nombre de la franquicia) y el logotipo o distintivo de la franquicia, para que el franquiciatario los use en la decoración de los establecimientos, en la publicidad que realice, en su caso, en el uniforme de los empleados, o en los medios de transporte que utilicen para distribuir o entregar los productos de la franquicia, etc.

Además del uso de las marcas u otros derechos de propiedad industrial, a través del contrato de franquicia se realiza una transmisión del saber hacer ("know how"), esto es, una capacitación que le permite al franquiciatario conocer el manejo del negocio, del sistema de comercialización, y de la forma en que debe realizar la publicidad. La capacitación al franquiciatario puede incluir una capacitación hacia sus empleados así como los servicios de asistencia y colaboración por parte del franquiciante, esto para asegurar en mayor medida las ganancias de la franquicia. Sin embargo, esto no debe entenderse como una garantía de éxito, o de ganancia asegurada, pues puede ocurrir que la franquicia no logre a desarrollarse de la forma en que las partes (franquiciante y franquiciatario) esperan.

El régimen de franquicia tiene distintas ventajas para ambas partes en el contrato. Para el franquiciante representa la posibilidad de consolidar su marca y llevar a cabo una expansión regional, nacional e incluso internacional, a un costo mucho más bajo que si lo hiciera con sus propios recursos. Para el franquiciatario representa la posibilidad de comenzar un negocio de forma rápida (aprovechando el saber hacer o "know how" del franquiciante), con un menor riesgo y con una ventaja competitiva, ya que podrá aprovechar la reputación de la marca del franquiciante.

Las franquicias suponen, por lo general, una inversión importante para el franquiciatario. Por este motivo el plazo de duración de este tipo de contratos es por lo general de no menos de 5 años, y en la mayoría de los casos se incluye un pacto de exclusividad, que implica que en la zona geográfica acordada por las partes, el franquiciatario sea la única persona que podrá explotar la franquicia, por lo que el franquiciante por lo general se compromete a no otorgar otras franquicias en el mismo territorio.


Tipos de franquicia

En general podemos decir que existen cuatro tipos de franquicias:

  • Franquicia para distribución de servicios: en este tipo de franquicia el franquiciatario se compromete a ofrecer uno o varios servicios (por ejemplo, servicios de transporte o de internet) utilizando la(s) marca(s) y el sistema de comercialización y distribución de la franquicia.
  • Franquicia para distribución o venta de productos: en este tipo de franquicia el franquiciatario puede distribuir o vender los productos de una franquicia (por ejemplo, aparatos telefónicos, o accesorios de computadora) utilizando la(s) marca(s) y el sistema de comercialización de la franquicia.
  • Franquicia para producción de productos: a través de la cual el franquiciatario puede fabricar o producir los productos (por ejemplo, ropa para caballero, aparatos telefónicos, etc.) de la franquicia, respetando la calidad, los métodos de producción y en general las indicaciones del franquiciante.
  • Franquicia mixta: alguna combinación de las anteriores, principalmente de distribución de productos y servicios (por ejemplo, un restaurante produce, vende y presenta la comida siguiendo las indicaciones del franquiciante, además presta el servicio de meseros y repartidores también de acuerdo a los métodos y sistemas del franquiciante).

 

Compensaciones económicas

Entre las múltiples ventajas que tiene el franquiciatario al integrarse a una red de franquicia se encuentran: comenzar un negocio de forma rápida, con un menor riesgo y con ventaja competitiva (al utilizar una marca ya posicionada o en proceso de consolidación). Además, durante la vigencia del contrato aprovechará el saber hacer o "know how" del franquiciante. A cambio de estas ventajas el franquiciatario pagará al franquiciante:

  • una compensación inicial: también conocida como "cuota de ingreso" o "cuota de entrada" y consiste en que opcionalmente se pague una única cantidad de dinero al franquiciante por el otorgamiento de la franquicia.
  • una compensación periódica (generalmente de forma mensual o anual) destinada a retribuir la publicidad, asistencia, actualización de la marca y capacitación continúa brindada por el franquiciante.


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento está adaptado para todos los tipos de franquicias (de distribución de servicios, de producción y/o distribución de productos, o ambas). También se encuentra adaptado para que lo puedan firmar tanto personas físicas como personas morales.

En el documento se establecen las condiciones generales que regirán la relación entre el franquiciante y el franquiciatario, tales como:

  • La actividad o actividades comerciales que se pretenden realizar a través de la franquicia.
  • Los productos y/o servicios que serán objeto del contrato (para su producción, distribución y venta).
  • La marca o marcas propiedad del franquiciante que se cederán para su uso al franquiciatario.
  • La forma en la que se transmitirá de manera continúa el saber hacer ("know how") del franquiciante.
  • Si existirá exclusividad en favor del franquiciatario.
  • La duración del contrato.
  • La zona geográfica en la que se aplicará el contrato.
  • El número de establecimientos que podrá abrir el franquiciatario.
  • El monto de las contraprestaciones económicas y la forma de pagarlas.
  • La forma en que las partes contribuirán a la promoción y publicidad de la franquicia.

Una vez acordadas las condiciones en las que se formalizará el contrato de franquicia, para que el contrato sea válido, las partes que participen en él requieren imprimir y firmar el documento, de preferencia en cada una de las hojas que lo integran. Una vez que el contrato se encuentre firmado, las partes deberán adjuntar copias de sus identificaciones oficiales y en caso de ser representantes legales (ya sea de personas físicas o morales), se debe incluir una copia del documento que los faculta a firmar el contrato de franquicia en nombre de la persona que representan.

Finalmente, por seguridad jurídica se acostumbra que cada una de las partes conserve un ejemplar del contrato, y en su caso de los anexos que se incluyan.


Derecho aplicable

El contrato de franquicia está regulado en la legislación mexicana en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, sin embargo por su naturaleza mercantil, resultan también aplicables las normas mercantiles como es el Código de Comercio y la legislación civil en general.


Cómo modificar el modelo

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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