Acuerdo transaccional laboral

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ACUERDO TRANSACCIONAL LABORAL


En ________, a ________


REUNIDOS

De una parte,

D. ________ con DNI ________, y con domicilio en: ________.

En adelante, el "Empleador".


Y de otra parte,

D. ________, con DNI/NIF: ________, y domicilio en: ________.

En adelante, el "Trabajador".

Y que, a continuación, serán referidas, individualmente como "Parte" o, de forma conjunta, como "Partes", reconociéndose capacidad jurídica para contratar y obligarse


EXPONEN


I.
Que el Trabajador prestaba sus servicios bajo un contrato de trabajo de carácter indefinido iniciado el día ________ (en adelante, el "Contrato") en el puesto de: ________, perteneciente al grupo profesional de: ________.

II. Que, con fecha de ________, el Empleador comunicó al Trabajador su despido por causas disciplinarias en base a los siguientes motivos:

________

III. Que, en virtud de estas consideraciones, las Partes, libre y voluntariamente, desean otorgar el presente ACUERDO TRANSACCIONAL LABORAL (en adelante, el "Acuerdo") con el fin de regular las consecuencias de la terminación del Contrato, que se regirá por las siguientes,


ESTIPULACIONES

PRIMERA. Objeto. Acuerdo extintivo

Por medio del presente Acuerdo, las Partes desean establecer las reglas o condiciones que regularán la extinción del Contrato realizada por parte del Empleador.

La firma de este Acuerdo es el resultado del compromiso de las Partes de regular las consecuencias del despido del Trabajador, recogiéndose a continuación sus principales efectos.


SEGUNDA. Compensación económica

a. Indemnización por despido

Dado el reconocimiento de la improcedencia del despido efectuado por el Empleador, el Trabajador tiene derecho a una indemnización mínima de 33 días de salario por cada año trabajador con un límite de 24 meses, correspondiéndole en este caso la siguiente cantidad: ________ (________€).

Además de esta cantidad, el Empleador se compromete al pago de la siguiente cantidad como indemnización adicional: ________ (________€).

De esta forma, el Trabajador recibirá una indemnización total de ________ (________ €).

En adelante, la "Indemnización".

b. Pagos pendientes

En la fecha recogida en el encabezamiento de este Acuerdo, el Trabajador reconoce que no existe cantidad alguna pendiente de pago por parte del Empleador y que se ha cumplido puntualmente con los pagos de salarios y cualquier otro tipo de retribución o compensación de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato.

c. Momento de pago

El Empleador llevará a cabo el pago de las cantidades anteriormente señaladas en la fecha recogida en el encabezado de este Acuerdo.

d. Forma de pago

El Empleador realizará el pago de la Indemnización, y de las posibles retribuciones o compensaciones pendientes, mediante transferencia a la siguiente cuenta bancaria:

- Entidad bancaria: ________.

- IBAN o número de cuenta: ________.


TERCERA. Alcance de la compensación

La indemnización recogida en el apartado anterior tiene por objeto compensar al Trabajador por la extinción de su relación laboral, incluido por los posibles daños y perjuicios derivados de esta situación.

Siguiendo lo anterior, las Partes consideran que la cantidad correspondiente a la Indemnización, y todos los gastos relacionados, es justa y que comprende todos los posibles gastos o compensaciones a las que puede tener derecho el Trabajador como consecuencia de la finalización de su Contrato, de tal forma que este se compromete a no iniciar procedimiento judicial o extrajudicial alguno en el futuro con el fin de solicitar una mayor compensación económica, o cualquier tipo de compensación económica o responsabilidad adicional.


CUARTA. Firma del Acuerdo ante los servicios de conciliación

La firma de este Acuerdo se ratificará ante los siguientes servicios de mediación y conciliación:

________

El Trabajador queda obligado a iniciar el procedimiento de conciliación mediante la presentación de la correspondiente papeleta lo antes posible dentro del plazo para recurrir el despido establecido en el Estatuto de los Trabajadores.


QUINTA. Protección de la propiedad intelectual e industrial

Por medio de este Contrato, el Trabajador renuncia, expresa y formalmente, a cuantos derechos de propiedad intelectual o industrial pudieran haberse generado en virtud de la relación laboral. Su titularidad completa corresponderá únicamente al Empleador.

Igualmente, el Trabajador se compromete a informar al Empleador de los posibles usos fradulentos o no autorizados de cualquier elemento de propiedad industrial e intelectual que pueda conocer tras la extinción de su Contrato.


SEXTA. Devolución de los documentos, materiales y herramientas facilitadas por el Empleador

El Trabajador se compromete a devolver al Empleador todos los documentos, bases de datos, fichas de clientes, informes, estudios de mercado o cualquier otro documento, ya sea en formato físico u electrónico, a los que haya podido tener acceso en el desarrollo de su actividad laboral.

Asimismo, el Trabajador devolverá, de forma inmediata, todas las herramientas, componentes, vehículos, dispositivos o instrumentos que le hayan sido facilitados por el Empleador para el desarrollo de su actividad.

Estos elementos se devolverán en las mismas condiciones o estado en el que se hizo entrega por parte del Empleador, descontando el desgaste propio del desarrollo de la actividad laboral normal o el provocado por situaciones de fuerza mayor que no eran controlables o evitables por el Trabajador.


SÉPTIMA. Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes reconocen que toda la información a la que han tenido acceso durante la ejecución del Contrato, ya sea relacionada con el propio Contrato o relacionada con la actividad u organización de alguna de las Partes (en adelante, la "Información"), tiene carácter confidencial. De esta forma, ambas Partes acuerdan no divulgarla y se comprometen a mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha Información, advirtiendo, en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su cargo o relación personal o sentimental, haya podido tener acceso a la misma.

Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte.

Asimismo, las Partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la Información no sea divulgada ni cedida. Adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a información confidencial de su propiedad, evitando su pérdida, robo o sustracción.

La Parte que recibe la información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información.

Por último, las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este Contrato se aplicarán durante el siguiente período: ________ tras la firma de este Acuerdo, contando de forma inmediata tras su firma.


OCTAVA. 558288888555

58 25282222 8852552 28 8828585222 22 85 222588555 22252 858 255228. 82 2825 22525, 8558858255 52 858 255228 22555 258285 85 852288282222, 585282252 858 288258 858 8228285228858 282588288558 22 28 25282222 8852552 22 52858822 822 85 82852288282222.

25 25825, 225 8558858255 52 858 255228, 52 85 258222885 528 852288282222 52 8558858255 52 858 288825882228 528228558 22 28 25282222 8852552, 22 52282555 58 5252852 52 58855 25522 5 55825 85825 85 28825.

225 582822, 85 52252885 225 855885825 25522 52 525 88558585 52 2822 8852552 22 22555 8222525225582 28 8222 525 52252885 5 522528855 855885825 82852288282222 228225825 52 58855 88558585, 28 8222 525 52252885 52 85 28825.


NOVENA. Extinción de las obligaciones

Las Partes declaran dar por terminadas, saldadas y finiquitadas sus respectivas obligaciones derivadas del Contrato, manifestando no tener nada más que reclamar sobre el mismo bajo ningún concepto, excepto las obligaciones derivadas de las cláusulas de este Acuerdo.


DÉCIMA. Inexistencia de renuncia

La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el Acuerdo, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Acuerdo; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Acuerdo.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Acuerdo, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportuno, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.


DECIMOPRIMERA. Incumplimiento del Acuerdo

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones recogidas en el presente Acuerdo facultará a la otra Parte a:

(a) Exigir su cumplimiento más el correspondiente pago de intereses derivados del retraso en el cumplimiento.

(b) Resolver el Acuerdo en el caso de que no se rectifique o subsane el incumplimiento por parte de la Parte incumplidora en el plazo de diez (10) días naturales desde la fecha en la que se verifique el incumplimiento, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios más el pago de intereses por el retraso en el cumplimiento siguiendo lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.

Nadie podrá eximirse del cumplimiento de las obligaciones del presente Acuerdo mediante el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse el cumplimiento de las obligaciones o prestaciones debidas junto a la satisfacción de la correspondiente indemnización.


DECIMOSEGUNDA. Protección de datos

Las Partes de este Acuerdo conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Acuerdo consienten que sus datos personales recogidos en el presente Acuerdo, así como aquellos que se pudiesen haber obtenido durante la ejecución del Contrato, podrían ser o haber sido incorporados por la otra Parte a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta cláusula no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


DECIMOTERCERA. Miscelánea

I. Acuerdo Único

El presente Acuerdo sustituye y reemplaza a todos los restantes contratos o pactos, escritos o verbales, concluidos entre las Partes de forma previa a la suscripción del Acuerdo en relación con el mismo objeto, los cuales dejan de tener la vigencia y efectividad desde la fecha recogida en el encabezamiento del presente Acuerdo.

II. Modificaciones

Carecerá de validez y eficacia cualquier modificación del Acuerdo que no se recoja por escrito y que no sea formalizada por las Partes en forma idéntica a la del presente Acuerdo.

III. Nulidad parcial

La posible declaración, ya sea por un órgano judicial o administrativo, de la ilegalidad, invalidez, nulidad o inexigibilidad de las demás cláusulas del presente Acuerdo o de parte de las mismas, no acarreará la ilegalidad, invalidez o inexigibilidad de las demás cláusulas ni de las restantes partes de las mismas, las cuáles permanecerán válidas en todo aquello que proceda, todo ello siempre que las cláusulas o parte de las mismas declaradas ilegales, nulas, inválidas o inexigibles no sean esenciales.

Las cláusulas o partes de las mismas declaradas ilegales, nulas, inválidas o no exigibles se estimarán eliminadas del Acuerdo o no aplicables en esa circunstancia, según los casos, y las Partes negociarán de buena fe su sustitución para adecuarlas a la finalidad pretendida con las mismas.

DECIMOCUARTA. Notificaciones

Las Partes designan como domicilio a efectos de notificaciones los consignados en el encabezamiento del presente Acuerdo. Las notificaciones se realizarán por escrito a través de medio fehaciente que deje constancia de la fecha de su envío, así como de la dirección a la que se dirige y la fecha de recepción por la otra Parte.


DECIMOQUINTA. Ley aplicable y jurisdicción competente

El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española y, en particular, al Código Civil.

Las Partes se someten para la resolución de cualesquiera disputas o reclamaciones derivadas de la interpretación o ejecución del Acuerdo, incluyendo todas aquellas obligaciones no contractuales derivadas o relativas al Acuerdo, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.

Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman este Acuerdo en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.

EL EMPLEADOR


.....................................................
D. ________

EL TRABAJADOR


.....................................................
D. ________

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ACUERDO TRANSACCIONAL LABORAL


En ________, a ________


REUNIDOS

De una parte,

D. ________ con DNI ________, y con domicilio en: ________.

En adelante, el "Empleador".


Y de otra parte,

D. ________, con DNI/NIF: ________, y domicilio en: ________.

En adelante, el "Trabajador".

Y que, a continuación, serán referidas, individualmente como "Parte" o, de forma conjunta, como "Partes", reconociéndose capacidad jurídica para contratar y obligarse


EXPONEN


I.
Que el Trabajador prestaba sus servicios bajo un contrato de trabajo de carácter indefinido iniciado el día ________ (en adelante, el "Contrato") en el puesto de: ________, perteneciente al grupo profesional de: ________.

II. Que, con fecha de ________, el Empleador comunicó al Trabajador su despido por causas disciplinarias en base a los siguientes motivos:

________

III. Que, en virtud de estas consideraciones, las Partes, libre y voluntariamente, desean otorgar el presente ACUERDO TRANSACCIONAL LABORAL (en adelante, el "Acuerdo") con el fin de regular las consecuencias de la terminación del Contrato, que se regirá por las siguientes,


ESTIPULACIONES

PRIMERA. Objeto. Acuerdo extintivo

Por medio del presente Acuerdo, las Partes desean establecer las reglas o condiciones que regularán la extinción del Contrato realizada por parte del Empleador.

La firma de este Acuerdo es el resultado del compromiso de las Partes de regular las consecuencias del despido del Trabajador, recogiéndose a continuación sus principales efectos.


SEGUNDA. Compensación económica

a. Indemnización por despido

Dado el reconocimiento de la improcedencia del despido efectuado por el Empleador, el Trabajador tiene derecho a una indemnización mínima de 33 días de salario por cada año trabajador con un límite de 24 meses, correspondiéndole en este caso la siguiente cantidad: ________ (________€).

Además de esta cantidad, el Empleador se compromete al pago de la siguiente cantidad como indemnización adicional: ________ (________€).

De esta forma, el Trabajador recibirá una indemnización total de ________ (________ €).

En adelante, la "Indemnización".

b. Pagos pendientes

En la fecha recogida en el encabezamiento de este Acuerdo, el Trabajador reconoce que no existe cantidad alguna pendiente de pago por parte del Empleador y que se ha cumplido puntualmente con los pagos de salarios y cualquier otro tipo de retribución o compensación de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato.

c. Momento de pago

El Empleador llevará a cabo el pago de las cantidades anteriormente señaladas en la fecha recogida en el encabezado de este Acuerdo.

d. Forma de pago

El Empleador realizará el pago de la Indemnización, y de las posibles retribuciones o compensaciones pendientes, mediante transferencia a la siguiente cuenta bancaria:

- Entidad bancaria: ________.

- IBAN o número de cuenta: ________.


TERCERA. Alcance de la compensación

La indemnización recogida en el apartado anterior tiene por objeto compensar al Trabajador por la extinción de su relación laboral, incluido por los posibles daños y perjuicios derivados de esta situación.

Siguiendo lo anterior, las Partes consideran que la cantidad correspondiente a la Indemnización, y todos los gastos relacionados, es justa y que comprende todos los posibles gastos o compensaciones a las que puede tener derecho el Trabajador como consecuencia de la finalización de su Contrato, de tal forma que este se compromete a no iniciar procedimiento judicial o extrajudicial alguno en el futuro con el fin de solicitar una mayor compensación económica, o cualquier tipo de compensación económica o responsabilidad adicional.


CUARTA. Firma del Acuerdo ante los servicios de conciliación

La firma de este Acuerdo se ratificará ante los siguientes servicios de mediación y conciliación:

________

El Trabajador queda obligado a iniciar el procedimiento de conciliación mediante la presentación de la correspondiente papeleta lo antes posible dentro del plazo para recurrir el despido establecido en el Estatuto de los Trabajadores.


QUINTA. Protección de la propiedad intelectual e industrial

Por medio de este Contrato, el Trabajador renuncia, expresa y formalmente, a cuantos derechos de propiedad intelectual o industrial pudieran haberse generado en virtud de la relación laboral. Su titularidad completa corresponderá únicamente al Empleador.

Igualmente, el Trabajador se compromete a informar al Empleador de los posibles usos fradulentos o no autorizados de cualquier elemento de propiedad industrial e intelectual que pueda conocer tras la extinción de su Contrato.


SEXTA. Devolución de los documentos, materiales y herramientas facilitadas por el Empleador

El Trabajador se compromete a devolver al Empleador todos los documentos, bases de datos, fichas de clientes, informes, estudios de mercado o cualquier otro documento, ya sea en formato físico u electrónico, a los que haya podido tener acceso en el desarrollo de su actividad laboral.

Asimismo, el Trabajador devolverá, de forma inmediata, todas las herramientas, componentes, vehículos, dispositivos o instrumentos que le hayan sido facilitados por el Empleador para el desarrollo de su actividad.

Estos elementos se devolverán en las mismas condiciones o estado en el que se hizo entrega por parte del Empleador, descontando el desgaste propio del desarrollo de la actividad laboral normal o el provocado por situaciones de fuerza mayor que no eran controlables o evitables por el Trabajador.


SÉPTIMA. Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes reconocen que toda la información a la que han tenido acceso durante la ejecución del Contrato, ya sea relacionada con el propio Contrato o relacionada con la actividad u organización de alguna de las Partes (en adelante, la "Información"), tiene carácter confidencial. De esta forma, ambas Partes acuerdan no divulgarla y se comprometen a mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha Información, advirtiendo, en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su cargo o relación personal o sentimental, haya podido tener acceso a la misma.

Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte.

Asimismo, las Partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la Información no sea divulgada ni cedida. Adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a información confidencial de su propiedad, evitando su pérdida, robo o sustracción.

La Parte que recibe la información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información.

Por último, las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este Contrato se aplicarán durante el siguiente período: ________ tras la firma de este Acuerdo, contando de forma inmediata tras su firma.


OCTAVA. 558288888555

58 25282222 8852552 28 8828585222 22 85 222588555 22252 858 255228. 82 2825 22525, 8558858255 52 858 255228 22555 258285 85 852288282222, 585282252 858 288258 858 8228285228858 282588288558 22 28 25282222 8852552 22 52858822 822 85 82852288282222.

25 25825, 225 8558858255 52 858 255228, 52 85 258222885 528 852288282222 52 8558858255 52 858 288825882228 528228558 22 28 25282222 8852552, 22 52282555 58 5252852 52 58855 25522 5 55825 85825 85 28825.

225 582822, 85 52252885 225 855885825 25522 52 525 88558585 52 2822 8852552 22 22555 8222525225582 28 8222 525 52252885 5 522528855 855885825 82852288282222 228225825 52 58855 88558585, 28 8222 525 52252885 52 85 28825.


NOVENA. Extinción de las obligaciones

Las Partes declaran dar por terminadas, saldadas y finiquitadas sus respectivas obligaciones derivadas del Contrato, manifestando no tener nada más que reclamar sobre el mismo bajo ningún concepto, excepto las obligaciones derivadas de las cláusulas de este Acuerdo.


DÉCIMA. Inexistencia de renuncia

La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el Acuerdo, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Acuerdo; y, (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Acuerdo.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Acuerdo, o a una parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, pudiendo quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportuno, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.


DECIMOPRIMERA. Incumplimiento del Acuerdo

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones recogidas en el presente Acuerdo facultará a la otra Parte a:

(a) Exigir su cumplimiento más el correspondiente pago de intereses derivados del retraso en el cumplimiento.

(b) Resolver el Acuerdo en el caso de que no se rectifique o subsane el incumplimiento por parte de la Parte incumplidora en el plazo de diez (10) días naturales desde la fecha en la que se verifique el incumplimiento, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios más el pago de intereses por el retraso en el cumplimiento siguiendo lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.

Nadie podrá eximirse del cumplimiento de las obligaciones del presente Acuerdo mediante el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse el cumplimiento de las obligaciones o prestaciones debidas junto a la satisfacción de la correspondiente indemnización.


DECIMOSEGUNDA. Protección de datos

Las Partes de este Acuerdo conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Acuerdo consienten que sus datos personales recogidos en el presente Acuerdo, así como aquellos que se pudiesen haber obtenido durante la ejecución del Contrato, podrían ser o haber sido incorporados por la otra Parte a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta cláusula no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


DECIMOTERCERA. Miscelánea

I. Acuerdo Único

El presente Acuerdo sustituye y reemplaza a todos los restantes contratos o pactos, escritos o verbales, concluidos entre las Partes de forma previa a la suscripción del Acuerdo en relación con el mismo objeto, los cuales dejan de tener la vigencia y efectividad desde la fecha recogida en el encabezamiento del presente Acuerdo.

II. Modificaciones

Carecerá de validez y eficacia cualquier modificación del Acuerdo que no se recoja por escrito y que no sea formalizada por las Partes en forma idéntica a la del presente Acuerdo.

III. Nulidad parcial

La posible declaración, ya sea por un órgano judicial o administrativo, de la ilegalidad, invalidez, nulidad o inexigibilidad de las demás cláusulas del presente Acuerdo o de parte de las mismas, no acarreará la ilegalidad, invalidez o inexigibilidad de las demás cláusulas ni de las restantes partes de las mismas, las cuáles permanecerán válidas en todo aquello que proceda, todo ello siempre que las cláusulas o parte de las mismas declaradas ilegales, nulas, inválidas o inexigibles no sean esenciales.

Las cláusulas o partes de las mismas declaradas ilegales, nulas, inválidas o no exigibles se estimarán eliminadas del Acuerdo o no aplicables en esa circunstancia, según los casos, y las Partes negociarán de buena fe su sustitución para adecuarlas a la finalidad pretendida con las mismas.

DECIMOCUARTA. Notificaciones

Las Partes designan como domicilio a efectos de notificaciones los consignados en el encabezamiento del presente Acuerdo. Las notificaciones se realizarán por escrito a través de medio fehaciente que deje constancia de la fecha de su envío, así como de la dirección a la que se dirige y la fecha de recepción por la otra Parte.


DECIMOQUINTA. Ley aplicable y jurisdicción competente

El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española y, en particular, al Código Civil.

Las Partes se someten para la resolución de cualesquiera disputas o reclamaciones derivadas de la interpretación o ejecución del Acuerdo, incluyendo todas aquellas obligaciones no contractuales derivadas o relativas al Acuerdo, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.

Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman este Acuerdo en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.

EL EMPLEADOR


.....................................................
D. ________

EL TRABAJADOR


.....................................................
D. ________