Contrato de compraventa de cartera de clientes

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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CARTERA DE CLIENTES


En ________, a ________


De una parte,


D. ________, mayor de edad, con domicilio en ________, con D.N.I número ________, y en su propio nombre y representación.

En adelante, el "VENDEDOR".


De otra parte,


Doña ________, mayor de edad, con domicilio en ________, con D.N.I número ________, y en su propio nombre y representación.

En adelante, el "COMPRADOR".


En adelante, el VENDEDOR y el COMPRADOR será referidos conjuntamente como las "Partes", y cada uno de ellos, individualmente, como la "Parte", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse, y en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CARTERA DE CLIENTES. En adelante, el "Contrato".


MANIFIESTAN


I.-
Que el VENDEDOR es una empresa dedicada, entre otras actividades, a: ________ y, en ejercicio de su actividad, ha generado una Cartera de Clientes a los que viene prestando una serie de servicios; dicha Cartera de Clientes, junto con los servicios que específicamente se presta a cada uno, viene detallada en el Anexo I del presente Contrato.

II.- Que el VENDEDOR ha decidido poner fin al ejercicio de la actividad anteriormente citada por lo que, a consecuencia de ello, está interesado en transmitir la titularidad sobre la Cartera de Clientes anteriormente indicada.

III.- Que el COMPRADOR es una empresa interesada en la adquisición de la Cartera de Clientes del VENDEDOR señalada en el apartado anterior. Además, el COMPRADOR tiene una acreditada experiencia en la prestación de servicios de dichos servicios, y dispone de la capacidad técnica y humana necesaria para préstarlos con los niveles de calidad y servicio óptimos para los clientes del VENDEDOR.

IV.- Que, en virtud de las consideraciones precedentes, ambas Partes acuerdan otorgar la presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CARTERA DE CLIENTES con sujeción a las siguientes


CLÁUSULAS


PRIMERA.- OBJETO

Mediante el presente Contrato de compraventa de cartera de clientes, el VENDEDOR vende al COMPRADOR, el cual adquiere, la cartera de clientes descrita en el Exponente I y detallada en el Anexo I (en adelante, "la Cartera de Clientes").

La transmisión de la titularidad sobre la cartera de clientes objeto del presente Contrato se produce mediante la firma e implica igualmente la transmisión de todos los derechos y obligaciones sobre la misma.


SEGUNDA.- MODIFICACIONES O AMPLIACIONES DEL OBJETO

Si durante la vigencia del presente Contrato, el VENDEDOR y/o el COMPRADOR consideran oportuno modificar y/o ampliar la prestación de Servicios objeto del presente Contrato, ambas Partes deberán negociar el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones en la prestación.

Los acuerdos adoptado en la negociación deberán constar por escrito, y quedarán incorporados como anexos al presente Contrato. En el caso que ambas Partes no se pusieran de acuerdo sobre dichas modificaciones o ampliaciones, cualquiera de las Partes podrá resolver el presente Contrato.

En su caso, si el VENDEDOR y/o el COMPRADOR consideran oportuno modificar o alterar los Servicios objeto del presente Contrato, este deberá notificar a la otra Parte con el fin de negociar y/o acordar el nuevo precio de la prestación de Servicios.


TERCERA.- PRECIO

a) Contraprestación económica

El precio total de la venta asciende a un total de ________ (________) €, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y cualesquiera otros impuestos correspondientes, que serán a cargo del COMPRADOR, salvo aquellos que la ley expresamente atribuya al VENDEDOR. Este precio ha sido fijado conforme a la tasación efectuada por un perito especializado, y aceptada por ambas Partes.

En este mismo acto, el COMPRADOR satisface su obligación pecuniaria, mediante un pago al contado al VENDEDOR de la cantidad estipulada.

El VENDEDOR declara haber recibido esta cantidad a su entera satisfacción, por lo que este documento constituye la más formal y solemne carta de pago que en derecho corresponda.

El COMPRADOR y el VENDEDOR pactan que todas las bajas de clientes producidas en el siguiente plazo: ________ a partir de la firma del presente Contrato supondrán un ajuste en el precio. El precio se rebajará en proporción a la facturación que supongan los clientes perdidos respecto a la facturación total.

b) Forma de pago

La cantidad se podrá satisfacer por cualquier medio de pago.


CUARTA.- 585585555 85 852888

82 82222528555 822 28 55288582 2282 528 825822 88888, 855885825 5225582 22 28 2522, 252828555 52 5522222 528 252882 52 85 82225 225 5288858822 52 52 8222528 52 522255.

58 2822 52 8222528 225522582 8255 82558 58 2822 52 5222522885 2 52 52282528858822 822282558 528 85282 8222558 5552222 22 88225 5 2 52 22252 2555 28 258225 82228252 528 522 825528222582222, 2 5 2 52 25882 2555 28 8225252 82228252 528 522 825528222582222.


QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE MIGRACIÓN

El proceso migratorio de la Cartera de Clientes se realizará ajustándose a lo siguiente:

________

A tales efectos, los clientes que formen parte de la cartera cedida serán notificados de dicha subrogación por correo electrónico en el siguiente plazo: ________. El COMPRADOR les notificará los nuevos detalles de facturación y cobro para que puedan seguir abonando el precio de los servicios debidos.


SEXTA.- OBLIGACIONES
DEL VENDEDOR

Constituirán obligaciones del VENDEDOR:

a) Entregar al COMPRADOR copia del expediente de cada uno de los clientes integrantes de la Cartera de Cliente, así como toda la documentación comercial e información disponible correspondiente a las obligaciones objeto del presente Contrato dentro del siguiente plazo: ________ a partir de la firma del presente Contrato;

b) Una vez entregada la documentación, el VENDEDOR y el COMPRADOR procederán a suscribir actas de conformidad a la entrega y a la respectiva recepción de la documentación correspondiente; producida la entrega de la documentación a favor del COMPRADOR, su manejo, transporte y custodia serán de exclusiva responsabilidad.

c) Cumplir todas las obligaciones establecidas en el Contrato.


SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

Constituirán obligaciones del COMPRADOR:

a) La satisfacción del precio fijado, en la fecha y de acuerdo con las modalidades convenidas en la estipulación Tercera del presente Contrato.

b) Recibir la Cartera de Clientes en la fecha acordada, y asumir las cargas y los riesgos de la misma desde la fecha de suscripción del presente Contrato;

c) Notificar oportunamente al VENDEDOR de cualquier demanda, amenaza, de demanda o litigio promovido o que pretenda promover un tercero en contra del VENDEDOR y del que llegare a tener conocimiento, por razón de este contrato o derivada de las obligaciones que se transfieren en desarrollo del mismo;

d) Atender los requerimientos de las autoridades judiciales y administrativas relacionadas con la Cartera de Clientes;

e) Respetar los acuerdos de pago que haya suscrito el VENDEDOR con los deudores antes de las fecha de suscripción del presente Contrato;

f) Mantener la confidencialidad de los datos e información de los deudores, titulares y avalistas, y respetar su buen nombre e intimidad, de conformidad con el régimen legal aplicable;

g) Finalmente, respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD

Las Partes se comprometen a tomar todas las medidas necesarias para mantener en secreto y confidencialmente todas las informaciones que les hayan sido comunicadas como tal por la otra Parte durante la ejecución del Contrato, y a no reproducir, publicar ni difundir ninguna información relacionada con el presente Contrato y sus negociaciones. La obligación de este artículo no se aplicará a:

a) toda aquella información que sea del dominio público,

b) toda aquella información de que las Partes dispusieren antes de haberle sido facilitada por la otra Parte; y

c) toda aquella información legalmente adquirida por las Partes de fuentes distintas a la otra Parte.

Las Partes se comprometen a utilizar estas informaciones únicamente para la ejecución del Contrato. Igualmente, se comprometen a no explotar, por cuenta propia o de un tercero, directa o indirectamente, toda o parte de estas informaciones.

Las Partes acuerdan guardar la más estricta confidencialidad acerca de los términos y condiciones de la presente operación hasta después de la firma del Contrato de compraventa de la cartera de clientes en el supuesto que el COMPRADOR ejerciera el derecho de opción de compra. Los términos económicos del presente Contrato subsistirán como elementos confidenciales.

Toda violación o incumplimiento, por una u otra Parte de la presente estipulación conlleva la obligación, para aquella Parte que cometió dicho incumplimiento, de pagar a la otra Parte una indemnización compensatoria, sin perjuicio, del derecho de la Parte considerada afectada a ejercer o iniciar todas las acciones pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS

Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Ninguna de las Partes asume responsabilidad alguna por cualquier incumplimiento de la normativa vigente de protección de datos por la otra Parte.

En el caso de que la prestación de los Servicios suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, el VENDEDOR, como encargado del tratamiento, queda obligado al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable. El VENDEDOR se compromete, por tanto, a:

a) Utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones contractuales.

b) Observar y adoptar cuantas medidas de seguridad sean necesarias para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso, así como a adoptar en el futuro cuantas medidas de seguridad sean exigidas por las leyes y reglamentos destinadas a preservar el secreto, confidencialidad e integridad en el tratamiento automatizado de datos personales.

c) A no ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación.

d) Conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el VENDEDOR se obliga a guardar secreto profesional y la máxima confidencialidad respecto de todos los datos de carácter personal que conozca y a los que tenga acceso durante la realización del presente Contrato, pudiendo el COMPRADOR ejercer las acciones legales pertinentes si así no procediese.


DÉCIMA.- PACTO DE NO CONCURRENCIA

El VENDEDOR se obliga a no llevar a cabo la venta de productos y/o servicios de clase similar o que puedan ser objeto de competencia con el COMPRADOR durante el siguiente plazo: ________ contado desde la firma del presente Contrato. En todo caso, se considerará que existe acto de competencia indirecta cuando se ejercite la actividad prohibida a través de familiares directos, que se encuentren al menos dentro del segundo grado de parentesco o a través de sociedades interpuestas. La obligación de no competencia será aplicable en la siguiente zona geográfica:

________

Por tanto, el VENDEDOR no podrá, dentro del ámbito temporal arriba indicado:

  • participar en un negocio o proyecto que sea igual, similar o en competencia con la actividad del presente Contrato, o
  • devenir propietario, socio, administrador o relacionarse de ninguna otra forma con entidades relacionadas con un negocio que presente actividades similares al de la actividad del presente Contrato o que de cualquier otra forma compita con el mismo, o
  • contactar ni contratar negocios de forma directa o indirecta, ni intentará vender, otorgar licencias o proporcionar productos o servicios similares a los que ahora se proporcionan a cualquier cliente cedido.

Toda violación o incumplimiento por cualquier de las Partes de lo aquí acordado conlleva su obligación de pagar a la otra Parte una indemnización compensatoria, sin perjuicio, del derecho de las empresas a ejercer o iniciar todas las acciones pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


DECIMOPRIMERA.- RESOLUCIÓN CONTRACTUAL

El presente Contrato podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen. Igualmente, podrá ser resuelto en cualquier momento por cada una de las Partes, a su elección, sin necesidad de intervención judicial, y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, por "causa justificada", descrita aquí como:

a) el incumplimiento por la otra Parte de cualquiera de las obligaciones previstas en este Contrato que no sea corregido en el plazo de treinta (30) días a partir de la notificación escrita y fehaciente enviada para que así se haga; o

b) en caso de incapacidad o fallecimiento del VENDEDOR o del COMPRADOR;

c) la situación de insolvencia, la expropiación o embargo de una parte sustancial de sus activos o la declaración de la situación legal de concurso de acreedores de cualquiera de las Partes; o

d) por disolución y liquidación acordada voluntariamente por el órgano de administración de cualquiera de las Partes; o

e) las demás establecidas por el presente Contrato y por la Ley.


DECIMOSEGUNDA.- DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES

Todas las comunicaciones que en virtud de este documento deban o debieren ser enviadas lo serán por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte, y se interpretarán como correctamente enviadas al VENDEDOR o al COMPRADOR, si se dirigen a las direcciones de las mismas que figuran en este Contrato. Cada una de las Partes puede, por medio de notificación escrita enviada a la otra Parte, cambiar la dirección a la que deban mandarse cualesquiera comunicaciones.


DECIMOTERCERA.- JURISDICCIÓN

En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación a o derivado de la interpretación o ejecución del mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


DECIMOCUARTA.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y ANULABILIDAD

Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.

Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato de consultoría, forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.

Además, si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes del Contrato afectadas.


Y en prueba de conformidad las partes firman el presente Contrato, extendido por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicada en el encabezamiento del mismo.



EL VENDEDOR:


D. ________



EL COMPRADOR:


Doña ________

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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CARTERA DE CLIENTES


En ________, a ________


De una parte,


D. ________, mayor de edad, con domicilio en ________, con D.N.I número ________, y en su propio nombre y representación.

En adelante, el "VENDEDOR".


De otra parte,


Doña ________, mayor de edad, con domicilio en ________, con D.N.I número ________, y en su propio nombre y representación.

En adelante, el "COMPRADOR".


En adelante, el VENDEDOR y el COMPRADOR será referidos conjuntamente como las "Partes", y cada uno de ellos, individualmente, como la "Parte", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse, y en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CARTERA DE CLIENTES. En adelante, el "Contrato".


MANIFIESTAN


I.-
Que el VENDEDOR es una empresa dedicada, entre otras actividades, a: ________ y, en ejercicio de su actividad, ha generado una Cartera de Clientes a los que viene prestando una serie de servicios; dicha Cartera de Clientes, junto con los servicios que específicamente se presta a cada uno, viene detallada en el Anexo I del presente Contrato.

II.- Que el VENDEDOR ha decidido poner fin al ejercicio de la actividad anteriormente citada por lo que, a consecuencia de ello, está interesado en transmitir la titularidad sobre la Cartera de Clientes anteriormente indicada.

III.- Que el COMPRADOR es una empresa interesada en la adquisición de la Cartera de Clientes del VENDEDOR señalada en el apartado anterior. Además, el COMPRADOR tiene una acreditada experiencia en la prestación de servicios de dichos servicios, y dispone de la capacidad técnica y humana necesaria para préstarlos con los niveles de calidad y servicio óptimos para los clientes del VENDEDOR.

IV.- Que, en virtud de las consideraciones precedentes, ambas Partes acuerdan otorgar la presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CARTERA DE CLIENTES con sujeción a las siguientes


CLÁUSULAS


PRIMERA.- OBJETO

Mediante el presente Contrato de compraventa de cartera de clientes, el VENDEDOR vende al COMPRADOR, el cual adquiere, la cartera de clientes descrita en el Exponente I y detallada en el Anexo I (en adelante, "la Cartera de Clientes").

La transmisión de la titularidad sobre la cartera de clientes objeto del presente Contrato se produce mediante la firma e implica igualmente la transmisión de todos los derechos y obligaciones sobre la misma.


SEGUNDA.- MODIFICACIONES O AMPLIACIONES DEL OBJETO

Si durante la vigencia del presente Contrato, el VENDEDOR y/o el COMPRADOR consideran oportuno modificar y/o ampliar la prestación de Servicios objeto del presente Contrato, ambas Partes deberán negociar el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones en la prestación.

Los acuerdos adoptado en la negociación deberán constar por escrito, y quedarán incorporados como anexos al presente Contrato. En el caso que ambas Partes no se pusieran de acuerdo sobre dichas modificaciones o ampliaciones, cualquiera de las Partes podrá resolver el presente Contrato.

En su caso, si el VENDEDOR y/o el COMPRADOR consideran oportuno modificar o alterar los Servicios objeto del presente Contrato, este deberá notificar a la otra Parte con el fin de negociar y/o acordar el nuevo precio de la prestación de Servicios.


TERCERA.- PRECIO

a) Contraprestación económica

El precio total de la venta asciende a un total de ________ (________) €, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y cualesquiera otros impuestos correspondientes, que serán a cargo del COMPRADOR, salvo aquellos que la ley expresamente atribuya al VENDEDOR. Este precio ha sido fijado conforme a la tasación efectuada por un perito especializado, y aceptada por ambas Partes.

En este mismo acto, el COMPRADOR satisface su obligación pecuniaria, mediante un pago al contado al VENDEDOR de la cantidad estipulada.

El VENDEDOR declara haber recibido esta cantidad a su entera satisfacción, por lo que este documento constituye la más formal y solemne carta de pago que en derecho corresponda.

El COMPRADOR y el VENDEDOR pactan que todas las bajas de clientes producidas en el siguiente plazo: ________ a partir de la firma del presente Contrato supondrán un ajuste en el precio. El precio se rebajará en proporción a la facturación que supongan los clientes perdidos respecto a la facturación total.

b) Forma de pago

La cantidad se podrá satisfacer por cualquier medio de pago.


CUARTA.- 585585555 85 852888

82 82222528555 822 28 55288582 2282 528 825822 88888, 855885825 5225582 22 28 2522, 252828555 52 5522222 528 252882 52 85 82225 225 5288858822 52 52 8222528 52 522255.

58 2822 52 8222528 225522582 8255 82558 58 2822 52 5222522885 2 52 52282528858822 822282558 528 85282 8222558 5552222 22 88225 5 2 52 22252 2555 28 258225 82228252 528 522 825528222582222, 2 5 2 52 25882 2555 28 8225252 82228252 528 522 825528222582222.


QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE MIGRACIÓN

El proceso migratorio de la Cartera de Clientes se realizará ajustándose a lo siguiente:

________

A tales efectos, los clientes que formen parte de la cartera cedida serán notificados de dicha subrogación por correo electrónico en el siguiente plazo: ________. El COMPRADOR les notificará los nuevos detalles de facturación y cobro para que puedan seguir abonando el precio de los servicios debidos.


SEXTA.- OBLIGACIONES
DEL VENDEDOR

Constituirán obligaciones del VENDEDOR:

a) Entregar al COMPRADOR copia del expediente de cada uno de los clientes integrantes de la Cartera de Cliente, así como toda la documentación comercial e información disponible correspondiente a las obligaciones objeto del presente Contrato dentro del siguiente plazo: ________ a partir de la firma del presente Contrato;

b) Una vez entregada la documentación, el VENDEDOR y el COMPRADOR procederán a suscribir actas de conformidad a la entrega y a la respectiva recepción de la documentación correspondiente; producida la entrega de la documentación a favor del COMPRADOR, su manejo, transporte y custodia serán de exclusiva responsabilidad.

c) Cumplir todas las obligaciones establecidas en el Contrato.


SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

Constituirán obligaciones del COMPRADOR:

a) La satisfacción del precio fijado, en la fecha y de acuerdo con las modalidades convenidas en la estipulación Tercera del presente Contrato.

b) Recibir la Cartera de Clientes en la fecha acordada, y asumir las cargas y los riesgos de la misma desde la fecha de suscripción del presente Contrato;

c) Notificar oportunamente al VENDEDOR de cualquier demanda, amenaza, de demanda o litigio promovido o que pretenda promover un tercero en contra del VENDEDOR y del que llegare a tener conocimiento, por razón de este contrato o derivada de las obligaciones que se transfieren en desarrollo del mismo;

d) Atender los requerimientos de las autoridades judiciales y administrativas relacionadas con la Cartera de Clientes;

e) Respetar los acuerdos de pago que haya suscrito el VENDEDOR con los deudores antes de las fecha de suscripción del presente Contrato;

f) Mantener la confidencialidad de los datos e información de los deudores, titulares y avalistas, y respetar su buen nombre e intimidad, de conformidad con el régimen legal aplicable;

g) Finalmente, respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD

Las Partes se comprometen a tomar todas las medidas necesarias para mantener en secreto y confidencialmente todas las informaciones que les hayan sido comunicadas como tal por la otra Parte durante la ejecución del Contrato, y a no reproducir, publicar ni difundir ninguna información relacionada con el presente Contrato y sus negociaciones. La obligación de este artículo no se aplicará a:

a) toda aquella información que sea del dominio público,

b) toda aquella información de que las Partes dispusieren antes de haberle sido facilitada por la otra Parte; y

c) toda aquella información legalmente adquirida por las Partes de fuentes distintas a la otra Parte.

Las Partes se comprometen a utilizar estas informaciones únicamente para la ejecución del Contrato. Igualmente, se comprometen a no explotar, por cuenta propia o de un tercero, directa o indirectamente, toda o parte de estas informaciones.

Las Partes acuerdan guardar la más estricta confidencialidad acerca de los términos y condiciones de la presente operación hasta después de la firma del Contrato de compraventa de la cartera de clientes en el supuesto que el COMPRADOR ejerciera el derecho de opción de compra. Los términos económicos del presente Contrato subsistirán como elementos confidenciales.

Toda violación o incumplimiento, por una u otra Parte de la presente estipulación conlleva la obligación, para aquella Parte que cometió dicho incumplimiento, de pagar a la otra Parte una indemnización compensatoria, sin perjuicio, del derecho de la Parte considerada afectada a ejercer o iniciar todas las acciones pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS

Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Ninguna de las Partes asume responsabilidad alguna por cualquier incumplimiento de la normativa vigente de protección de datos por la otra Parte.

En el caso de que la prestación de los Servicios suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, el VENDEDOR, como encargado del tratamiento, queda obligado al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable. El VENDEDOR se compromete, por tanto, a:

a) Utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones contractuales.

b) Observar y adoptar cuantas medidas de seguridad sean necesarias para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso, así como a adoptar en el futuro cuantas medidas de seguridad sean exigidas por las leyes y reglamentos destinadas a preservar el secreto, confidencialidad e integridad en el tratamiento automatizado de datos personales.

c) A no ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación.

d) Conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el VENDEDOR se obliga a guardar secreto profesional y la máxima confidencialidad respecto de todos los datos de carácter personal que conozca y a los que tenga acceso durante la realización del presente Contrato, pudiendo el COMPRADOR ejercer las acciones legales pertinentes si así no procediese.


DÉCIMA.- PACTO DE NO CONCURRENCIA

El VENDEDOR se obliga a no llevar a cabo la venta de productos y/o servicios de clase similar o que puedan ser objeto de competencia con el COMPRADOR durante el siguiente plazo: ________ contado desde la firma del presente Contrato. En todo caso, se considerará que existe acto de competencia indirecta cuando se ejercite la actividad prohibida a través de familiares directos, que se encuentren al menos dentro del segundo grado de parentesco o a través de sociedades interpuestas. La obligación de no competencia será aplicable en la siguiente zona geográfica:

________

Por tanto, el VENDEDOR no podrá, dentro del ámbito temporal arriba indicado:

  • participar en un negocio o proyecto que sea igual, similar o en competencia con la actividad del presente Contrato, o
  • devenir propietario, socio, administrador o relacionarse de ninguna otra forma con entidades relacionadas con un negocio que presente actividades similares al de la actividad del presente Contrato o que de cualquier otra forma compita con el mismo, o
  • contactar ni contratar negocios de forma directa o indirecta, ni intentará vender, otorgar licencias o proporcionar productos o servicios similares a los que ahora se proporcionan a cualquier cliente cedido.

Toda violación o incumplimiento por cualquier de las Partes de lo aquí acordado conlleva su obligación de pagar a la otra Parte una indemnización compensatoria, sin perjuicio, del derecho de las empresas a ejercer o iniciar todas las acciones pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


DECIMOPRIMERA.- RESOLUCIÓN CONTRACTUAL

El presente Contrato podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen. Igualmente, podrá ser resuelto en cualquier momento por cada una de las Partes, a su elección, sin necesidad de intervención judicial, y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, por "causa justificada", descrita aquí como:

a) el incumplimiento por la otra Parte de cualquiera de las obligaciones previstas en este Contrato que no sea corregido en el plazo de treinta (30) días a partir de la notificación escrita y fehaciente enviada para que así se haga; o

b) en caso de incapacidad o fallecimiento del VENDEDOR o del COMPRADOR;

c) la situación de insolvencia, la expropiación o embargo de una parte sustancial de sus activos o la declaración de la situación legal de concurso de acreedores de cualquiera de las Partes; o

d) por disolución y liquidación acordada voluntariamente por el órgano de administración de cualquiera de las Partes; o

e) las demás establecidas por el presente Contrato y por la Ley.


DECIMOSEGUNDA.- DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES

Todas las comunicaciones que en virtud de este documento deban o debieren ser enviadas lo serán por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte, y se interpretarán como correctamente enviadas al VENDEDOR o al COMPRADOR, si se dirigen a las direcciones de las mismas que figuran en este Contrato. Cada una de las Partes puede, por medio de notificación escrita enviada a la otra Parte, cambiar la dirección a la que deban mandarse cualesquiera comunicaciones.


DECIMOTERCERA.- JURISDICCIÓN

En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación a o derivado de la interpretación o ejecución del mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.


DECIMOCUARTA.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y ANULABILIDAD

Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.

Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato de consultoría, forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.

Además, si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes del Contrato afectadas.


Y en prueba de conformidad las partes firman el presente Contrato, extendido por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicada en el encabezamiento del mismo.



EL VENDEDOR:


D. ________



EL COMPRADOR:


Doña ________