Contrato de personal de alta dirección

Progresión:
0%
?
X

Indique la ciudad en la que se va realizar la firma de este contrato de trabajo de alta dirección.



¿Necesita ayuda personalizada?
Al final, tendrá la opción de consultar a un abogado.

¿Necesitas
ayuda?
Modificar el modelo

CONTRATO DE TRABAJO ESPECIAL DE ALTA DIRECCIÓN


En ________, a ________


REUNIDOS


De una parte
,

________, mayor de edad, con DNI/NIF: ________, y en calidad de: apoderada de la empresa, por tanto, actuando en virtud de escritura pública y/o autorización pertinente, en nombre y representación de ________, de nacionalidad ________, con domicilio social en ________, C.I.F./N.I.F. núm. ________, con código de la cuenta de cotización a la Seguridad Social: ________ e inscrita en: ________, con los siguientes datos: ________.

En adelante, la "Empleadora".


De otra parte,

________, con DNI/NIF: ________ y número de afiliación a la Seguridad Social: ________, de nacionalidad: ________, con fecha de nacimiento: ________, domicilio en: ________, con el siguiente nivel formativo: ________ y en su propio nombre y representación.

En adelante, el "Directivo".


La Empleadora y el Directivo que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, como la "Parte" y conjuntamente, como las "Partes", reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para contratar y obligarse en la representación que actúan y siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones,


EXPONEN


I. Que, teniendo en cuenta su formación y su trayectoria profesional, el Directivo dispone de una notable experiencia y conocimiento en el ámbito de ________;

II. Que la Empleadora, en virtud de dicha formación y experiencia, desea contar con los servicios del Directivo, con el objetivo de desarrollar el cargo de: ________;

III. Y que habiendo llegado las Partes, libre y espontáneamente, a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente CONTRATO DE TRABAJO DE ALTA DIRECCIÓN con carácter indefinido en virtud de lo recogido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, en adelante el "Contrato" o el "Contrato de trabajo de alto directivo", que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre las Partes, así como de sus términos y condiciones, y que se regirá por las siguientes, y en lo aquí no recogido, por las disposiciones del Real Decreto antes mencionado.


ESTIPULACIONES


PRIMERA.- Objeto. Puesto de trabajo

El presente Contrato de trabajo se celebra para el desarrollo de las labores y actividades de gerencia propias de un alto directivo de forma indefinida con plena autonomía.

A tal efecto, la Empleadora otorgará los poderes generales o especiales necesarios al Directivo para el correcto desarrollo de su labor.

El Directivo prestará sus servicios en el puesto de: ________. Dentro de este puesto, el Directivo desarrollará las siguientes funciones:

________

En todo caso, la Empleadora se reserva el derecho de involucrar al Directivo en otras funciones de acuerdo a la formación y experiencia profesional del mismo.


SEGUNDA.- Lugar de trabajo

El Directivo prestará sus servicios en el centro de trabajo ubicado en:

________

No obstante, la Empleadora se reserva el derecho a modificar, respetando los preavisos legalmente establecidos, el lugar de trabajo del Directivo, incluso si este traslado exige un cambio de residencia, siempre que se encuentre justificado por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.

En todo caso, el Directivo acepta que, dadas las características del puesto, estará obligado a realizar los viajes, tanto dentro como fuera de España, y reubicaciones temporales, necesarios para el desarrollo de su actividad.


TERCERA.- Jornada de trabajo

La jornada de trabajo y el tiempo destinado al mismo será fijado libremente por las partes, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. De esta forma, el tiempo de trabajo y la jornada laboral no quedan sujetas a los límites y la distribución de la jornada contenida en la legislación laboral común.


CUARTA.- Duración del Contrato

La duración del presente Contrato será indefinida, iniciándose la relación laboral el día ________.


QUINTA.- Periodo de prueba

Las Partes acuerdan que se establezca un periodo de prueba de ________ de duración.

Durante este periodo de prueba, ambas Partes deben cumplir, en todo caso, con sus respectivas obligaciones y gozan de los derechos que les corresponden producto de la relación laboral. No obstante, cualquiera de ellas puede instar la resolución de este Contrato sin necesidad de alegar motivo o causa alguna, y sin que se deba una indemnización por ello. Para instar dicha resolución, la Parte interesada en resolver el Contrato deberá notificárselo a la otra con, como mínimo, el siguiente preaviso a la fecha en la que el desistimiento será efectivo: ________.

Aun no mediando indemnización, la Empleadora deberá en todo caso realizar la liquidación al Directivo de los días efectivamente trabajados así como de la parte proporcional correspondiente a vacaciones por el periodo trabajado y al concepto de paga extra salarial.

Transcurrido el periodo de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el presente Contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del Directivo en la empresa.


SEXTA.- Retribución

El Directivo percibirá una retribución de ________ (________ €) brutos anuales, que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales:

________

El pago de la retribución se efectuará mensualmente por meses vencidos, el siguiente día: ________. El pago se efectuará mediante transferencia o ingreso bancario, en la siguiente cuenta a nombre del Directivo:

________.

La documentación del salario se hará mediante la entrega al Directivo de una nómina o recibo individual y justificativo del pago del mismo, que se ajustará al modelo aplicable a la Empresa.

La Empleadora declara y el Directivo reconoce que esta retribución incluye la compensación económica por la cláusula de exclusividad y no competencia pactada en el presente Contrato.


SÉPTIMA.- Vacaciones anuales

La duración de las vacaciones anuales retribuidas del Directivo será de: ________.

El calendario de vacaciones se fijará en la empresa de manera que el Directivo conozca las fechas que le corresponden al menos con la siguiente antelación antes del comienzo de su disfute: ________.

El disfrute de las vacaciones debe producirse dentro del año al que correspondan, no siendo posible acumularlas, salvo que la fecha prevista de disfrute coincida en el tiempo con una incapacidad temporal.

En caso de extinción del Contrato de trabajo, las vacaciones anuales no disfrutadas serán objeto de una compensación económica incluida en el finiquito.


OCTAVA.- Revisiones médicas

La Empleadora podrá solicitar que el Directivo se someta en cualquier momento a cuantas revisiones médicas estime oportunas, así como proceder a la comprobación de las situaciones de baja que lo afecten, ya sea a través de los servicios médicos de la empresa, Mutua patronal o servicio concertado, estando autorizado para recibir información del resultado de las mismas, no en cuanto al diagnóstico sino en cuanto a si es apto o no para el trabajo o a si la situación de incapacidad temporal en la que se encuentra es procedente o no.

En relación con el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Directivo presta su consentimiento para que se vigile su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.


NOVENA.- Cláusula de exclusividad y no competencia

Durante la vigencia del presente Contrato, el Directivo prestará sus servicios en régimen de dedicación exclusiva al Empleador.

Así, el Directivo no podrá prestar asesoramiento o servicios a favor de personas físicas o jurídicas que se dediquen a un objeto similar o que pueda considerarse competencia de la Empleadora, ya sea en régimen de contrato laboral, incluso si se trata de una relación laboral especial, o en régimen de arrendamiento de servicios o asesoramiento interno, de modo directo o indirecto a través de personas jurídicas interpuestas. Tampoco podrá tener ningún interés económico, ni participar directa o indirectamente en el capital de una empresa cuya actividad sea análoga o similar a la de la Empleadora, ya sea por cuenta propia o ajena, de modo directo o indirecto a través de persona ni de cualquier otra clase en actividades empresariales idénticas o similares a la desarrollada por la Empleadora.

El Directivo tampoco podrá realizar ninguna otra actividad económica, además de la prestación de sus servicios al Empleador, ya sea por cuenta propia o ajena, de modo directo o indirecto a través de personas jurídicas interpuestas, incluso si esta actividad no puede considerarse competencia al Empleador.

Como contraprestación de esta plena dedicación, el Directivo percibirá la compensación económica que en cada momento figure en el desglose de la nómina bajo este concepto. Así, esta compensación está incluida en la retribución bruta anual establecida en la estipulación sexta, la cual se ha determinado teniendo en cuenta esta cláusula de exclusividad.

El incumplimiento por parte del Directivo de lo establecido en la presente estipulación dará lugar a una indemnización en favor de la Empleadora por los daños y perjuicios sufridos ascendiente a ________ (________ €).

Esta penalidad se considera justa por el Directivo dada la relevancia para la actividad de la Empleadora que supone el respeto de lo contenido en esta estipulación.


DÉCIMA.- Preaviso de cese voluntario

Salvo condición más beneficiosa, se acuerda que el preaviso del cese voluntario del Directivo será de: ________ mediante notificación fehaciente.

Si el Director incumple total o parcialmente este preaviso, quedará obligado a compensar a la Empleadora con una cuantía equivalente a los salarios correspondientes a la duración del periodo de preaviso incumplido.


DECIMOPRIMERA.- Aceptación de cargo público

El Directivo informará a la Empleadora en el caso de que su horario de trabajo se pueda ver influido por su aceptación de un cargo público, ya sea a nivel local, regional o nacional. En ese caso, la Empleadora decidirá en cada caso en relación con la autorización del cambio de horarios.


DECIMOSEGUNDA.- Comunicación del Contrato

El contenido del presente Contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de los 10 días siguientes a la fecha de su concertación, que figura en el encabezamiento.


DECIMOTERCERA.- Protección de datos

Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Contrato, y su comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal, consienten que sus datos personales recogidos en el presente Contrato, así como aquellos que se pudiesen recoger en el futuro para poder dar cumplimiento o una correcta ejecución de este mismo, podrían ser incorporados por la otra Parte, o por el Servicio Público de Empleo, a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados más allá del supuesto contemplado en la cláusula anterior, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta cláusula no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


DECIMOCUARTA.- 5222258555 528 82225522. 825858888555

5822 82225522 5225 882 222822 2252 5852552, 2222258282222, 8222522882 2/2 22228858822 852 82 5588282 528555288552 25288522222 22252 858 255228.

88828822, 858 255228 528222822 852, 22 8582 52 2588285, 5285222228 822528 2/2 55252228 58 25282222 82225522 52 2558522, 28228 225252 25522 2 82222552 28 28822, 5 22528 828 2228228 8225828.

852258, 88 82 58282 28 8582 52 852 525 2 855858 885585858 5288282552 8222885828 2 252822 525858828 2 25858 52 28222 5252852, 82 2225552 225 22 2528258, 25222282252 28 52822 528 82225522 2255 85 252525 8828585222 22252 858 255228. 2822552 2822 8582, 858 255228 82 82225222222, 88 25255 228285582, 5 22228855 52 22525 52825882 2/2 52 85225 22 52 25282 22522 2555 58528858 885585858 2 255228 528 82225522 522825558.


DECIMOQUINTA.- 88882228 8225828. 22288858822 528885882. Jurisdicción

258 255228 528222822 852555 288825558 225 28 25282222 82225522 588 8222 858 8255282225822228 522528, 88 828 5588252, 2 858 2228228 255858828 2 82 82225222222 5 85 852288282222 52 85225 22.

5252 8828282 52852882, 2822885822222, 2252 22 8282, 5 85 225258822, 8588522, 82225252258822, 28525, 2588222885, 222858822 2 22528258822 52 2822 82225522 2, 22 2222558, 5 85 52858822 28258828855 22252 858 255228, 8255 82222852 5 85 82288858822 28252285 8822222 852 5285822 52 5288858822. 255288585522222, 82 522855 225 28 8258 8285222 2825/2822, 52 2 52 522822.

52 8582 52 822252825885, 5822522885, 822288822 2 52885258822 22 855222 58 82225522, 2 22 52858822 58 28822, 858 255228 58525552 852 82 822222552 5 85 255885888822 828858 52 828 85225528 2 5588525828 82222222228 82222522 5 5252852.



Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman todas las hojas de este Contrato en dos (2) ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.







.................................................

________, en nombre y representación de ________







.................................................
D. ________, en su propio nombre y representación.

Ver el documento que
estás creando

CONTRATO DE TRABAJO ESPECIAL DE ALTA DIRECCIÓN


En ________, a ________


REUNIDOS


De una parte
,

________, mayor de edad, con DNI/NIF: ________, y en calidad de: apoderada de la empresa, por tanto, actuando en virtud de escritura pública y/o autorización pertinente, en nombre y representación de ________, de nacionalidad ________, con domicilio social en ________, C.I.F./N.I.F. núm. ________, con código de la cuenta de cotización a la Seguridad Social: ________ e inscrita en: ________, con los siguientes datos: ________.

En adelante, la "Empleadora".


De otra parte,

________, con DNI/NIF: ________ y número de afiliación a la Seguridad Social: ________, de nacionalidad: ________, con fecha de nacimiento: ________, domicilio en: ________, con el siguiente nivel formativo: ________ y en su propio nombre y representación.

En adelante, el "Directivo".


La Empleadora y el Directivo que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, como la "Parte" y conjuntamente, como las "Partes", reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para contratar y obligarse en la representación que actúan y siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones,


EXPONEN


I. Que, teniendo en cuenta su formación y su trayectoria profesional, el Directivo dispone de una notable experiencia y conocimiento en el ámbito de ________;

II. Que la Empleadora, en virtud de dicha formación y experiencia, desea contar con los servicios del Directivo, con el objetivo de desarrollar el cargo de: ________;

III. Y que habiendo llegado las Partes, libre y espontáneamente, a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente CONTRATO DE TRABAJO DE ALTA DIRECCIÓN con carácter indefinido en virtud de lo recogido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, en adelante el "Contrato" o el "Contrato de trabajo de alto directivo", que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre las Partes, así como de sus términos y condiciones, y que se regirá por las siguientes, y en lo aquí no recogido, por las disposiciones del Real Decreto antes mencionado.


ESTIPULACIONES


PRIMERA.- Objeto. Puesto de trabajo

El presente Contrato de trabajo se celebra para el desarrollo de las labores y actividades de gerencia propias de un alto directivo de forma indefinida con plena autonomía.

A tal efecto, la Empleadora otorgará los poderes generales o especiales necesarios al Directivo para el correcto desarrollo de su labor.

El Directivo prestará sus servicios en el puesto de: ________. Dentro de este puesto, el Directivo desarrollará las siguientes funciones:

________

En todo caso, la Empleadora se reserva el derecho de involucrar al Directivo en otras funciones de acuerdo a la formación y experiencia profesional del mismo.


SEGUNDA.- Lugar de trabajo

El Directivo prestará sus servicios en el centro de trabajo ubicado en:

________

No obstante, la Empleadora se reserva el derecho a modificar, respetando los preavisos legalmente establecidos, el lugar de trabajo del Directivo, incluso si este traslado exige un cambio de residencia, siempre que se encuentre justificado por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.

En todo caso, el Directivo acepta que, dadas las características del puesto, estará obligado a realizar los viajes, tanto dentro como fuera de España, y reubicaciones temporales, necesarios para el desarrollo de su actividad.


TERCERA.- Jornada de trabajo

La jornada de trabajo y el tiempo destinado al mismo será fijado libremente por las partes, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. De esta forma, el tiempo de trabajo y la jornada laboral no quedan sujetas a los límites y la distribución de la jornada contenida en la legislación laboral común.


CUARTA.- Duración del Contrato

La duración del presente Contrato será indefinida, iniciándose la relación laboral el día ________.


QUINTA.- Periodo de prueba

Las Partes acuerdan que se establezca un periodo de prueba de ________ de duración.

Durante este periodo de prueba, ambas Partes deben cumplir, en todo caso, con sus respectivas obligaciones y gozan de los derechos que les corresponden producto de la relación laboral. No obstante, cualquiera de ellas puede instar la resolución de este Contrato sin necesidad de alegar motivo o causa alguna, y sin que se deba una indemnización por ello. Para instar dicha resolución, la Parte interesada en resolver el Contrato deberá notificárselo a la otra con, como mínimo, el siguiente preaviso a la fecha en la que el desistimiento será efectivo: ________.

Aun no mediando indemnización, la Empleadora deberá en todo caso realizar la liquidación al Directivo de los días efectivamente trabajados así como de la parte proporcional correspondiente a vacaciones por el periodo trabajado y al concepto de paga extra salarial.

Transcurrido el periodo de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el presente Contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del Directivo en la empresa.


SEXTA.- Retribución

El Directivo percibirá una retribución de ________ (________ €) brutos anuales, que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales:

________

El pago de la retribución se efectuará mensualmente por meses vencidos, el siguiente día: ________. El pago se efectuará mediante transferencia o ingreso bancario, en la siguiente cuenta a nombre del Directivo:

________.

La documentación del salario se hará mediante la entrega al Directivo de una nómina o recibo individual y justificativo del pago del mismo, que se ajustará al modelo aplicable a la Empresa.

La Empleadora declara y el Directivo reconoce que esta retribución incluye la compensación económica por la cláusula de exclusividad y no competencia pactada en el presente Contrato.


SÉPTIMA.- Vacaciones anuales

La duración de las vacaciones anuales retribuidas del Directivo será de: ________.

El calendario de vacaciones se fijará en la empresa de manera que el Directivo conozca las fechas que le corresponden al menos con la siguiente antelación antes del comienzo de su disfute: ________.

El disfrute de las vacaciones debe producirse dentro del año al que correspondan, no siendo posible acumularlas, salvo que la fecha prevista de disfrute coincida en el tiempo con una incapacidad temporal.

En caso de extinción del Contrato de trabajo, las vacaciones anuales no disfrutadas serán objeto de una compensación económica incluida en el finiquito.


OCTAVA.- Revisiones médicas

La Empleadora podrá solicitar que el Directivo se someta en cualquier momento a cuantas revisiones médicas estime oportunas, así como proceder a la comprobación de las situaciones de baja que lo afecten, ya sea a través de los servicios médicos de la empresa, Mutua patronal o servicio concertado, estando autorizado para recibir información del resultado de las mismas, no en cuanto al diagnóstico sino en cuanto a si es apto o no para el trabajo o a si la situación de incapacidad temporal en la que se encuentra es procedente o no.

En relación con el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Directivo presta su consentimiento para que se vigile su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.


NOVENA.- Cláusula de exclusividad y no competencia

Durante la vigencia del presente Contrato, el Directivo prestará sus servicios en régimen de dedicación exclusiva al Empleador.

Así, el Directivo no podrá prestar asesoramiento o servicios a favor de personas físicas o jurídicas que se dediquen a un objeto similar o que pueda considerarse competencia de la Empleadora, ya sea en régimen de contrato laboral, incluso si se trata de una relación laboral especial, o en régimen de arrendamiento de servicios o asesoramiento interno, de modo directo o indirecto a través de personas jurídicas interpuestas. Tampoco podrá tener ningún interés económico, ni participar directa o indirectamente en el capital de una empresa cuya actividad sea análoga o similar a la de la Empleadora, ya sea por cuenta propia o ajena, de modo directo o indirecto a través de persona ni de cualquier otra clase en actividades empresariales idénticas o similares a la desarrollada por la Empleadora.

El Directivo tampoco podrá realizar ninguna otra actividad económica, además de la prestación de sus servicios al Empleador, ya sea por cuenta propia o ajena, de modo directo o indirecto a través de personas jurídicas interpuestas, incluso si esta actividad no puede considerarse competencia al Empleador.

Como contraprestación de esta plena dedicación, el Directivo percibirá la compensación económica que en cada momento figure en el desglose de la nómina bajo este concepto. Así, esta compensación está incluida en la retribución bruta anual establecida en la estipulación sexta, la cual se ha determinado teniendo en cuenta esta cláusula de exclusividad.

El incumplimiento por parte del Directivo de lo establecido en la presente estipulación dará lugar a una indemnización en favor de la Empleadora por los daños y perjuicios sufridos ascendiente a ________ (________ €).

Esta penalidad se considera justa por el Directivo dada la relevancia para la actividad de la Empleadora que supone el respeto de lo contenido en esta estipulación.


DÉCIMA.- Preaviso de cese voluntario

Salvo condición más beneficiosa, se acuerda que el preaviso del cese voluntario del Directivo será de: ________ mediante notificación fehaciente.

Si el Director incumple total o parcialmente este preaviso, quedará obligado a compensar a la Empleadora con una cuantía equivalente a los salarios correspondientes a la duración del periodo de preaviso incumplido.


DECIMOPRIMERA.- Aceptación de cargo público

El Directivo informará a la Empleadora en el caso de que su horario de trabajo se pueda ver influido por su aceptación de un cargo público, ya sea a nivel local, regional o nacional. En ese caso, la Empleadora decidirá en cada caso en relación con la autorización del cambio de horarios.


DECIMOSEGUNDA.- Comunicación del Contrato

El contenido del presente Contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de los 10 días siguientes a la fecha de su concertación, que figura en el encabezamiento.


DECIMOTERCERA.- Protección de datos

Las Partes de este Contrato conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.

De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Contrato, y su comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal, consienten que sus datos personales recogidos en el presente Contrato, así como aquellos que se pudiesen recoger en el futuro para poder dar cumplimiento o una correcta ejecución de este mismo, podrían ser incorporados por la otra Parte, o por el Servicio Público de Empleo, a su propio fichero automatizado o no de recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa y/o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados más allá del supuesto contemplado en la cláusula anterior, aunque, si se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa, a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal, indicando la finalidad concreta para la que se realizará la comunicación de los datos.

De esta cláusula no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.


DECIMOCUARTA.- 5222258555 528 82225522. 825858888555

5822 82225522 5225 882 222822 2252 5852552, 2222258282222, 8222522882 2/2 22228858822 852 82 5588282 528555288552 25288522222 22252 858 255228.

88828822, 858 255228 528222822 852, 22 8582 52 2588285, 5285222228 822528 2/2 55252228 58 25282222 82225522 52 2558522, 28228 225252 25522 2 82222552 28 28822, 5 22528 828 2228228 8225828.

852258, 88 82 58282 28 8582 52 852 525 2 855858 885585858 5288282552 8222885828 2 252822 525858828 2 25858 52 28222 5252852, 82 2225552 225 22 2528258, 25222282252 28 52822 528 82225522 2255 85 252525 8828585222 22252 858 255228. 2822552 2822 8582, 858 255228 82 82225222222, 88 25255 228285582, 5 22228855 52 22525 52825882 2/2 52 85225 22 52 25282 22522 2555 58528858 885585858 2 255228 528 82225522 522825558.


DECIMOQUINTA.- 88882228 8225828. 22288858822 528885882. Jurisdicción

258 255228 528222822 852555 288825558 225 28 25282222 82225522 588 8222 858 8255282225822228 522528, 88 828 5588252, 2 858 2228228 255858828 2 82 82225222222 5 85 852288282222 52 85225 22.

5252 8828282 52852882, 2822885822222, 2252 22 8282, 5 85 225258822, 8588522, 82225252258822, 28525, 2588222885, 222858822 2 22528258822 52 2822 82225522 2, 22 2222558, 5 85 52858822 28258828855 22252 858 255228, 8255 82222852 5 85 82288858822 28252285 8822222 852 5285822 52 5288858822. 255288585522222, 82 522855 225 28 8258 8285222 2825/2822, 52 2 52 522822.

52 8582 52 822252825885, 5822522885, 822288822 2 52885258822 22 855222 58 82225522, 2 22 52858822 58 28822, 858 255228 58525552 852 82 822222552 5 85 255885888822 828858 52 828 85225528 2 5588525828 82222222228 82222522 5 5252852.



Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman todas las hojas de este Contrato en dos (2) ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.







.................................................

________, en nombre y representación de ________







.................................................
D. ________, en su propio nombre y representación.