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Última revisión: 29/01/2024
Formatos disponibles: Word y PDF
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Completar el modeloUn Poder Amplio y General, según la normativa vigente en Perú, es un instrumento jurídico que confiere a una persona, denominada apoderado, la capacidad de representar y tomar decisiones en nombre del poderdante en distintos asuntos legales y administrativos. El apoderado tiene la responsabilidad de actuar conforme a la voluntad y los intereses del poderdante.
¿Cuál es la diferencia entre el Poder Amplio y General y el Poder Especial?
Un Poder Amplio y General es comprende una variedad de acciones y decisiones en nombre de otra persona. Este tipo de poder otorga autoridad para realizar distintas acciones sin tener que especificar las condiciones de cada una de ellas y sin limitaciones específicas. Por ejemplo, podría utilizarse para realizar trámites administrativos, operaciones bancarias y acciones legales.
Por otro lado, un Poder Especial es más específico y restringido en comparación con el poder amplio y general. Este poder se enfoca en acciones y decisiones específicas y limitadas que el otorgante autoriza al apoderado para llevar a cabo en su nombre. Por ejemplo, podría ser únicamente para realizar la venta de un inmueble debidamente individualizado.
¿Qué tipo de formalidad requiere el poder?
Nota: Algunas entidades (bancos, cajas municipales, AFP, colegios, municipalidades, etc.) tienen como requisito para cierto tipo de trámite o transacción la presentación de un tipo de poder específico, por lo que se recomienda confirmar con la entidad que tipo de poder necesita antes de realizar el trámite
¿Cómo utilizar el documento?
Para una utilización efectiva del Poder Amplio y General, es imperativo considerar los siguientes pasos:
Nota: Las personas mayores de 70 años, para poder otorgar un poder fuera de registro o por Escritura Pública deberán presentar un certificado médico con una vigencia no mayor a 30 días, expedido por médico psiquiatra o neurólogo, en el que se indique si cuenta con discernimiento suficiente. Asimismo, a partir de los 80 años, dicho certificado debe estar visado por el área de salud de una institución pública.
Al terminar este documento deberá ser firmado por el poderdante, asimismo:
Además, cuando el poder sea otorgado por una persona jurídica, deberá acompañarse con una vigencia del poder del representante con las facultades para dar poder a un tercero que se puede obtener en la SUNARP.
Una vez otorgado el poder, es crucial que el poderdante y el apoderado mantengan una comunicación fluida y transparente para garantizar que las decisiones tomadas estén alineadas con los intereses del poderdante.
Legislación Aplicable
Las normas aplicables se encuentran reguladas por la Ley del Notariado, Ley N° 26279, así como por el Código Civil Peruano.
¿Cómo modificar el modelo?
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.
Una guía para ayudarte: ¿Cuándo y cómo legalizar o elevar a Escritura Pública ante Notario un documento?
Otros nombres para este documento:
Poder general, Carta poder amplio, Poder de Administración y Disposición, Poder de Disposición, Poder por Escritura Pública
País: Perú