Solicitud de Manifestación Minera Completar el modelo

¿Cómo funciona?

1. Elegir este modelo

Empieza haciendo clic en "Completar el modelo"

1 / Elegir este modelo

2. Completar el documento

Contesta a algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.

2 / Completar el documento

3. Guardar - Imprimir

¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.

3 / Guardar - Imprimir

Solicitud de Manifestación Minera

Última revisión Última revisión Hace 6 días
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño1 página
Completar el modelo

Última revisiónÚltima revisión: Hace 6 días

FormatosFormatos disponibles: Word y PDF

TamañoTamaño: 1 página

Completar el modelo

¿Qué es una solicitud de manifestación minera?

La solicitud de manifestación minera es el escrito por el cual una persona, denominada manifestante, solicita un determinado sector o punto de interés con el objetivo de explotar en él sustancias mineras concesibles, con lo cual se inicia el procedimiento judicial para constituir una concesión minera de explotación, denominada pertenencia.

Es posible solicitar una pertenencia, o un grupo de ellas. En cualquier caso, la superficie de la única pertenencia solicitada, o la superficie total del conjunto de pertenencias solicitadas, no podrá ser superior a 1000 hectáreas.


¿Qué es una concesión minera?

Las concesiones mineras son derechos que se confieren, por medio de los tribunales ordinarios de justicia, a toda persona que lo solicite, para que explore o explote las sustancias minerales concesibles que existan dentro del perímetro de un terreno determinado.

Las concesiones mineras le confieren facultades a la persona a quien se otorga la concesión, denominada concesionaria.


¿Cuáles son los distintos tipos de concesiones mineras?

Los tipos de concesiones mineras son los siguientes:

  • Concesión de explotación: Le puede otorgar a la persona concesionaria el derecho exclusivo de hacerse dueña de todas las sustancias concesibles que extraiga dentro de los límites de su pertenencia. La solicitud para constituir una concesión de explotación se llama manifestación. Este tipo de concesión se otorga por un plazo indefinido.
  • Concesión de exploración: Le puede otorgar a la persona concesionaria el derecho exclusivo a hacer suyos los minerales concesibles necesarios para labores de exploración e investigación. La solicitud para constituir una concesión minera de exploración se llama pedimento. Este tipo de concesión se otorga por un plazo máximo de años.

Ambos tipos de concesión pueden tener la facultad exclusiva de catar y cavar en tierras de cualquier dominio con fines mineros dentro de los límites de la extensión territorial de su concesión.


¿Es obligatorio presentar una manifestación minera?

Será obligatorio presentar esta manifestación, por escrito, ante el Juez de Letras competente. Las exigencias formales que requiere este documento son mínimas, como la correcta determinación de la persona manifestante y de quien presente la solicitud en su nombre, en los casos que así se haga. También se requiere de la correcta determinación del punto de interés, de las pertenencias que se solicitan y la superficie que comprenden.

Esta manifestación no requiere ser presentada por un abogado. El procedimiento que se inicia con este escrito no es contencioso y no contempla posibilidad alguna de oposición, lo que significa que solo puede hacer actuaciones la persona manifestante, y con los antecedentes que esta exponga, el Tribunal resolverá.


¿Cuáles son los requisitos previos a la presentación?

Antes de la presentación, es necesario tener presente que el terreno respecto del cual se solicita la concesión de explotación no se encuentre sujeto a propiedad o concesión minera de otra persona, distinta de la persona manifestante, y que la superficie total de la concesión solicitada no exceda de las 1000 hectáreas.


¿Quién puede presentar esta solicitud?

La manifestación minera puede ser presentada por cualquier persona, natural o jurídica.

En el caso de los menores adultos y los disipadores interdictos (personas que gastan habitualmente en forma desproporcionada y sin finalidad lógica su dinero declarados judicialmente incapaces de administrar y disponer sus bienes) podrán presentar esta manifestación sin necesidad del consentimiento o autorización de sus respectivos representantes legales.

Esta manifestación no requiere ser presentada por un abogado.


¿En qué casos no se puede presentar esta solicitud?

Existen ciertos casos en los cuales no se podrá presentar esta solicitud de manifestación minera, en tanto requiere de otro contenido o requisitos. Estos casos ocurren cuando:

  • El solicitante no es titular de la concesión de exploración correspondiente.
  • El terreno se encuentra sujeto a propiedad o concesión minera de un tercero distinto del manifestante
  • La superficie total de la pertenencia, o del grupo de pertenencias solicitadas, excede las 1.000 hectáreas.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que la solicitud esté lista?

Una vez lista, la solicitud de manifestación minera debe ser firmada y presentada ante el Juez de Letras competente, correspondiente a la comuna donde se ubica el punto de interés descrito en la manifestación, para que así genere sus efectos jurídicos. Esta solicitud se presenta a través de la Oficina Judicial Virtual, a la que se accede por medio de la página web del Poder Judicial.

Esta manifestación no requiere ser presentada por un abogado. El procedimiento que se inicia con este escrito no es contencioso y no contempla posibilidad alguna de oposición, lo que significa que solo puede hacer actuaciones la persona manifestante, y con los antecedentes que esta exponga, el Tribunal resolverá.


¿Qué documentos deben acompañarse a esta solicitud?

A la solicitud deben acompañarse los siguientes documentos:

  • Si existiera, la inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración, la cual acredita la existencia legal y vigente de dicha concesión sobre el área en que se solicita la concesión de explotación. Este documento es fundamental cuando la solicitud se presenta en ejercicio del derecho preferente derivado de una concesión de exploración.
  • Los documentos que acrediten la personería o la autorización de los representantes legales, en caso de que el solicitante actúe en representación de una persona natural o jurídica distinta. Esto incluye poderes notariales, escrituras sociales, certificados de vigencia u otros instrumentos legales que demuestren la facultad del representante para actuar en nombre del titular.


¿Se debe registrar la manifestación minera?

Al momento en que el Tribunal otorgue la concesión minera de explotación, en los términos expresados en la manifestación, ordenará su inscripción en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas del lugar donde se encuentre el yacimiento que será explotado. Con posterioridad a la resolución por parte del Tribunal, se debe solicitar el inicio del procedimiento de mensura.

En razón de la naturaleza técnica del asunto en cuestión, la asesoría de un profesional de la geomensura permitirá determinar con exactitud y precisión las dimensiones y coordenadas que abarca el punto de interés, todo para efectos de poder completar este documento.


¿Qué debe contener esta solicitud?

La solicitud de manifestación minera debe contener la siguiente información:

  • La información de la persona manifestante y de quien presente la solicitud en su nombre, en los casos que así se haga.
  • El punto de interés en el cual se solicita se constituya la concesión de explotación, se debe indicar la provincia en que está ubicado y sus coordenadas geográficas o las U.T.M., en compañía de un datum geodésico como sistema de referencia.
  • La superficie total de las pertenencias solicitadas y sus nombres. Si no excede las 100 hectáreas, se puede hacer de la forma previamente descrita (por coordenadas), o bien, podrá describirse indicando sus señales más precisas y características, el nombre del predio o del asiento mineral en que se encuentra y el de la provincia en que está situado (por vistas).
  • Si esta manifestación se hace en uso del derecho que otorga una concesión de exploración, se señalará el nombre de la respectiva concesión de exploración.
  • Si la concesión de exploración se indicará si ha sido transferida o transmitida.


¿Cuál es la normativa aplicable a la solicitud de manifestación minera?

La solicitud de manifestación minera se encuentra regulada por toda la normativa del Ordenamiento Jurídico Chileno, y específicamente, por la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, por el Código de Minería de Chile y por el Reglamento del ya citado cuerpo legal.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

Completar el modelo