Acta de Escrituración de Testamento Cerrado Completar el modelo

¿Cómo funciona?

1. Elegir este modelo

Empieza haciendo clic en "Completar el modelo"

1 / Elegir este modelo

2. Completar el documento

Contesta a algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.

2 / Completar el documento

3. Guardar - Imprimir

¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.

3 / Guardar - Imprimir

Acta de Escrituración de Testamento Cerrado

Última revisión Última revisión 11/05/2025
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño1 a 2 páginas
Completar el modelo

Última revisiónÚltima revisión: 11/05/2025

FormatosFormatos disponibles: Word y PDF

TamañoTamaño: 1 a 2 páginas

Completar el modelo

¿Qué es un acta de escrituración de testamento cerrado?

Un acta de escrituración es un documento que se utiliza para proporcionar información que permite identificar un testamento solemne cerrado y la circunstancia de haber sido emitido conforme lo exige la ley. Solo puede ser utilizado en la medida que exista un testamento solemne cerrado del cual dejar constancia.

Mediante un testamento solemne cerrado, la persona testadora dispone de sus bienes para que sean heredados después de su fallecimiento, pero el contenido del testamento permanece reservado y no es conocido por otras personas.

Por medio de esta acta, el Notario Público ante quien se extienda un testamento cerrado expresará por escrito la circunstancia de que la persona testadora está su sano juicio, el nombre, apellido y domicilio de la persona testadora y de cada uno de los testigos, y el lugar, día, mes y año del otorgamiento del referido testamento.

En esta acta se incluye el texto que debe escribirse en la cubierta del sobre sellado que contiene un testamento solemne cerrado.


¿Qué es un testamento?

El testamento es un documento mediante el cual una persona puede realizar ciertas disposiciones que tendrán efecto luego de producida su muerte, las cuales puede modificar mientras esté vivo.

Es un documento que puede llevar asociadas algunas formalidades como la escrituración, la presencia de testigos hábiles o la necesidad de celebrarlo ante un Notario Público.


¿Cuáles son los distintos tipos de testamento?

El testamento puede existir en distintas formas, entre ellas:

  • Testamento cerrado: Aquel cuyo contenido no es conocido por otras personas al celebrarse. Se encuentra dentro de un sobre cerrado del que no puede ser extraído sin romper su cubierta. Un Notario Público y tres testigos hábiles deben ser informados por parte de la persona testadora de que en dicho sobre se encuentra su testamento, pero no toman conocimiento de su contenido.
  • Testamento abierto: Aquel cuyo contenido debe conocerse por otras personas al celebrarse. Se celebra ante un Notario Público y tres testigos, o si se prefiere (o si naciera de la necesidad, por ejemplo, ante una enfermedad terminal), ante cinco testigos hábiles.

El testamento cerrado requiere para su celebración no solo la elaboración del testamento, sino que además éste se encuentre en un sobre sellado, junto con la escrituración del sobre, usualmente en forma de un acta, la cual debe prestarse ante Notario Público y tres testigos hábiles.


¿Qué es un testigo?

Un testigo es una persona que está presente en la celebración de un testamento y da fe de que la persona testadora declara su voluntad.

El testigo debe cumplir con los requisitos de validez para ser declarado hábil. No son considerados testigos hábiles las siguientes personas:

  • Los menores de 18 años.
  • Los interdictos por demencia.
  • Los privados de razón.
  • Los ciegos, sordos y mudos.
  • Los que por sentencia ejecutoriada estuvieran inhabilitados de ser testigos.
  • Los empleados del notario que autorice el testamento, cuando se hace ante notario.
  • Los extranjeros sin domicilio en Chile.

Adicionalmente, al menos uno de los testigos debe saber leer y escribir, y al menos dos de ellos deben estar domiciliados en la misma comuna o agrupación de comunas en que se otorga el testamento.


¿Es obligatorio otorgar un acta de escrituración de testamento?

, en el caso de un testamento cerrado, es necesario otorgar un acta de escrituración en la cubierta del sobre que lo contiene. Esta acta debe otorgarse ante Notario Público y tres testigos hábiles, y debe dejar constancia de que la persona testadora ha declarado que en el sobre se encuentra su testamento, sin que se revele el contenido del mismo.

Existen otras opciones que no requieren de un acta de escrituración, por ejemplo, la celebración de un testamento abierto.

No es obligatorio celebrar ningún tipo de testamento. Si no existe testamento, luego del fallecimiento de la persona, se distribuirán los bienes de acuerdo con lo establecido por la ley.


¿Cuáles son los requisitos previos a otorgar del acta de escrituración?

Antes de otorgar el acta de escrituración, la persona testadora debe haber redactado un testamento.

Esto quiere decir, que la persona testadora debe elaborar un documento donde exprese su voluntad sobre como desea que se distribuyan sus bienes al momento de su fallecimiento.


¿Quién debe otorgar el acta de escrituración de testamento?

El acta de escrituración se otorga junto al testamento cerrado ante el Notario Público y tres testigos. Corresponde a la persona testadora expresar su voluntad y no es posible delegar esta facultad a otra persona.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que el acta de escrituración esté lista?

Una vez que el acta de escrituración esté lista, deberá ser firmada por la persona testadora y los testigos. Para que produzca efectos legales, será puesto en la cubierta del sobre que contiene el testamento solemne cerrado que informa.

Deberá ser presentado en alguna Notaría Pública para que sea firmado frente el Notario Público ante quien se otorga el testamento.


¿Qué documentos deben acompañarse al acta de escrituración?

Deben acompañarse al acta de escrituración: el sobre sellado que contiene el testamento. Esto es necesario para que se deje constancia de que la persona testadora ha declarado que el sobre contiene su testamento, sin tener que revelar su contenido.

El acta de escrituración se ubicará en la cubierta de un sobre sellado que contiene al testamento cerrado.


¿Es necesario otorgar el acta de escrituración ante notario?

Una vez que el acta de escrituración esté lista, la persona testadora, junto a tres testigos deben concurrir al despacho de cualquier Notario Público del país con el sobre sellado que contiene el testamento y al menos una copia de esta acta de escrituración, portando su cédula de identidad vigente u otro documento idóneo para acreditar su identidad.

El acta de escrituración de testamento cerrado será firmada en presencia del Notario.


¿Es necesario presentar testigos para el acta de escrituración?

Sí, es necesario presentar testigos al momento de otorgar un testamento cerrado junto con su respectiva acta de escrituración.

Será necesario presentar tres testigos hábiles, de los cuales al menos uno debe saber leer y escribir, y al menos dos de ellos deben estar domiciliados en la misma comuna o agrupación de comunas en que se otorga el testamento.


¿Qué debe contener el acta de escrituración?

El acta de escrituración de testamento cerrado se debe contar con la siguiente información:

  • Datos personales de la persona testadora y los testigos (nombre, apellido y domicilio)
  • Datos del Notario Público ante quien se otorga el testamento
  • Fecha exacta y lugar donde es otorgado.


¿Cuál es la normativa aplicable al acta de escrituración?

El presente documento se rige por el ordenamiento jurídico chileno y, especialmente, aquellas normas del Libro III del Título III del Código Civil Chileno.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

Completar el modelo