Última revisión: Hace 3 semanas
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La Autorización de Viajes paras Menores de Edad es el documento exigido por la Ley para que una persona menor de edad (que no ha cumplido 18 años) pueda viajar fuera de Chile cuando lo haga solo o sin compañía de personas mayores de edad, o solamente con uno de sus padres, o con terceras personas mayores de edad.
Si bien la Ley no lo exige, este documento también puede ser utilizado para autorizar viajes de personas menores de edad dentro de Chile.
Este documento será emitido y firmado por las personas que tengan bajo su cuidado personal a la persona o las personas menores de edad cuyo viaje se autoriza, o al padre o madre que sin tener el cuidado personal se le ha establecido judicialmente un régimen de relación directa y regular (visitas) con la o las personas menores de edad autorizadas.
El cuidado personal o tuición es el conjunto de deberes y derechos que corresponde a ciertas personas señaladas en la ley o por el juez, respecto a la crianza y educación de las personas menores de 18 años. En primer término, el cuidado personal de un niño, niña o adolescente corresponde a sus padres, pero en ausencia o inhabilidad de éstos los tribunales determinarán que dicho deber de cuidado corresponda a otras personas.
Personas facultadas para otorgar esta autorización
Si la persona menor de edad viajará sola o con terceras personas esta autorización debe ser extendida por ambos padres, o por aquel que lo hubiere reconocido o esté vivo. Se entiende por terceras personas a aquellas mayores 18 años que ni por ley ni por sentencia judicial les corresponda el cuidado personal de la persona menor de edad.
Si un tribunal confió el cuidado personal (tuición) de la persona menor de edad solamente a uno de sus padres o a una tercera persona, es aquella quien debe extender la autorización. Si se reguló el derecho a una relación directa y regular (visitas) en favor de uno de los padres a quien no se confió el cuidado personal de la persona menor de edad, éste también debe emitir esta autorización.
Si la persona menor de edad viajará solamente con uno de sus padres, el otro con quien no viaje es quien debe extender esta autorización.
Si la persona menor de edad viajará con ambos padres, o con la o las personas a quienes se haya confiado su cuidado personal por sentencia judicial (por ejemplo, los abuelos, una tía) no es necesario hacer uso de este documento.
Cómo utilizar el documento
Este documento se encuentra adaptado para que las personas que están facultadas para extender esta autorización permitan el viaje (dentro o fuera de Chile) de una o varias personas menores de edad, que se encuentren bajo su cuidado personal.
En esta autorización se identificarán a las personas que la extienden (madre, padre o cuidadores), la o las personas menores de edad autorizadas, el origen y destino del viaje, los otros lugares que se visitarán además de la ciudad de destino, y la duración del viaje.
Junto con lo anterior, este modelo ofrece la posibilidad de dejar los datos de contacto de la o las personas que otorgan la autorización, y de describir las alergias, enfermedades u otra condición que requiera de tratamiento médico, que puedan afectar a una o varías de las personas menores de edad cuyo viaje se autoriza.
La autorización debe ir acompañada de los siguientes documentos:
Una vez completado y descargado, este documento debe ser firmado por todas las personas que deban emitir la autorización de viaje, trámite que debe realizarse ante Notario Público, en al menos 2 copias, una de las cuales deberá ser presentada al momento de salir del país, y la otra al momento de retornar a Chile.
Legislación aplicable
A este documento resultan aplicables las disposiciones de la Ley de Menores, en especial el artículo 49 que regula quien debe autorizar la salida de la o las personas menores de edad.
Importante: En caso de que la autorización para salir al extranjero no pudiere otorgarse o fuera negada sin motivo plausible por alguna de aquellas personas que deben otorgarla, podrá ser otorgada por el juez de familia del lugar en que tenga su residencia la persona menor de edad.
Tratándose de menores de edad que sean hijos de extranjeros residentes oficiales, la autorización también podrá otorgarse por el Cónsul del país de la nacionalidad del padre, o madre, o de ambos padres, que lo soliciten, según corresponda, debiendo remitir copia del mismo, por la vía más expedita, al Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Esto no será aplicable si el menor de edad o alguno de sus padres tuviere la nacionalidad chilena, debiendo autorizar en tal caso el juez de letras chileno del lugar en que tenga su residencia el menor.
Cómo modificar el modelo
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.
Nombres alternativos para este documento: Autorización de Salida de Chile para Menores, Autorización de Viaje para Menor, Carta de Autorización para Salida del País con Menores, Permiso de Viaje para Menor de Edad, Autorización para Viajar al Extranjero para Menores de Edad
País: Chile