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Carta para solicitar descanso de maternidad

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¿Qué es una carta para solicitar descanso de maternidad?

La carta para solicitar descanso de maternidad es utilizada por las madres trabajadoras para informar a su empleador que hará uso de sus derechos de protección a la maternidad, durante y después de un embarazo. En este periodo, la trabajadora tiene el derecho de ausentarse de sus labores en distintos momentos de su embarazo y luego del nacimiento.

El descanso de maternidad corresponde a una medida de protección a la maternidad y es un derecho de las trabajadoras, por lo que no puede ser negado por el empleador.


¿Cuáles son los distintos tipos de descansos de maternidad?

Existen distintos tipos de descansos que se producen por el embarazo de la trabajadora, ellos son:

  • Prenatal: Este descanso se produce antes del nacimiento, se calcula desde la fecha probable de parto y tiene una duración de 6 semanas.
  • Postnatal: Este descanso se produce después del nacimiento y tiene una duración de 12 semanas.
  • Postnatal parental: Este descanso se inicia inmediatamente después del postnatal, tiene una duración de 12 semanas y puede ser compartido con el padre luego de transcurrida la séptima semana. Este permiso puede ser informado al empleador mediante la carta para solicitar descanso postnatal parental.


¿En qué casos se pueden ampliar los descansos de maternidad?

Los descansos de maternidad podrán incrementarse en tiempo cuando ocurren ciertas situaciones, estas son:

  • Enfermedad de la trabajadora durante el embarazo: Se denomina prenatal suplementario y comienza antes del descanso prenatal. Será necesario acompañar el certificado médico que indique la enfermedad padecida y el tiempo por el que se fije el descanso.
  • Situaciones relacionadas con el nacimiento del hijo: El postnatal se extenderá a 18 semanas si el hijo pesa menos de 1500 gr o si el parto ocurre antes de las 33 semanas de embarazo. En caso de un parto múltiple, se incrementa en 7 días por hijo a partir del segundo.
  • Enfermedad de la trabajadora como consecuencia del parto: Se denomina postnatal prolongado y se otorga en caso de enfermedad que impida a la trabajadora volver a sus labores por un plazo superior al descanso postnatal. Será necesario acompañar el certificado médico que indique la enfermedad padecida y el tiempo por el que se fije el descanso.

 

¿Cuál es la diferencia entre el descanso postnatal y postnatal parental?

El descanso postnatal corresponde al derecho que tienen las madres trabajadoras de ausentarse de sus labores luego del nacimiento de un hijo. Este descanso tiene una duración de 12 semanas, que se incrementan cuando ocurren ciertos hechos, como el nacimiento prematuro o un parto múltiple. La madre puede informar a su empleador que hará uso de este descanso de maternidad, notificándole el nacimiento de su hijo.

El descanso postnatal parental corresponde al receso en las labores de la madre trabajadora inmediatamente posterior al descanso postnatal y es el único que puede ser compartido con el padre. Tiene una duración de 12 o 18 semanas, según el modo en que escoja hacer uso de este permiso. Existen dos formas de utilizar el permiso postnatal parental, estas son:

  • Por media jornada: En este caso, tendrá una duración de 18 semanas y se reincorporará a sus labores por la mitad de su jornada.
  • Por jornada completa: En este caso, tendrá una duración de 12 semanas, y no regresará a sus labores hasta que finalice el permiso.


¿Es obligatorio enviar esta carta?

No es obligatorio enviar una carta o solicitud para recibir el descanso de maternidad, ya que es un derecho que las mujeres trabajadoras.

Sin embargo, es posible comunicar formalmente al empleador del embarazo de la trabajadora (para comenzar su descanso prenatal), del nacimiento de su hijo (para comenzar su postnatal) o cualquier complicación derivada del embarazo o del parto que implique el incremento del permiso.

Aunque es posible informar al empleador verbal o informalmente del embarazo, se recomienda realizar la comunicación por escrito para contar con un respaldo de su envío.


¿Quién puede solicitar el descanso de maternidad?

El descanso prenatal y postnatal le corresponden a la madre y no pueden ser compartidos con el padre. La trabajadora puede informar a su empleador de su embarazo y el empleador no podrá negar el uso del descanso que le corresponda a la trabajadora.

Si bien el padre no puede solicitar los descansos de prenatal ni de postnatal, tendrá derecho al descanso postnatal parental cuando la madre le traspase semanas de su propio permiso.

 

¿Qué se debe llevar a cabo una vez que la carta esté lista?

Una vez que la carta para solicitar descanso de maternidad esté lista, deberá ser firmada por la trabajadora que solicita el permiso, para luego ser enviada a su empleador. Se deberán adjuntar los certificados médicos que den cuenta del embarazo, o de la enfermedad derivada del mismo.

Se recomienda seguir los protocolos establecidos por el empleador para informar sobre el embarazo y, además, realizar la comunicación por escrito, para contar con el registro de la misma.


¿Qué documentos deben acompañarse a la carta?

Se deben acompañar a la carta para solicitar descanso de maternidad los certificados correspondientes al tipo de descanso, estos son:

  • Prenatal: Certificado emitido por un médico o matrona que de cuenta del embarazo y de la fecha posible del nacimiento.
  • Postnatal: Si el nacimiento aún no ha ocurrido, el certificado emitido por un médico o matrona que de cuenta del embarazo y de la fecha posible del nacimiento. Si el nacimiento ya tuvo lugar, el certificado comprobante del parto.
  • Prenatal suplementario: Certificado médico que indique la enfermedad causada por el embarazo y el tiempo por el que se fije el descanso.
  • Postnatal prolongado: Certificado médico que indique la enfermedad causada por el parto y el tiempo por el que se fije el descanso.


¿Qué debe contener la carta?

La carta para solicitar descanso de maternidad debe contener los siguientes datos:

  • Datos de identificación de la trabajadora y del empleador.
  • Fechas relacionadas con el embarazo que indican el principio y fin de los permisos.
  • Certificados médicos que acrediten el embarazo y, si corresponde, la enfermedad relacionada con el embarazo o parto.


¿Cuál es la normativa aplicable a la carta?

Esta carta se rige por el ordenamiento jurídico chileno, particularmente por las normas contenidas en el Título II del Libro II del Código del Trabajo.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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