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Carta para solicitar descanso postnatal parental

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¿Qué es la carta para solicitar descanso postnatal parental?

La carta para solicitar descanso postnatal parental se utiliza por los padres trabajadores para informar a su empleador que se hará uso de los derechos que establece la ley después de un embarazo. Durante este período, se otorga a la madre el derecho de ausentarse de sus labores luego del nacimiento de su hijo y después de transcurrido el postnatal. Además, se otorga la posibilidad de compartir este permiso con el padre.

El descanso postnatal parental puede ser solicitado por la madre trabajadora al término del postnatal y por el padre trabajador desde la séptima semana del postnatal parental, solamente cuando la madre le traspase semanas del permiso.


¿Cómo se hace uso del descanso postnatal parental?

La madre puede optar entre dos modalidades de descanso postnatal parental, estas son:

  • Media jornada: La madre volverá al trabajo por la mitad del tiempo y utilizará su descanso por la otra mitad. El tiempo de duración, en este caso, será de 18 semanas y deberá informar a su empleador mediante carta certificada en un plazo de 30 días antes del término de su descanso postnatal.
  • Jornada completa: La madre no volverá a su trabajo sino hasta que termine el descanso. El tiempo de duración, en este caso, será de 12 semanas, y comenzará inmediatamente después del descanso postnatal. No tendrá la obligación de informar al empleador mediante carta certificada.

El padre tendrá derecho al descanso postnatal parental solo en el caso de que la madre le traspase semanas de su permiso y serán utilizadas en la misma modalidad escogida por ella.


¿Qué significa que la madre pueda traspasar semanas de permiso al padre?

El padre podrá hacer uso del descanso postnatal parental si la madre le traspasa semanas. Esto quiere decir, que la madre podrá transferir al padre semanas de su permiso a contar de la séptima semana del mismo. El padre podrá utilizar sus semanas de permiso al final del postnatal parental de la madre y en su misma modalidad.

Por ejemplo, si la madre decidió traspasar dos semanas del permiso al padre, el permiso de la madre se extenderá por 10 semanas, si lo tomó por jornada completa y por 16 semanas, si lo tomó por media jornada.

Con el traspaso de semanas, el padre tendrá permiso para ausentarse de sus labores en el trabajo, por jornada completa o por media jornada, de acuerdo con el modo en que la madre haya decidido hacer uso del permiso.


¿Cuáles son los distintos tipos de descansos de maternidad?

Las madres trabajadoras tienen el derecho a permisos durante su embarazo y luego de transcurrido el nacimiento del hijo, además, pueden solicitar la extensión de los mismos cuando existan enfermedades relacionadas con el embarazo o con el parto, para esto, pueden dar a conocer la situación a su empleador y solicitar el descanso de maternidad que corresponda.

Descanso maternal antes del nacimiento: Antes del nacimiento de su hijo, la trabajadora debe comunicar a su empleador respecto al embarazo mediante un certificado médico.

  • Prenatal suplementario: Se otorga este permiso cuando la trabajadora sufre de una enfermedad relacionada con el embarazo antes del comienzo de su descanso prenatal. Será necesario acompañar el certificado médico que indique la enfermedad padecida y el tiempo por el que se fije el descanso.
  • Prenatal: Este descanso se calcula desde la fecha probable de parto y comienza 6 semanas antes de dicha fecha.

Descanso maternal después del nacimiento: Después de que nazca su hijo, la trabajadora tiene derecho a descanso maternal denominado postnatal.

  • Postnatal: Este descanso comienza después del parto y tiene una duración de 12 semanas, que se incrementará en los siguientes casos:
    • Si el hijo pesa menos de 1500 gr, el postnatal será de 18 semanas.
    • Si el parto ocurre antes de las 33 semanas de embarazo, el postnatal será de 18 semanas.
    • Si ocurre un parto múltiple, se incrementa en 7 días por hijo a partir del segundo.
  • Postnatal prolongado: Se otorga este permiso en caso de enfermedad que impida a la trabajadora volver a sus labores por un plazo superior al descanso postnatal. Será necesario acompañar el certificado médico que indique la enfermedad padecida y el tiempo por el que se fije el descanso.
  • Postnatal parental: Descanso de 12 semanas posterior al término del descanso postnatal. Este permiso puede ser compartido con el padre luego de transcurrida la séptima semana. Este permiso debe ser solicitado mediante carta certificada utilizando la carta para solicitar descanso postnatal parental.


¿Cuál es la diferencia entre el descanso postnatal parental y el descanso postnatal?

El descanso postnatal corresponde al derecho que tienen las madres trabajadoras de ausentarse de sus labores luego del nacimiento de un hijo. Este descanso tiene una duración de 12 semanas, que se incrementan cuando ocurren ciertos hechos, como el nacimiento prematuro o un parto múltiple. La madre puede informar a su empleador que hará uso de este descanso de maternidad, notificándole el nacimiento de su hijo.

El descanso postnatal parental corresponde al receso en las labores de la madre trabajadora inmediatamente posterior al descanso postnatal y es el único que puede ser compartido con el padre. Tiene una duración de 12 o 18 semanas, según el modo en que escoja hacer uso de este permiso. Existen dos formas de utilizar el permiso postnatal parental, estas son:

  • Por media jornada: En este caso, tendrá una duración de 18 semanas y se reincorporará a sus labores por la mitad de su jornada.
  • Por jornada completa: En este caso, tendrá una duración de 12 semanas, y no regresará a sus labores hasta que finalice el permiso.


¿Es obligatorio enviar una carta para solicitar el postnatal parental?

En cuanto al permiso de la madre, será obligatorio enviar una carta certificada para solicitar postnatal parental solo cuando se requiera utilizarlo por media jornada. Esta solicitud debe ser enviada durante los 30 días anteriores al término de su descanso postnatal, utilizando exclusivamente carta certificada, y proporcionando una copia a la Inspección del Trabajo.

Asimismo, el padre deberá comunicar a su empleador que hará uso del permiso 10 días antes de la fecha en que empezará su permiso, mediante carta certificada y proporcionando una copia a la Inspección del Trabajo y al empleador de la madre.


¿Quién puede solicitar el descanso postnatal parental?

El descanso postnatal parental le corresponde a la madre, quien podrá traspasar semanas de descanso al padre. Si se realiza el traspaso de semanas, solo podrán ser utilizadas al final del permiso postnatal parental y en el mismo modo (media jornada o jornada completa) en que la madre haya decidido utilizarlo.

  • Descanso postnatal parental de la madre: En el caso de que la madre no haga la solicitud, se considerará que opta por el permiso en jornada completa. Si solicita el permiso por media jornada, el plazo para solicitar este permiso corresponde a 30 días antes de que se termine el descanso postnatal. El traslado de semanas de permiso al padre solo se puede realizar a partir de la séptima semana del período postnatal parental y debe ser utilizado en la misma modalidad que haya seleccionado la madre.

Aunque no es obligatorio que la madre envíe esta carta a su empleador cuando utiliza el descanso postnatal parental en la modalidad de jornada completa, puede hacerlo para informar sobre el término de su postnatal y, en su caso, el traspaso de semanas al padre.

  • Descanso postnatal parental del padre: El plazo para solicitar este permiso es de 10 días antes de la fecha en que se desee utilizar. El padre solo tendrá la posibilidad de solicitar postnatal parental cuando la madre le transfiera semanas de su propio permiso. El límite de semanas que podrán ser transferidas al padre depende del modo en que la madre utilice el permiso. Si la madre utiliza el permiso por media jornada, puede transferir al padre hasta 12 semanas, en cambio, si lo utiliza por jornada completa, puede transferir hasta 6 semanas.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que la carta esté lista?

Una vez que la carta para solicitar descanso postnatal parental esté lista, deberá ser firmada por el trabajador que solicita el permiso, ya sea la madre o el padre, para luego ser enviada a su empleador.

En el caso de la madre, hay que distinguir la modalidad en que solicitó el postnatal parental:

  • Por media jornada: En este caso, deberá enviar una carta certificada a su empleador, con copia a la Inspección del Trabajo, con 30 días de anticipación al término de su postnatal.
  • Por jornada completa: En este caso, podrá ser presentada utilizando la forma que considere más idónea. Se recomienda enviar esta solicitud por un medio que asegure su recepción, por ejemplo, correo electrónico.

En el caso del padre, deberá enviar esta carta mediante correo certificado con 10 días de antelación a la fecha en que hará uso del permiso. Deberá proporcionar una copia a la Inspección del Trabajo y al empleador de la madre.


¿Qué debe contener la carta?

La carta para solicitar descanso postnatal parental debe contener los siguientes datos:

  • Datos de identificación del trabajador, ya sea madre o padre y del empleador.
  • Fecha de término del postnatal, que indica el principio y fin del permiso, en el caso de la madre.
  • Cantidad de semanas a traspasar y fechas en que utilizará el permiso, en el caso del padre.


¿Cuál es la normativa aplicable a la carta para solicitar descanso postnatal parental?

Esta carta se rige por el ordenamiento jurídico chileno, particularmente por las normas contenidas en el Título II del Libro II del Código del Trabajo.


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