Última revisión: 04/06/2023
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La carta de cese de actos de hostilidad laboral es una comunicación escrita que un trabajador envía a su empleador para informar sobre situaciones de hostilidad o hostigamiento laboral que está experimentando en el lugar de trabajo. Esta carta tiene como objetivo solicitar al empleador que cese dichos actos de hostilidad y tome medidas para garantizar un ambiente laboral seguro y respetuoso.
Todos los trabajadores tienen derecho a desarrollar sus labores en un entorno libre de hostilidad, discriminación o acoso, donde se respete su dignidad humana. Cuando un empleado se enfrenta a actos de hostilidad laboral, como intimidación, maltrato, discriminación u otra forma de abuso emocional o físico, tiene el derecho de denunciarlo y solicitar una intervención por parte del empleador.
La carta de cese de actos de hostilidad laboral debe ser redactada de manera clara y precisa, detallando los incidentes específicos de hostilidad que se han producido, las fechas en las que ocurrieron y las personas involucradas. También es importante incluir cualquier evidencia o testimonio relevante que respalde las afirmaciones del trabajador.
Tipos de actos de hostilidad
Procedimiento para denunciar la hostilidad laboral
Denuncia directa ante el empleador: La primera vía que debería agotarse para denunciar la hostilidad laboral es denunciar los hechos ante el empleador, presentando la carta de cese de actos de hostilidad laboral al área de Recursos Humanos de la entidad, si no hubiese área de Recursos Humanos a la persona que ejerza la función de Administrador y/o al jefe directo, en la cual se solicita el cese del hostigamiento al empleador.
Los empleadores están obligados a responder dicha carta y a contar con un procedimiento interno para las denuncias de hostigamiento, así como tienen la obligación de capacitar y formar a sus trabajadores sobre como prevenir y reportar estas situaciones.
Denuncia ante la SUNAFIL (en el caso del sector privado): Si el trabajador no tiene las garantías de que la denuncia ante la empresa o la persona para la cual trabaja tendrá el efecto esperado y/o será tratada con la confidencialidad necesaria, puede realizar la misma gratuitamente ante la Superintendencia de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), cuyas oficinas se encuentran en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo sea de forma presencial o virtual. Al momento de denunciar, el trabajador puede elegir si prefiere que su nombre aparezca en la misma, o si prefiere que la denuncia sea completamente anónima.
Ante una inspección de la SUNAFIL, el empleador sea persona natural o jurídica, está en la obligación de brindar la información y adoptar las medidas que le sean indicadas.
Nota: Cuando se ha agotado la vía administrativa, es decir, la denuncia directa ante el empleador y/o ante la SUNAFIL, el trabajador podrá acudir al Poder Judicial, el cual tras la evaluación del caso, en caso se determine que la demanda es fundada puede dictar medidas para el cese de la hostilidad o una indemnización por despido arbitrario.
¿Cómo utilizar este documento?
Para poder utilizar este documento, es necesario considerar los elementos que se detallan a continuación:
Legislación aplicable
La norma aplicable es artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, contenido en el D.S. 003-97-TR.
¿Cómo modificar el modelo?
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
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Una guía para ayudarte: ¿Cómo enviar una carta?
Otros nombres para este documento: Carta de cese de actos de hostilidad en el trabajo, Carta de denuncia de acoso laboral, Carta de cese de hostigamiento laboral, Carta de reclamo por maltrato laboral, Carta de solicitud de intervención ante actos hostiles en el trabajo
País: Perú