Última revisión: 15/10/2023
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Este documento permite que el empleador (ya sea una persona o una entidad privada) notifique a un trabajador que será despedido debido a ciertas situaciones que le dan derecho al empleador a terminar unilateralmente el contrato de trabajo (ya sea contrato de trabajo a plazo indeterminado o contrato de trabajo sujeto a modalidad). Por lo tanto, este escrito notifica al trabajador que el empleador se prepara para realizar un despido justificado o despido por causa justa. Causas justas son las causas por las que un empleador puede despedir a un trabajador sin pagar indemnización alguna y se encuentran debidamente tipificadas en la normativa laboral.
Luego del envío de esta carta al trabajador, éste tendrá un término de por lo menos seis (6) días naturales para que pueda ejercer su derecho a la defensa, es decir, presentar un escrito justificando o negando los hechos que se le atribuyen (descargos).
Cabe mencionar que, en caso de falta grave flagrante, es decir, cuando se encuentra al trabajador cometiendo una falta grave (y no resulte razonable otorgar al trabajador el derecho de defensa), el empleador está habilitado para enviar directamente una carta de despido justificado sin necesidad de enviar previamente esta carta de preaviso de despido.
¿Cuáles son los motivos justificados por los que se puede despedir a un trabajador?
Las causas justas o motivos que pueden dar lugar a un despido justificado pueden estar relacionados a la capacidad (es decir, la idoneidad para ejecutar las tareas por las que se le contrato) o la conducta (es decir, las acciones que realizó en el marco de la prestación de los servicios) del trabajador, entre los cuales tenemos:
Relacionadas a la capacidad del trabajador:
Relacionadas a la conducta del trabajador:
¿En qué consiste el procedimiento de preaviso de despido justificado o por causa justa?
Cuando se produce, conoce o investiga la causa de despido relacionada con la capacidad o la conducta del trabajador, el empleador debe realizar el siguiente procedimiento:
Tanto en la carta de preaviso de despido como en la carta de despido, las comunicaciones se entienden válidamente entregadas si son dirigidas al último domicilio registrado por el trabajador en su centro de trabajo, aunque al momento de su entrega no se encontrare en aquel o al correo electrónico personal si el mismo se estableció en el contrato de trabajo como medio válido para notificar cambios en la relación laboral. Igualmente, el empleador puede entregarlas al trabajador, bajo cargo en el centro de trabajo.
Cabe mencionar que, cuando se da el cese del trabajador, es decir, se termina la relación laboral o se le despide efectivamente se debe entregar al trabajador dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas su liquidación por beneficios sociales hasta el momento en que concluyó el procedimiento de despido.
¿Cómo utilizar este documento?
Para poder completar este documento, se debe contar con la siguiente información:
La carta debe encontrarse debidamente firmada y sellada por el empleador, asimismo, se puede acompañar con evidencia que sustente los hechos que se le atribuyen al trabajador para el posible despido. Para la notificación en físico, se deben firmar 2 copias idénticas, una para el trabajador y otra que conserve el empleador para tener constancia de que se comunicó la carta de preaviso de despido. Para la notificación a través de medios electrónicos, bastará con el envío al correo electrónico señalado y autorizado por el trabajador al inicio de la relación laboral.
De forma excepcional, cuando se presume que el trabajador podría negarse a recibir la carta, se deberá enviar vía notarial para lo cual se requerirá que se envíen 3 copias idénticas originales de la carta, una para el trabajador, una para el empleador y una para el registro de la Notaría.
Legislación aplicable
Las normas aplicables son el Texto Único Ordenado del D.L. 728, aprobado por D.S. N° 003-97-TR y su reglamento.
¿Cómo modificar el modelo?
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Una guía para ayudarte: ¿Cómo enviar una carta?
Otros nombres para este documento: Carta de preaviso de despido jusificado, Carta de preaviso de despido por causa justa, Carta de preaviso de despido por justa causa, Preaviso de despido por causa justa, Preaviso de despido por justa causa
País: Perú