Contesta a algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.
¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.
Es un documento mediante el cual una trabajadora informa del estado de embarazo a su empleador o jefe. Al informar del estado de embarazo una trabajadora vinculada mediante contrato laboral recibe una protección especial llamada "Fuero de maternidad", que impide ser despedida durante el embarazo y hasta 18 semanas después sin autorización del ministerio del trabajo. Por ejemplo, Mariana trabaja en un supermercado de gran superficie y queda en embarazo, por lo que su jefe considera despedirla pues cree que no trabajará tan efectivamente. Mariana informa de su embarazo mediante este documento, asegurándose de que sólo puedan despedirla de manera justificada y con autorización del ministerio del trabajo.
El fuero de maternidad es un beneficio para las trabajadoras en estado de embarazo que limita las causas para su despido.
Si bien no es obligatorio, es importante hacerlo toda vez que una vez informado el empleador la trabajadora recibe una protección laboral llamada fuero de maternidad. El fuero de maternidad impide que una trabajadora sea despedida a menos que el despido se dé por justa causa y con autorización del ministerio del trabajo.
Informar el estado de embarazo sólo da a la trabajadora la protección especial del fuero de maternidad. Por su parte, la solicitud de la licencia de maternidad le otorga la licencia remunerada desde una semana antes de la fecha del parto y se solicita cuando ya se conoce la fecha aproximada del mismo.
Es una protección laboral otorgada a las trabajadoras en estado de embarazo y durante el periodo de lactancia que impide su despido a menos que sea por justa causa y con autorización del ministerio del trabajo. La duración de fuero de maternidad es generalmente desde que se informa el estado de embarazo y hasta 18 semanas después del parto, aunque puede variar dependiendo de las condiciones del embarazo:
Una vez finalizado el periodo de 18 semanas la protección del fuero se extiende hasta por 6 meses durante el periodo de lactancia.
Una vez diligenciado el documento se debe firmar por parte de la trabajadora y entregar al empleador, ya sea presencialmente o a través de medios electrónicos.
Junto al documento se debe entregar el certificado médico en que conste el estado de embarazo. Este documento no requiere ser autenticado para su validez.
Junto a la carta se debe anexar el certificado médico en que conste el estado de embarazo.
No, la carta para informar del estado de embarazo al empleador no requiere ser autenticada para su validez.
Para su validez la carta debe contener la siguiente información:
La protección a las trabajadoras embarazadas se halla regulada por el Código Sustantivo del Trabajo, artículos 239 y 240, así como por la Sentencia SU-075 de 2018 de la Corte Constitucional, que modificó las reglas del fuero de maternidad.
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.
Guías para ayudarle
País: Colombia