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Derecho de petición para retiro de centrales de riesgo

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¿Qué es un derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

Es un documento que permite a una persona solicitar la eliminación de un reporte negativo en centrales de riesgo como Datacrédito, Cifin o Procrédito. Estos reportes, que contienen información sobre deudas impagas o en mora, pueden afectar la obtención de créditos o servicios financieros. La central de riesgo o entidad que realizó el reporte debe dar respuesta en un plazo de 15 días hábiles, extendibles hasta 23 si se da alguna justificación. En caso de que no se responda el derecho de petición se podrá solicitar que se dé respuesta mediante una acción de tutela por derecho de petición.


¿Cuál es la diferencia entre un derecho de petición y una acción de tutela para la eliminación de reportes negativos?

Un derecho de petición es una solicitud directa a la entidad que reportó la deuda o a la central de riesgo, mientras que una acción de tutela es una solicitud a un juez para que ordene la eliminación del reporte. La tutela se usa cuando el derecho de petición fue negado o ignorado, o cuando la situación es urgente y requiere una solución inmediata.


¿Es obligatorio contar con un derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

No, no es necesario contar con un derecho de petición para el retiro de las centrales de riesgo. Sin embargo, si el reporte se realizó sin el debido proceso o se cumplen las condiciones para que el reporte sea retirado y la entidad no lo ha hecho, se deberá solicitar el retiro a través de un derecho de petición.


¿Qué significa "reporte negativo" en el derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

Es un registro en una central de riesgo que indica que una persona tiene una deuda impaga o en mora con una entidad financiera o comercial. Estos reportes, su monto y tiempo de duración son usados por las entidades del sector financiero para decidir sobre el otorgamiento de créditos, tarjetas de crédito y otros productos financieros.


¿Qué es una central de riesgo en el derecho de petición?

Las centrales de riesgo, pese a su nombre, son centrales de información crediticia en la que se almacena información acerca de los productos financieros de las personas. Los "reportes" son sólo el estado de cuenta de los distintos productos financieros de las personas. Una persona puede tener sólo reportes positivos si se encuentra al día con todas sus obligaciones.


¿Cuánto tiempo puede permanecer un reporte negativo en una central de riesgo?

El plazo depende de la fecha de pago y la duración de la mora:

  • Deudas pagadas antes del 29 de octubre de 2022:
    • Si la mora fue menor a 6 meses: el reporte permanece el mismo tiempo que duró la mora.
    • Si la mora fue de 6 meses o más: el reporte permanece máximo 6 meses.
  • Deudas pagadas después del 29 de octubre de 2022: el reporte permanece hasta el doble del tiempo que duró la mora, sin exceder los 4 años.
  • Deudas no pagadas: el reporte puede permanecer hasta 8 años.


¿En qué plazo la central de riesgo debe dar respuesta al derecho de petición?

Una vez radicado el documento las centrales de riesgo cuentan con 15 días hábiles para responder a la solicitud, extendibles hasta un máximo de 23 días si la entidad da una justificación.

Si la entidad no responde dentro del plazo establecido se podrá recurrir a una acción de tutela por derecho de petición, a fin de que un juez ordene a la central de riesgo dar respuesta a la solicitud.


¿Qué hacer después de diligenciar el derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

Una vez diligenciado se debe firmar y radicar ante la central de riesgo o la entidad que realizó el reporte negativo. El proceso de radicación dependerá de la forma en que se entregue el derecho de petición:

  • Entrega presencial: se debe imprimir, firmar y radicar dos copias: una en la entidad reportadora y otra para que sea sellada como constancia de recibido.
  • Virtual: si la entrega se realiza a través de medios virtuales (correo electrónico, página web, mensajería instantánea, etc) bastará con su envío.

El derecho de petición para retiro de centrales de riesgo no requiere ser autenticado para su validez. Junto al derecho de petición se deben anexar los documentos que prueben los hechos que se afirman, por ejemplo, el reporte negativo en que conste la fecha de mora de la deuda o constancia de pago si ya se pagó la obligación.


¿Qué documentos se deben anexar al derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

Junto al derecho de petición para retiro de centrales de riesgo se deben anexar los documentos que prueben los hechos que se afirman, como por ejemplo:

  • Pantallazo del reporte negativo.
  • Comprobante de pago.
  • Notificaciones o advertencias previas al reporte negativo.


¿Se debe autenticar en notaría el derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

No, el derecho de petición para retiro de centrales de riesgo no requiere ser autenticado para su validez.


¿Qué debe contener el derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

Para su validez el derecho de petición para retiro de centrales de riesgo debe contener:

  • Datos del solicitante: nombre, documento de identidad y dirección de notificaciones.
  • Datos de la entidad reportadora: nombre, NIT y dirección.
  • Descripción de la deuda: tipo de obligación, número de producto o servicio, fecha de pago.
  • Fundamentos de la petición: argumentos legales para la eliminación del reporte.
  • Anexos: documentos que respalden la petición (recibo de pago, paz y salvo, etc.).


¿Qué leyes regulan el derecho de petición para retiro de centrales de riesgo?

El derecho de petición para retiro de centrales de riesgo se halla regulado por las normas que regulan el derecho de petición y las relativas al manejo de la información financiera, así:

  • Ley 1755 de 2015: ley estatutaria que regula el derecho de petición.
  • Ley 1266 de 2008: Ley de Habeas Data que regula los datos financieros, crediticios y comerciales.
  • Ley 2157 de 2021: Ley de Borrón y Cuenta Nueva, que modifica la Ley 1266 de 2008 y establece nuevos plazos de permanencia de la información financiera y crediticia.


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