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Contrato de arrendamiento de vehículo

Última revisión Última revisión 06/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 06/01/2024

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Mediante un contrato de arrendamiento de vehículo una persona entrega a otra el uso de un vehículo (carro, camioneta, motocicleta, etc) a cambio de un precio mensual. La persona que recibe el vehículo (arrendatario) puede disponer del vehículo sin estar sujeto a la dirección u órdenes constantes del propietario (arrendador).


No es lo mismo que un contrato de transporte

Un contrato de arrendamiento de vehículo no es el mismo que un contrato de transporte, pues éste último se trata de la movilización de personas o carga entre dos puntos a cambio de un precio. Por su parte, en el contrato de arrendamiento el arrendatario tiene plena libertad de uso del vehículo, pues no sólo decide a dónde y cuándo quiere ir, sino que puede prolongar el uso del vehículo tanto como quiera, variar la ruta, o sencillamente no usarlo. En general, en el contrato de transporte el pasajero o carga se limitan a ser llevados del punto A al punto B, mientras que en un contrato de arrendamiento el arrendatario puede servirse de manera libre del vehículo. Por ejemplo, contratar un vehículo y su conductor para que lleven a los niños al colegio todos los días a la misma hora pagando por trayecto es un contrato de transporte, mientras que contratar al vehículo y su conductor para que estén todo el día a disposición de los niños llevándolos a dónde deseen, y pagando una mensualidad por ello sería un alquiler de vehículo con conductor.


El arrendatario sólo puede usar el vehículo según el servicio para el cual está autorizado por ley

El arrendatario queda autorizado para usar el vehículo de acuerdo al servicio para el cual está autorizado. Por ejemplo, si se arrienda un carro sedan con capacidad de 4 pasajeros más conductor, el arrendatario no podría usarlo para el transporte de carga pesada ni sobredimensionada; esto sería un incumplimiento de la ley y del contrato de arrendamiento. En Colombia los principales tipos servicio son:

  • Servicio particular (placas amarillas): el que se usa para las necesidades privadas de transporte, por ejemplo, el carro o moto de la familia, la camioneta en que un contratista independiente traslada su equipo o carga.
  • Servicio público (placas blancas): el que se usa para el transporte de personas o carga a cambio de un precio. Por ejemplo, un taxi o un bus.
  • Servicio especial (placas blancas): es el que se presta a un grupo específico de personas por parte de una empresa legalmente constituida para ello. Por ejemplo, el transporte de los trabajadores de una empresa hasta su sitio de trabajo o el traslado de los huéspedes de un hotel.
  • Diplomáticos (placas azules): los que están al servicio de embajadas, funcionarios diplomáticos o misiones especiales.
  • Oficial: el que está al servicio de entidades públicas.

Si el vehículo presta un servicio diferente a los señalados anteriormente o se quiere especificar aún más el tipo de servicio prestado, por ejemplo, el servicio especial es una subclase del servicio público, el documento permite personalizar esta sección.


¿Cómo usar este documento?

Al diligenciar el documento se debe proporcionar la siguiente información:

  • Identificación del arrendador o propietario: puede ser una persona natural o jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc). En caso de que se trate de una persona jurídica se debe identificar también a su representante legal.
  • Identificación del arrendatario: es decir, de la persona que recibirá el vehículo y pagará el arrendamiento. Puede tanto una persona natural como jurídica.
  • Identificación del vehículo: tipo de vehículo, placas y color como mínimo. Aunque si se desea se puede incluir otra información como el número de chasis, tipo de servicio que presta, capacidad, entre otros.
  • Precio y forma de pago del arrendamiento: ya sea diario, semanal o mensual.
  • Duración del arrendamiento: ya sea en días, semanas o meses.
  • Opcionalmente se puede:
  • Incluir codeudores.
  • Especificar los lugares en que se guardará el vehículo cuando no se use.
  • Incluir o no un depósito en garantía, es decir, un monto de dinero que se entrega al arrendador o propietario para que se pague de allí en caso de cualquier incumplimiento.
  • Especificar la penalidad económica en caso de incumplimiento del contrato por cualquiera de las partes.

Una vez diligenciado el documento se deben imprimir y firmar dos copias, una para cada parte. Este contrato no requiere ser autenticado, aunque las partes lo pueden hacer para mayor seguridad.


Legislación aplicable

Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, art. 2 y 44.

Decreto 174 de 2001 — que regula el servicio público de transporte especial.


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