¿Qué ventajas e inconvenientes tiene abrir una franquicia?

Última revisión: Última revisión:14 de septiembre 2022

1. Introducción

Las franquicias tienen como objetivo ampliar la red de ventas de productos y/o servicios de su marca comercial de una manera diferente a los modelos de negocio tradicionales tales como el contrato de distribución o el contrato de agente comercial. Se le considera una de las mejores estrategias de marketing para la expansión de una idea de negocio siempre y cuando la franquicia ya se haya consolidado en la sociedad, haya funcionado en el tiempo, y haya sido aceptada por los clientes a lo largo del tiempo.

En la presente guía se explicará, en primer lugar, en qué consiste el contrato de franquicia y qué cláusulas se deben incluir como mínimo en el contrato. En segundo lugar, se expondrán las principales ventajas e inconvenientes para el franquiciado, y que deberá tener en cuenta para poder tomar una buena decisión. Ventajas como iniciar un negocio de éxito y tener clientes inmediatamente, o inconvenientes como no ser propietario de la marca y no tener total control sobre el negocio, son elementos que se ha de tener en cuenta a la hora de firmar un contrato de franquicia. En tercer lugar, se explicarán las diferencias entre este tipo de contrato y el contrato de distribución, ya que aunque puedan tener elementos comunes, sin duda son muy diferentes.

2. ¿Qué es el contrato de franquicia?

2.1. Definición

Una franquicia es un método de venta de productos y/o servicios de una marca comercial establecida en una tienda que pertenece a otro propietario. Se trata de una relación comercial estrecha y continua entre dos partes: la franquiciadora y el franquiciado.

Ejemplo:
Juan creó una sociedad denominada Telepizza S.L en el año 2008 en Coslada (Madrid) donde él era el administrador. Tras unos años de crecimiento económico, decide ofrecer la posibilidad de crear franquicias para expandirse por todo Madrid. El cánon de entrada (para comenzar la franquicia) es de 50.000 euros. En el año 2015, Jorge se interesa por abrir una franquicia de Telepizza, por lo que, tras una serie de conversaciones con Juan, acuerdan firmar un contrato de franquicia. Juan le tendrá que ayudar durante todo el proceso, así como facilitarle la lista de proveedores y de material, y Jorge tendrá que seguir las directrices de Juan para que el negocio vaya bien, y no haya una diferencia entre ambos negocios (el objetivo es que exteriormente se vea igual para los clientes).

La franquiciadora es el responsable de la franquicia, y es quien cede el derecho a explotar su marca comercial al franquiciado, durante un periodo de tiempo y en una zona geográfica determinada, y bajo ciertas condiciones, a cambio de una compensación económica. Por tanto, el franquiciado pagará una cantidad de dinero, denominado "cánon", a cambio de tener la licencia para comercializar los productos y servicios de la franquiciadora, así como utilizar su marca comercial. En consecuencia, todos los ingresos económicos que reciba el franquiciado por la comercialización de los productos y servicios de la franquicia serán para él, debiendo abonar únicamente el/los cánon/es estipulados a la franquiciadora. La franquiciadora debe haber desarrollado dicho negocio o actividad mercantil con suficiente experiencia y éxito antes de concluir un contrato de franquicia.

La franquiciadora debe ceder todo su método empresarial al franquiciado, que comprende el derecho de uso de la marca, denominación, rótulo, distintivo, logotipo y todos los demás símbolos característicos de la franquiciadora; la transmisión del saber hacer (know how); y la prestación de una asistencia comercial y/o técnica durante toda la vigencia del contrato.

Además, la franquiciadora debe estar inscrita en el Registro de franquiciadores y al menos 20 días antes de la firma del contrato, la franquiciadora debe entregar al futuro franquiciado por escrito la información necesaria acerca de su identidad, del negocio objeto del contrato, de la red de franquicia y de los elementos esenciales del futuro contrato. Toda la información que se le debe transmitir al futuro franquiciado para que pueda tomar una decisión libre y con conocimiento de causa se encuentra en el artículo 3 del Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.

Ejemplos de franquicias fácilmente reconocibles: McDonald's, Pizza Hut, SUBWAY, Los 100 montaditos, KFC (Kentucky Fried Chicken), Burguer King, Domino's Pizza, Taco bell, Supermercados Día, Mercadona, Carrefour, Dell, Vital Dent, entre otras marcas.

2.2. Cláusulas que se deben incluir en el contrato

En primer lugar, cabe indicar que para la validez del contrato no es necesario que conste por escrito; sin embargo, por razones de seguridad jurídica y para evitar problemas y contar con una prueba en el futuro, conviene hacerlo.

Respecto a las cláusulas mínimas que deben incluirse en el contrato de franquicia son las siguientes:

  • Tipo de franquicia: si se trata de una franquicia de producción (el franquiciado fabrica por sí mismo, siguiendo las indicaciones de la franquiciadora, los productos que luego vende bajo la marca de este); una franquicia de distribución (el franquiciado vende los productos con la marca de la franquiciadora en una tienda con su signo o rótulo); una franquicia de servicios (el franquiciado ofrece un servicio o varios servicios bajo el signo, nombre comercial y/o marca de la franquiciadora); o una franquicia mixta.
  • Descripción de los bienes y/o servicios que serán producidos y/o comercializados por el franquiciado;
  • La zona geográfica territorial concedida al franquiciado (es decir, la zona en la que el franquiciado puede producir y/o comercializar los productos/servicios de la franquicia);
  • Duración del contrato: como las franquicias suponen, por lo general, una inversión importante para el franquiciado, suele ser normal pactar una duración larga (normalmente el término varía entre cinco y diez años), con posibilidad de prórroga o renovación.
  • Contraprestación de la franquicia: normalmente, se establece un canon de entrada (se abonará por el franquiciado al momento de ingresar a la red de franquicia y está destinado a retribuir la cesión de la franquicia) y un canon periódico (se abonará por el franquiciador con la periodicidad pactada - mensual, trimestral o anual- y está destinado a retribuir la asistencia y formación continua que presta la franquiciadora). Además, se puede establecer un canon de publicidad (para financiar las campañas publicitarias que realizará la franquiciadora junto con todos los franquiciados).
  • Derechos y obligaciones del franquiciador y del franquiciado: la franquiciadora se obliga a ceder su marca, signos distintivos y saber hacer (know-how) al franquiciado; y a prestarle asistencia técnica y/o comercial y formación durante toda la vigencia del contrato. Por su parte, el franquiciado se obliga a pagar la contraprestación pactada; a respetar y aplicar los métodos de gestión propuestos por el franquiciador para el desarrollo de la actividad; a usar los derechos de propiedad industrial e intelectual cedidos respetando el contrato; a mantener la confidencialidad y el secreto del saber hacer y de otros secretos empresariales transmitidos por la franquiciadora;

3. ¿Cuáles son las ventajas?

La principal ventaja para el franquiciado es que podrá iniciar un negocio sin tener que comenzar desde cero, ahorrándose los riesgos inherentes a ese proceso como obtener la financiación, la entrada en el mercado, darse a conocer, etc. El franquiciado comenzará a trabajar con una empresa cuyo modelo de éxito ya está probado, cuyo negocio ya es conocido y que se encuentra consolidado en la sociedad. Por lo general, el crecimiento del negocio suele ser rápido.

En segundo lugar, y relacionado con lo anterior, es que el franquiciado tendrá clientes inmediatamente, sin necesidad de gastar dinero ni esfuerzo para darse a conocer (como ocurriría en un negocio nuevo y desconocido). Los nuevos franquiciadores se ven favorecidos por la publicidad ya creada y existente. Además, obtener un préstamo bancario será mucho más sencillo que para un negocio independiente puesto que las entidades financieras ya conocen de primera mano que la franquicia es efectiva.

En tercer lugar, el franquiciado no tiene que tener experiencia laboral en ese área ya que la franquiciadora le va a apoyar en todo momento, al tener la obligación de prestarle asistencia técnica y/o comercial y formación durante toda la vigencia del contrato. En otas palabras, el franquiciado tendrá acceso a la experiencia y los secretos de ese área de negocio, y se aprovechará de los años de experiencia de los propietarios anteriores. Además, la franquiciadora le ayudará a la hora de elegir una buena localización para abrir el establecimiento, con garantía de éxito.

En cuarto lugar, el franquiciado no tendrá que preocuparse de buscar buenos y eficientes proveedores (las empresas que suministran la materia prima que necesitan para trabajar) ya que la franquiciadora ya tendrá sólidas relaciones con distintos proveedores, que le proporcionarán materias menos costosas.

4. ¿Cuáles son los inconvenientes?

El principal inconveniente del franquiciado es que no es el propietario de la marca y que tiene que seguir obligatoriamente las indicaciones que le haya facilitado la franquiciadora (ej. la imagen, el mensaje, las características del local, el vestuario del personal, etc); no puede ser creativo, ni aplicar descuentos que no se hayan aprobado por la franquiciadora. En otras palabras, las principales decisiones siempre las tomará la franquiciadora, y el franquiciado deberá seguir las normas y directices impuestas por esta. El objetivo es que todas las franquicias sean iguales, por lo que no se puede tomar ninguna decisión que pueda confundir al consumidor sobre la marca.

En segundo lugar, el franquiciado deberá invertir una cantidad alta al iniciar la relación con la franquiciadora, sobre todo si se trata de una franquicia que sea muy conocida. En estos casos, el canon de entrada suele ser muy elevada. Además, tendrá que abonar un canon periódico (semestral, trimestral, etc) independientemente de lo bien o mal que le esté yendo con el negocio, por lo que tendrá que renunciar a parte de la facturación para hacer frente a estos costes.

En tercer lugar, en caso de que otro franquiciado no lo esté haciendo bien en su negocio, o no esté teniendo el éxito esperado, esto puede perjudicar al resto de establecimientos o debilitar la marca. Al fin y al cabo, para el consumidor final, todos son la misma marca, y si uno falla entonces considerará que todos los demás van a fallar igual. En relación con esto, en caso de que no haya una buena gestión y coordinación de las redes sociales por parte de la franquiciadora, pueden crearse problemas de coherencia entre los distintos establecimientos.

En cuarto lugar, el franquiciado tiene poca privacidad respecto a las finanzas de su negocio ya que tendrá que compartir toda su información financiera con la franquiciadora. El objetivo Además, el franquiciado podrá recibir las visistas de la franquiciadora en cualquier momento para valorar si está siguiendo las instrucciones para explotar su marca.

5. ¿Cuáles son las similitudes y diferencias con el contrato de distribución?

El contrato de distribución es un acuerdo entre un empresario o fabricante (el proveedor) y un distribuidor (otro profesional o empresario independiente), de caracter estable, mediante el cual el segundo comprará los productos y/o servicios del primero y se encargará de revenderlos y promocionarlos a empresas minoristas o directamente a consumidores finales. El distribuidor actúa siempre en nombre y por cuenta propia, asumiendo el riesgo comercial derivado de la reventa a sus clientes de los productos adquiridos al proveedor y ganando un margen comercial por ello (la diferencia entre el precio de compra y el precio de la reventa).

Por tanto, aunque el objetivo de ambos contratos consiste en vender productos a consumidores finales, la forma de realizarlo es distinta. Mientras que en el contrato de distribución, el distribuidor adquiere los productos y/o servicios del proveedor para posteriormente revenderlos por un precio superior al de adquisición, en el contrato de franquicia, la franquiciadora amplía la venta de sus productos y/o servicios mediante la creación de franquicias.

El distribuidor forma parte de la red comercial del proveedor, pero no pertenece a ella, sino que actúa simplemente como un intermediario entre el proveedor y el consumidor final. Es decir, el distribuidor no tiene la obligación de seguir las reglas ni directrices del proveedor, sino que únicamente tiene que conseguir aumentar las ventas del producto y/o servicio. Mientras que en el contrato de franquicia, el franquiciado forma parte de la franquicia, y se le transmite por parte de la franquiciadora el saber hacer (know how) del negocio, debiendo respetar en todo momento la marca comercial, uitlizando el mismo tipo de letrero, el mobiliario, entre otros.

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