Última revisión: 11/10/2020
Tamaño: 7 a 10 páginas
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Este Convenio de Responsabilidad Parental puede ser utilizado por los progenitores (o "padres") de uno o más menores (ya sean hijos naturales o adoptivos) cuando dejan de vivir juntos (por separación, divorcio o anulación de su matrimonio) para acordar quién de ellos ejercerá la responsabilidad parental sobre los menores cumpliendo los requisitos del Código Civil y Comercial de la Nación.
Responsabilidad Parental
La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos de los progenitores sobre la persona y bienes del o de los hijos para su protección, desarrollo y formación integral mientras tengan menos de 18 años cumplidos y no se hayan emancipado.
Principios
La responsabilidad parental se rige por los siguientes principios:
La ley reglamenta la titularidad y el ejercicio de la responsabilidad parental, el cuidado personal del hijo por los progenitores y la guarda otorgada por el juez a otra persona distinta de los progenitores.
Titulares
El ejercicio de la responsabilidad parental corresponde:
Tanto cuando los progenitores dejaron de convivir, se divorciaron o su matrimonio fue anulado como cuando el vínculo parental se estableció por declaración judicial, la ley permite que los progenitores acuerden que el ejercicio de la responsabilidad parental se atribuya a uno solo de ellos teniendo en cuenta el interés superior del o de los menores y las circunstancias.
¿Cómo utilizar este documento?
Este Convenio de Responsabilidad Parental puede ser utilizado por los progenitores de uno o más menores (ya sean hijos naturales o adoptivos) cuando dejan de vivir juntos (por separación, divorcio o anulación de su matrimonio) para acordar quién de ellos ejercerá la responsabilidad parental sobre los menores.
El convenio permite atribuir el ejercicio de la responsabilidad parental a uno de los progenitores y establecer un régimen de visitas amplio a favor del otro progenitor que dejará de ejercerla según el convenio.
El convenio puede tener vigencia por un plazo de tiempo determinado o por tiempo indeterminado hasta la mayoría de edad o emancipación del o de los menores.
Para finalizar este documento es necesario completar ciertos datos de identificación de los progenitores y el o los menores (nombre completo y apellido, fecha de nacimiento, nacionalidad y domicilio) y definir las características del régimen de visitas teniendo en cuenta los eventos más importantes en la vida del o de los menores, entre otros:
Una vez finalizado este Convenio de Responsabilidad Parental sin datos ni información en blanco, debe ser impreso en papel común en 2 copias originales. Luego debe ser firmado con firma manuscrita o digital (pero no electrónica) por ambos progenitores. Es práctica generalizada certificar las firmas por un/a funcionario/a judicial o un/a escribano/a público/a matriculado/a según acuerden las partes.
Legislación Aplicable
Este Convenio de Responsabilidad Parental se rige por las disposiciones del Libro Segundo, Título VII, Capítulo 2, artículo 641 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Cómo modificar el modelo
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Nombres alternativos para este documento: Convenio de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial, Acuerdo de Delegación del Ejercicio de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial, Acuerdo de Ejercicio de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial, Acuerdo de Régimen de Visitas Código Civil y Comercial, Acuerdo de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial
País: Argentina