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Contrato de Préstamo de Dinero

Última revisión Última revisión 03/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 03/01/2024

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Este documento llamado contrato de préstamo de dinero o mutuo de dinero, es una operación de crédito de dinero que tiene lugar cuando una parte llamada mutuante entrega o se obliga a entregar una determinada cantidad de dinero a otra parte llamada mutuaria, dinero que la mutuaria está obligada a pagar (restituir) en un momento distinto.

Puede ser gratuito u oneroso. Será a título gratuito cuando las partes no pacten intereses, y a título oneroso cuando las partes pacten intereses. Si las partes han pactado intereses, se aplicará el interés corriente, que es el interés promedio cobrado por los bancos y las sociedades establecidas en Chile en las operaciones que se realicen en el país. Corresponde a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) determinar las tasas de interés corriente, pudiendo consultarse las mismas en su página web.

El mutuo también puede ser reajustable o no. Si es reajustable, la cantidad prestada se reajustará conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC), según cierta periodicidad (mensual, semestral, anual). Si el mutuo no es reajustable, se entiende que deberá simplemente devolver la cantidad prestada.

Este documento es utilizado cuando la mutuante, quien presta el dinero, se obliga a entregar una cantidad de dinero determinada a la otra parte. Por otro lado, la mutuaria, quien recibe el dinero, se compromete a devolver la cantidad de dinero prestada, ya sea con o sin intereses, en un plazo acordado o según su capacidad económica.

La mutuante puede estar compuesta por una o varias personas naturales, o una o varias personas jurídicas debidamente representadas. Por su parte, la mutuaria también puede estar compuesta por una o varias personas naturales, o una o varias personas jurídicas debidamente representadas.

 

¿Cómo utilizar este documento?

Es muy importante señalar que este documento no podrá utilizarse si cualquiera de las partes es una persona jurídica que es considerada una institución sometida a la fiscalización de la SBIF.

Se suele ocupar, por ejemplo, entre amigos, familiares o parejas, que desean prestarse dinero para distintos motivos. También podrá usarse en el caso de que una o ambas partes sean personas jurídicas, siempre y cuando no sean de aquellas instituciones que operan sometidas a la fiscalización de la SBIF.

Aunque el contrato de mutuo no requiere necesariamente ser escrito, es altamente recomendable hacerlo por escrito, incluso en el caso de amigos o familiares. Esto se debe a que, al plasmar por escrito los términos del préstamo, se pueden evitar futuros malentendidos o disputas sobre los plazos de pago y otros detalles. Además, contar con un contrato escrito proporciona una mayor seguridad jurídica a ambas partes, ya que permite establecer claramente los derechos y obligaciones de cada una de ellas.

Las partes en el presente documento podrán definir lo siguiente:

  • Individualización completa de ambas partes,
  • Cantidad de dinero otorgada en mutuo (préstamo),
  • Si acordaron o no reajustabilidad, y la periodicidad del reajuste,
  • Si acordaron o no intereses, y la periodicidad de ellos,
  • Forma y medio de pago de la cantidad otorgada en mutuo.

Este documento se encuentra afecto al Impuesto de Timbres y Estampillas regulado en la Ley de Timbres y Estampillas, el cual deberá ser declarado y pagado en la oportunidad y de la forma que en ese cuerpo normativo se dispone.

 

Legislación aplicable

Si bien el contrato de mutuo se trata en el Código Civil en el artículo 2196 y siguientes, el mutuo de dinero lo encontramos regulado en la Ley Nº 18.010 sobre operaciones de crédito de dinero.

 

¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

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