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Contrato de sociedad anónima

Última revisión Última revisión 09/01/2024
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Este documento permite crear una Sociedad Anónima y establecer los lineamientos que deberá de seguir tanto la sociedad en su propia administración y toma de decisiones, como los socios de la misma y su actuar respecto de sus acciones.

La Sociedad Anónima.

La sociedad anónima es un tipo de sociedad en el cual los socios serán responsables de las operaciones de la misma hasta por un monto igual al valor de las acciones que posee cada socio. Es decir, en el supuesto de que la sociedad no pueda cumplir con sus obligaciones los socios deberán de responder de estas en proporción a las acciones que les pertenezcan y hasta por un monto igual al valor de sus acciones.

El nombre que se le puede dar a una sociedad anónima podrá ser elegido libremente por los socios, pero deberá de ser distinto del de cualquier otra sociedad. El nombre de la sociedad irá siempre seguido de las palabras "Sociedad Anónima" o de su abreviatura (S.A.).

La sociedad anónima puede ser creada por dos o más socios (si usted desea crear una sociedad con un solo socio deberá de optar por una Sociedad por Acciones Simplificadas), que pueden ser personas físicas (cualquier ser humano mayor de dieciocho años) o personas jurídicas (cualquier sociedad establecida bajo los requerimientos de la ley), los cuales serán propietarios de una parte de la sociedad y dicha parte estará representada por acciones (cada uno de los socios deberá de poseer al menos una acción).

Al momento de creación de la sociedad anónima se deberá de establecer el capital social mínimo (la cantidad de dinero expresada en pesos mexicanos con la que comenzará a funcionar la sociedad), en cuantas acciones estará dividido el capital social, cuantas acciones le pertenecen a cada socio y deberá de estar pagado al menos el veinte por ciento de cada acción. En el supuesto en el que no este totalmente pagado el capital social se deberá de establecer los términos y condiciones en que deba de pagarse la parte faltante del capital social.

La duración de una sociedad anónima puede ser indefinida o por un plazo definido (el cual puede ser medido en días, meses, años, etc.).

De la toma de decisiones y la administración de la sociedad.

Las decisiones que sean de vital importancia para la sociedad deberán de ser tomadas mediante votación en una Asamblea General (evento en el que se reúnen los socios). El proceso para la convocatoria para una asamblea general y el método de votación podrá ser elegido libremente por los socios al momento de creación de la sociedad. Cada socio tendrá derecho a un voto por acción, a excepción de que al momento de creación de la sociedad se acuerde alguna otra forma.

En el supuesto de que los socios no se pongan de acuerdo en la toma de alguna decisión en particular, se deberá de establecer un mecanismo a seguir si se presenta este supuesto.

Las sociedades anónimas están administradas por un administrador general único o un consejo de administración; de igual manera, las sociedades están vigiladas por una o varias personas llamadas comisarios, y tanto los primeros como los segundos deberán de ser nombrados al momento de creación de la sociedad.

Del Objeto Social

El Contrato de Sociedad Anónima, deberá establecer la lista de actividades comerciales que la sociedad pretende realizar preponderantemente, a esta lista de actividades económicas o comerciales se le conoce como "Objeto Social", el cual deberá ser lo suficientemente amplio para abarcar las actividades que la sociedad realiza y realizará en un futuro, pero sin caer en ambigüedades.

Aquellas actividades que realice la sociedad y que no se encuentren dentro de su objeto social, serán consideradas como actividades irregulares.

De las formalidades de una sociedad anónima.

Una vez firmado el contrato de sociedad anónima se deberá de presentar el contrato de sociedad anónima a un notario público, o corredor público para la constitución de la misma. De lo contrario la sociedad será una sociedad irregular por ausencia de un requisito formal.

Así mismo, el contrato de sociedad anónima deberá de ser registrado ante el Registro Público de Comercio para que los actos realizados por la misma tengan plena validez.

 

¿Como utilizar este documento?

Este contrato de sociedad anónima está adaptado para la ser formalizado en escritura pública ante un notario público, o corredor público.

Una vez completado el formulario este deberá de ser presentado ante un notario público, o corredor público, y será firmado por todos los socios en presencia de este. Cuando los socios hayan firmado el contrato de sociedad anónima, será presentado ante la secretaría de economía para su registro y la sociedad podrá comenzar a operar.

 

Derecho aplicable.

El contrato de sociedad anónima está regulado por:

 

 

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