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Contrato de préstamo de dinero

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¿Qué es un Contrato de Préstamo de Dinero?

El Contrato de Préstamo de Dinero, también conocido como Contrato de Mutuo, es el documento mediante el cual una de las partes (persona que presta el dinero o mutuante) transmite a otra (persona que recibe el dinero en préstamo o mutuario) la propiedad de una suma de dinero, quien al recibirlo contrae la obligación de devolverlo en un plazo determinado.

La persona que recibe el dinero, comúnmente adquiere la obligación de pagar de manera adicional a la suma de dinero recibida, por concepto de Intereses Ordinarios una cantidad adicional en favor de la persona quien prestó el dinero.


¿Cuáles son los diferentes tipos de Contrato de Préstamo de Dinero?

El Contrato de Préstamo de Dinero puede ser con interés o sin interés, sin embargo lo más común es que el Préstamo de Dinero se realice con intereses, toda vez que en ello radica la razón de negocio del préstamo, es decir los intereses son lo que le generan ganancias a la persona que presta el dinero. Los intereses son la cantidad de dinero o porcentaje adicional a la deuda principal, que la persona que recibe el dinero, se obliga a pagar en favor de quien le prestó el dinero. En México el interés que establece la ley es del 6% anual.

Sin embargo, los Contratos de Préstamo sin intereses, se presentan en situaciones en las que la persona quien presta el dinero no busca obtener una ganancia, sino que busca ayudar a la persona quien recibe el dinero.

Por ejemplo: el préstamo de dinero entre familiares o bien el préstamo de dinero de un socio a la sociedad de la que es parte.
En ambos casos, la persona que presta el dinero, no tiene intención de obtener una ganancia, sino de ayudar a quien recibe el dinero, razón por la cual se justifica que no haya intereses.


¿Qué significa el concepto "Interés Ordinario" e "Interés Moratorio" en un Contrato de Préstamo de Dinero?

Los intereses ordinarios son la cantidad de dinero o porcentaje adicional a la deuda principal, que la persona que recibe el dinero, se obliga a pagar en favor de quien le prestó el dinero, razón por la cual constituyen la ganancia asegurada que recibirá la persona que prestó el dinero.

En México el interés legal es del 6% anual, el cual es considerado como referencia para establecen un interés justo, sin que esto implique que no se pueda establecer uno mayor.

Por ejemplo: Si Juan presta a Pedro $100 pesos y se establece un interés ordinario del 6%, Pedro pagará a Juan al terminar el Contrato de Préstamo de Dinero la cantidad de $106.

Por otro lado, los Intereses Moratorios constituyen una pena o castigo en caso de que la persona que recibe el dinero no pague en tiempo y forma la cantidad acordada en favor de quien prestó el dinero. En ese sentido, los intereses moratorios no son parte de la deuda principal, toda vez que únicamente podrán ser cobrados por quien prestó el dinero, en caso de que quien recibió el dinero no pague a tiempo o no pague completa la cantidad acordada.

Por ejemplo: Si Juan presta a Pedro $100 y se establece un interés ordinario de 6% y un interés moratorio del 8%, en caso de que Pedro se obligue a pagar el 10 de octubre y no cumple, a partir del 11 de octubre la cantidad a pagar será de $114.48.


¿Qué está prohibido en un Contrato de Préstamo de Dinero?

Por ley está prohibido establecer intereses excesivos o abusivos a cargo de la persona quien recibe el dinero. Para considerar excesivo un interés ordinario o moratorio, deberán tomarse en cuenta distintos factores, por ejemplo; el interés legal establecido por la ley civil o mercantil según sea el caso, el plazo que se otorga para pagar, la cantidad de dinero prestada, la solvencia económica de quien recibe el préstamo.

En ese sentido, un porcentaje de interés abusivo no puede determinarse en un número específico, toda vez que dependerá del contexto. No obstante lo anterior, es importante considerar que el interés legal en materia mercantil es del 6% anual y en materia civil varía dependiendo del Estado.


¿Cómo garantizar el pago en un Contrato de Préstamo de Dinero?

La persona que presta el dinero puede asegurarse de que podrá cobrar el mismo, pidiendo a la persona que recibe el dinero que ofrezca algún tipo de garantía. Los métodos más comunes en México para garantizar el pago son:

  • Garantía Prendaria: El deudor ofrece en garantía un bien mueble de un valor similar o superior a la cantidad que adeuda, por ejemplo: Un Coche, un reloj, joyería, etc.
    De tal suerte que si el deudor no paga, el acreedor puede quedarse el bien o venderlo para recuperar el dinero adeudado.
  • Garantía Hipotecaria: El deudor ofrece en garantía un bien inmueble de un valor similar o superior a la cantidad que adeuda, por ejemplo: Una casa o un terreno.
    De tal suerte que si el deudor no paga, el acreedor puede quedarse el bien o venderlo para recuperar el dinero adeudado.
  • Aval o Fiador: Un tercero con solvencia económica se obliga a responder por la deuda del deudor principal en caso de que el deudor principal incumpla, por lo que el acreedor podrá cobrarle al Aval o Fiador en caso de que el deudor principal no pague.


¿Quiénes son las Partes involucradas en un Contrato de Préstamo de Dinero?

Las personas que deberán firmar el Contrato de Préstamo de Dinero son:

  • El Mutante (Persona que presta el dinero).
  • El Mutuatario (Persona que recibe el dinero).
  • Aval o Fiador (Obligado solidario) en caso de que así lo establezca el Contrato

Tanto el Mutuante como el Mutuatario y el Aval pueden ser personas físicas o morales, incluso pueden celebrarse contratos de Préstamo de Dinero entre más de un Mutuante y/o más de un Mutuatario.


¿Qué hacer al concluir el Contrato de Préstamo de Dinero?

El Contrato de Préstamo de Dinero, deberá ser impreso y firmado el número de veces necesarias para que cada una de las personas que firme el contrato obtenga un ejemplar firmado.

Los contratos celebrados por personas morales (sociedades) serán firmados por sus representantes legales, quienes tengan facultades de representación de la sociedad (Apoderado, Administrador, Consejeros, Socios, etc.).

En caso de que el Contrato de Préstamo de Dinero establezca alguna Garantía Hipotecaria (bienes inmuebles) las Partes deberán protocolizar el Contrato ante Notario Público y registrarlo ante el Registro Público de Propiedad.

En caso de que el Contrato de Préstamo de Dinero establezca alguna Garantía Prendaria (bienes muebles) el Contrato deberá registrarse en el Registro Único de Garantías.


¿El Contrato de Préstamo de Dinero debe ser protocolizado ante Notario Público?

Únicamente deberá ser protocolizado ante Notario Público un Contrato de Préstamo de Dinero si quien recibe el dinero otorga como garantía de pago un bien inmueble, en cuyo caso dicha garantía deberá constar en escritura pública.


¿El Contrato de Préstamo de Dinero necesita inscribirse o registrarse ante alguna autoridad?

En caso de que exista garantía hipotecaria (bienes inmueble) deberá inscribirse el contrato ante el Registro Público de la Propiedad.

En caso de que exista garantía prendaria (bienes muebles) deberá inscribirse el contrato ante el Registro Único de Garantías.


¿Qué elementos son indispensables para el Contrato de Préstamo de Dinero?

El Contrato de Préstamo de Dinero deberá establecer los siguientes puntos:

  • Cantidad de dinero prestada.
  • Fecha límite de pago.
  • Forma y método de pago.
  • Intereses Ordinarios en caso de ser necesario.
  • Intereses Moratorios.
  • Garantía en caso de ser necesaria.


¿Cuál es la legislación aplicable al Contrato de Préstamo de Dinero?

La legislación aplicable al Contrato de Préstamo de Dinero podrá ser el Código Civil Federal o Código Civil del Estado donde se celebre el contrato o bien el Código de Comercio.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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