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Anexo al Contrato de Trabajo: Pacto de Horas Extraordinarias

Última revisión Última revisión 15/01/2024
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El pacto de horas extraordinarias es el documento por medio del cual una persona empleadora (natural o jurídica) y una persona trabajadora, que han firmado previamente un contrato de trabajo, acuerdan que la persona trabajadora podrá, en determinadas circunstancias, con las condiciones y límites que señala la ley, cumplir sus labores en un horario que excede de los límites de la jornada de trabajo establecida en el contrato laboral firmado por las partes.


Condiciones y límites

En cuanto a las circunstancias en que pueden trabajarse horas extraordinarias, la ley señala que éstas sólo podrán pactarse para atender necesidades o situaciones temporales de la empleadora, que son aquellas circunstancias que:

  • no son permanentes en la actividad productiva de la empleadora,
  • provienen de acontecimientos ocasionales o de factores que no se pueden evitar, y
  • generan una mayor demanda de trabajo por un período determinado.

Por ejemplo, podrían trabajarse horas extraordinarias cuando la empleadora deba cumplir con un plazo para la entrega de productos cuya fabricación esté atrasada, o para no generar mayores pérdidas o recuperar bienes o ganancias en los casos que se produzca un accidente que impida o paralice la actividad de la empleadora.

En relación a las condiciones y límites, éste pacto no puede durar más de 3 meses, aunque puede renovarse si así lo acuerdan trabajadora y empleadora. Solamente mientras dure este pacto la empleadora podrá requerir que en la trabajadora se desempeñe más allá de los límites de su jornada de trabajo.

En cualquier caso, se debe respetar el límite diario de horas extraordinarias, que es de 2 horas, con un tope de 12 horas semanales.

Si se desea que la persona trabajadora aumente de manera permanente su jornada de trabajo no corresponde completar este modelo, sino que se requerirá la firma de un anexo que modifique la jornada de trabajo, pero ello únicamente será posible hasta alcanzar el máximo legal, que por regla general es de 45 horas semanales distribuidas en no menos de 5 ni más de 6 días.

 

Pago de las horas extraordinarias

Las horas extraordinarias, es decir, aquellas en que la trabajadora se desempeñe por sobre su jornada de trabajo pactada en el contrato laboral, se pagarán con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deberán liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período.

No se consideran horas extraordinarias las trabajadas en compensación de un permiso, siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por la trabajadora y autorizada por la empleadora.

Si no se firma un pacto de horas extraordinarias y la trabajadora trabaja para la empleadora fuera de su jornada laboral, la empleadora de todas maneras estará obligada a pagar las horas extraordinarias como corresponde, pero además estará incurriendo en una infracción que puede ser sancionada administrativamente.

 

Aplicación de este anexo

Este documento se encuentra adaptado para cualquier relación laboral desarrollada en el ámbito privado, sea en relación con una persona natural, empresa, corporación, fundación u otra forma de organización, pero no es aplicable para el sector público.

Este modelo de anexo solo contempla la posibilidad de pactar horas extraordinarias, por lo que si se desea realizar cualquier modificación a la relación laboral distinta a dicho pacto, como el cambio en la remuneración, cambio de funciones, cambio de lugar de trabajo, cambio de modalidad de trabajo, corresponde firmar otro tipo de anexo, genérico o específico, como el anexo de acuerdo de permiso sin goce de remuneraciones.

Cómo utilizar este documento

El pacto de horas extraordinarias es exigido por la ley para que una persona trabajadora pueda prestar sus servicios fuera de los límites de la jornada de trabajo, y debe indicar por cuánto tiempo se extenderá, así como las circunstancias que motivan su celebración.

Considerando lo anterior, este modelo de pacto de horas extraordinarias contiene la siguiente información:

  • Identificación de la persona trabajadora y empleadora.
  • Fecha de inicio de la relación laboral.
  • Duración del pacto de horas extraordinarias.
  • Circunstancias que motivan la firma de este pacto.
  • Forma en que la empleadora debe solicitar el trabajo en horas extraordinarias.

Una vez completado y descargado este documento, para que genere efectos jurídicos, deberá ser leído y firmado tanto por la persona trabajadora como por la persona empleadora en, al menos, 2 ejemplares, de manera que cada parte quede en poder de uno de ellos.

A partir de la fecha de su firma, y para todos los efectos legales, este acuerdo será incorporado como anexo al contrato de trabajo vigente firmado entre la persona empleadora y trabajadora, pasando a formar parte integrante de él.

La persona empleadora tiene el deber de registrar este anexo en el sitio web de la Dirección del Trabajo, dentro de un plazo máximo de 15 días corridos siguientes a aquel en que es firmado por las partes.

Legislación aplicable

Este pacto de horas extraordinarias se encuentra regulado en el Código del Trabajo, específicamente en los artículos 30 y siguientes.


Cómo modificar el modelo

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