¿Cómo se puede solicitar el fin del uso ilegal de una patente?

Última revisión: Última revisión:20 de octubre 2023
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Las patentes y los modelos de utilidad permiten proteger la titularidad sobre invenciones en las que se han invertido grandes cantidades de dinero y tiempo, convirtiéndose así muchas veces en elementos esenciales del activo o patrimonio de muchas empresas o startups. Se trata de los elementos que les otorga una ventaja frente a sus competidores, claves para el desarrollo de un producto. De esta forma, el uso inadecuado o sin permiso de una patente por cualquier persona (infractor) puede suponer un grave daño de difícil reparación para su titular.

En esta guía, además de determinar qué considera como patente, se tratará de informar de las posibles acciones o vías que puede seguir el titular o dueño de una patente para evitar que sea utilizada de forma ilegal o sin permiso por otras personas:

1. ¿Qué es una patente?

Una patente supone un derecho de propiedad industrial sobre una determinada invención o creación. Este derecho garantiza que el uso, explotación y desarrollo de la patente corresponda de forma exclusiva a su titular (es decir, a su inventor) durante un periodo determinado de tiempo. Este derecho se puede transferir igual que cualquier otro tipo de propiedad (p. ej. se puede vender, se puede otorgar una licencia de uso a terceros, etc.).

Las patentes se otorgan sobre todas aquellas invenciones que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Se trata de una invención novedosa, es decir, no existen invenciones similares en el mercado dadas su características técnicas y su ámbito o sector de aplicación.
  • Tiene aplicación industrial, ya sea para fabricar otros productos o prestar servicios, o bien puede ser directamente fabricado y comercializado.
  • Es el resultado de un proceso inventivo, es decir, se deriva del desarrollo de una tecnología o conocimiento por parte del inventor, y no se trata una simple modificación de un producto o procedimiento previo.

Este derecho de propiedad industrial se podrá solicitar en España ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o, si se trata de una patente de la Unión Europea, ante la Oficina Europea de Patentes.

La patente confiere a su titular el derecho a impedir que terceros no autorizados realicen:

  • La fabricación, venta, la introducción en el comercio o utilización de un producto objeto de la patente o importación o posesión con fines comerciales (es decir, realizar su venta en el mercado).
  • La utilización de un procedimiento patentado o su ofrecimiento a una tercera persona cuando esta sepa, o las circunstancias hacen evidente que la utilización del procedimiento está prohibida sin el consentimiento del titular de la patente.
  • El ofrecimiento para la venta o la utilización del producto derivado de la patente, o la importación o posesión de dicho producto para la realización de actividades comerciales.

Ahora bien, el titular no podrá impedir que terceros hagan uso de la patente para:

  • Realizar actividades que no tienen fines comerciales (p. ej. se utiliza la patente para mejorar la calidad de vida de personas en situación de exclusión social).
  • Llevar a cabo actividades con fines experimentales (p. ej. se utiliza la patente para llevar a cabo una investigación de una enfermedad).
  • Desarrollar los estudios y ensayos necesarios para obtener la autorización de comercialización de medicamentos en España o fuera de España.
  • Preparar medicamentos en farmacias de forma puntual, siguiendo una receta médica.
  • Construir medios de locomoción, aérea o terrestre, cuando esos medios de locomoción penetren temporal o accidentalmente en el territorio español (p. ej. un tren que tiene la patente y que realiza viajes puntuales en territorio español).

El titular de una patente no tiene derecho a impedir el uso de la patente a aquellas personas que de buena fe, y con anterioridad a la fecha de solicitud de la patente, hubiesen venido explotando en España una invención similar.

2. ¿Cómo puede el titular proteger su patente?

La principal obligación del titular de la patente será la de realizar el correcto registro o inscripción en todos aquellos países en los que se deseen comercializar productos o servicios relacionados con la patente. En el caso español, se deberá inscribir en el registro de la Oficina española de Patentes y Marcas.

Si la invención hubiere sido realizada por varias personas a la vez, la titularidad sobre la patente pertenecerá en común a todas ellas.

La patente tiene una duración de veinte años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de su solicitud, y produce sus efectos desde el día en que se publica su concesión. Una vez transcurrido el plazo de veinte años, cualquier persona podrá hacer uso libremente de la patente.

3. ¿Cuáles son las acciones de las que dispone el titular en el caso de que alguien realice un uso inadecuado o no permitido de su patente?

El titular de la patente debidamente registrada puede adoptar una serie de medidas o acciones para tratar de evitar o denunciar cualquier uso inadecuado o no permitido de su patente. En concreto, el titular dispone de las siguientes acciones:

3.1 Reivindicación de la titularidad de la patente

En primer lugar, el titular o inventor podrá reivindicar que se le reconozca la titularidad de una patente en el caso de que, por error, se hubiera concedido a posteriori la titularidad de la patente a una persona que no es la verdadera inventora. Asimismo, cuando el titular de la patente afectada solo tenga derecho a una parte de la nueva patente (p. ej. tiene una patente de un sistema de refrigeración que se incluye dentro de una patente solicitada de un motor) podrá reivindicar que le sea atribuida su cotitularidad (siguiendo el ejemplo anterior, ambos inventores serían titulares de la patente sobre el motor).

Esta reivindicación de la titularidad se podrá ejercer únicamente en el plazo de dos años desde la fecha en que se otorgó de forma errónea la patente. Este plazo no será aplicable si la persona que solicitó la patente a posteriori conocía que la patente ya tenía un titular legítimo.

El inicio de esta acción se anotará en el Registro de Patentes con el fin de que todo el mundo conozca la controversia existente sobre la propiedad de la patente.

3.2 Oposición a una nueva patente que pudiera vulnerar la patente del titular

Dentro de los seis meses siguientes a la publicación de la concesión de una patente, cualquier persona podrá oponerse a esta concesión si existen alguno de los siguientes motivos:

  • La invención no reúne alguno de los requisitos necesarios para obtener una patente (p. ej. no supone una invención novedosa, no tiene la utilidad indicada en la patente, etc.).
  • Su descripción no es lo suficientemente clara y completa para que un experto en la materia pueda ejecutarla.
  • El objeto de la patente concedida excede del contenido de la solicitud (p. ej. se indica que la patente es para ser utilizada en bicicletas, pero en verdad puede ser utilizada en motocicletas y otros vehículos de motor) o podría vulnerar otras patentes.

Esta oposición deberá dirigirse por escrito a la Oficina Española de Patentes y Marcas, junto con las pruebas que se deseen aportar para demostrar el incumplimiento (p. ej. informe de datos sobre la patente que podría vulnerar).

3.3 Exigir el fin del uso fraudulento de la patente

El titular de la patente puede acudir directamente ante un juez para exigir a un tercero que cese el uso fraudulento o inadecuado que está realizando de su patente.

Antes de acudir a la vía judicial, el titular de la patente puede enviar un requerimiento para solicitar al infractor que deje de utilizar de forma fraudulenta la patente, avisándole de las consecuencias legales si continúa con el incumplimiento.

3.4 Retirada de los productos del mercado y destrucción de los medios utilizados para su fabricación

El titular de la patente puede solicitar que se retiren del mercado los productos o servicios en los que exista una violación de la patente, así como todo el material relacionado (p. ej. retirar de la venta un robot de cocina que viola la patente de otra marca, eliminando también toda la publicidad existente sobre ese producto). Asimismo, el titular de la patente podrá solicitar el embargo o la destrucción de los medios o instrumentos utilizados para cometer la infracción (p. ej. puede solicitar la destrucción de las máquinas a partir de las cuales se elaboraban los bolsos que utilizaban la marca de forma ilegal).

3.5 Destrucción de los productos y de los medios utilizados para su fabricación

El titular de la patente podrá también solicitar la destrucción o, si lo desea, la cesión con fines humanitarios (es decir, la entrega de los productos a ONGs u organizaciones para destinarlas a personas con pocos recursos), de los productos en los que se hace un uso ilícito de la patente, salvo que la naturaleza del producto permita la eliminación del componente que viola la patente (p. ej. se puede retirar fácilmente el componente electrónico de un ordenador que viola la patente) o cuando la destrucción del producto provoque un perjuicio desproporcionado al infractor.

El juez encargado del caso será el que determine si es adecuado o no proceder a la destrucción de los productos en los que se hace un uso ilegal de la patente.

Por último, el infractor será la que deberá asumir los costes de destrucción de los productos que violan la patente, así como de las máquinas utilizadas para su fabricación.

3.6 Solicitud de daños y perjuicios por vulneración de la patente

El titular de la patente podrá solicitar una indemnización a todas las personas que, sin su consentimiento, fabriquen, importen productos en los que se hace uso de la patente o utilicen el procedimiento patentado, por todos los daños y perjuicios causados.

En el caso de que el infractor haya realizado cualquier otro uso no autorizado de la patente distinto a los señalados en el párrafo anterior (p. ej. otorgue licencias de uso a terceros para el uso de la patente a pesar de no ser su titular, utilice solo parte de la patente para la preparación de un producto, etc.), sólo estará obligado a indemnizar los daños y perjuicios causados si hubieren actuado a sabiendas, o con culpa o negligencia (es decir, sabían que estaban haciendo uso de una patente sin tener permiso para ello por su titular). En todo caso, se entenderá que el infractor ha actuado a sabiendas si el titular de la patente le hubiera pedido anteriormente que cesara en su uso.

En cuanto a la cuantía que se podrá exigir como indemnización, se tendrá en cuenta la ganancia que el titular no haya podido obtener a causa de la violación de la patente. La cuantía de la indemnización podrá incluir, en su caso, los gastos de investigación en los que se haya incurrido para obtener pruebas razonables de la comisión de la infracción.

En todo caso, para estimar la indemnización por daños y perjuicios, se tendrán en cuenta, a elección del titular de la patente:

  • Las consecuencias económicas negativas que se deriven de la violación de la patente, entre ellas los beneficios que el titular habría obtenido previsiblemente de la explotación de la patente si no hubiera existido la competencia del infractor o, alternativamente, los beneficios que este último haya obtenido de la explotación del invento patentado.

  • Una cantidad basada en el precio que el infractor hubiera debido pagar al titular de la patente por la concesión de una licencia que le hubiera permitido hacer un uso legal de la misma. Para la estimación de esta cantidad, se tendrá en cuenta especialmente, entre otros factores, la importancia económica del invento patentado, el tiempo de vigencia que le reste a la patente en el momento en que comenzó la infracción, y el número y clase de licencias concedidas en ese momento.

El titular de la patente podrá exigir también que la indemnización incluya una compensación por el desprestigio de la invención patentada que haya podido causar el infractor y, en especial, como consecuencia de realizar un uso defectuoso o inadecuado de la patente en el mercado.

3.7 Atribución de la propiedad de los bienes al titular de la patente

Si así lo solicita, el titular de la patente podrá obtener la propiedad sobre los productos, materiales y medios embargados por violar su patente. En este caso, se restará el valor de los bienes afectados al importe de la indemnización de daños y perjuicios (es decir, si el valor de los bienes embargados que se otorgarán al titular de la patente es de 10.000 euros, esta cantidad se restará de la indemnización que corresponda por este incumplimiento).

3.8 Publicación de la sentencia de condena

El titular de la patente puede exigir la publicación de la sentencia a costa del infractor en medios de comunicación con el fin que se conozca de forma general el uso fraudulento que se ha hecho de su patente.

Además, se podrá solicitar la notificación de la sentencia a las posibles personas interesadas (p. ej. su envío a los dueños de las tiendas en las que se distribuyen los productos del titular de la marca para que conozcan que se había hecho un uso ilegal de la marca).

3.9 La denuncia de un delito de violación de propiedad industrial

En aquellos incumplimientos más graves, el titular de la patente podrá acudir a la vía penal para denunciar la posible existencia de un delito contra la propiedad industrial cometido por la persona que utiliza de forma fraudulenta la patente.

En concreto, el infractor podrá ser castigado con penas de uno a cuatro años de prisión y de doce a veinticuatro meses de multa (la cuantía específica en euros la decidirá el juez según la gravedad del delito) siempre que:

  • El uso fraudulento de la patente se realice con fines industriales o comerciales (es decir, con ánimo de obtener un beneficio económico).
  • No exista consentimiento alguno de uso de la patente por su titular.
  • El infractor conociera que la patente se encuentra registrada y que tiene un titular legítimo.
  • El infractor llevara a cabo alguno de las siguientes acciones en relación con la patente:
    • fabrique, produzca o importe productos que incorporen o utilicen la patente del titular; u,
    • utilice u ofrezca la utilización de un procedimiento objeto de una patente, o posea, ofrezca, introduzca en el comercio, o utilice el producto directamente obtenido por el procedimiento patentado (p. ej. se desea vender el procedimiento para mejorar la eficiencia de los motores de gasolina cuando no se dispone de la patente de dicho procedimiento).

4. Conclusión

El titular de la patente podrá ejercer diversas acciones para impedir su uso ilegal o sin permiso, siempre que esta se encuentre correctamente registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en el órgano equivalente del país en el que se produce el incumplimiento.

Entre las principales acciones de las que dispone el titular de la patente, destaca la acción de reivindicación de su titularidad, la acción de cesación por la que se puede solicitar al infractor que deje de realizar el uso inadecuado de la patente, la oposición a la inscripción de patentes que pudieran violar o vulnerar una patente, la posibilidad de solicitar la destrucción de todos los productos en los que se ha hecho un uso no autorizado de la patente o su donación a ONGs u organizaciones sociales. Asimismo, se podrá solicitar la destrucción de la maquinaria o medios utilizados para crear los productos en los que se realiza un uso fraudulento de la patente.

Por último, el titular de la patente podrá solicitar una indemnización por los daños y perjuicios que el uso fraudulento de la patente le haya podido ocasionar e, incluso, acudir a la vía penal en los casos más graves.

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