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Contrato de Trabajo a Plazo Fijo

Última revisión Última revisión 17/03/2024
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Este Contrato de Trabajo a Plazo Fijo puede ser utilizado por una persona o entidad ("empleadora") y una persona ("empleada") para documentar las condiciones básicas de una contratación en relación de dependencia por un tiempo determinado no mayor que 5 años. Este documento cumple los requisitos de la Ley nacional N° 20.744 (t.o. 1976) y modificatorias ("LCT") exclusivamente.

 

Uso de este Documento

Este Contrato de Trabajo A Plazo Fijo permite documentar una contratación laboral para cubrir cualquier puesto en casi todas las actividades de manera temporaria y según la modalidad presencial.

Teletrabajo

Si se desea acordar una contratación laboral según la modalidad de trabajo remoto o teletrabajo (es decir, con trabajo de la empleada en su domicilio u otro lugar distinto de cualquier oficina, local, fábrica u otro establecimiento de la empleadora y usando todo tipo de tecnología digital y de comunicación) entonces se aplican disposiciones legales diferentes y, por lo tanto, debe utilizarse otro documento como el Contrato de Trabajo Remoto o Teletrabajo.

Trabajo Agrario o Doméstico

Un contrato de trabajo de acuerdo con la LCT, como este Contrato de Trabajo A Plazo Fijo, no debe celebrarse para cubrir un puesto de actividad agraria en el ámbito rural ni un puesto en una casa particular ya que a las contrataciones para cubrir esos tipos de puestos se aplican disposiciones legales diferentes:

  • en el caso de personal para un puesto de actividad agraria en el ámbito rural, la Ley nacional N° 26.727 y modificatorias.

 

Tipo de Contrato

De Trabajo

El contrato de trabajo se celebra para que la empleada esté dispuesta a realizar una o más tareas (definidas por la empleadora y siempre que no estén prohibidas expresamente por ley y no sean inmorales) en relación de dependencia con la empleadora (es decir, bajo su dirección, a su ritmo y con su supervisión) a cambio del pago periódico de la remuneración en dinero (no inferior al Salario Mínimo, Vital y Móvil) acordada entre las partes y sujeto a que la empleada goce conforme a la LCT de los beneficios pagos previstos por la misma (vacaciones anuales, licencias especiales, etc.).

De Obra o Servicios

Por el contrario, si una persona o entidad ("comitente") desea que una persona ("contratista") realice una actividad (acordada entre ambas y ni prohibida por ley ni inmoral) actuando independientemente de la comitente (es decir, bajo la dirección de la propia contratista y al ritmo convenido con ésta) a cambio del pago de un precio acordado entre las partes o gratis entonces a la contratación se aplican otras disposiciones legales que requieren la firma de un documento como el Contrato de Obra o Servicios.

 

Empleada

Cualquier persona puede celebrar un contrato de trabajo a plazo fijo como empleada si en la fecha de firma del contrato cumple alguno de los siguientes requisitos:

  • tiene 18 años de edad cumplidos.
  • no tiene 18 años de edad pero tiene 16 años de edad cumplidos y satisface alguno de los siguientes requisitos:
  • cuenta con la autorización expresa de su/s progenitor/es con responsabilidad parental o del representante necesario (por ejemplo, el tutor).
  • puede demostrar que vive independientemente de su/s progenitor/es con responsabilidad parental o del representante necesario, en cuyo caso legalmente se considera que cuenta con la autorización de aquellos salvo prueba en contrario.
  • está emancipada por matrimonio civil permitido por su/s progenitor/es con responsabilidad parental o el representante necesario o, en su defecto, autorizado por un juez civil.
  • tiene menos de 16 años de edad pero está emancipada por matrimonio autorizado por un juez civil.

Si la persona que celebra el contrato de trabajo a plazo fijo como empleada no es de nacionalidad argentina entonces debe contar con un permiso de residencia permanente o temporaria (hasta 3 años, prorrogable) otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones del Gobierno nacional por un período de tiempo indeterminado. Si dicha persona cuenta con un permiso de residencia precaria (hasta 90 días, renovable) o transitoria (por ejemplo, para turismo) entonces no puede ser contratada como empleada sin la autorización previa y expresa de la Dirección Nacional de Migraciones.

 

Empleadora

Toda entidad y toda persona laboralmente capaz puede firmar un contrato de trabajo a plazo fijo como empleadora.

 

Reglas Generales Aplicables al Contrato

Contratación Excepcional

Por ley toda contratación se considera hecha por tiempo indeterminado (esto es, hasta que la empleada está en condiciones de jubilarse o el contrato termina anticipadamente por alguna otra causa) salvo que las modalidades de las tareas que debe cumplir la empleada o de la actividad de la empleadora, razonablemente apreciadas, justifiquen la contratación por tiempo determinado. Por "modalidades de las tareas" se entienden tareas definidas y con un plazo de ejecución cierto (por ejemplo, el reemplazo de un empleado del área contable durante su licencia o la contratación de un empleado administrativo para asistir en la ejecución de un proyecto). Si las modalidades ni de las tareas ni de la actividad justifican la contratación por tiempo determinado entonces ésta se considera hecha por tiempo indeterminado inclusive cuando el contrato de trabajo a plazo fijo en sí cumpla los requisitos mencionados en "Requisitos Formales del Contrato" más abajo.

Condiciones Predeterminadas

Si bien el contrato es redactado por la empleadora y negociado únicamente con la empleada, sus condiciones están casi totalmente predeterminadas por las disposiciones de orden público de la LCT y, en su caso, del convenio colectivo de trabajo o laudo legalmente obligatorio (en conjunto, "normativa laboral") que se aplique a la actividad en la que se ocupará a la empleada. Ello tiene las siguientes consecuencias:

  • la empleadora y la empleada tienen un margen muy limitado para acordar todas las condiciones de la contratación (por ejemplo, el importe mínimo y lugar de pago de la remuneración y el plazo mínimo de la licencia anual por vacaciones) de manera completamente distinta a lo predeterminado por la normativa laboral.
  • las condiciones básicas que se acuerdan en todo contrato, como este Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, están automática y obligatoriamente complementadas por las condiciones predeterminadas por la normativa laboral y, por lo tanto, no es necesario que el contrato reproduzca estas últimas.

 

Convenio Colectivo de Trabajo o Laudo Obligatorio

El convenio colectivo de trabajo es un acuerdo entre una asociación profesional de empleadores, un grupo de empleadores o un empleador y una asociación sindical de trabajadores con personería gremial. El laudo es un acuerdo entre las partes de un convenio colectivo de trabajo que soluciona un conflicto entre dichas partes. Tanto el convenio como el laudo:

  • deben ser aprobados por el Gobierno nacional si respetan el orden público y no afectan el interés general.
  • son obligatorios para todos las empleadoras y empleadas en la actividad a la que se aplican.
  • no pueden acordar condiciones menos favorables para la empleada que las predeterminadas por la LCT.
  • pueden acordar condiciones más favorables para la empleada que las predeterminadas por la LCT.
  • no pueden ser modificados en perjuicio de la empleada por el contrato negociado con la empleadora.
  • pueden ser modificados en beneficio de la empleada por el contrato negociado con la empleadora.

 

Jornada Laboral

Por ley la jornada laboral no puede extenderse por más de 8 horas diarias y de 48 horas semanales. Si se superan esos límites entonces la empleadora debe remunerar a la empleada el tiempo adicional trabajado por un valor horario mayor.

 

Trabajo de la Empleada en Competencia con la Empleadora

Dependiendo de las circunstancias, la empleadora puede tener interés en asegurarse que, después de la terminación del contrato de trabajo por la causa que fuere, la empleada no trabajará en competencia con aquella solo por un tiempo después de dicha terminación y a cambio del pago periódico por la ex empleadora de una retribución en dinero. Para ello, antes del vencimiento del plazo del contrato de trabajo, la empleadora y la empleada deben firmar un contrato diferente que tendrá efecto legal luego de finalizada su relación laboral.

 

Requisitos Formales del Contrato

Para no ser considerado un contrato por tiempo indeterminado, el contrato de trabajo a plazo fijo, además de estar justificado por las "modalidades de las tareas" como se mencionó en "Reglas Generales Aplicables al Contrato - Contratación Excepcional" más arriba, debe cumplir los siguientes requisitos formales establecidos por ley:

- documentación por escrito: documentar la contratación por escrito, en papel y con la firma manuscrita, o por medios electrónicos con firma digital (pero no la firma electrónica), de la empleadora y de la empleada.

- determinación del plazo: fijar en forma expresa el tiempo de duración de la contratación.

- duración limitada: limitar el plazo de la contratación a 5 años o menos tiempo.

- terminación preavisada: fijar en forma expresa un preaviso, de entre 1 y 2 meses, de la terminación del contrato por el vencimiento de su plazo sin que se lo renueve o convierta en un contrato por tiempo indeterminado.

 

¿Cómo utilizar este documento?

Este Contrato de Trabajo a Plazo Fijo puede ser utilizado por una persona o entidad ("empleadora") y una persona ("empleada") para documentar las condiciones básicas de una contratación en relación de dependencia por un tiempo determinado no mayor que 5 años.

Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos e información, entre otros:

  • de la empleadora (nombre completo y apellido o denominación legal, identificación civil y fiscal y domicilio).
  • de la empleada (nombre completo y apellido, identificación civil y fiscal, nacionalidad, fecha de nacimiento, estado civil y domicilio).
  • del plazo de duración elegido dentro del límite fijado por ley (indicación).
  • de cada tarea a cumplir por la empleada (enumeración).
  • del lugar y horario para cumplir las tareas (indicación).
  • del importe en dinero de la remuneración bruta (es decir, el importe de la remuneración total antes de hacer los descuentos obligatorios correspondientes y sin sumar ningún importe en concepto de Sueldo Anual Complementario, horas extras o asignaciones familiares) a percibir por la empleada (indicación).
  • del plazo de preaviso dentro de los límites fijados por ley (indicación).

Una vez finalizado este Contrato de Trabajo a Plazo Fijo sin datos ni información en blanco, debe ser impreso en papel común en 2 copias originales. Luego todas las copias originales deben ser firmadas con firma manuscrita por la empleadora y la empleada. Las firmas pueden ser certificadas por un escribano público según acuerden las partes. Si se firma digitalmente, no es necesario que se imprima el contrato, pero sí debe contener la firma digital (pero no electrónica) de ambas partes.

 

Legislación Aplicable

Este Contrato de Trabajo a Plazo Fijo se rige por las disposiciones del Título III, Capítulo I, artículos 90 y 92, y Capítulo II, artículos 93 a 95, de la Ley nacional N° 20.744 (t.o. 1976) y modificatorias.

 

¿Cómo modificar el modelo?

Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Podés modificarlo y volver a utilizarlo.

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