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Contrato de ayuda a domicilio

Última revisión Última revisión 16/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 16/01/2024

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Opción: Ayuda de un abogado

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Este documento permite firmar un contrato de ayuda o asistencia a domicilio, ya sea entre particulares (p. ej. una familia realiza la contratación de una persona para el cuidado de un miembro de su familia), como entre profesionales (el cliente lleva a cabo una actividad económica y la contratación del servicio se relaciona con esa actividad, p. ej. una empresa de prestación de servicios a domicilio decide contratar a una persona para que vaya al domicilio de un cliente para asistir a una persona con movilidad reducida).

De esta forma, el profesional o cuidador se compromete frente a la otra parte, el cliente que lo contrata, a prestar servicios de ayuda a domicilio de personas a cambio de un precio o de forma gratuita. En este último caso, se puede acordar la prestación del servicio sin que el cliente deba realizar nada a cambio, o bien se puede prestar de forma gratuita a cambio de que el cliente realice alguna actividad o acción impuesta por el cuidador (es decir, a cambio de una condición). A modo de ejemplo, la prestación de servicio de ayuda o de cuidado puede incluir la obligación del cliente de realizar una donación económica en favor de una ONG, de asesorar al cuidador de forma gratuita sobre un tema legal, etc.

En el caso de que se desee acordar la realización de otras actividades no incluidas en este contrato (p. ej. la realización de servicios de enfermería), se deberá firmar el correspondiente contrato de prestación de servicios. Por otro lado, si lo que se desea es únicamente contratar la realización de ciertos servicios de limpieza, se podrá utilizar el correspondiente contrato de servicios de limpieza.

 

¿Qué se puede acordar en este contrato?

Este contrato permite que un profesional se compromete a acudir al domicilio de cualquier persona que necesite ayuda para el desarrollo de su vida habitual. Así, a modo de ejemplo, se podrá acordar este contrato para la ayuda y cuidado puntual de:

  • Personas mayores o ancianas que necesiten ayuda para la realización de las tareas del hogar.
  • Personas que sufran de movilidad reducida, ya sea de forma temporal (p. ej. persona que ha sufrido un accidente de tráfico y se encuentra en recuperación) como de forma permanente (p. ej. persona que sufre una parálisis).
  • Personas que sufran cualquier tipo de disminución psíquica o algún tipo de parálisis.

En cuanto al objeto de la ayuda a domicilio, esta podrá incluir todas aquellas actividades necesarias para la ayuda de la(s) persona(s) objeto del contrato, entre las que se pueden incluir:

  • La realización de la compra o de recados.
  • La limpieza de la vivienda.
  • La preparación de la comida.
  • La ayuda para llevar a cabo la higiene de la persona objeto del contrato.
  • El acompañamiento para la realización de ejercicio físico o paseos.
  • La ayuda para el cuidado de mascotas de la persona con problemas de movilidad.

Se trata de un contrato abierto o general, por lo que se podrá incluir todas aquellas tareas que el cliente considere oportunas.

Por otro lado, se podrá acordar la realización puntual de la ayuda (p. ej. contratar para asistir a una persona durante un mes), o bien establecer un servicio de ayuda de forma periódica (p. ej. varias veces a la semana, un cierto número de horas al mes, etc.).

Por último, en el caso de que en un momento determinado se desee terminar este contrato antes de su fecha de conclusión, y se desee fijar por escrito las consecuencias de dicha terminación, las partes podrán firmar un convenio de terminación de un contrato de prestación de servicios.

 

¿Cómo utilizar este documento?

A través de este contrato, el cuidador prestará sus servicios de forma independiente con respecto al cliente, es decir, trabajará por cuenta propia, con sus medios y su propia organización (trabaja de forma autónoma), asumiendo los riesgos que conlleve su actividad (p. ej. asume el riesgo de que el cliente no pague a tiempo su servicio, los costes de los materiales, los retrasos derivados provocados por los proveedores, etc.).

En el caso de que se quiera contratar a un cuidador para que trabaje de acuerdo con las instrucciones y con dependencia del empleador, se deberá firmar un contrato de trabajo para empleados doméstico o del hogar (p. ej. un cuidado trabaja directamente como empleado prestando sus servicios bajo las instrucciones directas del empleador). En nuestra guía sobre las diferencias entre un contrato de prestación de servicios y un contrato de trabajo se recoge mayor información sobre este punto.

Por otro lado, este contrato podrá ser firmado tanto por uno o varios cuidadores autónomos persona física que se ofrecen a prestar sus servicios a la vez, como por empresas u organizaciones para el cuidado de personas con movilidad limitada que se encuentren organizadas en torno a una persona jurídica (p. ej. una sociedad, una asociación, etc.).

 

Contenido del contrato

Este documento incluye el contenido mínimo para asegurar su plena eficacia. En concreto, en este contrato se recoge:

  • El objeto del contrato, debiéndose indicar, con precisión, el contenido y características del servicio de ayuda que se desea contratar. Si por sus características y/o complejidad se requiere, se puede añadir un anexo al contrato que amplíe y desglose el objeto del mismo.
  • La información de las partes (cliente(s) y cuidador(es)).
  • El precio por el que se presta el servicio (o su gratuidad en su caso).
  • La descripción del tipo de servicio de ayuda que se desea contratar.
  • Las instrucciones y directrices del cliente que deberá seguir el cuidador para la prestación del servicio.
  • La duración del contrato.
  • Las condiciones para llevar a cabo la cancelación anticipada del contrato.

Además, el presente contrato permite incluir cualquier otra cláusula que se estime conveniente, como puede ser (a) una cláusula de confidencialidad (las partes mantendrán el secreto de la información que obtienen durante la ejecución del contrato), o (b) una cláusula de contratación de seguro de responsabilidad civil (por la que se obliga al cuidador a contratar un seguro de responsabilidad civil en el caso de que se produzca algún desperfecto durante el desarrollo de su actividad).

 

  • Formalización del contrato

Una vez rellenado y descargado el documento, se deberá adjuntar el anexo (o anexos) que se estimen oportunos y firmar el contrato no solo al final del mismo, sino también en el margen de cada página para otorgarle una mayor seguridad. Este contrato deberá ser firmado por el/los cuidador(es) y el/los cliente(s) o por sus correspondientes representantes.


Derecho aplicable

De forma general, este contrato se rige por los artículos 1.088, 1.542 al 1.545 y 1.583 del Código Civil, y por lo establecido en su caso, en el Código de Comercio.

De forma específica, para aquellos casos en los que se contrate con un consumidor, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.


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