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Declaración Jurada de Residencia

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¿Qué es una declaración jurada de residencia?

La declaración jurada de residencia es el documento por el cual una persona, denominada declarante, asegura que el domicilio indicado en él corresponde a su residencia, es decir, al lugar donde, de manera habitual y estable, habita y vive. Por medio de esta declaración, la persona declarante puede probar o demostrar a otras personas o instituciones cuál es su residencia.

En general, las declaraciones juradas se utilizan para formalizar una declaración emitida por una persona natural o jurídica, en que esta asegura que la manifestación expresada en ella es veraz o cierta. Esta declaración se presume como verdadera y, a la vez, hace responsable de ese contenido a la persona que lo emite.


¿Cuáles son los distintos tipos de declaración jurada?

Existen distintos tipos de declaraciones juradas, en ellas se formaliza una declaración emitida por una persona en la cual se asegura que aquella manifestación es verdadera, entre las de se encuentran:

  • Declaración jurada de residencia: En caso de que se requiera establecer la residencia del solicitante.
  • Declaración jurada de estado civil: En caso de que la declaración sea necesaria para dar cuenta del estado civil de soltera de una persona.
  • Declaración jurada sobre otro tipo de materias: En caso de que se declare otras situaciones distintas de la residencia y soltería, por ejemplo, declarar ingresos mensuales o haber participado en alguna actividad.


¿Qué documentos pueden usarse para certificar la residencia?

Existen otro tipo de documentos que permiten establecer la residencia de una persona, entre ellos se encuentran:

  • Certificados de residencia emitidos por Juntas de Vecinos: Las juntas de vecinos están facultadas para emitir certificados que sirvan para comprobar la residencia de una persona. Son utilizados para distintos fines, por ejemplo, para postular a becas, para gestionar créditos o para solicitar licencia de conducir. El representante de la Junta de Vecinos o quien le reemplace debe emitir este certificado de residencia.
  • Certificados de residencia emitidos por el Servicio de Impuestos Internos (SII): El SII puede emitir certificados de residencia para fines tributarios, para esto dispone de documentos específicos, los cuales pueden ser consultados y tramitados directamente en las oficinas o la web del SII. Este tipo de certificados se utilizan cuando la autoridad tributaria lo requiere y no será posible acreditar la residencia utilizando otro documento.
  • Certificados de residencia emitidos por la Policía de Investigaciones (PDI): Si el certificado es para acreditar la residencia de una persona extranjera, que lo necesite para ser presentado ante autoridades administrativas o consulares, deberá ser solicitado ante la PDI. Es este caso, este tipo de certificado es el único documento que permite acreditar la residencia de una persona extranjera ante las autoridades señaladas.
  • Declaración jurada de residencia ante Notario Público: Los certificados de residencia para fines personales pueden ser otorgados ante notario. En este caso, se requiere de una declaración jurada de residencia, el cual deberá ser firmado en presencia de un Notario Público.


¿Quién puede firmar una declaración jurada de residencia?

Una declaración jurada de residencia será firmada por la persona que solicita se acredite la dirección de su residencia. En el caso de que la persona que emite la declaración actúe a través de su representante, será este último quien deberá firmar el documento.

Las declaraciones juradas deben ser firmadas en las oficinas de un Notario Público, esto significa, que la persona que solicita esta declaración jurada de residencia o su representante, cuando corresponda, debe asistir personalmente a firmar.


¿Quién no puede firmar una declaración jurada de residencia?

Esta declaración jurada de residencia sirve para acreditar la residencia de una persona, sin embargo, existen casos donde no es posible acreditar la residencia en atención a la persona solicitante o institución emisora, estos son:

  • Fines tributarios: En casos donde se requiera acreditar el domicilio de una persona para fines tributarios, será necesario solicitar al Servicio de Impuestos Internos (SII) el certificado de residencia, los cuales pueden ser solicitados y tramitados directamente en las oficinas o la web del SII.
  • Personas extranjeras: En casos donde se requiera acreditar la residencia de una persona extranjera, que lo necesite para ser presentado ante autoridades administrativas o consulares, esta gestión deberá ser realizada ante la Policía de Investigaciones.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que declaración jurada de residencia esté lista?

Una vez que la declaración jurada de residencia está lista, la persona que firmará esta declaración debe concurrir al despacho de cualquier Notario Público del país con al menos una copia impresa de la misma, portando su cédula de identidad vigente u otro documento idóneo para acreditar su identidad. La declaración jurada será firmada en presencia del Notario.


¿Es necesario otorgar la declaración jurada de residencia ante notario?

Si, para que esta declaración jurada de residencia tenga valor, es obligatorio que se otorgue ante Notario Público. Esto quiere decir, que la persona que firmará la declaración, debe asistir a una notaria para cumplir con este trámite.


¿Qué debe contener una declaración jurada de residencia?

Una declaración jurada de residencia debe contener la siguiente información:

  • Datos personales de la persona que lo emite: Incluyendo el nombre completo y número de documento de identidad.
  • Dirección del domicilio: Correspondiente al domicilio que se declara como su residencia.
  • Razón de la solicitud: Indicando los fines por los cuales se solicita la declaración jurada de residencia.

Si la persona que emite esta declaración actúa a través de su representante, se deben agregar los datos personales del representante que firmen la declaración (nombre completo y número de documento de identidad).


¿Cuál es la normativa aplicable a la declaración jurada de residencia?

No existe normativa que regule de manera general el contenido y los efectos jurídicos de una declaración jurada. Sin embargo, debido a que la declaración jurada debe contener hechos verdaderos, se contemplan sanciones para la persona que falta a la verdad en sus declaraciones.

Otorgar una declaración jurada en la que se contienen afirmaciones contrarias a la verdad puede ser constitutivo de delito, conforme lo prescriben los artículos 210 y 212 del Código Penal.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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