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Recibo de Arriendo

Última revisión Última revisión 11/04/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 11/04/2024

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¿Qué es un recibo de arriendo?

El recibo de arriendo es el documento en el que se deja constancia del pago de la renta acordada en un contrato de arriendo de casa o departamento, de local comercial o de estacionamiento o bien, del pago de otros gastos relacionados con ese arriendo.

Este recibo puede constituir una prueba de que el pago que se declara en él ha sido efectivamente realizado.


¿Cuáles son los distintos tipos de recibo?

El recibo es un documento de carácter general y que cumple con el objetivo de dejar constancia de la entrega de especies. Dentro de los tipos de recibo es posible señalar los siguientes:

  • Recibo de arriendo: Cuando se efectúa el pago de la renta de arriendo de la manera que ha sido acordada en un contrato de arriendo de casa o departamento, de local comercial o de estacionamiento, o de otros gastos relacionados con el mismo arriendo.
  • Recibo de documentos: Se deja constancia de la entrega de un documento a una persona determinada, por ejemplo, la entrega de un certificado.
  • Recibo de dinero: Aquel donde una parte reconoce haber recibido una cantidad de dinero determinada de otra persona.
  • Recibo de bienes: Cuando se deja constancia de haber recibido un bien, por ejemplo, entrega de un vehículo o restitución de un bien en custodia.
  • Recibo de servicio: Por ejemplo, si una de las partes realizó un servicio para la otra, como la reparación de un techo u otro bien, se puede dejar constancia de ello.


¿Cuál es la diferencia entre el recibo de arriendo y la boleta?

Las boletas son comprobantes de ventas de servicios o productos y son emanadas de, o autorizadas por, el Servicio de Impuestos Internos (SII). La obligación de emitir documentos tributarios dependerá del emisor de la misma y debe realizarse siguiendo las directrices proporcionadas por el SII. Por ejemplo, en un contrato de arriendo de vivienda para uso vacacional y en cualquier otro caso en que se arriende un inmueble amoblado, corresponde emitir boleta, en tanto se encuentra afecta al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Por otra parte, el recibo es un documento que es emitido por privados para comprobar que se entregó lo declarado en el mismo, por ejemplo, una persona que ha pagado la renta de una casa a otra y deja constancia de ello en un recibo. En ningún caso el recibo reemplazará una boleta cuando corresponda emitirla.

No se puede utilizar un recibo de arriendo para sustituir documentos oficiales o que requieren de algún tipo de autorización o timbraje de parte de la autoridad.


¿Es obligatorio emitir un recibo de arriendo?

Es obligatorio para el arrendador emitir un recibo de arriendo para el arrendatario que pague la renta, si se niega a hacerlo podrá ser multado por hasta 60 Unidades de Fomento (UF).


¿Quién puede emitir el recibo?

El recibo será emitido por la persona que recibe el pago del arriendo o gastos relacionados. Por ejemplo, en el caso del pago de la renta, será el arrendador o la persona que lo represente, quien lo entregará a la persona que pague la renta de arriendo u otros gastos relacionados (arrendatario u otra persona), una vez que haya efectuado el pago.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que el recibo de arriendo esté listo?

Una vez que el recibo esté listo, para desplegar sus efectos, debe ser firmado en dos copias por la persona que recibe el pago de la renta (el arrendador o quien lo represente) y que consta en el recibo de arriendo, como consecuencia de del pago del dinero.

Tras haber sido firmado, una copia permanecerá en poder de la persona que firma este recibo de arriendo y la otra será entregada, por cualquier medio, a la persona que hace la entrega de la renta, quien lo conservará como prueba de que el pago de la renta efectivamente se produjo en los términos que en este documento consta.


¿Qué debe contener el recibo de arriendo?

El recibo de arriendo debe contener la siguiente información:

  • Identificación de la persona que efectúa el pago del arriendo o gastos relacionados y que se deja constancia en el recibo.
  • Identificación de la persona que recibe lo pagado en concepto de arriendo o gastos relacionados.
  • Si el pago del arriendo fue recibido conforme o si no satisface al emisor del documento, realizándose las observaciones que justifiquen la disconformidad. Por ejemplo, si el pago de la renta efectuado es inferior al pactado en el contrato de arriendo respectivo.

En el caso de que el recibo de arriendo se emita para dar cuenta de la realización del pago de gastos relacionados con el arriendo diferentes a la renta del arriendo:

  • Se especificará qué tipo de gastos serán pagados con el dinero que se recibe. Los gastos que se especificarán pueden corresponder al pago de: servicios básicos (agua, luz, gas), gastos comunes, impuesto territorial, derecho municipal de aseo u otros que pueden ser detallados al momento de completar el formulario.


¿Cuál es la normativa aplicable al recibo de arriendo?

Este documento se rige por el ordenamiento jurídico chileno, especialmente por las normas contenidas en el Código Civil sobre el contrato de arriendo y aquellas que regulan el documento denominado carta de pago.

En aquellos contratos de arriendo regidos por la Ley que Fija Normas Especiales Sobre Arrendamiento de Predios Urbanos se aplica esta normativa, principalmente en lo que dice relación con la obligación de emitir un recibo de pago así como las consecuencias a que se somete el arrendador que se niegue injustificadamente a hacer la entrega del mismo.

En relación del pago del impuesto territorial se aplica la norma contenida en la Ley Sobre Impuesto Territorial y en cuanto al pago del derecho municipal de aseo se aplica la Ley Sobre Rentas Municipales.


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