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Reclamación de cantidad del fiador frente al deudor principal

Última revisión Última revisión 29/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 29/01/2024

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El presente documento es un requerimiento extrajudicial que el avalista (la persona que garantiza el pago de una cantidad de dinero si el deudor incumple) puede enviar al deudor principal para reclamarle el reembolso de la cantidad satisfecha como consecuencia de su impago. Un requerimiento extrajudicial consiste en enviar una carta al deudor exigiéndole pagar en un plazo determinado con el objetivo de resolver de forma amistosa el problema antes de recurrir a la vía judicial, lo cual será necesario si el deudor continúa sin satisfacer la obligación de reembolso prevista en el Código Civil.

Es decir, existen determinados contratos en las que una persona puede firmar como avalista garantizando el cobro de una cantidad de dinero en caso de que el deudor no lo haga. Si finalmente el deudor no cumple con su obligación de pago, el avalista intervendrá y deberá abonar la cantidad debida en nombre del deudor. En estos casos, el avalista podrá reclamarle el reembolso de la cantidad satisfecha (así como daños y perjuicios, en caso de que fuera necesario). Los contratos donde se suele incluir la figura del avalista son en los contratos de arrendamiento (de alquiler) y en los contratos de préstamo.

Por tanto, este requerimiento extrajudicial puede ser utilizado por el avalista si se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

  • Para exigir al deudor-arrendatario el reembolso de las mensualidades impagadas y debidas: esto ocurre cuando el arrendatario (inquilino) no ha abonado determinadas mensualidades del alquiler y el arrendador (propietario) solicitó al avalista que satisficiera las mensualidades debidas.
  • Para exigir al deudor el reembolso de una cantidad de dinero debida a una entidad bancaria: esto ocurre cuando el deudor solicitó un préstamo a una entidad bancaria y transcurrido la fecha de pago, éste no ha abonado la cantidad adeudada, por lo que la entidad bancaria solicitó al avalista que satisficiera la cantidad debida por el deudor.

Si lo que se desea es enviar un requerimiento extrajudicial al avalista para reclamarle el pago de la renta, las cuales no han sido abonadas por éste (incluso después de haberle requerido), entonces el siguiente documento se encuentra mejor adaptado: Requerimiento al avalista por el impago del arrendatario.

Para exigir el cumplimiento de las obligaciones que consistan en el pago de una cantidad de dinero cuyo origen sea distinto al de la obligación de un avalista, los siguientes documentos se encuentran mejor adaptados: requerimiento de pago, para exigir el pago de cualquier cantidad de dinero (exista o no un contrato entre las partes); requerimiento de pago de una pensión alimenticia o compensatoria, para exigir el cumplimiento de estas obligaciones de pago reconocidas en una sentencia de separación o divorcio; y notificación de deuda a un propietario por la comunidad de propietarios, para reclamar a un propietario moroso el pago de las cuotas de la comunidad.


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento permite que un avalista reclame o pida extrajudicialmente al deudor el reembolso de las cantidades satisfechas debidas, ya sea como consecuencia de un contrato de arrendamiento o un contrato de préstamo en el cual consta como avalista. Es conveniente enviar un requerimiento extrajudicial antes de exigir el reembolso por vía judicial, ya que esto permite, no solo resolver el conflicto de forma amistosa, sino también como medio de prueba para un eventual procedimiento judicial.

Respecto al contenido del requerimiento, este documento contiene:

  • Los datos completos del deudor, el acreedor y el avalista (nombre(s) y apellido(s));
  • En caso de que la deuda provenga de un contrato de préstamo, la cantidad económica que solicitó a la entidad bancaria y la cantidad debida (y que ha debido abonar el avalista en su nombre);
  • En caso de que la deuda provenga de un contrato de arrendamientos, las mensualidades que adeuda el arrendatario (y que ha debido abonar el avalista en su nombre);
  • La cantidad económica en concepto de daños y perjuicios (solo en caso de que se pueda demostrar documentalmente que como consecuencia de abonar la deuda, el avalista ha sufrido algún tipo de daño y/o perjuicio);
  • La entidad bancaria y el número de cuenta bancaria donde el avalista desea que el deudor reembolse las cantidades satisfechas.

Junto con la presente reclamación, es imprescindible que se aporte copia de la transferencia bancaria realizada a la entidad bancaria o al arrendador con el pago de la cantidad adeudada, o cualquier documento que se tenga que demuestre el pago de la deuda.

Una vez completado el documento, el avalista o su representante voluntario (adjuntando una autorización de representación), deberá añadir su firma y deberá enviarlo a la dirección del deudor. Para poder probar su envío, fecha y contenido en un eventual procedimiento judicial es necesario que se transmita mediante un medio de comunicación fehaciente. Además del envío de una carta certificada a través de notario y el requerimiento notarial, se considera fehaciente el envío por burofax (a través de copia física u online) si se hace con certificado de su contenido y acuse de recibo. El envío se debe hacer a la dirección indicada en el contrato a efecto de notificaciones o a la del inmueble si en el contrato no figura nada al respecto.


Legislación aplicable

Es aplicable las disposiciones del Código civil relativas a la fianza: especialmente, sus artículos 1838 y siguientes.


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