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Carta de Renuncia Voluntaria

Última revisión Última revisión 08/02/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 08/02/2024

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Esta Carta de Renuncia voluntaria permite que cualquier persona trabajadora informe a su empleadora su voluntad de terminar la relación laboral existente entre ambas, sin otra consecuencia legal más que el término del vínculo laboral, tal como la contempla la legislación laboral chilena.

Si la persona trabajadora estima que la empleadora ha incurrido en una o más de las causales de término establecidas la ley, por ejemplo, falta de probidad, conductas de acoso sexual, conductas de acoso laboral, actos o incumplimientos graves de las obligaciones que impone el contrato, entre otras, puede poner término al contrato mediante un despido indirecto o autodespido.


Derechos de la persona trabajadora que renuncia voluntariamente

La persona trabajadora que decide finalizar su relación laboral con el empleador tiene el derecho de recibir el finiquito en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir del término del vínculo laboral. El finiquito incluirá el pago correspondiente a los días trabajados y la compensación en dinero por vacaciones no utilizadas (feriado proporcional). Es importante destacar que en este caso no se otorgará indemnización por años de servicio, la cual se contempla únicamente en situaciones de término de contrato debido a necesidades de la empresa o desahucio por parte del empleador.


Requisitos para presentar la renuncia voluntaria

Para presentar una renuncia voluntaria, la persona trabajadora debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • La renuncia debe ser formulada por escrito.
  • Se requiere una anticipación mínima de 30 días antes de la fecha efectiva de renuncia.
  • La renuncia debe ser ratificada ante un Ministro de Fe.

Si bien no es un requisito para la presentación de la renuncia, la persona trabajadora puede informar los motivos por los cuales ha tomado la determinación de renunciar.

Aunque se establece que la persona trabajadora debe notificar su renuncia con al menos 30 días de anticipación, no se especifican sanciones en caso de incumplimiento de este plazo. Sin embargo, si la empleadora considera que la renuncia ha ocasionado perjuicio económico, tiene la posibilidad de recurrir a los tribunales civiles para exigir una indemnización.


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento puede ser utilizado por cualquier persona trabajadora cuyo contrato de trabajo, individual o colectivo, indefinido o a plazo fijo, se ajuste a la legislación laboral chilena, sin importar si la persona empleadora es una empresa o una persona natural.

Para completar el documento, se debe contar con la siguiente información:

  • Datos para identificar a la empleadora.
  • Información personal de la persona trabajadora.
  • Los motivos que llevan a la persona trabajadora a tomar la decisión de renunciar, si desea incluirlos.

Asimismo, la persona trabajadora debe firmar la carta de renuncia para poder otorgarle validez. Dado que no es posible enviar este documento por correo electrónico, puede enviarla por correo tradicional, correo certificado o entregarla en persona.

Una vez completado este documento, y en conformidad con la normativa laboral chilena, se debe obtener su ratificación. Se puede llevar a cabo el trámite de manera presencial ante un Ministro de Fe, como lo son un notario público, un oficial del Registro Civil, un secretario municipal, un fiscalizador de la Inspección del Trabajo, o el presidente del Sindicato de la Empresa, si lo hubiere.


Legislación Aplicable

La siguiente Carta de Renuncia se encuentra regulada por el Código del Trabajo, específicamente los artículos 159, N° 2 y 177 del ya mencionado cuerpo legal.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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