Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. Completar el modelo

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Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S.

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Esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. puede ser utilizada por la persona que presentó su renuncia al cargo de director titular o suplente de una sociedad anónima (S.A.) o al cargo de administrador titular o suplente de una sociedad por acciones simplificada (S.A.S.) para solicitar la inscripción de su renuncia cuando no fue considerada expresamente por el directorio u órgano de administración de la sociedad. Este documento cumple los requisitos de la Resolución General N° 7/2015 de la Inspección General de Justicia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires exclusivamente.


Domicilio de la Sociedad

Esta Intimación a Tratar Renuncia de Directivo de S.A. o S.A.S. se rige por disposiciones dictadas por la Inspección General de Justicia ("IGJ") que tienen vigencia solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si la sociedad a la que se enviará la intimación no fue inscripta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entonces este documento no podrá ser utilizado hasta que la autoridad administrativa de la provincia donde dicha sociedad fue inscripta dicte disposiciones idénticas a las que tienen vigencia solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Tipo de Sociedad

Para saber si la sociedad a la que se enviará la intimación ("sociedad") es una S.A. o S.A.S. debe consultarse su contrato constitutivo vigente (es decir, el archivado por la autoridad administrativa que inscribió la sociedad).


Responsabilidad del/de la Directivo/a Renunciante

Inscripción de la Renuncia Aceptada

Por ley la renuncia del/de la directivo/a aceptada por la sociedad debe ser inscripta por la IGJ una vez que la sociedad cumplió con los siguientes requisitos:

  • en la primera reunión que el directorio u órgano de administración realizó después de la presentación de la renuncia ésta fue aceptada o rechazada expresamente.
  • si el directorio u órgano de administración hubiera rechazado expresamente la renuncia entonces ésta fue aceptada expresamente por la primera asamblea o reunión de socios realizada después del rechazo expreso de la renuncia.
  • la aceptación expresa de la renuncia, ya sea por el directorio u órgano de administración o, si éste la hubiera rechazado expresamente, por la asamblea o reunión de socios, según el caso, se hizo pública mediante un aviso publicado en el Boletín Oficial.
  • la sociedad solicitó a la IGJ la inscripción de la renuncia del/de la directivo/a aceptada por la sociedad.

Efecto para el/la Directivo/a Renunciante de la Falta de Inscripción

En tanto la sociedad no cumpla con los requisitos antes mencionados la IGJ no debe inscribir la renuncia del/de la directivo/a. Por lo tanto, durante el tiempo que transcurra hasta que se realice dicha inscripción el/la directivo/a renunciante continúa siendo responsable como tal frente a cualquier persona o entidad que contrate de buena fe con la sociedad, aún después de que el/la directivo/a hubiera de hecho dejado de desempeñar sus funciones a causa de su renuncia.


Solicitud de Inscripción de la Renuncia

Normalmente la sociedad la presenta con rapidez después de cumplir con los requisitos mencionados en "Responsabilidad del/de la Directivo/a Renunciante" más arriba.

Sin embargo, la relación entre el/la directivo/a renunciante y la sociedad puede atravesar circunstancias especiales por las cuales la sociedad deliberadamente demore u omita cumplir con uno, varios o la totalidad de dichos requisitos (por ej., no considerando la renuncia presentada por el/la directivo/a, no publicando el aviso en el Boletín Oficial o no presentando la solicitud de inscripción de la renuncia aceptada en la IGJ).

Frente a esa conducta de la sociedad, la IGJ de manera excepcional:

  • permite que la solicitud de inscripción de la renuncia sea presentada por el/la propio/a directivo/a renunciante.
  • si la solicitud fue realizada como se menciona en "Requisitos de la Solicitud" más abajo, considera la renuncia aceptada por la sociedad y la inscribe y, en consecuencia, el/la directivo/a renunciante deja de tener la responsabilidad que se mencionó en "Responsabilidad del/de la Directivo/a Renunciante" más arriba con efecto retroactivo a la fecha cuando dejó de desempeñar el cargo a causa de su renuncia.


Requisitos de la Solicitud

La solicitud de inscripción de la renuncia presentada por el/la propio/a directivo/a renunciante debe cumplir con los siguientes requisitos:

- órgano pluripersonal: el directorio u órgano de administración que integraba el/la directivo/a renunciante debe tener al menos 2 integrantes, incluyendo al/a la directivo/a renunciante.

- medio fehaciente: el/la directivo/a debe demostrar que presentó su renuncia mediante una carta documento recibida en la sede social inscripta o, alternativamente, un acta notarial redactada por un/a escribano/a público/a en la sede social inscripta y, en cualquier caso, con un texto adecuado según se trate de la renuncia como director de una S.A. o renuncia como administrador de una S.A.S.

- intimación a la sociedad: el/la directivo/a debe demostrar que envió a la sociedad esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S.

- documentación en papel: documentar la solicitud por escrito, en papel y con la firma manuscrita o digital (pero no la firma electrónica) del/de la directivo/a renunciante.

- adjuntos: acompañar con la solicitud alternativamente:

  • si la sociedad cumplió con la intimación, los documentos enviados por ésta y, si la sociedad no hubiera publicado el aviso en el Boletín Oficial, dicho aviso publicado por iniciativa del/de la directivo/a renunciante.
  • si la sociedad no cumplió con la intimación, el primer testimonio de una escritura pública, fechada por lo menos 15 días corridos después de la fecha cuando la sociedad recibió la intimación, que contenga las transcripciones de la renuncia presentada por medio fehaciente, la constancia de su recepción por la sociedad, la intimación a la sociedad y de cualquier respuesta enviada y/o documento entregado por la sociedad al/a la directivo/a renunciante a causa de la intimación a la sociedad.


Trámite de la Solicitud

Luego de recibir la solicitud, la IGJ debe informar a la sociedad sobre la solicitud, permitirle revisarla y requerirle una respuesta por escrito dentro de los 10 días corridos de ser informada sobre la solicitud.

Vencido el plazo antes mencionado la continuación del trámite de la solicitud dependerá de la conducta de la sociedad frente a la solicitud y así:

  • si la sociedad responde satisfactoriamente entonces la IGJ debe paralizar el trámite y, dependiendo de la respuesta, el/la directivo/a renunciante puede tener que continuar por su iniciativa la solicitud de inscripción de la renuncia.
  • si la sociedad responde con documentos que demuestran tanto el rechazo expreso de la renuncia por el directorio u órgano de administración como la convocatoria de una asamblea o reunión de socios para considerar la renuncia entonces la IGJ debe dejar de intervenir en el asunto.
  • si la sociedad no responde o lo hace parcialmente o de manera evasiva o indocumentada o de la respuesta surge que la reunión para considerar la aceptación o el rechazo de la renuncia no fue convocada o fracasó por falta de quorum entonces la IGJ debe considerar aceptada la renuncia que presentó el/la directivo/a y, si el aviso en el Boletín Oficial hubiera sido publicado (ya sea por la sociedad o por iniciativa del/de la directivo/a renunciante), inscribir la renuncia.


Requisitos Formales de la Intimación a la Sociedad

Carta Documento

La intimación debe ser documentada en un formulario de carta documento suministrado por una empresa de correo que ofrezca ese servicio.

Remitente

La carta documento debe ser enviada por el/la directivo/a renunciante siguiendo el procedimiento y cumpliendo con los requisitos establecidos por la empresa de correo que hubiera elegido.

Destinatario

La carta documento debe ser dirigida al representante legal de la sociedad. Si ésta es una S.A. entonces debe dirigirse a la presidencia del directorio. Si la sociedad es una S.A.S. entonces debe dirigirse al/a la administrador titular que, según el contrato constitutivo vigente, tenga la representación legal de la sociedad.

Domicilio de la Sociedad

La carta documento debe ser entregada en el domicilio de la sociedad inscripto en la IGJ.


¿Cómo Utilizar este Documento?

Esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. puede ser utilizada por la persona que presentó su renuncia al cargo de director titular o suplente de una sociedad anónima (S.A.) o al cargo de administrador titular o suplente de una sociedad por acciones simplificada (S.A.S.) para solicitar la inscripción de su renuncia cuando no fue considerada expresamente por el directorio u órgano de administración de la sociedad inscripta por la Inspección General de Justicia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos e información, entre otros:

  • del tipo de sociedad a la que se enviará la intimación (indicación).
  • del/de la directivo/a renunciante (nombre y apellido completo, identificación civil y domicilio).
  • del cargo directivo al cual se presentó la renuncia (indicación).
  • del número de la carta documento por la cual el/la directivo/a presentó su renuncia (indicación).
  • de la fecha de recepción por la sociedad de la carta documento por la cual el/la directivo/a presentó su renuncia (indicación).
  • de la empresa de correo que entregó la carta documento por la cual el/la directivo/a presentó su renuncia (indicación).

Una vez finalizada esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. sin datos ni información en blanco, debe ser impresa, copiada a mano o pegada online en un formulario de carta documento en papel o digital (que suministrará la empresa de correo elegida por el/la directivo/a renunciante). Luego la carta documento debe ser enviada por el/la directivo/a renunciante a la sociedad siguiendo el procedimiento y cumpliendo con los requisitos establecidos por dicha empresa de correo.


Legislación Aplicable

Esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. se rige por las disposiciones del Libro III, Título I, Capítulo II, Sección Sexta, artículo 128 del Anexo A de la Resolución General N° 7/2015 (t.o. Resolución General N° 9/2015) y modificatorias de la Inspección General de Justicia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


¿Cómo modificar el modelo?

Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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