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Notificación de Transmisión de Cuotas de S.R.L.

Última revisión Última revisión 30/06/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 30/06/2024

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Esta Notificación de Transmisión de Cuotas de S.R.L. puede ser utilizada por una o más personas y/o entidades socias de una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.) para notificar a la gerencia de la S.R.L. la transmisión por un contrato de venta, cesión fiduciaria o donación (pero no una sucesión legal o testamentaria) de cualquier cantidad de cuotas a una o más personas y/o entidades adquirentes.

 

Cuotas Transmitidas

Una cuota es un derecho a cobrar una suma de Pesos de la S.R.L. que emitió la cuota y, además, un derecho a votar para decidir por mayoría sobre la gestión de la S.R.L.

 

Remitente de la Notificación

La transmisión debe ser notificada por cada persona o entidad socia que transmite cuotas ("socio transmitente"). El socio transmitente es el dueño de las cuotas transmitidas si está inscripto como tal en el Registro Público de Comercio por la autoridad administrativa provincial que inscribió la S.R.L.

Si dos o más socios transmitentes comparten la titularidad de las cuotas transmitidas entonces la transmisión debe ser notificada por todos en la misma notificación. De lo contrario debe ser notificada por cada uno en notificaciones individuales.

 

Destinatario de la Notificación

La notificación de la transmisión debe dirigirse a la gerencia que tenga la representación legal de la S.R.L. En una S.R.L. la representación legal puede corresponder a 1 o más gerentes titulares según se indique en el contrato constitutivo vigente de la S.R.L.

 

Requisitos de la Notificación

Para notificar la transmisión de cualquier cantidad de cuotas de una S.R.L. deben cumplirse los siguientes requisitos establecidos por ley:

- documentación por escrito: documentar la notificación por escrito, en papel y con la firma manuscrita de cada socio transmitente.

- notificación fehaciente: enviar la notificación de alguna de las siguientes formas:

  • carta documento enviada a través de una empresa de correo que ofrezca ese servicio.
  • acta notarial redactada y entregada en la sede social de la S.R.L. por un escribano público.

 

Autorización de la Transmisión

En principio, la transmisión de las cuotas no requiere autorización de la S.R.L. Sin embargo, su contrato constitutivo vigente puede expresamente disponer lo contrario. En tal caso la notificación debe contener una solicitud de convocatoria de la gerencia y/o la reunión de socios a fin de obtener cada autorización de la S.R.L. que sea necesaria.

 

¿Cómo utilizar este documento?

Esta Notificación de Transmisión de Cuotas de S.R.L. puede ser utilizada por una o más personas y/o entidades socias de una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.) para notificar a la gerencia de la S.R.L. la transmisión por un contrato de venta, cesión fiduciaria o donación (pero no una sucesión legal o testamentaria) de cualquier cantidad de cuotas a una o más personas y/o entidades adquirentes.

Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos e información, entre otros:

  • de la S.R.L. que emitió las cuotas transmitidas (denominación legal).
  • de cada socio transmitente (nombre completo y apellido o denominación legal e identificación civil).
  • de la cantidad total y del valor nominal de las cuotas transmitidas (indicaciones).
  • del porcentaje de cuotas transmitidas respecto del total de cuotas de titularidad del socio transmitente (indicación).
  • de cada persona o entidad adquirente de las cuotas transmitidas (nombre completo y apellido o denominación legal, identificación civil o número de inscripción, identificación fiscal y domicilio).
  • en el caso de dos o más adquirentes, si su titularidad de las cuotas transmitidas es exclusiva o compartida (indicación).

Una vez finalizada esta Notificación de Transmisión de Cuotas de S.R.L. sin datos ni información en blanco, puede ser utilizada como texto de una carta documento o un acta notarial hecha por un escribano público, según elija el socio transmitente. Si se la utiliza como texto de una carta documento, entonces debe ser impresa, copiada a mano o pegada online en un formulario de carta documento en papel o digital (que suministrará la empresa de correo elegida por el socio transmitente). Luego la carta documento debe ser enviada por el socio transmitente a la S.R.L. siguiendo el procedimiento y cumpliendo con los requisitos establecidos por dicha empresa de correo.

 

Legislación Aplicable

Esta Notificación de Transmisión de Cuotas de S.R.L. se rige por las disposiciones del Capítulo II, Sección IV, artículo 152 cuarta oración de la Ley N°19.550 (t.o. 1984) y modificatorias.

 

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