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Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

Última revisión Última revisión 03/04/2024
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¿Qué es un reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

El reglamento interno de orden, higiene y seguridad es el instrumento que contiene las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la empresa o establecimiento del que forman parte. Además, contiene las normas que se deben observar para garantizar un ambiente laboral digno y de mutuo respeto entre los trabajadores.


¿Es obligatorio tener un reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

Están obligadas a confeccionar este reglamento las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas que emplean a 10 o más trabajadores permanentes. Se deben contar a todos los trabajadores que presten servicios en las distintas fábricas o secciones, aunque estén situadas en localidades diferentes.


¿Qué está prohibido incluir en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

Está prohibido incluir en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad, obligaciones y prohibiciones que estén dirigidas a asuntos diferentes a aquellos que forman parte de la relación laboral. Por ejemplo, si la empresa que confecciona este reglamento se dedica a la distribución de encomiendas, no le puede imponer a sus personas trabajadoras la obligación de hacer campaña política por una persona determinada.

Asimismo, el empleador no puede establecer obligaciones, prohibiciones o medidas de control dirigidas hacia un grupo o trabajador específico, ya que estas deben ser de aplicación general, es decir, deben ser aplicadas a todos los trabajadores y no solamente a algunas o a un grupo de ellas.


¿Es posible que un empleador establezca sanciones a los trabajadores en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

Solamente es posible que un empleador aplique sanciones a un trabajador cuando existe un reglamento interno de orden, higiene y seguridad que contempla dichas sanciones para determinadas conductas u omisiones en que incurran las personas trabajadoras. Las únicas sanciones que se pueden imponer a una persona trabajadora son:

  • Amonestación verbal: Consiste en un llamado de atención en privado que la jefatura o superior hace personalmente al trabajador.
  • Amonestación escrita: Consiste en una anotación en la carpeta de antecedentes personales u hoja de vida del trabajador.
  • Multa: que consiste en el pago de una suma de dinero que la empresa podrá descontar de la remuneración de la persona trabajadora.

Para hacer efectiva la aplicación de estas sanciones se podrá completar y enviar una carta de amonestación.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que el reglamento interno de orden, higiene y seguridad este listo?

Una vez listo este reglamento interno de orden, higiene y seguridad, se pondrá en conocimiento de los trabajadores 30 días antes de la fecha en que comiencen a regir, y fijarse, a lo menos, en dos sitios visibles del lugar de las faenas con la misma anticipación. Deberá también entregarse una copia a los sindicatos y a los Comités Paritarios existentes en la empresa.

Además, el empleador deberá entregar gratuitamente a los trabajadores un ejemplar impreso que contenga en un texto el reglamento interno de la empresa y el reglamento a que se refiere la Ley que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.


¿Qué documentos deben acompañarse al reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

Se deben acompañar como anexos del reglamento interno de orden, higiene y seguridad los documentos que establezcan:

  • Sistema de turnos: Corresponde al documento que establece la forma en que los trabajadores desempeñan funciones cuando realizan su labor en forma rotativa y alternada con otros trabajadores, de acuerdo a un orden previamente establecido. Se establece un sistema de turnos cuando las funciones de la empresa o una parte de ellas se deben proporcionar en atención continua o para desempeñar trabajos diurnos, nocturnos o las 24 horas del día.
  • Registro de cargos: Corresponde al documento que establece los diversos cargos o funciones en la empresa y sus características técnicas esenciales. Es obligación de la empresa que cuente con 200 trabajadores o más.


¿Se debe registrar el reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

El reglamento interno de orden, higiene y seguridad debe ser registrado ante el Ministerio de Salud y la Dirección del Trabajo. Este trámite puede realizarse de manera presencial, en las oficinas correspondiente del Ministerio de Salud y de la Dirección del Trabajo. Asimismo, se puede realizar en línea, subiendo el documento del reglamento interno de orden, higiene y seguridad a los sitios habilitados por ambos servicios para este fin.

El plazo establecido para registrar este documento es dentro de los 5 días siguientes a que entre en vigencia.


¿Qué debe contener el reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

El reglamento interno de orden, higiene y seguridad debe contener ciertas disposiciones que se establecen como obligatorias en un documento de este tipo, y son las siguientes:

  • Los horarios de trabajo, incluyendo los turnos y los descansos.
  • Los tipos de remuneración y la forma de su pago.
  • Las obligaciones y prohibiciones a que estén sujetas los trabajadores.
  • La designación de las personas a cargo de recibir las peticiones, reclamos, consultas y sugerencias.
  • Las normas especiales para el correcto funcionamiento de la empresa, de acuerdo con la edad y sexo de los trabajadores, y los servicios de apoyo y ajustes para los trabajadores con discapacidad.
  • La forma en que se comprobará el cumplimiento de leyes de previsión, servicio militar obligatorio, cédula de identidad y obligación escolar, en el caos de menores de edad.
  • Las normas e instrucciones de prevención, higiene y seguridad que deban observarse en la empresa o establecimiento.

Asimismo, el reglamento interno de orden, higiene y seguridad debe contener procedimientos para enfrentar situaciones de acoso, desigualdad y sanciones. En concreto, dispone que existan los siguientes procedimientos:

  • Procedimiento a que se someterá la aplicación de las sanciones.
  • Procedimiento al que se someterán las denuncias por acoso sexual.
  • Procedimiento a que se someterán los reclamos por igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo.
  • Procedimiento para las denuncias de acoso laboral, donde los trabajadores puedan plantear sus peticiones, reclamos, consultas y sugerencias.
  • Procedimiento para investigar accidentes del trabajo o de trayecto.

Es importante que en todos los procedimientos, sobre todo en el caso de aplicación de sanciones, se respete el derecho de la persona involucrada o acusada de ser oída y a ser considerada su versión de los hechos.


¿Cuál es la normativa aplicable a reglamento interno de orden, higiene y seguridad?

El reglamento interno de orden, higiene y seguridad es regulado en el Código del Trabajo en su Título III "Del Reglamento Interno y la Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad", específicamente en el Capítulo I "Del Reglamento Interno". Se hace mención de las siguientes normas, que se encuentran relacionadas con el reglamento interno de orden, higiene y seguridad:


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