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Estatutos de una comunidad de propietarios

Última revisión Última revisión 16/05/2024
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¿Qué son los estatutos de una comunidad de propietarios?

Los estatutos de una comunidad de propietarios permiten establecer las normas o reglas que regulan las relaciones de vecindad en el seno de una comunidad. Los estatutos contienen las normas que rigen el uso o destino del edificio, de sus pisos y/o locales, así como las reglas relativas a los gastos, instalaciones y servicios, la administración y el gobierno de la comunidad, los seguros, la conservación y las reparaciones del edificio.

Los estatutos de la comunidad de propietarios se pueden otorgar junto con el título constitutivo de la propiedad horizontal en el caso de edificios de reciente construcción, o en un momento posterior.

La junta de propietarios no está obligada a aprobar unos estatutos; sin embargo, se trata de un instrumento jurídico muy útil para regular el funcionamiento de la comunidad y detallar la organización de la junta de propietarios.

En nuestra guía ¿Cuáles son las consecuencias de incumplir las normas de una comunidad de propietarios?, se detallan las consecuencias que tiene el incumplimiento de estos estatutos por los propietarios.


¿En qué se diferencian los estatutos de una comunidad de propietarios y el reglamento de normas internas de una comunidad de vecinos?

El reglamento de normas internas de una comunidad de vecinos permite establecer un conjunto de normas o pautas de convivencia que regulan las relaciones de vecindad en el seno de una comunidad o mancomunidad, así como las normas de uso de los elementos comunes que deberán respetar todos los vecinos de una comunidad.

En contraposición a lo anterior, los estatutos de la comunidad se centran en la regulación de las normas de funcionamiento y administración de la comunidad, así como normas de convivencia generales (elección de los órganos de gobierno, formas de convocatoria de las juntas de propietarios, formas de aprobación de acuerdos en la junta, etc.).

En todo caso, los estatutos se aplican de forma preferente en aquellas normas o puntos en los que exista cualquier controversia con lo señalado en el reglamento de conducta interna de una comunidad de vecinos.


¿Es obligatoria la aprobación de los estatutos de una comunidad de propietarios?

No, no es obligatorio. Sin embargo, se trata de un instrumento jurídico muy útil para establecer las normas básicas de funcionamiento de la comunidad de propietarios, así como para adaptar su régimen a los servicios y gastos particulares aplicables a las necesidades de la comunidad.


¿Los estatutos de una comunidad de propietarios se deben formalizar por escrito?

Sí, la junta de propietarios debe preparar los estatutos por escrito para garantizar su validez, ya que de esta forma los propietarios podrán conocer las normas básicas de funcionamiento de la comunidad, y se podrá realizar su inscripción en el Registro de la Propiedad.


¿Qué deben incluir los estatutos de una comunidad de propietarios?

Los estatutos de una comunidad de propietarios deben regular los siguientes aspectos:

  • Las normas sobre el uso o destino de los pisos o locales que conforman la comunidad.

  • Las reglas básicas de uso de instalaciones o servicios comunes.

  • La distribución de los gastos de los elementos comunes que deben asumir los propietarios de la comunidad.

  • La estructura de los órganos de administración y gobierno de la comunidad.

  • Las actividades de conservación y de reparación de elementos comunes que asume la comunidad.

  • La prohibición de la realización de determinadas actividades en las áreas comunes.


¿Quién puede firmar los estatutos de una comunidad de propietarios?

Pueden firmar estos estatutos los propietarios de cualquier tipo de comunidad de propietarios, tanto comunidades de propietarios de reciente creación (edificios o fincas de reciente construcción), como comunidades de propietarios de edificios antiguos o con varios años de antigüedad.


¿Cuál es el plazo de duración de los estatutos de una comunidad de propietarios?

Los estatutos de la comunidad de propietarios pueden tener un periodo de duración determinado (p. ej. una duración de 3 años), o bien una duración indefinida, es decir, no tiene una fecha de terminación concreta, sino que los estatutos finalizarán cuando así lo decidan los propietarios por unanimidad.


¿Cuándo pueden los propietarios firmar los estatutos de una comunidad de propietarios?

La aprobación de estos estatutos es una potestad de la comunidad de propietarios, por lo que puede aprobar los estatutos de la comunidad en cualquier momento. Así, estos estatutos pueden aportarse tanto en el momento de inauguración del edificio, como en un momento posterior, cuando así lo deseen los propietarios.


¿Qué es necesario realizar una vez que ha completado los estatutos de una comunidad de propietarios?

Una vez preparados estos estatutos, todos los propietarios reunidos en la junta de propietarios deben votar por unanimidad la aprobación de estos estatutos.

A continuación, estos estatutos se deben adjuntar al acta de la junta de propietarios en la que se aprueban estos estatutos por unanimidad. Si los propietarios desean que estos estatutos se apliquen a todos los propietarios, tanto actuales como futuros adquirentes de vivienda o locales en la comunidad, la persona que ejerce el cargo de secretario de la comunidad o la persona debidamente autorizada por la junta de propietarios debe acudir ante un notario público para recoger el acuerdo de aprobación de los estatutos en escritura pública.

Por último, una vez que los estatutos se encuentran recogidos en escritura pública, la persona que ejercer el cargo de secretario de la comunidad o la persona debidamente autorizada por la junta de propietarios puede solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad en el que se encuentra inscrito el edificio.


¿Qué documentos se pueden adjuntar a los estatutos de una comunidad de propietarios?

La junta de propietarios puede adjuntar libremente los documentos que desee para clarificar el contenido de los estatutos o para facilitar su interpretación, como puede ser una tabla con la relación de todos los propietarios que forman parte de la comunidad.


¿Es necesario firmar los estatutos de una comunidad de propietarios ante notario público?

No, no es necesario. Ahora bien, la firma del acta de aprobación de estos estatutos ante notario facilita su conocimiento tanto por los propietarios como por terceros, y permite que los estatutos se puedan inscribir en el Registro de la Propiedad.

La inscripción de los estatutos de la comunidad en el Registro de la Propiedad facilita su aplicación a todos los propietarios de la comunidad, tanto actuales como futuros adquirentes de viviendas o locales en la comunidad.


¿Es necesario inscribir los estatutos sociales en un registro público?

No, no es necesario la inscripción de estos estatutos en el Registro de la Propiedad. Ahora bien, en el caso de no realizar su inscripción, los estatutos obligan solo a los propietarios que los aprobaron, pero no a aquellos que se conviertan en propietarios posteriormente.

Los estatutos se deben recoger en escritura pública otorgada ante notario para poder realizar su inscripción en el Registro de la Propiedad.


¿Cuál es la legislación aplicable a los estatutos de una comunidad de propietarios?

Los estatutos de la comunidad de propietarios se rigen por lo previsto en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal; particularmente, en sus artículos 5 y 17.

Asimismo, se rigen, en su caso, por lo previsto en el título constitutivo de la comunidad.


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