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Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial

Última revisión Última revisión 20/07/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 20/07/2024

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¿Qué es un Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial?

El Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial es un acuerdo por el cual una parte titular de un Derecho de Propiedad Industrial (marca, nombre comercial o aviso comercial), denominada Cedente transmite a un tercero, denominado Cesionario, la titularidad de cualquier de estos signos distintivos a cambio del pago de un precio o de forma gratuita.

Para ser titular de un Derecho de Propiedad Industrial, se debe contar con un "Título de Registro", emitido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Dicho título contendrá:

  • La fecha de concesión del Derecho. (Cuándo se otorgó)
  • La fecha de vigencia del Derecho. (Hasta cuándo es válido)
  • El nombre o denominación del titular.
  • El tipo de Derecho de Propiedad Industrial registrado. (Marca, Nombre Comercial, Aviso)
  • Número de Registro.


¿Cuál es la diferencia entre el Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial y el Contrato de Licencia?

El Contrato de Licencia otorga únicamente los derechos de uso sobre el Derecho de Propiedad Industrial registrado, pero en ningún caso se transmite la titularidad, de tal suerte que el titular sigue siendo la misma persona, mientras que el tercero únicamente es un usuario autorizado.

Por el contrario, el Contrato de Transmisión, busca otorgar la titularidad de los Derechos de Propiedad Industrial a un tercero, de tal suerte que el Cedente dejará de ser titular, toda vez que será el tercero (Cesionario) quien goce de la titularidad de los Derechos de Propiedad Industrial. Por lo tanto, después de firmar el Contrato de Transmisión, el Cedente no podrá usar ni licenciar el Signo distintivo transmitido.


¿El Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial es obligatorio para Las Partes?

, toda vez que la Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial deberá ser registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para su validez y publicidad ante terceros. De tal manera que la transmisión de Derechos de Propiedad Industrial siempre deberá constar por escrito mediante la firma de un Contrato.


¿Cuáles son los prerrequisitos para el Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial?

El prerrequisito más importante es que el Cedente sea titular de un Derecho de Propiedad Industrial registrado y vigente o en trámite ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Dicha titularidad se podrá comprobar con copia simple del Título de Registro o bien podrá ser revisado mediante el nombre y/o número de expediente en la página web del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.


¿Quiénes deberán firmar el Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial?

El Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial deberá ser firmado por:

  • El Cedente, quien en su carácter de titular del registro cede sus derechos en favor del Cesionario.
  • El Cesionario, quien a partir de la firma del Contrato será el nuevo titular de los Derechos de Propiedad Industrial.

Tanto el Cedente como el Cesionario pueden ser personas físicas o morales.


¿Qué hacer al concluir el Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial?

Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial deberá ser impreso y firmado por duplicado para que el Cedente y el Cesionario obtengan un ejemplar original firmado.

Adicionalmente deberán firmar un tercer ejemplar, el cual será presentado ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para que se registre el cambio de titular del Derecho correspondiente.


¿El Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial tiene Anexos que tengan que adjuntarse?

Podrá adjuntarse al Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial copia simple del Título de Registro que demuestre la titularidad del Cedente, así como la vigencia del título correspondiente a los Derechos Marcarios que serán transferidos mediante el Contrato.


¿El Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial necesita inscribirse o registrarse ante alguna autoridad?

, el Contrato deberá ser registrado ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para su validez y publicidad ante terceros. Toda vez que mediante el registro del Contrato es que se notifica al Instituto del cambio de titular correspondiente.


¿Qué elementos son indispensables para el Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial?

El Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial deberá establecer:

  • El tipo de Derecho de Propiedad Industrial del que se trata (Marca, Nombre o Aviso Comercial).
  • Los datos de identificación del Derecho de Propiedad Industrial (Número de expediente, Número de registro, Productos o Servicios asociados, Vigencia).
  • Si el contrato será oneroso o gratuito, es decir si el Cesionario pagará al Cedente alguna cantidad de dinero.
  • Quién será el responsable de registrar la transmisión ante el Instituto.


¿Cuál es la legislación aplicable al Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial?

Será aplicable al Contrato de Transmisión de Derechos de Propiedad Industrial lo establecido por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y el Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial.


¿Cómo modificar el modelo?

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