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Contrato de Autorización de Uso de Imagen

Última revisión Última revisión 28/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 28/01/2024

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El contrato de autorización de uso de derechos de imagen es un documento por el cual una persona física (Cedente) autoriza a otra persona física o moral (Cesionario) a utilizar su imagen con fines comerciales.

El derecho a la imagen es un derecho que tienen todas las personas para capturar, difundir o publicar su propia imagen. Este derecho incluye la facultad de las personas para oponerse a que otras personas utilicen su imagen sin autorización. Del mismo modo, este derecho permite a las personas autorizar el uso de su imagen a un tercero.

Ahora bien, es importante puntualizar que el derecho a la imagen es más amplio que únicamente la apariencia física. Este Derecho también protege la voz, la silueta, un rasgo distintivo como puede ser un tatuaje, lunar, marca de nacimiento, etc.

En ese sentido, la autorización para utilizar la imagen de una persona, se requiere aún cuando su rostro no sea visible, siempre y cuando existan elementos que pudieran distinguir a la persona, más allá de su rosto. Por ejemplo, en la publicidad de trajes de baño, muchas veces el rostro de los modelos no aparece en la fotografía, sin embargo si un modelo tiene un tatuaje en el cuerpo, su imagen es reconocible y por ende se requiere de su consentimiento expreso para utilizarla.

La autorización del uso de imagen puede tener las siguientes particularidades:

  • Puede ser gratuita o remunerada, es decir el Cedente puede cobrar o no cobrar por el uso de su imagen.
  • Se pueden determinar los usos o fines de explotación comercial de los derechos imagen o bien pueden quedar indefinidos.
  • La autorización siempre será temporal, no puede ser de vigencia indefinida, toda vez que se trata de un derecho personal, al cual no se puede renunciar o transmitir indefinidamente.

Si bien la ley federal de derechos de autor no establece cómo se debe otorgar esta autorización, lo más común para documentar la autorización es firmar un contrato de autorización de uso de derechos de imagen. Esto en razón de que utilizar la imagen de una persona sin autorización constituye una infracción administrativa, a la que además se puede sumar una demanda de tipo civil.

Cabe mencionar que la autorización para utilizar una imagen puede ser otorgada de forma previa o posterior a la captura, reproducción o publicación de la misma. También se debe considerar que la toda autorización que se otorgue puede ser revocada en cualquier momento; sin embargo, la revocación puede derivar en una indemnización para el cesionario por los daños y perjuicios que se le causen.


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento está diseñado para formalizar la autorización del uso de la imagen de una persona, y en él se pueden incluir entre otras cosas: los datos de identificación de cada una de las partes que intervienen en el contrato, los límites y alcances sobre el uso de los derechos de imagen de los que que se otorgará la autorización, así como en su caso, la compensación a pagar, el periodo durante el cual estará vigente el contrato, el uso que se les podrá dar a las imágenes, los derechos y obligaciones que tendrán cada una de las partes, etc.

Una vez que son acordados los términos en los que se realizará la cesión de derechos de imagen, para que el contrato sea válido, quienes participen en él únicamente requieren imprimir y firmar el contrato, de preferencia en cada una de las hojas o cuartillas que lo integran. Una vez que el contrato se encuentre firmado, las partes deberán adjuntar copia de su identificación oficial y en caso de ser representantes legales, se debe incluir copia del documento que los faculta a suscribir el contrato en nombre de la persona que representan.

Finalmente, el que cada una de las partes conserve un ejemplar del contrato, y en su caso de los anexos que se incluyan les dará mayor seguridad.


Legislación aplicable

Ley Federal del Derecho de Autor.


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