Anexo al contrato de arrendamiento: Inventario de bienes muebles Rellenar el modelo

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Anexo al contrato de arrendamiento: Inventario de bienes muebles

Última revisión Última revisión 25/02/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 25/02/2024

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Rellenar el modelo

El anexo del inventario de los bienes muebles y otros enseres, es un documento de gran importancia durante el proceso de arrendamiento o alquiler de una vivienda. Con este documento se puede comparar el estado de conservación y uso de la vivienda, y los bienes muebles que en ella pueda haber, en el momento en que el arrendador o propietario hace entrega de la misma al arrendatario o inquilino, y en el momento en que el arrendatario abandona la vivienda cuando el contrato llega a su fin.

Así, este documento es de gran ayuda para todos, tanto propietarios como inquilinos, pues da una gran seguridad a ambas partes; para el propietario, minimiza el riesgo por pérdida o deterioro de estos bienes, y sería de gran ayuda a la hora de poder reclamar por estas pérdidas o deterioros, y para el inquilino, es la mejor forma de comprobar a su llegada que todo funciona y que el mobiliario que se pone a su disposición está en buen estado.

Este documento se puede anexar al contrato de arrendamiento de vivienda habitual (si se alquila para ocuparla como vivienda principal), al contrato de arrendamiento de habitación (si se alquila una habitación ubicada al interior de una vivienda) al contrato de arrendamiento de vivienda por temporada vacacional (si se alquila para destinarla a un uso vacacional, de ocio, turismo o similares).

También existen otros documentos que se pueden anexar al contrato de arrendamiento de vivienda:


¿Cómo utilizar este documento?

En este documento es posible incluir el estado y los muebles que se encuentran en las siguientes zonas o espacios de la vivienda:

  • la entrada o vestíbulo de la misma;
  • los pasillos;
  • las escaleras;
  • la cocina;
  • la zona de comedor;
  • el salón;
  • las zonas de balcón o terraza;
  • el aseo;
  • los baños de la vivienda;
  • las habitaciones de la vivienda;
  • el patio interior;
  • la zona de jardín o patio exterior;
  • la zona de garaje;
  • el trastero; y
  • otra parte de la vivienda que no haya sido señalada hasta el momento.

Se deberán seleccionar las zonas o espacios que se necesiten, adaptando el documento a la concreta composición de la vivienda alquilada.

El documento debe rellenarse al comienzo del contrato de arrendamiento, con la entrega de llaves, por ejemplo, y ambas partes tienen que estar de acuerdo en aquello que figura en el mismo, y en lo que discrepen se debe añadir al contenido del mismo.

A la salida del arrendatario o inquilino se deberá repetir el mismo proceso. Se incorporarán las fechas en las que se hace el reconocimiento inicial y final de la vivienda, y las firmas de ambas partes o, en su caso, por sus representantes, que deberán exhibir la autorización, o en su caso poder notarial, que les habilita a ello en el momento de la firma. Para un mayor nivel de seguridad, las firmas han de figurar no sólo en la sección final del documento, sino también en el borde izquierdo de cada página que compone el documento.

Se completarán dos ejemplares, de igual valor, y mismo contenido y cada parte conservará uno ellos.

Si existiese objetos de gran valor, las partes deberían considerar incluir fotos de dichos bienes, así como especificar el valor aproximado de los mismos.


Legislación aplicable

Al inventario de bienes muebles como anexo al contrato de arrendamiento le es de aplicación la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.


Ayuda de un abogado

También tienes la opción de consultar a un abogado si necesitas ayuda.

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¿Cómo modificar el modelo?

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