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Contrato de Franquicia

Última revisión Última revisión 27/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 27/01/2024

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Este Contrato de Franquicia es un documento mediante el cual una persona o entidad (franquiciante) cede a otra (franquiciado) el derecho de explotar comercialmente una marca y sistema propio desarrollado por el franquiciante, estableciendo su propio negocio, a cambio de determinados pagos en dinero.

En todos los casos, franquiciante y franquiciado se mantienen como comerciantes independientes y distintos. La responsabilidad por el éxito o fracaso de la franquicia es exclusiva del franquiciado y las obligaciones que tenga con sus empleados, proveedores u otros terceros será exclusivamente de él y no del franquiciante. El franquiciante no podrá tener participación accionaria en el negocio del franquiciado (no podrán ser socios).

De esta manera, el franquiciado puede instalar un negocio (la franquicia) que sabe que funciona y así aumentar sus chances de éxito, comercializando bienes y/o servicios bajo la marca del franquiciante. Así, por ejemplo, son cadenas de franquicias conocidas McDonald's, Starbucks, Re/Max o Rapipago.

 

Partes

Las partes de este contrato son 2:

  • Franquiciante: Es el titular de los derechos de la marca, nombre comercial, sistema de negocios, y demás cuestiones que hacen a la operatoria comercial y que cede su uso a otra para que pueda comercializar bienes y/o servicios usando los métodos del franquiciante. A cambio, recibirá distintos pagos en dinero, según lo que establezcan en el contrato (la contraprestación).
  • Franquiciado: Es quien adquirirá los derechos derivados del sistema de negocios del franquiciante, para poder operar 1 o más negocios comercializando los bienes y/o servicios correspondientes a dicha cadena de franquicias. A cambio realizará distintos pagos en dinero al franquiciante, según lo que establezcan en el contrato.

Opcionalmente, puede haber una parte garante o fiadora que se comprometa a pagar con sus propios bienes las deudas que pueda tener el franquiciado con el franquiciante, en caso de que aquel no las pague.

 

Cantidad de franquicias

A través de este contrato se pueden establecer 2 modalidades distintas en función de cuántos locales de franquicia tendrá derecho a abrir el franquiciado:

  • Una sola franquicia: El franquiciante autorizará al franquiciado a abrir un solo local de franquicia, en una zona determinada. El inmueble donde la misma operará podrá o no ser provisto por el franquiciante (a través de un contrato de alquiler, comodato o cesión) y generalmente se establecerá un área de exclusividad donde el franquiciante no podrá otorgar otras franquicias, usualmente determinada en función de una cantidad de kilómetros a la redonda desde la franquicia objeto de este contrato, o en función de una ciudad determinada.
  • Más de una franquicia: El franquiciante autorizará al franquiciado a abrir más de un local de franquicia, en un territorio establecido. Puede ser una cantidad determinada (por ejemplo, 5 negocios) o una cantidad indeterminada. El territorio en el que el franquiciado podrá abrir dichos negocios será establecido en el contrato, generalmente por región o en todo el país. A esta modalidad se la denomina "franquicia de desarrollo".

 

Duración del contrato

La duración mínima y máxima del contrato dependerá principalmente de la cantidad de franquicias que se puedan abrir:

  • Una sola franquicia: En caso de que solo se pueda abrir 1 franquicia, el plazo mínimo en la mayoría de los casos será de 4 años, sin un plazo máximo de duración. Sin embargo, hay ciertos supuestos que justifican una duración menor a 4 años, como aquellas que se establecen en el marco de una feria, un congreso, un predio o establecimiento que tendrán una duración menor a dicho plazo. En estos casos no habrá un plazo mínimo legal, pero sí el plazo máximo establecido en el mismo; en caso de que el contrato se renovara 2 veces, pasará a ser uno de plazo indeterminado.
  • Más de una franquicia: El plazo mínimo de duración de este contrato será de 5 años, sin excepción.

En todos los casos el contrato podrá renovarse por otro plazo igual, superior o inferior. La intención de renovarlo debe ser comunicada a la otra parte con una anticipación suficiente para que se manifieste respecto a si desea efectivizar esa renovación o no.

 

Sistema de negocios

Lo que transmite el franquiciante al franquiciado es su sistema de negocios. Este sistema de negocios debe estar debidamente probado, ser secreto y relativamente exitoso. Dicho sistema contiene el conjunto de conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por el franquiciante.

Debe ser secreto, en el sentido de que no sea generalmente conocida o fácilmente accesible, y sustancial en cuanto a la información que contiene es relevante para la venta o prestación de servicios que llevará adelante el franquiciado.

Se transmite un "saber hacer" (o "know how"), se cede el derecho de uso de la marca, nombre, logo y demás símbolos característicos del negocio, se debe entregar un Manual de Operaciones (que deberá adjuntarse como Anexo al contrato) con las especificaciones necesarias para desarrollar la actividad comercial de la franquicia, se debe prestar asistencia comercial y técnica por la duración del contrato y, en términos generales, mantener una relación de colaboración entre franquiciante y franquiciado.

 

Contraprestación

La contraprestación refiere a los pagos que deberá hacer el franquiciado al franquiciante por el otorgamiento de la franquicia. Hay varios que pueden ser establecidos, pero los principales son el Canon de Ingreso, por el que se abona una suma por única vez y que contempla la cesión de los derechos y conocimientos del franquiciante en favor del franquiciado. Es el precio a pagar para poder integrar la red de franquicias. A su vez, es común que se pacten regalías: estas son pagos periódicos que se suelen realizar mensualmente y se establecen como un porcentaje de la facturación bruta mensual del franquiciado.

Además de estos pagos comunes, pueden existir otros tales como los aportes a un fondo de publicidad, aportes a un fondo para el mejoramiento de la red de franquicias, o el aporte a un fondo para el desarrollo de tecnologías vinculadas a la cadena de franquicias.

En el caso de que se autorice al franquiciado a establecer más de una franquicia, es posible pactar, además de los anteriores, un Canon de Inauguración, que deberá abonarse por cada nueva franquicia que se establezca con posterioridad a la primera.

 

¿Cómo usar este documento?

Para completar este documento se deberán indicar datos relativos a lo siguiente:

  • Cantidad de franquicias que podrá establecer el franquiciado.
  • Bienes o servicios que se comercializarán.
  • Lugar donde se ubicará la franquicia, o territorio en el que el franquiciado tendrá exclusividad para establecer franquicias.
  • Información del franquiciante y franquiciado: Nombre o Razón social, CUIT, domicilio, entre otros.
  • Plazo de duración del contrato.
  • Nombre de la o las marcas que se autoriza al franquiciado a utilizar.
  • Modelo de negocios del franquiciante.
  • Información relativa al Manual de Operaciones, que deberá ser adjuntado como Anexo una vez finalizado el contrato. Cualquier otro Anexo que exista (por ej. un listado de clientes) también deberá adjuntarse al contrato.
  • Información relativa a otros aspectos del contrato: Forma de adquirir las mercaderías, stock mínimo, elementos publicitarios, capacitación de los empleados, reuniones de franquiciados, entre otros.
  • Contraprestaciones del franquiciado: Canon de Ingreso, Regalías, Fondo de Publicidad y otros pagos que pueda deber realizar.

Una vez completo este Contrato de Franquicia sin datos ni información en blanco, debe ser impreso en 2 copias originales si no hubiera garante, o 3 copias originales si lo hubiera, y firmados a mano por cada una de las partes y el garante. Si en el contrato se determina que habrá algún garante, es necesaria su firma para que pueda serle luego reclamada la deuda del franquiciado en caso que no pague lo que deba al franquiciante. Todas las copias originales del contrato deben incluir una copia de todos los Anexos que se agreguen al mismo, es fundamental adjuntar como Anexo 1 el "Manual de Operaciones" en que consta el "saber hacer" de la cadena de franquicias. Si bien no es obligatorio, es práctica generalizada que las partes certifiquen sus firmas frente a un escribano público para darle un mayor nivel de certeza al contrato. Alternativamente, podrá mantenerse este contrato en su versión electrónica y firmarlo todas las partes con firma digital (pero no solamente firma electrónica).

 

Legislación aplicable

Este Contrato de Franquicia se rige por los artículos 1512 a 1524 del Código Civil y Comercial de la Nación.

 

¿Cómo modificar el modelo?

Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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