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Carta de renuncia a un contrato o convenio de prácticas

Última revisión Última revisión 02/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 02/01/2024

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Este documento permite que un trabajador en prácticas o becario comunique su decisión de finalizar, de forma anticipada, tanto un contrato de trabajo para la obtención de prácticas profesionales, es decir, un contrato de trabajo destinado a estudiantes recién graduados para ayudarles a obtener experiencia profesional, como un convenio de prácticas, es decir, un acuerdo firmado entre la empresa y un centro universitario o de estudios con el fin de que un estudiante adquiera práctica profesional.

Por otro lado, este documento también permite que un empleador, o una escuela o centro de estudios, comunique su decisión de finalizar un convenio de prácticas. En el caso de que el empleador desee terminar un contrato para la obtención de la práctica profesional, deberá realizar un despido de acuerdo con lo señalado en los siguientes documentos:


¿Qué es un contrato para la obtención de la práctica profesional?

El contrato para la obtención de la práctica profesional es un tipo de contrato de trabajo temporal que tiene por objeto facilitar la entrada en el mercado laboral de los estudiantes recién titulados.

Este contrato se puede firmar con todos aquellos estudiantes que hayan obtenido un título universitario o de un título de grado medio o superior, un título de especialista, un máster profesional o un certificado de profesionalidad.

Asimismo, para la firma del contrato, el empleado deberá haber finalizado sus estudios en los últimos tres años anteriores a la fecha de firma del contrato. Este plazo se extenderá hasta cinco años en el caso de empleados con cualquier tipo de discapacidad.


¿Qué es un convenio de prácticas?

El convenio de prácticas es un acuerdo firmado entre un empleador, un estudiante y su centro de estudios, por el cual se permite que el estudiante realice horas de prácticas durante sus estudios.

Este convenio puede ser firmado por centros de educación superior o de carácter universitario, así como con escuelas de formación o de estudios de grado medio.

Asimismo, las prácticas firmadas a través de un convenio podrán ser curriculares, es decir, forman parte del programa de estudios del estudiante, o extracurriculares, es decir, no es necesario completar estas prácticas para obtener su título educativo.


¿Cuándo es posible finalizar un contrato o convenio de prácticas?

El trabajador en prácticas o becario, puede solicitar la finalización del contrato en cualquier momento, siempre que así lo estime oportuno.

El trabajador deberá comunicar esta decisión lo antes posible, con una antelación mínima de 15 días, con el fin de evitar que se le descuenten los días de preaviso.

Por último, el empleador, o en su caso, el centro de estudios, puede comunicar la finalización del convenio en cualquier momento, salvo que en el convenio se haya fijado un plazo concreto de preaviso.


¿Cuáles son las consecuencias de la finalización de un convenio de prácticas o contrato para la obtención de la práctica profesional?

Ni el trabajador ni el empleador o centro de estudios están obligados a realizar el pago de indemnización alguna en el momento de finalización de este convenio o contrato. El empleador sólo estará obligado al pago del finiquito (es decir, el pago de los salarios pendientes, tal y como se indica en la guía "¿Qué es el finiquito?").

En el caso de que se renuncie un contrato para la obtención de la práctica profesional, el trabajador en prácticas no tendrá derecho a solicitar la correspondiente prestación por desempleo (paro), salvo que su renuncia se produzca como consecuencia de un incumplimiento del empleador y haya cotizado el tiempo mínimo para solicitar este tipo de prestación.

Por último, el trabajador podrá solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social un certificado en el que conste el tiempo que ha estado contratado bajo un contrato para la obtención de la práctica profesional.


¿Cómo utilizar este documento?

Esta carta puede ser utilizada tanto por el trabajador en práctica o becarios en convenio, como por empleadores o empresarios individuales (p. ej. trabajadores autónomos con empleados), o por empresas o negocios con varios empleados que hayan firmado un convenio de prácticas. Asimismo, este documento puede ser utilizado por las escuelas o centros educativos firmantes de un convenio de prácticas.

Este cese se debe comunicar al empleado por escrito, teniendo en cuenta lo expuesto en los siguientes apartados:


Contenido de esta carta

Esta carta recoge el siguiente contenido mínimo necesario para garantizar su eficacia. En concreto, este documento incluye:

  • Los datos de identificación del empresario o empleador, centro educativo y del trabajador al que se dirige la comunicación.
  • El tipo de acuerdo que se desea finalizar: convenio de prácticas o contrato para la obtención de la práctica profesional.
  • El motivo por el que se desea finalizar el convenio de prácticas o contrato para la obtención de la práctica profesional.
  • La fecha en la que se desea finalizar el convenio de prácticas o contrato para la obtención de la práctica profesional.
  • La fecha a partir de la cual el trabajador abandonará su puesto.


Formalización y envío de esta carta

Una vez descargado, este documento deberá ser firmado por la persona que realice su envío (empleador o trabajador), o una persona en que este delegue o que esté debidamente apoderada (p. ej. un familiar, un gerente, un administrador de la empresa, etc.).

Por otro lado, la decisión de terminar el contrato o convenio se deberá comunicar lo antes posible, según lo que establezca el propio convenio o contrato. En el caso del contrato para la obtención de práctica profesional, el trabajador deberá otorgar un preaviso mínimo de 15 días. De otra forma, el empleador podrá descontar los días de preaviso no cumplidos del finiquito del trabajador.

Esta carta puede ser entregada en mano, con la firma del recibí del trabajador (si se niega a firmar, es necesario tener testigos de su entrega), mediante burofax (a través de copia física u online) o por email.


Derecho aplicable

En el caso de los contratos para la obtención de la práctica profesional, esta carta de renuncia cumple con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (artículo 11) y, en concreto, lo dispuesto en el Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.

Además, se debe respetar lo establecido en el convenio colectivo aplicable.

En el caso de los convenios de prácticas, este acuerdo se regula por la autonomía de las partes.


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