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Carta de dimisión de alto directivo

Última revisión Última revisión 20/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 20/01/2024

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Esta carta de dimisión de alto directivo está dirigida a todos aquellos altos directivos que deseen o necesiten formalizar la terminación o extinción de su contrato de trabajo (p. ej. director financiero, directora de marketing o de ventas, etc.).

Si lo que se desea es dimitir del puesto de administrador (ya sea administrador único, mancomunado o solidario) o como miembro del consejo de administración de una empresa (consejero) se deberá preparar una carta de dimisión como administrador de una sociedad mercantil. Por otro lado, en el caso de que sea el empleador el que desee terminar el contrato, se deberá completar la correspondiente carta de desistimiento del contrato de trabajo.

 

Requisitos para la dimisión voluntaria de un alto directivo

El personal directivo podrá decidir libremente terminar o extinguir su contrato de trabajo sujeto al régimen especial del personal de alta dirección, independientemente de que exista una causa que lo justifique o no. El alto directivo decide terminar el contrato por su propia voluntad, sin necesidad de aportar justificación alguna, salvo que la dimisión se realice por un incumplimiento por parte del empleador.

El alto directivo deberá comunicar su dimisión con una antelación de al menos tres meses, pudiendo este período ser de hasta seis meses, si así se establece por escrito en los contratos celebrados por tiempo indefinido o con una duración superior a cinco años. En el caso de que no se cumpla con este preaviso, el empleador tendrá derecho a la indemnización fijada en el contrato de trabajo o, si no se recoge en el contrato, a solicitar una compensación a los salarios correspondientes a la duración del período incumplido. En todo caso, si la dimisión se produce por un incumplimiento previo del contrato de trabajo por el empleador (p. ej. se ha retrasado en el pago de los salarios), este no tendrá derecho a solicitar indemnización alguna.

 

Terminación del contrato de trabajo con derecho a indemnización

El alto directivo podrá extinguir su contrato con derecho a obtención de las indemnizaciones pactadas en el contrato y, en su defecto, una cantidad de siete días por cada año trabajado con un máximo de seis mensualidades, siempre que su dimisión se deba a:

  • Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo por parte del empleador que perjudique de forma notable al alto directivo, o suponga un menoscabo de su dignidad, o atenten contra el principio de buena fe (p. ej. se realizan los cambios en las condiciones de trabajo con el único fin de dañar al alto directivo).
  • La falta de pago o retraso continuado en el pago por parte del empleador del salario pactado.
  • Cualquier otro incumplimiento grave por el empleador del contrato de trabajo, salvo supuestos de fuerza mayor (p. ej. por caída notoria de las ventas derivada de una crisis sanitaria).
  • Cuando se produzca un cambio importante en la titularidad de la empresa, que tenga por efecto una renovación de sus órganos rectores (p. ej. se cambian los miembros del consejo de administración o a los administradores) y planteamiento de su actividad principal, siempre que la dimisión se produzca dentro de los tres meses siguientes a la producción de tales cambios.

 

¿Cómo utilizar este documento?

Este documento permite la comunicación de la decisión del alto directivo de terminar el contrato de trabajo al empleador. Este desistimiento se deberá comunicar por escrito, recogiendo los principales datos del empleador y del alto directivo, así como la indemnización correspondiente.

 

Contenido de esta carta

Esta carta permite recoger los siguientes datos para garantizar su plena validez:

  • Los datos de identificación del empleador y del alto directivo.
  • Los motivos por los que se desea justificar la terminación del contrato.
  • La indemnización que le correspondería al alto directivo en el caso de que la dimisión se produzca por un incumplimiento del contrato de trabajo por parte del empleador.
  • La fecha en la que entrará en efecto el despido y el correspondiente preaviso de la renuncia.
  • La firma del alto directivo que realiza la comunicación.

 

Envío de esta carta

Una vez descargado y firmado, esta carta puede ser entregada en mano, con la firma del recibí del alto directivo (o de un responsable habilitado para firmar), o bien mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido o vía semejante.

Asimismo, esta carta se deberá remitir con un preaviso mínimo de tres meses, que podrá ascender hasta seis meses, si así se recoge en el contrato de trabajo del alto directivo (únicamente en el caso de que el contrato tenga una duración superior a cinco años de duración o sea indefinido). En los supuestos de incumplimiento total o parcial del preaviso, el empleador podrá solicitar una indemnización por daños y perjuicios, salvo que la dimisión se deba a un incumplimiento llevado a cabo por parte del propio empleador.

Por último, en el caso de que se desee proteger la información personal o confidencial que el alto directivo haya podido adquirir en el desarrollo de su actividad, las partes podrán acordar la firma de un acuerdo de confidencialidad, e incluso, podrán acordar la firma de un acuerdo de no competencia para que el directivo no pueda obtener ventaja alguna de la información obtenida en su puesto.

 

Derecho aplicable

Esta carta cumple, en particular:

Y, de forma general, con carácter supletorio:

 

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