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Última revisión: 14/04/2024
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Rellenar el modeloEl reglamento de conducta interna para los empleados permite establecer los principales valores éticos, principios de funcionamiento y de organización interna de una empresa, así como pautas de comportamiento exigidas a sus empleados. Así, este reglamento permite regular, de forma específica, todas las actividades que los empleados pueden realizar en el seno de la empresa, así como aquellas obligaciones de los empleados, los principios generales que inspirarán la contratación y la gestión del día a día de la empresa.
En principio, la elaboración de un reglamento interno de conducta en la empresa no es obligatoria, pero su aprobación puede ayudar a prevenir el incumplimiento de la normativa aplicable (permitiendo así cumplir con los programas de compliance).
Por último, el empleador puede decidir de forma unilateral el establecimiento de un reglamento o código de conducta interna, o aprobar este reglamento previa negociación con los representantes de los trabajadores.
Los estatutos sociales recogen las reglas de funcionamiento interno y la organización propia de la empresa como sociedad (p. ej. las normas para adoptar acuerdos, la composición del órgano de administración, etc.), mientras que el reglamento de conducta interna se ciñe a aspectos éticos y organizativos de la relación interna entre los empleados y la empresa.
En todo caso, los estatutos se aplican de forma preferente en aquellas normas o puntos en los que exista cualquier controversia con lo señalado en el reglamento de conducta interna.
El plan de igualdad permite que cualquier empleador recoja las medidas que desea impulsar para promocionar la igualdad de género entre sus empleados y evitar posibles las situaciones de discriminación o acoso dentro de un negocio o empresa de acuerdo con lo establecido en la legislación actual. Se trata así de un plan para asegurar el cumplimiento de las medidas de igualdad, que es de obligado aprobación para empresas con más de cincuenta empleados.
En contraposición a lo anterior, el reglamento de conducta interna puede regular cualquier aspecto de la actividad laboral de los trabajadores y, además, se trata de un documento que el empleador puede decidir libremente si desea aprobarlo o no.
No, no es obligatorio. El empleador puede decidir libremente si desea aprobar este reglamento. Ahora bien, la aprobación de este tipo de reglamento facilita que los empleados cumplan con sus obligaciones, así como sirve como prueba de la buena voluntad del empleador de cumplir con toda la normativa laboral.
En todo caso, todo lo establecido en el reglamento de conducta interna quedará sometido a la legislación laboral, así como a lo dispuesto en el convenio colectivo aplicable en su caso y, por tanto, no podrá contradecir ninguna de estas normas.
Sí, el empleador debe preparar este reglamento de conducta interna por escrito para que sea válido, ya que de esta forma facilita su conocimiento entre los trabajadores.
El reglamento de conducta interna para empleados debe regular los siguientes aspectos:
El empleador puede preparar este reglamento de dos maneras:
En todo caso, la aprobación de este reglamento de conducta es una potestad de la dirección de la empresa, por lo que, aunque se lleve a cabo su negociación con los representantes legales de los trabajadores, la dirección de la empresa será la que, en última instancia, decida su aprobación y su contenido final.
El reglamento de conducta interna lo puede aprobar cualquier tipo de sociedad o empresa que disponga de empleados, ya sea una sociedad mercantil, como puede ser una sociedad limitada, una sociedad anónima, una sociedad cooperativa, una sociedad colectiva, una sociedad laboral o una sociedad comanditaria, o un empresario individual persona física que cuente con empleados (es decir, un trabajador autónomo con empleados).
Asimismo, este reglamento lo puede aprobar asociaciones o fundaciones u otros entes similares que cuenten con empleados y deseen regular sus pautas generales de comportamiento y organización.
La firma de este reglamento la deberá realizar una persona autorizada para representar a la empresa o sociedad, como puede ser un administrador o una persona apoderada.
El empleador puede preparar un reglamento con una conducta con periodo de duración determinado (p. ej. por 3 años), o bien por un periodo de tiempo indefinido, es decir, sin acordar una fecha de terminación concreta, sino que el reglamento finalizará cuando así lo decida el empleador.
La aprobación de este reglamento de conducta es una potestad de la dirección de la empresa, por lo que, puede llevar a cabo la negociación y firma de un reglamento de conducta interna en cualquier momento. Así, este reglamento puede aportarse tanto en el momento de inicio de la actividad del empleador, como en un momento posterior cuando así lo desee el empleador.
Una vez preparado, el órgano de administración de la sociedad (administrador único, administrador solidario, administradores mancomunados, o el consejo de administración o rector en su caso) o, directamente, el empresario en el caso de los empresarios individuales, pueden realizar la firma de este reglamento. En cualquier caso, pueden realizar la firma personalmente o a través de su representante (p. ej. el secretario del consejo de administración de la empresa).
La firma se debe realizar en la parte señalada al final del reglamento, así como en el margen izquierdo de cada una de sus páginas.
Una vez aprobado, el empleador debe comunicar el contenido de este reglamento a todos los empleados de la empresa a los que será de aplicación, incluyendo a sus representantes legales, así como a los futuros empleados que se incorporen a la empresa.
El empleador puede adjuntar libremente los documentos que desee para clarificar el contenido del reglamento o facilitar su interpretación, como puede ser una copia de los acuerdos previos firmados con los representantes de los trabajadores.
No, no es necesario. El reglamento de régimen interno es un documento privado del empleador que no necesita recogerse en escritura pública.
El reglamento interno de conducta quedará sujeto a toda la legislación vigente en materia laboral. De esta forma, se regulará de forma general por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y la restante normativa relacionada, así como a lo establecido en el convenio colectivo aplicable en su caso.
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Guías para ayudarte
Reglamento de conducta interna para empleados - Modelo
País: España